Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAO 8.4 - Visita Técnica Obligatoria
"La asistencia a esta visita será condición obligatoria para la participación en el proceso de licitación, debiendo los oferentes acreditar su presencia conforme a los mecanismos que establezca el Contratante." Favor indicar cual sería la forma de acreditar la asistencia para la visita técnica, en caso de existir algún requisito especifico, solicitamos información sobre ello.
15-09-2026
22-09-2026
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAO 8.4 - Visita Técnica Obligatoria
"La asistencia a esta visita será condición obligatoria para la participación en el proceso de licitación, debiendo los oferentes acreditar su presencia conforme a los mecanismos que establezca el Contratante." Favor indicar cual sería la forma de acreditar la asistencia para la visita técnica, en caso de existir algún requisito especifico, solicitamos información sobre ello.
En respuesta a la consulta formulada, se aclara a los potenciales oferentes lo siguiente:
Conforme a lo estipulado en la Sección II - Datos de la Licitación (DDL) del Pliego de Bases y Condiciones, existen dos (2) mecanismos para acreditar el cumplimiento del requisito de la Visita Técnica:
1. Para los Oferentes que asistan presencialmente:
○ Lugar y Hora: Deberán presentarse a las 08:00 horas en el punto de encuentro ubicado en la Central Hidroeléctrica Acaray (Ruta PY07, Km 14, Supercarretera a Itaipú, Hernandarias, Departamento de Alto Paraná).
○ Mecanismo de Acreditación: La presencia será registrada in situ por los representantes de la ANDE mediante la planilla/acta oficial habilitada durante el recorrido, otorgándole la correspondiente Constancia de Visita Técnica expedida por el Contratante.
○ Asimismo, se comunica que para el ingreso a las instalaciones de la Central Hidroeléctrica Acaray durante la Visita Técnica, es requisito obligatorio e indispensable que cada uno de los representantes de los potenciales Oferentes cuente y porte sus propios Equipos de Protección Individual (EPI) en estricto cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los elementos mínimos exigidos para la circulación en planta son:
- casco de seguridad industrial,
- calzado de seguridad.
No se permitirá el acceso al recinto ni el recorrido por las áreas operativas de la Central a ninguna persona que no disponga de los EPI completos requeridos.
2. Exoneración para participantes de la LPI N° 1903/25:
○ Aquellas empresas que hayan participado en la visita técnica del llamado anterior (Licitación LPI N° 1903/25) quedan exoneradas de realizar la visita técnica en el presente proceso.
○ Mecanismo de Acreditación: Para validar dicha exoneración, el oferente deberá incluir dentro de su Oferta la copia de la Constancia de participación en la Visita Técnica de la LPI N° 1903/25 emitida en su momento por la ANDE.
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Visita técnica obligatoria.
En el PBC menciona que la asistencia a la visita será condición obligatoria para la participación en el proceso. Para el caso de consorcios solicitamos que está condición pueda ser acreditada por uno de los integrantes. Esto para facilitar la participación de empresas extranjeras que no puedan asistir por cuestiones de distancia o proximidad de la fecha de la visita.
En el PBC menciona que la asistencia a la visita será condición obligatoria para la participación en el proceso. Para el caso de consorcios solicitamos que está condición pueda ser acreditada por uno de los integrantes. Esto para facilitar la participación de empresas extranjeras que no puedan asistir por cuestiones de distancia o proximidad de la fecha de la visita.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, que en el caso de ofertas presentadas por una APCA/Consorcio, la condición de asistencia a la Visita Técnica podrá ser acreditada por cualquier representante, conforme a lo establecido en la IAO 8.4.
Para mayor información y detalles respecto de los mecanismos de acreditación y demás condiciones aplicables a la Visita Técnica, favor remitirse a la respuesta correspondiente al Pedido de Aclaración Nº 01.
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4.1. Experiencia General
Para los incisos (i) y (ii) de la experiencia general solicitamos que la experiencia invocada por el Oferente como miembro de una APCA no sea ponderada según su porcentaje de participación en el consorcio, sino que se reconozca por el 100% de su valor. Sin aplicar el porcentaje de participación calculado en función del valor. Esto teniendo en cuenta que la participación en APCA implica una integración plena en la ejecución del contrato entre los miembros del consorcio en donde las responsabilidades son conjuntas, solidarias, e ilimitadas para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades contraídas.
Para los incisos (i) y (ii) de la experiencia general solicitamos que la experiencia invocada por el Oferente como miembro de una APCA no sea ponderada según su porcentaje de participación en el consorcio, sino que se reconozca por el 100% de su valor. Sin aplicar el porcentaje de participación calculado en función del valor. Esto teniendo en cuenta que la participación en APCA implica una integración plena en la ejecución del contrato entre los miembros del consorcio en donde las responsabilidades son conjuntas, solidarias, e ilimitadas para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades contraídas.
Solicitamos nos indiquen el método utilizado para gestionar la visita, además solicitamos de manera urgente la posibilidad de contar con otra fecha para realizar diche visita, teniendo en cuenta que la actual 24/09/2026 está muy próxima, esto facilitará a las empresas internacionales como consorciadas o subcontratistas especializados a que participen de manera a poder presupuestar correctamente los alcances.
Solicitamos nos indiquen el método utilizado para gestionar la visita, además solicitamos de manera urgente la posibilidad de contar con otra fecha para realizar diche visita, teniendo en cuenta que la actual 24/09/2026 está muy próxima, esto facilitará a las empresas internacionales como consorciadas o subcontratistas especializados a que participen de manera a poder presupuestar correctamente los alcances.
Al respecto, para informarse de los detalles de la metodología de visita técnica, remitirse a la respuesta del Pedido de Aclaración Nº 01.
Se informa que la visita técnica al sitio de las obras prevista para el 24/09/2026 se mantiene conforme a lo actualmente publicado en el Portal de la DNCP.
Asimismo, considerando que el Pliego de Bases y Condiciones establece en la IAO 8.4 que la visita técnica obligatoria deberá realizarse a los veintiún (21) días posteriores a la publicación del Pliego, y teniendo en cuenta que el mismo fue publicado el 09/09/2026, se realizará igualmente una segunda visita técnica el día 30/09/2026, en cumplimiento de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Compromisos Contractuales Vigentes
Entendemos que si el valor de CCA calculado sea superior al quince por ciento (15%) del monto total ofertado, el valor de CCA será considerado igual al quince por ciento (15%) del monto total ofertado.
Entendemos que si el valor de CCA calculado sea superior al quince por ciento (15%) del monto total ofertado, el valor de CCA será considerado igual al quince por ciento (15%) del monto total ofertado.