En el pliego de bases y condiciones, plan de entrega de los bienes, indican
En el pliego de bases y condiciones, plan de entrega de los bienes, indican:
Item 1 – Servidor: El proveedor dispondrá de 5 (días) días calendario a partir del día siguiente de la fecha de emisión de la Orden de Compra para la entrega de los bienes y finalización de la instalación y puesta en funcionamiento.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el plazo de entrega del servidor sea de 60 (sesenta) días hábiles considerando que se trata de un equipamiento especifico el cual debe ser configurado sobre pedido para su posterior fabricación fuera del país ya que se trata de un equipo “nuevo y fabricación reciente” con lo cual los potenciales oferentes requieren de un tiempo prudencial para entregar en tiempo y forma el producto, es importante resaltar que en la actualidad existe una crisis global de componentes como ser memorias RAM, procesadores y discos SSD para todos los fabricantes sin excepción lo cual impacta directamente en los tiempos de plazos de entrega de este tipo de productos. Apelamos a la buena voluntad de los encargados del proyecto a fin de que esto se pueda subsanar y de esa manera permitir la mayor participación de potenciales oferentes.
25-08-2026
26-08-2026
En el pliego de bases y condiciones, plan de entrega de los bienes, indican
De:
Cristaldo Aquino, Liz Gabriela
80018363-0 - SOFTSHOP SA
Consulta:
En el pliego de bases y condiciones, plan de entrega de los bienes, indican:
Item 1 – Servidor: El proveedor dispondrá de 5 (días) días calendario a partir del día siguiente de la fecha de emisión de la Orden de Compra para la entrega de los bienes y finalización de la instalación y puesta en funcionamiento.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el plazo de entrega del servidor sea de 60 (sesenta) días hábiles considerando que se trata de un equipamiento especifico el cual debe ser configurado sobre pedido para su posterior fabricación fuera del país ya que se trata de un equipo “nuevo y fabricación reciente” con lo cual los potenciales oferentes requieren de un tiempo prudencial para entregar en tiempo y forma el producto, es importante resaltar que en la actualidad existe una crisis global de componentes como ser memorias RAM, procesadores y discos SSD para todos los fabricantes sin excepción lo cual impacta directamente en los tiempos de plazos de entrega de este tipo de productos. Apelamos a la buena voluntad de los encargados del proyecto a fin de que esto se pueda subsanar y de esa manera permitir la mayor participación de potenciales oferentes.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que el plazo de entrega establecido responde a una necesidad institucional concreta y temporal, vinculada a mantener operativo y actualizado el Sistema Integrado de Cooperativas (SICOOP), sistema principal de gestión del INCOOP, utilizado tanto por funcionarios de la Institución como por las cooperativas. En consecuencia, la disponibilidad e implementación oportuna de la infraestructura requerida resulta necesaria para asegurar la continuidad de los servicios tecnológicos institucionales.
El requerimiento no comprende únicamente la entrega física de un servidor, sino una solución integral que incluye servidor, licenciamiento, instalación, configuración, virtualización, administración, puesta en funcionamiento y transferencia tecnológica. Por esta razón, el plazo fue definido atendiendo a la necesidad institucional de disponer de la solución operativa en el menor tiempo posible. El PBC establece expresamente un plazo de 5 (cinco) días calendario, contado a partir del día siguiente de la emisión de la Orden de Compra, incluyendo la finalización de la instalación y puesta en funcionamiento.
Las circunstancias particulares de fabricación, importación, logística o disponibilidad de inventario de cada potencial oferente corresponden a su planificación comercial y no pueden prevalecer sobre la necesidad operativa previamente determinada por la Convocante. El requisito es de aplicación general y uniforme para todos los participantes y no se encuentra dirigido a una marca, fabricante o empresa determinada, por lo que no limita la participación de potenciales oferentes que se encuentren en condiciones de cumplir el alcance y plazo requeridos.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas que sustentan la presente contratación se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, no se acepta la solicitud de ampliación a 60 (sesenta) días hábiles y se mantiene el plazo establecido. Remítase a lo establecido en el PBC.
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En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor, indican
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor, indican:
Procesador: 2 (dos) procesadores de 16 cores de 2.0 GHz como mínimo.
Considerando la importante inversión a ser ejecutada por la entidad para este nivel de equipamiento entendemos que debe ser establecida claramente la directriz de que los procesadores a ser ofertados deberán ser de la última generación disponible del fabricante a fin de que la entidad pueda obtener productos vigentes, con mayores prestaciones técnicas y soporte ampliado de los fabricantes a fin de “EVITAR” que se presenten productos con varios años ya de “lanzamiento” en el mercado que están siendo reemplazados por modelos de ultima generación, de esta manera se unificaran los criterios para que los potenciales oferentes coticen en igualdad de condiciones técnicas y comerciales en propio beneficio de la convocante
25-08-2026
26-08-2026
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De:
Cristaldo Aquino, Liz Gabriela
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Consulta:
En el pliego de bases y condiciones, ítem 1 servidor, indican:
Procesador: 2 (dos) procesadores de 16 cores de 2.0 GHz como mínimo.
Considerando la importante inversión a ser ejecutada por la entidad para este nivel de equipamiento entendemos que debe ser establecida claramente la directriz de que los procesadores a ser ofertados deberán ser de la última generación disponible del fabricante a fin de que la entidad pueda obtener productos vigentes, con mayores prestaciones técnicas y soporte ampliado de los fabricantes a fin de “EVITAR” que se presenten productos con varios años ya de “lanzamiento” en el mercado que están siendo reemplazados por modelos de ultima generación, de esta manera se unificaran los criterios para que los potenciales oferentes coticen en igualdad de condiciones técnicas y comerciales en propio beneficio de la convocante
Se aclara a todos los potenciales oferentes que las especificaciones técnicas fueron establecidas mediante parámetros mínimos de rendimiento y capacidad, precisamente con el objeto de permitir la participación de distintas marcas, arquitecturas y fabricantes que puedan satisfacer las necesidades técnicas de la Institución.
Para el servidor se establece, entre otros parámetros, una configuración de 2 (dos) procesadores, con 16 cores como mínimo por procesador y frecuencia mínima de 2,0 GHz, además de los demás requerimientos de memoria, almacenamiento, conectividad, redundancia y administración definidos en las Especificaciones Técnicas.
El propio PBC establece como criterio general que los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, incorporando los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales. En consecuencia, la finalidad planteada en la consulta respecto de evitar productos obsoletos ya se encuentra contemplada, sin que resulte necesario restringir la contratación exclusivamente a una denominación específica de "última generación", condición que podría reducir innecesariamente alternativas técnicamente aptas.
Lo requerido por la Convocante es el cumplimiento integral de las características mínimas establecidas, pudiendo ofertarse equipos y procesadores que igualen o superen dichas prestaciones y que correspondan a productos vigentes y actuales del fabricante. Esta forma de especificación no limita la participación de potenciales oferentes, sino que permite la concurrencia de distintas soluciones que satisfagan las prestaciones mínimas requeridas.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, se mantienen las especificaciones técnicas establecidas. Remítase a lo establecido en el PBC.
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
Al menos 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante de la marca del servidor ofertado, en diseño, configuración y administración de servidores (Certificación Técnica), debe ser del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No serán aceptadas credenciales de ventas o preventas.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento solicitado sea de 1 (un) técnico certificado por el fabricante de la marca del servidor pues considerando que se trata de un solo servidor a ser implementado ya se considera más que suficiente que el oferente cuente con 1 (un) profesional para llevar a cabo los trabajos requeridos, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante sin limitar la participación de empresas con experiencia en provisión de servidores.
Cabe resaltar lo establecido por la institución en el siguiente apartado:
Las especificaciones se han desarrollado en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 45 de la Ley N° 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas, y en concordancia con los principios de “TRANSPARENCIA”, eficiencia, legalidad y adecuación técnica que rigen los procesos de contratación pública.
Con lo cual apelamos a los encargados del proceso para las consideraciones y ajustes necesarios para permitir la libre participación de potenciales oferentes interesados.
25-08-2026
26-08-2026
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Al menos 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante de la marca del servidor ofertado, en diseño, configuración y administración de servidores (Certificación Técnica), debe ser del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No serán aceptadas credenciales de ventas o preventas.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento solicitado sea de 1 (un) técnico certificado por el fabricante de la marca del servidor pues considerando que se trata de un solo servidor a ser implementado ya se considera más que suficiente que el oferente cuente con 1 (un) profesional para llevar a cabo los trabajos requeridos, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante sin limitar la participación de empresas con experiencia en provisión de servidores.
Cabe resaltar lo establecido por la institución en el siguiente apartado:
Las especificaciones se han desarrollado en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 45 de la Ley N° 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas, y en concordancia con los principios de “TRANSPARENCIA”, eficiencia, legalidad y adecuación técnica que rigen los procesos de contratación pública.
Con lo cual apelamos a los encargados del proceso para las consideraciones y ajustes necesarios para permitir la libre participación de potenciales oferentes interesados.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que el requerimiento de 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante de la marca del servidor ofertado, con conocimientos acreditados en diseño, configuración y administración de servidores, responde al alcance integral y a la criticidad de la solución a ser implementada, y no exclusivamente a la cantidad física de servidores adquiridos.
La contratación comprende instalación, configuración, virtualización, administración y puesta en funcionamiento de plataformas Microsoft, además de la integración del hardware, software, conectividad, almacenamiento y demás componentes requeridos. Asimismo, el servidor contará con garantía de 3 (tres) años y la solución contempla soporte técnico correctivo durante el periodo de garantía.
La disponibilidad de dos técnicos permite garantizar continuidad técnica, respaldo operativo, cobertura ante contingencias, validación de configuraciones y capacidad de atención durante la implementación y el periodo posterior de soporte, evitando que la ejecución de una infraestructura crítica dependa exclusivamente de la disponibilidad de una sola persona. El PBC exige además la pertenencia de dichos profesionales a la firma oferente, a fin de asegurar responsabilidad operativa y estabilidad del staff durante la implementación.
El requisito se aplica a la marca de servidor que libremente sea ofertada por cada participante y no establece preferencia por un fabricante determinado. Por tanto, no limita la participación de potenciales oferentes, sino que establece una capacidad técnica mínima acorde con la responsabilidad de instalación, puesta en funcionamiento y soporte de la solución.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, no se acepta la reducción solicitada y se mantiene el requerimiento de 2 (dos) técnicos certificados por el fabricante. Remítase a lo establecido en el PBC.
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
Planilla de Datos Garantizados, debidamente completadas y firmadas conforme al formato establecido en la Sección de Suministros requerido Especificaciones Técnicas (considerado como documento sustancial, para la evaluación técnica).
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si se refieren a que esta documentación deberá ser presentada ya al momento de la oferta como documento sustancial, favor confirmar si nuestra interpretación es correcta a fin de evitar confusiones a nivel documental de parte de los potenciales oferentes.
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Planilla de Datos Garantizados, debidamente completadas y firmadas conforme al formato establecido en la Sección de Suministros requerido Especificaciones Técnicas (considerado como documento sustancial, para la evaluación técnica).
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si se refieren a que esta documentación deberá ser presentada ya al momento de la oferta como documento sustancial, favor confirmar si nuestra interpretación es correcta a fin de evitar confusiones a nivel documental de parte de los potenciales oferentes.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que no es necesario presentar la Planilla de Datos Garantizados al momento de la Apertura, pero al momento de la evaluación (previa solicitud de documento en caso de no presentar en conjunto con la oferta) será considerado sustancial en el completado, llenado y firmado de manera a verificar el cumplimiento técnico de los equipos a ser propuestos.
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El proveedor deberá contar con los siguientes profesionales capacitados para realizar la correcta coordinación y diseño de la solución propuesta:
El oferente deberá contar con al menos 1 (un) profesional con certificación PMP (Project Management Professional) del PMI (Project Management Institute) y o similar, siendo este parte del plantel del oferente con una antigüedad de al menos 1 (un) año (se debe presentar la planilla de la Patronal). No se aceptarán profesionales subcontratados
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar cuales son las certificaciones “similares” que serán aceptadas para dar por valido el cumplimiento de este punto ya que se trata de un profesional para realizar la “coordinación” del proyecto el cual no posee tanta complejidad al ser un solo servidor con su respectivo sistema operativo.
25-08-2026
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El proveedor deberá contar con los siguientes profesionales capacitados para realizar la correcta coordinación y diseño de la solución propuesta:
El oferente deberá contar con al menos 1 (un) profesional con certificación PMP (Project Management Professional) del PMI (Project Management Institute) y o similar, siendo este parte del plantel del oferente con una antigüedad de al menos 1 (un) año (se debe presentar la planilla de la Patronal). No se aceptarán profesionales subcontratados
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar cuales son las certificaciones “similares” que serán aceptadas para dar por valido el cumplimiento de este punto ya que se trata de un profesional para realizar la “coordinación” del proyecto el cual no posee tanta complejidad al ser un solo servidor con su respectivo sistema operativo.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que el profesional requerido para la coordinación y diseño de la solución no se encuentra justificado únicamente por la cantidad de servidores, sino por el conjunto de actividades técnicas que deberán ser planificadas, coordinadas, controladas e integradas para obtener una implementación completa y correctamente puesta en funcionamiento.
La contratación comprende hardware de servidor, licenciamiento de Windows Server 2025 Datacenter, licenciamiento de Microsoft SQL Server 2025, instalación, configuración, virtualización, administración, puesta en funcionamiento y transferencia tecnológica al personal técnico de la Institución. Además, el adjudicatario deberá elaborar el cronograma de ejecución de la implementación, coordinar las actividades con la Contratante e informar sobre el avance de los trabajos.
Por ello se requiere un profesional con competencias formales en dirección y gestión de proyectos, de modo a asegurar una adecuada planificación, coordinación, seguimiento, control, gestión de riesgos y cumplimiento de los objetivos de implementación.
Respecto de la expresión "PMP y/o similar", se aclara que no se limita el cumplimiento exclusivamente a la certificación PMP. Se considerará similar aquella certificación profesional en dirección o gestión de proyectos, emitida por una organización reconocida, que permita acreditar competencias equivalentes en planificación, ejecución, seguimiento, control, gestión de riesgos y dirección de proyectos, cuya equivalencia será analizada conforme a la documentación presentada con la oferta. Esta previsión amplía las alternativas de acreditación y, por tanto, no limita la participación de potenciales oferentes.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, se mantiene el requerimiento establecido. Remítase a lo establecido en el PBC y a la presente aclaración respecto del término "similar".
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El oferente deberá presentar una certificación vigente de un sistema de gestión que garantice la calidad en la prestación de servicios, emitida por una entidad certificadora competente, acreditada y verificable. La certificación deberá contar mínimamente con al menos (1) una recertificación desde su fecha de certificación inicial, manteniéndose vigente a la fecha de presentación de ofertas, y deberá evidenciar criterios orientados a asegurar la calidad de la gestión de procedimientos de Provisión e integración de bienes y/o servicios, abarcando mínimamente la integración de Hardware, Software y Servicio de Soporte técnico, especializado para el sector público. Dicha certificación deberá asegurar, como mínimo, la implementación de controles y procesos alineados a buenas prácticas reconocidas para la gestión de la calidad en la Provisión e integración de bienes y/o servicios.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que “La certificación deberá contar mínimamente con al menos (1) una recertificación desde su fecha de certificación inicial” sea considerada como OPCIONAL ya que técnica y jurídicamente dicho punto no tiene sustento legal para solicitarlo pues una empresa al tener la certificación vigente en sistemas de gestión de seguridad de la información vigente la misma ya garantiza a cualquier institución sea pública o privada que se encuentra regulada y capacitada para el manejo de información confidencial en proyectos de este tipo con lo cual lo único que resalta al solicitar esto es limitar la participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante, por lo cual reiteramos que la “recertificación” sea opcional o directamente excluida del requerimiento a fin de permitir la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio propio de la convocante.
25-08-2026
26-08-2026
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El oferente deberá presentar una certificación vigente de un sistema de gestión que garantice la calidad en la prestación de servicios, emitida por una entidad certificadora competente, acreditada y verificable. La certificación deberá contar mínimamente con al menos (1) una recertificación desde su fecha de certificación inicial, manteniéndose vigente a la fecha de presentación de ofertas, y deberá evidenciar criterios orientados a asegurar la calidad de la gestión de procedimientos de Provisión e integración de bienes y/o servicios, abarcando mínimamente la integración de Hardware, Software y Servicio de Soporte técnico, especializado para el sector público. Dicha certificación deberá asegurar, como mínimo, la implementación de controles y procesos alineados a buenas prácticas reconocidas para la gestión de la calidad en la Provisión e integración de bienes y/o servicios.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que “La certificación deberá contar mínimamente con al menos (1) una recertificación desde su fecha de certificación inicial” sea considerada como OPCIONAL ya que técnica y jurídicamente dicho punto no tiene sustento legal para solicitarlo pues una empresa al tener la certificación vigente en sistemas de gestión de seguridad de la información vigente la misma ya garantiza a cualquier institución sea pública o privada que se encuentra regulada y capacitada para el manejo de información confidencial en proyectos de este tipo con lo cual lo único que resalta al solicitar esto es limitar la participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante, por lo cual reiteramos que la “recertificación” sea opcional o directamente excluida del requerimiento a fin de permitir la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio propio de la convocante.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que el requisito establecido en el PBC no se refiere a un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, como se menciona en la consulta, sino a una certificación vigente de un sistema de gestión que garantice la calidad en la prestación de servicios.
El PBC requiere que dicha certificación evidencie criterios vinculados con la calidad de los procedimientos de provisión e integración de bienes y/o servicios, comprendiendo como mínimo la integración de hardware, software y servicio de soporte técnico especializado para el sector público, y que cuente con al menos una recertificación desde su certificación inicial.
La exigencia de una recertificación tiene como finalidad acreditar que el sistema de gestión no ha sido implementado únicamente de manera reciente o circunstancial, sino que ha sido mantenido, auditado y sometido nuevamente a un ciclo formal de evaluación, demostrando continuidad y madurez en la aplicación de procesos de calidad. Este aspecto adquiere especial relevancia considerando que la contratación comprende provisión, integración, configuración, puesta en funcionamiento y posterior soporte de una solución tecnológica vinculada a servicios institucionales críticos.
La exigencia no se encuentra circunscripta a una única marca comercial, organismo certificador o denominación específica de norma, sino al cumplimiento de las condiciones objetivas establecidas en el PBC. En consecuencia, pueden participar las empresas que acrediten sistemas de gestión que satisfagan dichas condiciones, por lo que el requisito no limita la participación de potenciales oferentes que cuenten con la capacidad requerida.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, no se acepta que la recertificación sea considerada opcional ni su eliminación. Se mantiene el requerimiento establecido. Remítase a lo establecido en el PBC.
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En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El Oferente deberá contar con al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Certified Solution expert, en Server Infraestructure debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán técnicos subcontratados.
a. Al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Specialist, en Server Virtualization with Windows Server Hyper-V and System Center, debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No se aceptarán técnicos subcontratados.
b. Al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Certified, en Azure Network Engineer Associate, debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No se aceptarán técnicos subcontratados.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que las certificaciones:
- Microsoft Certified Solution expert
- Microsoft Specialist, en Server Virtualization with Windows Server Hyper-V and System Center
- Microsoft Certified, en Azure Network Engineer Associate
Sean consideradas como OPCIONALES ya que luego del análisis completo de los requerimientos técnicos para los servicios de implementación no se visualiza complejidad alguna para los trabajos solicitados con lo cual solicitar esta cantidad de certificados es claramente una limitación a la libre participación de potenciales oferentes con capacidad de proveer servidores del porte solicitado, además, al solicitar técnicos certificados en servidores de la marca ofertada con capacidad de “diseño, configuración y administración” estos ya cubren de manera completa cualquier escenario posible de implementación ya se con Microsoft u otro software pues cada fabricante de servidores cuenta con un amplio nivel de capacitación que avala el conocimiento técnico en sus productos y escenarios posibles. De esta manera se permitirá la mayor participación de oferentes interesados en presentar una oferta de producto de calidad en beneficio propio de la convocante.
25-08-2026
26-08-2026
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De:
Cristaldo Aquino, Liz Gabriela
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Consulta:
En el pliego de bases y condiciones, capacidad técnica, indican:
El Oferente deberá contar con al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Certified Solution expert, en Server Infraestructure debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán técnicos subcontratados.
a. Al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Specialist, en Server Virtualization with Windows Server Hyper-V and System Center, debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No se aceptarán técnicos subcontratados.
b. Al menos 1 técnico con certificación en Microsoft Certified, en Azure Network Engineer Associate, debe ser parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año debidamente demostrable mediante documentación laboral respaldatoria. No se aceptarán técnicos subcontratados.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que las certificaciones:
- Microsoft Certified Solution expert
- Microsoft Specialist, en Server Virtualization with Windows Server Hyper-V and System Center
- Microsoft Certified, en Azure Network Engineer Associate
Sean consideradas como OPCIONALES ya que luego del análisis completo de los requerimientos técnicos para los servicios de implementación no se visualiza complejidad alguna para los trabajos solicitados con lo cual solicitar esta cantidad de certificados es claramente una limitación a la libre participación de potenciales oferentes con capacidad de proveer servidores del porte solicitado, además, al solicitar técnicos certificados en servidores de la marca ofertada con capacidad de “diseño, configuración y administración” estos ya cubren de manera completa cualquier escenario posible de implementación ya se con Microsoft u otro software pues cada fabricante de servidores cuenta con un amplio nivel de capacitación que avala el conocimiento técnico en sus productos y escenarios posibles. De esta manera se permitirá la mayor participación de oferentes interesados en presentar una oferta de producto de calidad en beneficio propio de la convocante.
Se aclara a todos los potenciales oferentes que las certificaciones técnicas requeridas responden a especialidades distintas y complementarias dentro de la solución objeto de contratación y no resultan reemplazadas por la sola existencia de técnicos certificados en el hardware del servidor.
La solución no consiste exclusivamente en la provisión física de un servidor. Comprende la implementación de una plataforma integrada que incluye Windows Server 2025 Datacenter, virtualización, administración de la infraestructura Microsoft, configuración y puesta en funcionamiento, además de licenciamiento de Microsoft SQL Server 2025 y transferencia tecnológica al personal técnico de la Institución.
En este contexto, las certificaciones requeridas permiten acreditar competencias específicas en infraestructura de servidores Microsoft, virtualización mediante Hyper-V/System Center y tecnologías de redes asociadas a Azure, mientras que las certificaciones emitidas por el fabricante del servidor acreditan competencias vinculadas principalmente al diseño, configuración y administración del hardware y de la plataforma propia de la marca ofertada. Por consiguiente, se trata de competencias complementarias y no equivalentes.
El PBC establece precisamente que los profesionales deberán contar con las certificaciones conforme a la especialidad requerida, buscando garantizar que las diferentes etapas de instalación, configuración, virtualización, administración y puesta en funcionamiento sean ejecutadas por personal que haya acreditado formalmente conocimientos en dichas áreas.
Estos requisitos se aplican de manera objetiva y uniforme a todos los participantes y se encuentran directamente relacionados con las tecnologías que integran la solución, por lo que no limitan la participación de potenciales oferentes que acrediten la capacidad técnica establecida.
Asimismo, la solución y las especificaciones técnicas se han puesto en conocimiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC), y fueron aprobadas mediante la Autorización de Adquisiciones TIC N.º 00324/2026, sin observaciones.
Por lo tanto, no se acepta que las certificaciones indicadas sean consideradas opcionales. Se mantienen los requerimientos establecidos. Remítase a lo establecido en el PBC.