En relación con el requisito de experiencia establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se solicita acreditar experiencia correspondiente a los años 2023, 2024 y 2025, solicitamos respetuosamente a la Convocante que sean aceptadas experiencias similares ejecutadas y/o documentadas dentro de los últimos 4 años, es decir, correspondientes al periodo 2022, 2023, 2024 y 2025.
La presente consulta se formula considerando que la ampliación del periodo de acreditación no implica una disminución del estándar técnico requerido, ya que se mantendrían inalteradas las exigencias relativas a la similitud del objeto, montos, cantidades, documentación respaldatoria y demás condiciones establecidas en el PBC. Por el contrario, permitiría una mayor concurrencia de oferentes con experiencia comprobable y directamente vinculada al objeto del llamado, evitando una restricción temporal que podría limitar la participación de potenciales oferentes que cuentan con antecedentes válidos, recientes y verificables.
Esto, teniendo en consideración que la Ley N° 7021/2022 establece como principios rectores la economía, eficacia y eficiencia, la igualdad y libre competencia.
En relación con el requisito de experiencia establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, donde se solicita acreditar experiencia correspondiente a los años 2023, 2024 y 2025, solicitamos respetuosamente a la Convocante que sean aceptadas experiencias similares ejecutadas y/o documentadas dentro de los últimos 4 años, es decir, correspondientes al periodo 2022, 2023, 2024 y 2025.
La presente consulta se formula considerando que la ampliación del periodo de acreditación no implica una disminución del estándar técnico requerido, ya que se mantendrían inalteradas las exigencias relativas a la similitud del objeto, montos, cantidades, documentación respaldatoria y demás condiciones establecidas en el PBC. Por el contrario, permitiría una mayor concurrencia de oferentes con experiencia comprobable y directamente vinculada al objeto del llamado, evitando una restricción temporal que podría limitar la participación de potenciales oferentes que cuentan con antecedentes válidos, recientes y verificables.
Esto, teniendo en consideración que la Ley N° 7021/2022 establece como principios rectores la economía, eficacia y eficiencia, la igualdad y libre competencia.