En el apartado de experiencia requerida se solicita demostrar experiencia en provisión de equipos GSE o equipos similares, entendidos como equipos de asistencia en tierra aeroportuaria.
Considerando que el bien solicitado corresponde a un Generador Ground Power Unit – GPU, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si también será aceptada experiencia en provisión de generadores eléctricos, grupos electrógenos, equipos de energía, sistemas de respaldo eléctrico y/o equipos de similares características técnicas, siempre que guarden relación con el objeto del llamado.
Esta aclaración permitirá una mayor participación de oferentes, manteniendo la relación técnica con el bien solicitado.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
En el apartado de experiencia requerida se solicita demostrar experiencia en provisión de equipos GSE o equipos similares, entendidos como equipos de asistencia en tierra aeroportuaria.
Considerando que el bien solicitado corresponde a un Generador Ground Power Unit – GPU, solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si también será aceptada experiencia en provisión de generadores eléctricos, grupos electrógenos, equipos de energía, sistemas de respaldo eléctrico y/o equipos de similares características técnicas, siempre que guarden relación con el objeto del llamado.
Esta aclaración permitirá una mayor participación de oferentes, manteniendo la relación técnica con el bien solicitado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica íntegramente en el requisito de experiencia establecido en el PBC, por cuanto el mismo responde a la necesidad de garantizar que el oferente cuente con experiencia comprobable en la provisión de equipos GSE (Ground Support Equipment) o equipos similares destinados a operaciones aeroportuarias, conforme a la definición prevista en el Pliego.
El objeto de la presente contratación corresponde a un Generador Aeronáutico (Ground Power Unit - GPU), equipo diseñado específicamente para suministrar energía eléctrica a aeronaves en plataforma, cuyas condiciones de operación, exigencias de seguridad, confiabilidad y compatibilidad difieren sustancialmente de las de un generador eléctrico convencional o un grupo electrógeno destinado a aplicaciones industriales o comerciales.
En tal sentido, la experiencia requerida guarda relación directa con la naturaleza y complejidad técnica del bien a ser adquirido, constituyendo un criterio objetivo y razonable destinado a asegurar que el futuro contratista posea antecedentes suficientes en el suministro de equipos utilizados en el ámbito aeroportuario, reduciendo los riesgos asociados a la provisión, puesta en servicio y soporte técnico del equipo.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterables las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
2
Consulta sobre cómputo del plazo de entrega
El PBC establece un plazo de entrega de hasta 240 días corridos a partir de la Orden de Servicio emitida por el fiscal designado. Asimismo, el llamado prevé un anticipo financiero del 20%.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si, en caso de que el adjudicado solicite el anticipo previsto en el PBC, el plazo de entrega comenzará a computarse desde la recepción de la Orden de Servicio o desde el pago efectivo del anticipo.
Esta aclaración permitirá prever correctamente los plazos de fabricación, importación y entrega del equipo.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
El PBC establece un plazo de entrega de hasta 240 días corridos a partir de la Orden de Servicio emitida por el fiscal designado. Asimismo, el llamado prevé un anticipo financiero del 20%.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si, en caso de que el adjudicado solicite el anticipo previsto en el PBC, el plazo de entrega comenzará a computarse desde la recepción de la Orden de Servicio o desde el pago efectivo del anticipo.
Esta aclaración permitirá prever correctamente los plazos de fabricación, importación y entrega del equipo.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones respecto al plazo de entrega, el cual fue definido considerando las necesidades institucionales, la planificación operativa y los tiempos razonables para la fabricación, importación, nacionalización y entrega del equipo objeto de la presente contratación.
En ese sentido, las condiciones relativas al plazo de entrega y a la modalidad de otorgamiento del anticipo financiero se encuentran claramente establecidas en el PBC y serán aplicadas conforme a lo allí previsto, sin que corresponda introducir modificaciones mediante el procedimiento de consultas.
Cabe señalar que el anticipo financiero constituye un mecanismo de ejecución contractual destinado a facilitar el inicio de las prestaciones, sin alterar las demás condiciones previstas en el Pliego, las cuales fueron establecidas de manera objetiva y uniforme para todos los potenciales oferentes, garantizando el principio de igualdad de trato.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterables las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
3
Tensión de salida del equipo
En las especificaciones técnicas se indica: “Generador para Aeronaves 28/115-200 V CA, trifásico, 400 Hz”.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si el equipo requerido debe contar con salida 115/200 V CA, trifásica, 400 Hz, y adicionalmente salida 28 VCC/VCA, o si únicamente se requiere la salida de corriente alterna indicada en las especificaciones.
Esta aclaración permitirá ofertar un equipo compatible con el requerimiento operativo real de la Convocante.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
En las especificaciones técnicas se indica: “Generador para Aeronaves 28/115-200 V CA, trifásico, 400 Hz”.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si el equipo requerido debe contar con salida 115/200 V CA, trifásica, 400 Hz, y adicionalmente salida 28 VCC/VCA, o si únicamente se requiere la salida de corriente alterna indicada en las especificaciones.
Esta aclaración permitirá ofertar un equipo compatible con el requerimiento operativo real de la Convocante.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, las cuales fueron definidas en función de las necesidades operativas del Servicio de Asistencia en Tierra (SAT) del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi y contemplan las características mínimas requeridas para el correcto suministro de energía a las aeronaves que operan en la Institución.
Las especificaciones técnicas consignadas en el PBC constituyen los requisitos mínimos que deberá cumplir el equipo ofertado, correspondiendo a cada oferente presentar una propuesta que se ajuste íntegramente a dichas exigencias, conforme a las características técnicas del fabricante.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterables las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, no correspondiendo efectuar aclaraciones o precisiones que impliquen modificar el alcance técnico originalmente definido para la presente contratación.
4
Consulta sobre color del equipo
En las especificaciones técnicas se menciona que el equipo debe estar pintado en RAL 9016, mientras que en el apartado de pintura se indica preferentemente color blanco o amarillo, observándose además que se aceptaría el color de más rápida entrega.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante confirmar si serán aceptados equipos en color blanco o amarillo, conforme a disponibilidad del fabricante, sin que el color sea considerado motivo de descalificación, siempre que el equipo cumpla con las demás especificaciones técnicas solicitadas.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
En las especificaciones técnicas se menciona que el equipo debe estar pintado en RAL 9016, mientras que en el apartado de pintura se indica preferentemente color blanco o amarillo, observándose además que se aceptaría el color de más rápida entrega.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante confirmar si serán aceptados equipos en color blanco o amarillo, conforme a disponibilidad del fabricante, sin que el color sea considerado motivo de descalificación, siempre que el equipo cumpla con las demás especificaciones técnicas solicitadas.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante aclara que, en lo referente a la pintura del equipo, serán aceptados cualquiera de los colores previstos en el Pliego de Bases y Condiciones, es decir, blanco (RAL 9016) o amarillo, conforme a las especificaciones técnicas establecidas.
La elección entre cualquiera de las opciones previstas en el PBC no será motivo de descalificación.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalteradas las demás especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
5
DDJJ del fabricante para repuestos por 10 años
En capacidad técnica se solicita una Declaración Jurada del Fabricante garantizando la provisión de repuestos durante la vida útil del equipo, estimada en 10 años.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si dicha declaración podrá ser emitida también por el representante oficial, distribuidor autorizado o canal autorizado de la marca, siempre que se acredite la cadena de autorización correspondiente hasta el fabricante.
Esta aclaración resulta importante considerando que, en muchos casos, la disponibilidad de repuestos y soporte local es gestionada por la red oficial de distribución o representación de la marca.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
En capacidad técnica se solicita una Declaración Jurada del Fabricante garantizando la provisión de repuestos durante la vida útil del equipo, estimada en 10 años.
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar si dicha declaración podrá ser emitida también por el representante oficial, distribuidor autorizado o canal autorizado de la marca, siempre que se acredite la cadena de autorización correspondiente hasta el fabricante.
Esta aclaración resulta importante considerando que, en muchos casos, la disponibilidad de repuestos y soporte local es gestionada por la red oficial de distribución o representación de la marca.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, que exige la presentación de una Declaración Jurada emitida por el fabricante, mediante la cual se garantice la disponibilidad de repuestos durante el período requerido.
Dicho requisito obedece a la necesidad de contar con una garantía emitida por quien posee la capacidad técnica, comercial y logística para asegurar la fabricación, continuidad de producción y suministro de los repuestos originales del equipo durante su vida útil. En ese sentido, únicamente el fabricante se encuentra en condiciones de asumir válidamente dicho compromiso respecto de la disponibilidad futura de componentes originales.
La exigencia responde a criterios de confiabilidad, continuidad operativa y protección de la inversión pública, considerando que el equipo será destinado a operaciones aeroportuarias críticas, donde la disponibilidad de repuestos originales constituye un elemento esencial para garantizar la seguridad, el mantenimiento y la continuidad del servicio.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterable el requisito establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
6
Consulta de alcance general
En el marco del período de consultas previsto en el llamado de referencia, y de conformidad con los principios de igualdad, libre concurrencia, competencia y transparencia que rigen la contratación pública en virtud de la Ley N.º 7021/22 «De Suministros y Contrataciones Públicas», formulamos las siguientes consultas y solicitudes de aclaración respecto de las Especificaciones Técnicas (EE. TT.) y demás condiciones del Pliego de Bases y Condiciones. Hacemos notar, con carácter general, que varias exigencias constructivas del pliego parecen corresponder a un modelo específico de un único fabricante, por lo que solicitamos que las respuestas confirmen expresamente la admisibilidad de soluciones técnicas equivalentes, a fin de garantizar la más amplia participación de oferentes. Solicitamos reformular este PBC de modo tal a que pueda existir mayor participacion y que a traves de esta competencia de varios oferentes la DINAC y el estado en general obtengan realmente mejores condiciones de contratacion.
De:
GOMEZ AMARILLA, GERMAN NICANOR
80057054-5 - GMA S.R.L.
Consulta:
En el marco del período de consultas previsto en el llamado de referencia, y de conformidad con los principios de igualdad, libre concurrencia, competencia y transparencia que rigen la contratación pública en virtud de la Ley N.º 7021/22 «De Suministros y Contrataciones Públicas», formulamos las siguientes consultas y solicitudes de aclaración respecto de las Especificaciones Técnicas (EE. TT.) y demás condiciones del Pliego de Bases y Condiciones. Hacemos notar, con carácter general, que varias exigencias constructivas del pliego parecen corresponder a un modelo específico de un único fabricante, por lo que solicitamos que las respuestas confirmen expresamente la admisibilidad de soluciones técnicas equivalentes, a fin de garantizar la más amplia participación de oferentes. Solicitamos reformular este PBC de modo tal a que pueda existir mayor participacion y que a traves de esta competencia de varios oferentes la DINAC y el estado en general obtengan realmente mejores condiciones de contratacion.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica íntegramente en las especificaciones técnicas y demás condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, las cuales fueron definidas sobre la base de las necesidades operativas e institucionales del Servicio de Asistencia en Tierra (SAT) del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, considerando criterios de seguridad operacional, confiabilidad, continuidad del servicio, eficiencia operativa y protección de la inversión pública.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas atendiendo las características funcionales y de desempeño requeridas para el equipo objeto de la contratación y no tienen por finalidad restringir la participación de potenciales oferentes ni favorecer a una marca o fabricante determinado. En consecuencia, podrán participar todos los oferentes que presenten equipos que cumplan íntegramente con los requisitos técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
Asimismo, la Convocante considera que las especificaciones técnicas establecidas resultan objetivas, razonables y guardan relación directa con la naturaleza y finalidad de la contratación, motivo por el cual no corresponde la reformulación general del Pliego solicitada por el consultante.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterables las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
A. Principios de igualdad y libre concurrencia — especificaciones presuntamente dirigidas
1. Se observa que diversas líneas de las Especificaciones Técnicas coinciden de manera casi textual con la ficha técnica publicada de un equipo específico de la marca TLD, modelo GPU-409-E-CUP (a modo de ejemplo: el régimen «máximo 1.850 RPM» frente a las 1.846 RPM publicadas por dicho fabricante; el «chasis de acero galvanizado» con «paneles de aluminio y fibra de vidrio»; el «freno de estacionamiento accionado por la barra de tiro»; y el «módulo electrónico de control del generador»). En atención a los principios de igualdad, libre concurrencia y competencia que rigen la contratación pública conforme a la Ley N.º 7021/22, se solicita a la Convocante confirmar que las especificaciones no se encuentran dirigidas a una marca o modelo determinado y que se aceptarán equipos de cualquier fabricante que cumplan funcionalmente los requisitos, aun cuando difieran en detalles constructivos propios de un fabricante en particular.
2. En línea con lo anterior, se solicita confirmar que todas las características constructivas descriptas en las EE. TT. se interpretarán bajo el criterio de «o equivalente», y que ninguna diferencia constructiva que no afecte la función, el desempeño ni la seguridad del equipo será causal de rechazo de la oferta.
3. Respecto del requisito «máximo 1.850 RPM para optimizar el consumo de combustible»: se solicita justificar técnicamente la fijación de ese valor exacto, considerando que existen en el mercado motores de 1.500 RPM y de otros regímenes que logran consumos específicos iguales o menores. ¿Se aceptarán equipos con régimen de giro distinto si el oferente acredita, con documentación del fabricante, un consumo de combustible igual o inferior a carga nominal?
4. Respecto de los «paneles de aluminio y fibra de vidrio resistentes a la corrosión»: ¿se aceptarán carrocerías o canopies construidos en acero galvanizado con pintura poliuretánica, acero inoxidable, materiales compuestos u otras soluciones anticorrosivas funcionalmente equivalentes?
5. Respecto del «freno de estacionamiento accionado por la barra de tiro (frenos aplicados con la barra elevada)»: ¿se aceptarán sistemas de freno de estacionamiento funcionalmente equivalentes, tales como freno de mano mecánico, freno automático tipo hombre-muerto u otros dispositivos homologados que garanticen la inmovilización del equipo?
6. Respecto del «módulo electrónico de control del generador con sistema de registro de datos»: ¿se admiten controladores digitales o PLC de otras arquitecturas con memoria de eventos y registro de parámetros, como solución equivalente al módulo propietario de un fabricante determinado?
7. Respecto de la pintura «RAL 9016», y considerando que el propio pliego admite «preferentemente blanco o amarillo, el que permita la entrega más rápida»: se solicita confirmar que un blanco o amarillo de fábrica equivalente (por ejemplo, RAL 9003, RAL 9010, RAL 1003 o RAL 1023, o el color estándar del fabricante) será aceptado sin penalización alguna en la evaluación.
8. Conforme al principio de transparencia, se solicita informar si las EE. TT. fueron elaboradas sobre la base de un estudio de mercado con más de un fabricante y, en su caso, publicar dicho estudio o el sustento técnico correspondiente.
9. Para los puntos de las EE. TT. que no constan en los catálogos comerciales estándar de los fabricantes (por ejemplo, grado de protección IP del alternador o materiales del chasis), ¿se aceptará una declaración de conformidad o certificado emitido por el propio fabricante como medio de acreditación suficiente?
10. Se solicita confirmar que no se exigirá la representación exclusiva de una marca determinada, ni carta de autorización de un fabricante específico, como condición de admisibilidad de la oferta, y que bastará la autorización del fabricante del equipo efectivamente ofertado.
16-07-2026
20-07-2026
A. Principios de igualdad y libre concurrencia — especificaciones presuntamente dirigidas
De:
GOMEZ AMARILLA, GERMAN NICANOR
80057054-5 - GMA S.R.L.
Consulta:
1. Se observa que diversas líneas de las Especificaciones Técnicas coinciden de manera casi textual con la ficha técnica publicada de un equipo específico de la marca TLD, modelo GPU-409-E-CUP (a modo de ejemplo: el régimen «máximo 1.850 RPM» frente a las 1.846 RPM publicadas por dicho fabricante; el «chasis de acero galvanizado» con «paneles de aluminio y fibra de vidrio»; el «freno de estacionamiento accionado por la barra de tiro»; y el «módulo electrónico de control del generador»). En atención a los principios de igualdad, libre concurrencia y competencia que rigen la contratación pública conforme a la Ley N.º 7021/22, se solicita a la Convocante confirmar que las especificaciones no se encuentran dirigidas a una marca o modelo determinado y que se aceptarán equipos de cualquier fabricante que cumplan funcionalmente los requisitos, aun cuando difieran en detalles constructivos propios de un fabricante en particular.
2. En línea con lo anterior, se solicita confirmar que todas las características constructivas descriptas en las EE. TT. se interpretarán bajo el criterio de «o equivalente», y que ninguna diferencia constructiva que no afecte la función, el desempeño ni la seguridad del equipo será causal de rechazo de la oferta.
3. Respecto del requisito «máximo 1.850 RPM para optimizar el consumo de combustible»: se solicita justificar técnicamente la fijación de ese valor exacto, considerando que existen en el mercado motores de 1.500 RPM y de otros regímenes que logran consumos específicos iguales o menores. ¿Se aceptarán equipos con régimen de giro distinto si el oferente acredita, con documentación del fabricante, un consumo de combustible igual o inferior a carga nominal?
4. Respecto de los «paneles de aluminio y fibra de vidrio resistentes a la corrosión»: ¿se aceptarán carrocerías o canopies construidos en acero galvanizado con pintura poliuretánica, acero inoxidable, materiales compuestos u otras soluciones anticorrosivas funcionalmente equivalentes?
5. Respecto del «freno de estacionamiento accionado por la barra de tiro (frenos aplicados con la barra elevada)»: ¿se aceptarán sistemas de freno de estacionamiento funcionalmente equivalentes, tales como freno de mano mecánico, freno automático tipo hombre-muerto u otros dispositivos homologados que garanticen la inmovilización del equipo?
6. Respecto del «módulo electrónico de control del generador con sistema de registro de datos»: ¿se admiten controladores digitales o PLC de otras arquitecturas con memoria de eventos y registro de parámetros, como solución equivalente al módulo propietario de un fabricante determinado?
7. Respecto de la pintura «RAL 9016», y considerando que el propio pliego admite «preferentemente blanco o amarillo, el que permita la entrega más rápida»: se solicita confirmar que un blanco o amarillo de fábrica equivalente (por ejemplo, RAL 9003, RAL 9010, RAL 1003 o RAL 1023, o el color estándar del fabricante) será aceptado sin penalización alguna en la evaluación.
8. Conforme al principio de transparencia, se solicita informar si las EE. TT. fueron elaboradas sobre la base de un estudio de mercado con más de un fabricante y, en su caso, publicar dicho estudio o el sustento técnico correspondiente.
9. Para los puntos de las EE. TT. que no constan en los catálogos comerciales estándar de los fabricantes (por ejemplo, grado de protección IP del alternador o materiales del chasis), ¿se aceptará una declaración de conformidad o certificado emitido por el propio fabricante como medio de acreditación suficiente?
10. Se solicita confirmar que no se exigirá la representación exclusiva de una marca determinada, ni carta de autorización de un fabricante específico, como condición de admisibilidad de la oferta, y que bastará la autorización del fabricante del equipo efectivamente ofertado.
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante rechaza la afirmación de que las Especificaciones Técnicas se encuentren dirigidas a una marca o modelo determinado. Las mismas fueron elaboradas en función de las necesidades operativas del Servicio de Asistencia en Tierra (SAT) del Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, considerando criterios de seguridad operacional, confiabilidad, disponibilidad, durabilidad, eficiencia operativa y protección de la inversión pública.
Las características técnicas establecidas en el Pliego constituyen requisitos mínimos que responden a las condiciones de operación requeridas por la Institución. La circunstancia de que uno o más fabricantes comercialicen equipos cuyas características coincidan con dichos requerimientos no implica, por sí misma, que exista direccionamiento, sino que demuestra la existencia de equipos disponibles en el mercado capaces de satisfacer las necesidades definidas por la Convocante.
La Convocante se encuentra facultada para establecer las especificaciones técnicas que mejor respondan a sus necesidades institucionales, siempre que las mismas guarden relación directa con el objeto de la contratación, sean objetivas, razonables y no constituyan restricciones arbitrarias a la competencia. En ese sentido, las especificaciones técnicas fueron definidas atendiendo exclusivamente criterios funcionales, operativos y de desempeño requeridos para garantizar el correcto suministro de energía a las aeronaves y la continuidad del servicio aeroportuario.
Asimismo, la Convocante aclara que las características técnicas cuestionadas corresponden a especificaciones propias de equipos GPU aeroportuarios modernos y responden a criterios objetivos de desempeño, seguridad, confiabilidad y durabilidad. Características como el chasis galvanizado de alta resistencia, paneles de aluminio y fibra de vidrio resistentes a la corrosión, generador sin escobillas, módulo electrónico de control con registro de datos, sistemas de protección del motor y del generador, instrumentación completa con anuncio de averías, freno de estacionamiento accionado por la barra de remolque, motor diésel turbo de bajas emisiones y demás prestaciones técnicas, constituyen soluciones tecnológicas ampliamente utilizadas por distintos fabricantes internacionales de equipos Ground Support Equipment (GSE). En consecuencia, la coincidencia de determinadas características con el catálogo comercial de un fabricante no constituye, por sí misma, evidencia de direccionamiento, sino que responde a la incorporación de prestaciones técnicas que la Convocante considera necesarias para garantizar la seguridad operacional, la confiabilidad, la disponibilidad y la continuidad del servicio.
Cabe señalar, además, que las especificaciones técnicas fueron definidas sobre la base de criterios de funcionalidad, desempeño y confiabilidad, sin hacer referencia a marcas, modelos, fabricantes o procedencias específicas, permitiendo la participación de todos aquellos oferentes cuyos equipos cumplan íntegramente con los requisitos técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
La Convocante reitera que las especificaciones técnicas fueron definidas conforme a sus necesidades institucionales y en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley N.º 7021/2022 de Suministro y Contrataciones Públicas para determinar las características técnicas del bien requerido, siempre que las mismas guarden relación con el objeto de la contratación, sean objetivas, razonables y no constituyan restricciones arbitrarias a la competencia.
En consecuencia, podrán participar todos los oferentes que presenten equipos que cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, independientemente del fabricante o país de origen del equipo ofertado.
Por tanto, la Convocante mantiene inalterables las condiciones y especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones
8
B. Parámetros eléctricos y de desempeño
11. Potencia nominal «mínimo 90 kVA»: ¿se admiten equipos de potencia superior (por ejemplo, 100, 120 o 140 kVA)? ¿Existe un límite máximo de potencia admisible?
12. Salida de 28 V: ¿debe entenderse como salida de 28,5 V CC conforme a las normas aplicables a aeronaves (MIL-STD-704 / ISO 6858)? Se solicita precisar la corriente continua y la corriente de pico requeridas en la salida de CC (por ejemplo, 800 A continuos / 2.000 A de pico).
13. ¿La salida de 28 V CC puede proveerse mediante un transformador-rectificador (TRU) integrado al equipo, o se exige generación directa de corriente continua?
14. ¿Se requiere la operación simultánea de las salidas de 115/200 V CA y 28 V CC, o su uso será alternado según el tipo de aeronave?
15. Regulación de tensión: se solicita precisar la tolerancia exigida en régimen permanente y en régimen transitorio (por ejemplo, ±1 % estático y tiempo de recuperación menor a 0,15 s), así como la norma de referencia aplicable (ISO 6858, SAE ARP 5015 o MIL-STD-704F).
16. ¿Cuál es la distorsión armónica total (THD) máxima admisible en la salida de 400 Hz a carga nominal?
17. ¿Se exige compensación de caída de tensión en el cable (line drop compensation) medida en el conector de la aeronave? En su caso, ¿para qué longitud de cable?
18. Cables y conectores de salida: se solicita precisar la cantidad de cables de 400 Hz requeridos, su longitud mínima y el tipo de conector de aeronave exigido (por ejemplo, conforme a ISO 461-1 / MS 90362).
19. Grado de protección «IP21»: ¿aplica exclusivamente al alternador o al conjunto del equipo? Se solicita confirmar que un grado de protección superior (por ejemplo, IP23 o IP54 del canopy) cumple con el requisito.
20. Conexión estrella de 4 hilos con neutro a tierra: ¿el sistema de puesta a tierra en plataforma será provisto por la Convocante, o el equipo debe incluir su propio sistema de puesta a tierra (jabalina, cable y pinza)?
De:
GOMEZ AMARILLA, GERMAN NICANOR
80057054-5 - GMA S.R.L.
Consulta:
11. Potencia nominal «mínimo 90 kVA»: ¿se admiten equipos de potencia superior (por ejemplo, 100, 120 o 140 kVA)? ¿Existe un límite máximo de potencia admisible?
12. Salida de 28 V: ¿debe entenderse como salida de 28,5 V CC conforme a las normas aplicables a aeronaves (MIL-STD-704 / ISO 6858)? Se solicita precisar la corriente continua y la corriente de pico requeridas en la salida de CC (por ejemplo, 800 A continuos / 2.000 A de pico).
13. ¿La salida de 28 V CC puede proveerse mediante un transformador-rectificador (TRU) integrado al equipo, o se exige generación directa de corriente continua?
14. ¿Se requiere la operación simultánea de las salidas de 115/200 V CA y 28 V CC, o su uso será alternado según el tipo de aeronave?
15. Regulación de tensión: se solicita precisar la tolerancia exigida en régimen permanente y en régimen transitorio (por ejemplo, ±1 % estático y tiempo de recuperación menor a 0,15 s), así como la norma de referencia aplicable (ISO 6858, SAE ARP 5015 o MIL-STD-704F).
16. ¿Cuál es la distorsión armónica total (THD) máxima admisible en la salida de 400 Hz a carga nominal?
17. ¿Se exige compensación de caída de tensión en el cable (line drop compensation) medida en el conector de la aeronave? En su caso, ¿para qué longitud de cable?
18. Cables y conectores de salida: se solicita precisar la cantidad de cables de 400 Hz requeridos, su longitud mínima y el tipo de conector de aeronave exigido (por ejemplo, conforme a ISO 461-1 / MS 90362).
19. Grado de protección «IP21»: ¿aplica exclusivamente al alternador o al conjunto del equipo? Se solicita confirmar que un grado de protección superior (por ejemplo, IP23 o IP54 del canopy) cumple con el requisito.
20. Conexión estrella de 4 hilos con neutro a tierra: ¿el sistema de puesta a tierra en plataforma será provisto por la Convocante, o el equipo debe incluir su propio sistema de puesta a tierra (jabalina, cable y pinza)?
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en los parámetros eléctricos y de desempeño establecidos en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, los cuales fueron definidos considerando los requerimientos operativos del Servicio de Asistencia en Tierra (SAT), la compatibilidad con las aeronaves que operan en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, la confiabilidad del suministro eléctrico y la seguridad operacional.
Las especificaciones técnicas consignadas en el Pliego constituyen requisitos mínimos de cumplimiento obligatorio, definidos con base en las necesidades funcionales de la Institución. En consecuencia, corresponde a cada oferente presentar un equipo cuya configuración, diseño y prestaciones técnicas satisfagan íntegramente dichos requerimientos, conforme a las especificaciones y soluciones técnicas desarrolladas por su fabricante.
La Convocante considera que los parámetros relativos a potencia nominal, tensión de salida, frecuencia, grado de protección, configuración eléctrica, regulación, sistemas de protección y demás características de desempeño establecidas en el Pliego resultan suficientes para identificar el bien requerido y permiten la presentación de ofertas en condiciones objetivas e igualitarias, sin que resulte necesario incorporar especificaciones adicionales que no fueron contempladas como requisitos de la contratación.
Asimismo, la Convocante aclara que podrán ofertarse equipos con prestaciones superiores a las mínimas exigidas, siempre que dichas prestaciones no alteren la funcionalidad requerida, sean plenamente compatibles con la infraestructura y operación aeroportuaria de la Institución y cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
En consecuencia, la Convocante mantiene inalterables los parámetros eléctricos y de desempeño establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
9
C. Motor diésel, emisiones y condiciones de operación
21. ¿Qué normativa de emisiones se exige para el motor diésel (EU Stage IIIA/V, EPA Tier 3, Tier 4i o Tier 4 Final)? ¿Se aceptan normas equivalentes?
22. Considerando que los motores Tier 4 Final / Stage V requieren combustible diésel de ultra bajo contenido de azufre y, en muchos casos, fluido DEF/AdBlue: ¿garantiza la Convocante la disponibilidad de dichos insumos en el AISP, o resulta admisible —e incluso preferible— un motor de tecnología mecánica (Tier 3 / Stage IIIA) compatible con el combustible disponible localmente?
23. ¿Cuál es el nivel sonoro máximo admisible del equipo, expresado en dB(A), y a qué distancia de medición (por ejemplo, 75 dB(A) a 7 metros)?
24. Se solicita precisar las condiciones ambientales de diseño para el dimensionamiento del equipo: temperatura ambiente mínima y máxima, humedad relativa y altitud de operación, a fin de calcular el derating correspondiente.
25. ¿Se admite cualquier fabricante de motores de primera línea (Cummins, Deutz, Perkins, Kubota, John Deere, Volvo Penta u otros equivalentes)?
26. ¿Se requiere sistema de ayuda de arranque en frío (precalentador de refrigerante o similar), considerando las temperaturas mínimas de operación en el AISP?
16-07-2026
20-07-2026
C. Motor diésel, emisiones y condiciones de operación
De:
GOMEZ AMARILLA, GERMAN NICANOR
80057054-5 - GMA S.R.L.
Consulta:
21. ¿Qué normativa de emisiones se exige para el motor diésel (EU Stage IIIA/V, EPA Tier 3, Tier 4i o Tier 4 Final)? ¿Se aceptan normas equivalentes?
22. Considerando que los motores Tier 4 Final / Stage V requieren combustible diésel de ultra bajo contenido de azufre y, en muchos casos, fluido DEF/AdBlue: ¿garantiza la Convocante la disponibilidad de dichos insumos en el AISP, o resulta admisible —e incluso preferible— un motor de tecnología mecánica (Tier 3 / Stage IIIA) compatible con el combustible disponible localmente?
23. ¿Cuál es el nivel sonoro máximo admisible del equipo, expresado en dB(A), y a qué distancia de medición (por ejemplo, 75 dB(A) a 7 metros)?
24. Se solicita precisar las condiciones ambientales de diseño para el dimensionamiento del equipo: temperatura ambiente mínima y máxima, humedad relativa y altitud de operación, a fin de calcular el derating correspondiente.
25. ¿Se admite cualquier fabricante de motores de primera línea (Cummins, Deutz, Perkins, Kubota, John Deere, Volvo Penta u otros equivalentes)?
26. ¿Se requiere sistema de ayuda de arranque en frío (precalentador de refrigerante o similar), considerando las temperaturas mínimas de operación en el AISP?
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones respecto a las características del motor del equipo, por cuanto las mismas fueron definidas en atención a criterios de eficiencia operativa, confiabilidad, durabilidad, consumo de combustible, facilidad de mantenimiento y seguridad operacional, considerando el régimen de trabajo al que estará sometido el equipo durante su operación en plataforma aeroportuaria.
Las características exigidas constituyen requisitos mínimos orientados a garantizar un funcionamiento eficiente y confiable del generador, asegurando un adecuado desempeño durante la prestación del servicio, una mayor vida útil de los componentes mecánicos y una optimización de los costos de operación y mantenimiento de la Institución.
Asimismo, la Convocante considera que las especificaciones relativas al tipo de motor, régimen máximo de operación, sistema de sobrealimentación, nivel de emisiones y demás características técnicas establecidas en el Pliego responden a necesidades objetivas de funcionamiento y desempeño, sin constituir requisitos exclusivos de un fabricante o modelo determinado.
En consecuencia, corresponde a cada oferente presentar un equipo cuyo motor cumpla íntegramente con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme al diseño y soluciones tecnológicas desarrolladas por su fabricante.
Por tanto, la Convocante mantiene inalterables las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
10
D. Construcción, chasis y remolque
27. ¿Cuál es la velocidad máxima de remolque exigida y el tipo y diámetro de la argolla de enganche (lunette) requerida para compatibilidad con los tractores de la Convocante?
28. Configuración rodante: ¿cantidad de ejes, tipo de neumáticos (macizos o inflables) y si se requiere sistema de dirección de cuatro ruedas o de quinta rueda para maniobrabilidad en plataforma?
29. ¿Existen dimensiones máximas (largo, ancho, alto) y peso máximo admisibles para el equipo?
30. Respecto del «contenedor lateral de cables con rodillos integrados»: ¿se aceptan como equivalentes los soportes, bandejas o ganchos portacables estándar de fábrica que cumplan la misma función de almacenamiento y protección de los cables?
31. Respecto de los «ganchos para asegurar el conector del GPU a la aeronave»: se solicita precisar cantidad y tipo, o confirmar que la solución estándar del fabricante resulta aceptable.
32. Respecto del «chasis galvanizado de alta resistencia»: ¿se acepta como protección anticorrosiva equivalente un chasis de acero con tratamiento de granallado, imprimación epóxica y pintura poliuretánica de alta resistencia?
De:
GOMEZ AMARILLA, GERMAN NICANOR
80057054-5 - GMA S.R.L.
Consulta:
27. ¿Cuál es la velocidad máxima de remolque exigida y el tipo y diámetro de la argolla de enganche (lunette) requerida para compatibilidad con los tractores de la Convocante?
28. Configuración rodante: ¿cantidad de ejes, tipo de neumáticos (macizos o inflables) y si se requiere sistema de dirección de cuatro ruedas o de quinta rueda para maniobrabilidad en plataforma?
29. ¿Existen dimensiones máximas (largo, ancho, alto) y peso máximo admisibles para el equipo?
30. Respecto del «contenedor lateral de cables con rodillos integrados»: ¿se aceptan como equivalentes los soportes, bandejas o ganchos portacables estándar de fábrica que cumplan la misma función de almacenamiento y protección de los cables?
31. Respecto de los «ganchos para asegurar el conector del GPU a la aeronave»: se solicita precisar cantidad y tipo, o confirmar que la solución estándar del fabricante resulta aceptable.
32. Respecto del «chasis galvanizado de alta resistencia»: ¿se acepta como protección anticorrosiva equivalente un chasis de acero con tratamiento de granallado, imprimación epóxica y pintura poliuretánica de alta resistencia?
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
La Convocante se ratifica en las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones respecto a las características constructivas del equipo, por cuanto las mismas fueron definidas considerando las condiciones de operación propias del entorno aeroportuario, donde los equipos se encuentran permanentemente expuestos a agentes climáticos, humedad, radiación solar, productos químicos utilizados en las operaciones aeroportuarias y exigentes jornadas de trabajo.
Las características constructivas exigidas constituyen requisitos mínimos destinados a garantizar la resistencia mecánica, la protección contra la corrosión, la durabilidad, la facilidad de mantenimiento y la confiabilidad operacional del equipo durante toda su vida útil. En ese sentido, especificaciones tales como el chasis galvanizado de alta resistencia, paneles de aluminio y fibra de vidrio resistentes a la corrosión, contenedor lateral de cables, ganchos para fijación del enchufe, interruptor de desconexión de batería montado externamente y demás elementos constructivos responden a criterios técnicos y funcionales que buscan optimizar la seguridad, la disponibilidad y los costos de mantenimiento del bien.
Asimismo, la Convocante aclara que dichas características corresponden a soluciones tecnológicas ampliamente utilizadas en equipos Ground Support Equipment (GSE) destinados a operaciones aeroportuarias y no constituyen elementos exclusivos de un fabricante o modelo determinado. Su incorporación al Pliego obedece exclusivamente a la necesidad de adquirir un equipo con elevados estándares de calidad, confiabilidad y desempeño para su utilización en operaciones críticas de asistencia en tierra a aeronaves.
En consecuencia, corresponde a cada oferente presentar un equipo que cumpla íntegramente con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, independientemente de la solución constructiva particular desarrollada por su fabricante, siempre que satisfaga los requisitos mínimos exigidos.
Por tanto, la Convocante mantiene inalterables las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.