Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 PROPORCIONALIDAD Y RAZONABILIDAD DE CAPITAL OPERATIVO 70% O LINEA DE CRÉDITO Se solicita a la convocante revisar el requisito que exige acreditar un capital operativo (Activo Corriente – Pasivo Corriente) equivalente al 70% del monto total de la oferta. Se consulta cuál es la fundamentación técnica y jurídica que sustenta dicho porcentaje, considerando que el propio PBC ya evalúa la solvencia económica y financiera mediante los indicadores de liquidez, endeudamiento, rentabilidad y eficiencia correspondientes a los ejercicios fiscales 2023, 2024 y 2025. Al respecto, la Ley N.º 7021/22 establece que los requisitos de capacidad financiera deben observar los principios de razonabilidad, proporcionalidad y libre competencia. En ese sentido, la exigencia de un capital operativo del 70% constituye una evaluación adicional de la liquidez financiera ya acreditada mediante los indicadores exigidos en el Pliego, sin advertirse una justificación objetiva para establecer dicho porcentaje. Por lo expuesto, se solicita informar la fundamentación técnica de este requisito y, de no existir una justificación objetiva que demuestre su necesidad y proporcionalidad, modificar el PBC eliminando dicha exigencia y manteniendo únicamente los indicadores financieros ya previstos, los cuales resultan suficientes para acreditar la solvencia económica y financiera de los oferentes. 02-07-2026
2 SOLICITUD DE ELIMINACION DE REQUISITO RESTRICTIVO EN LA VISITA TECNICA Se solicita a la Convocante eliminar del PBC el requisito que exige que el representante del oferente presente una carta de autorización firmada por el representante legal para participar de la visita técnica. Al respecto, se consulta cuál es el fundamento técnico y jurídico para apartarse del Pliego Estándar de la DNCP, el cual establece expresamente que la falta de dicha autorización no impide la realización de la visita técnica, evitando que una formalidad documental restrinja la participación de los potenciales oferentes. La incorporación de esta exigencia resulta contraria a los principios de igualdad, libre competencia y máxima concurrencia previstos en la Ley N.º 7021/22 y su Decreto Reglamentario N.º 2264/24, pudiendo generar protestas y dilaciones innecesarias en el procedimiento. Por lo expuesto, se solicita adecuar el PBC al Pliego Estándar de la DNCP, eliminando dicho requisito. 02-07-2026
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