Chase Matosch, Abril de los Angeles
80106796-0 - BRILLOPAR S.R.L.
Consulta:
Se solicita a la convocante revisar el requisito que exige acreditar un capital operativo (Activo Corriente – Pasivo Corriente) equivalente al 70% del monto total de la oferta. Se consulta cuál es la fundamentación técnica y jurídica que sustenta dicho porcentaje, considerando que el propio PBC ya evalúa la solvencia económica y financiera mediante los indicadores de liquidez, endeudamiento, rentabilidad y eficiencia correspondientes a los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025. Al respecto, la Ley N.º 7021/22 establece que los requisitos de capacidad financiera deben observar los principios de razonabilidad, proporcionalidad y libre competencia. En ese sentido, la exigencia de un capital operativo del 70% constituye una evaluación adicional de la liquidez financiera ya acreditada mediante los indicadores exigidos en el Pliego, sin advertirse una justificación objetiva para establecer dicho porcentaje. Por lo expuesto, se solicita informar la fundamentación técnica de este requisito y, de no existir una justificación objetiva que demuestre su necesidad y proporcionalidad, modificar el PBC eliminando dicha exigencia y manteniendo únicamente los indicadores financieros ya previstos, los cuales resultan suficientes para acreditar la solvencia económica y financiera de los oferentes.