Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Solicitud de modificación de requisito de capacidad técnica Solicitamos respetuosamente a la Convocante la reconsideración del requisito establecido en cuanto a la cantidad mínima de personal inscripto en el Instituto de Previsión Social (I.P.S.), proponiendo que el mismo sea modificado de cinco (5) a un mínimo de tres (3) personas. La presente solicitud se fundamenta en que la adjudicación del procedimiento se realizará por lotes, por lo que la capacidad operativa requerida para la ejecución de cada lote puede variar considerablemente. En ese sentido, exigir un mínimo de cinco (5) trabajadores permanentes podría resultar una condición restrictiva para micro, pequeñas y medianas empresas que cuentan con la capacidad técnica, administrativa y financiera suficiente para cumplir adecuadamente con uno o más lotes, pero cuya estructura organizacional es proporcional a la magnitud de sus operaciones. La modificación propuesta mantiene el objetivo de la Convocante de verificar la formalidad del oferente, su inscripción en el sistema de seguridad social y la existencia de una estructura operativa real, sin imponer una exigencia que pudiera limitar injustificadamente la participación de empresas de menor envergadura. En consecuencia, solicitamos que el requisito sea redactado de la siguiente manera: "La Convocante, en apego a los principios de eficiencia, responsabilidad, sostenibilidad social, debida diligencia y protección del interés público que rigen las contrataciones públicas, requiere que el oferente acredite contar con un mínimo de tres (3) personas inscriptas en el sistema de seguridad social (I.P.S.), con una antigüedad mínima de tres (3) meses, mediante la presentación de la documentación emitida por el organismo competente, a fin de verificar que dispone de una estructura operativa formal, recursos humanos suficientes y capacidad efectiva para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato." Esta modificación favorece una mayor concurrencia de oferentes, promueve la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas, fortalece la competencia y contribuye a la obtención de mejores condiciones para la Administración, sin afectar la capacidad de ejecución del futuro contratista. 08-07-2026 15-07-2026
2 Solicitud de modificación de requisito de capacidad técnica Solicitamos respetuosamente a la Convocante la reconsideración del requisito establecido en cuanto a la cantidad mínima de personal inscripto en el Instituto de Previsión Social (I.P.S.), proponiendo que el mismo sea modificado de cinco (5) a un mínimo de tres (3) personas. La presente solicitud se fundamenta en que la adjudicación del procedimiento se realizará por lotes, por lo que la capacidad operativa requerida para la ejecución de cada lote puede variar considerablemente. En ese sentido, exigir un mínimo de cinco (5) trabajadores permanentes podría resultar una condición restrictiva para micro, pequeñas y medianas empresas que cuentan con la capacidad técnica, administrativa y financiera suficiente para cumplir adecuadamente con uno o más lotes, pero cuya estructura organizacional es proporcional a la magnitud de sus operaciones. La modificación propuesta mantiene el objetivo de la Convocante de verificar la formalidad del oferente, su inscripción en el sistema de seguridad social y la existencia de una estructura operativa real, sin imponer una exigencia que pudiera limitar injustificadamente la participación de empresas de menor envergadura. En consecuencia, solicitamos que el requisito sea redactado de la siguiente manera: "La Convocante, en apego a los principios de eficiencia, responsabilidad, sostenibilidad social, debida diligencia y protección del interés público que rigen las contrataciones públicas, requiere que el oferente acredite contar con un mínimo de tres (3) personas inscriptas en el sistema de seguridad social (I.P.S.), con una antigüedad mínima de tres (3) meses, mediante la presentación de la documentación emitida por el organismo competente, a fin de verificar que dispone de una estructura operativa formal, recursos humanos suficientes y capacidad efectiva para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato." Esta modificación favorece una mayor concurrencia de oferentes, promueve la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas, fortalece la competencia y contribuye a la obtención de mejores condiciones para la Administración, sin afectar la capacidad de ejecución del futuro contratista. 08-07-2026 15-07-2026
3 LOTE 1 BATERIAS - MONTO MINIMO - MONTO MAXIMO Con relación al Lote de Baterías, solicitamos la siguiente aclaración: En el Sistema de Información de Proveedores (SIP), en la sección Ítems Solicitados, se establece para el lote un monto mínimo de G. 40.000.000 y un monto máximo de G. 80.000.000. Sin embargo, al revisar el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección Especificaciones Técnicas, se consignan los siguientes montos: Monto mínimo 2: G. 198.131.050 Monto máximo 2: G. 396.262.099 Monto mínimo 4: G. 165.000.000 Monto máximo 4: G. 330.000.000 …entre otros montos indicados para ese lote En ese sentido, solicitamos a la Convocante aclarar a qué corresponden los montos consignados en las Especificaciones Técnicas y cuál es el monto mínimo y máximo que regirá para el Lote de Baterías durante la ejecución del contrato, considerando que la información publicada en sección Datos de la convocatoria difiere de la consignada en el Pliego de Bases y Condiciones. La presente consulta tiene por objeto contar con información clara y uniforme que permita elaborar la oferta de conformidad con las condiciones del llamado. 10-07-2026 15-07-2026
4 CONSULTA LOTE 1 - CANTIDAD SOLICITADA Considerando que el contrato es por montos y no se indican cantidades, ¿cuál es la cantidad mínima y la cantidad máxima estimada de baterías que podrían ser requeridas durante la vigencia del contrato, o cuál será el criterio que utilizará la Convocante para determinar las cantidades a ser solicitadas en las órdenes de compra? La presente consulta tiene por finalidad contar con información suficiente para dimensionar el alcance del suministro y elaborar la oferta conforme a las condiciones del llamado. 10-07-2026 15-07-2026
5 Constancia de RUC CONSULTA La convocante solicita Constancia del Registro Único de Contribuyente emitida por la SET, considerando que por Ley N° 7143/23 - Que crea la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), solicitamos a la Convocante aclare si el documentos debe ser la emitida por la SET o la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), en caso de error favor modificar el Pliego de Bases y Condiciones considerando que se presta a confusiones y evitar una posible descalificación en caso de error de presentación del documento sustancial 13-07-2026 15-07-2026
6 PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES Con relación al plazo de entrega de los bienes, solicitamos muy respetuosamente la siguiente consideración: En el Pliego de Bases y Condiciones se establece un plazo de entrega de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción de la orden de compra. Al respecto, solicitamos se evalúe la posibilidad de ampliar el plazo de entrega a 10 (diez) días hábiles. El fundamento de nuestro pedido es por las cuestiones de traslado y logística, debe tenerse en cuenta que parte de las entregas podrían realizarse en dependencias ubicadas en el centro de Asunción, donde existen restricciones para el ingreso y estacionamiento de vehículos de gran porte. En tales casos, la descarga y el traslado de los bienes deben efectuarse mediante vehículos de menor capacidad, lo que implica realizar varios viajes y demanda un mayor tiempo para cumplir correctamente con la entrega. Por lo expuesto, entendemos que un plazo de 10 (diez) días hábiles resulta más razonable y permitirá garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones contractuales, favoreciendo además una mayor participación de potenciales oferentes, sin afectar las necesidades de la Convocante. 13-07-2026 15-07-2026
7 Capicida Tecnica Inc 9- Planilla de pago del IPS, de los tres meses anteriores a la Apertura La Convocante Afirma que:: en total apego a los principios de eficiencia, responsabilidad, sostenibilidad social, debida diligencia y protección del interés público que rigen las contrataciones públicas, promoviendo la formalización del empleo y la contratación de proveedores que acrediten condiciones reales de funcionamiento y cumplimiento normativo, requiere que el oferente acredite contar como mínimo contar con 5 personales inscripto en el sistema de seguridad social (I.P.S.), con una antigüedad mínima de 3 meses, mediante la presentación de las documentaciones emitidas por el organismo competente, a fin de verificar que el mismo dispone de una estructura operativa formal, recursos humanos suficientes y capacidad efectiva para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Exigir un número mínimo de empleados inscriptos en el IPS con una antigüedad fija limita la libre competencia, restringe de manera innecesaria la participación de oferentes y favorece injustamente a empresas grandes con mayor trayectoria y excluye a competidores más pequeños o nuevos, favorece monopolios u oligopolio impidiendo a las Mipymes presentarse en esta licitación, por otra parte la cantidad de empleados o la antigüedad no garantizan la calidad del trabajo. Exigir una cantidad mínima de empleados de 5 (cinco) y con antigüedad de 3 meses como mínimo viola el Artículo 4°.- Principios rectores de la Ley N° 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas, específicamente el inciso d) Igualdad y Libre Competencia: todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Consideramos que el requisito no resulta técnicamente indispensable, atendiendo la dinámica de empleos hoy por hoy es por trabajadores independientes, solicito la exclusión de este requisito. 13-07-2026 15-07-2026
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