Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Consulta sobre requisitos administrativos de la convocatoria 486602 1. ¿Es requisito indispensable, y, por ende, motivo de descalificación no contar con el CPEN? 2. ¿Es requisito indispensable que el proveedor se encuentre registrado en el RESPE? 3. Con relación de los requisitos documentales para la evaluación de la experiencia, ¿es indispensable presentar todos los documentos mencionados en los puntos 1, 2, 3 y 4, o puede ser uno de los 4? 15-06-2026 19-06-2026
2 PRESENTACIÓN DE POSTULACIÓN La remisión de documentación en formato físico y la presentación de copias simples implican una carga administrativa significativa. En ese sentido, el uso de medios electrónicos para la presentación de postulaciones y el acceso a documentación respaldatoria mediante enlaces digitales se encuentra alineado con prácticas que promueven la eficiencia, la trazabilidad y la simplificación de los procesos administrativos, así como con los principios establecidos en la Ley N.º 6562/2020 (“Papel Cero”). Por ello, quisiéramos consultar si sería posible presentar la postulación y la documentación de respaldo en formato digital, a través de correo electrónico, incluyendo un enlace de Drive que contenga los medios de verificación correspondientes a la formación y experiencia acreditadas (por ejemplo, contratos y demás documentos respaldatorios de las evaluaciones realizadas). Consideramos que esta modalidad facilitaría el proceso para ambas partes y evitaría la impresión de cientos de páginas de documentación. Estamos atentos a su respuesta, muchas gracias. 22-06-2026 03-07-2026
3 Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación Sección: Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación – 1.3 Evaluación del Equipo de Evaluación – Cuadro N° 7, subcriterio 1.3.1.2.1 "Experiencia en Dirección y Gestión de Programas de CTI – Mínimo 5 años en dirección o coordinación de programas/proyectos de CTI (excluyente)". En relación con el subcriterio excluyente 1.3.1.2.1 aplicable al Evaluador Principal, y considerando lo establecido en la misma Sección 1.3, que dispone que "se considerará como experiencia válida aquella debidamente acreditada en el diseño, implementación o evaluación de políticas, programas, proyectos o estudios en el ámbito de CTI, independientemente de la modalidad de contratación (por ejemplo: consultorías, cargos institucionales, contratos de investigación, entre otros), siempre que implique responsabilidades sustantivas en el proceso evaluativo", solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar lo siguiente: Consulta 1. Sobre la equivalencia del rol. Considerando que la Sección 1.3 admite expresamente la experiencia adquirida bajo la modalidad de consultoría, ¿se confirma que el desempeño como Líder de Equipo, Coordinador/a de Equipo, Coordinador/a General o Project Manager en consultorías sobre programas/proyectos del ámbito de CTI satisface el requisito de "dirección o coordinación de programas/proyectos" previsto en el subcriterio 1.3.1.2.1? Consulta 2. Sobre el alcance temático de "CTI". A efectos de delimitar qué se entiende por "programas/proyectos de CTI" para la acreditación de la experiencia exigida en este subcriterio, ¿se confirma que serán considerados válidos los programas/proyectos vinculados total o parcialmente a innovación, transferencia tecnológica, extensión tecnológica, transformación digital, gobierno/agenda digital, adopción de tecnologías y fortalecimiento de capacidades para la investigación e innovación aplicada en sectores productivos o públicos (por ejemplo, innovación agraria, modernización tecnológica institucional, ecosistemas digitales), en tanto experiencia en el "ámbito de CTI" en los términos de la Sección 1.3? Consulta 3. Sobre el método de cómputo de los cinco (5) años. Dado que la prestación de servicios de consultoría implica con frecuencia la dirección o coordinación simultánea de varios programas/proyectos, y atendiendo a que la regla de no contabilización de experiencias superpuestas se encuentra prevista únicamente en la Nota (3) de la Sección 1.1 (Evaluación del Proponente) y no entre las notas aplicables a la Sección 1.3, solicitamos precisar el método con el que la convocante computará el período de cinco (5) años exigido en el subcriterio 1.3.1.2.1. En particular: (i) ¿el cómputo se realizará sumando la duración de cada programa/proyecto de CTI dirigido o coordinado, aun cuando algunos encargos se hayan ejecutado en períodos parcial o totalmente paralelos, propios de la labor de consultoría?; y (ii) ¿se confirma que dicho período puede acreditarse de forma acumulativa y no continua, mediante la agregación de distintos programas/proyectos a lo largo de la trayectoria del postulante? 30-06-2026 03-07-2026
4 Consulta sobre anexos del PBC En el apartado “Método de presentación de ofertas”, página 10, punto a) OFERTA TÉCNICA, Contenido del Sobre N° 1, menciona “Requisitos Legales y antecedentes de la firma: Formularios detallados en el Anexo B, y documentos detallados en el Anexo D,..”, Sin embargo estos anexos no se encuentran en el PBC. ¿A qué anexos B y D se refiere? 07-07-2026 08-07-2026
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