Señores potenciales oferentes el Certificado de Producto y Empleo Nacional debe contemplar las actividades licitadas.
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EXPERIENCIA REQUERIDA
1. La empresa deberá demostrar con documentos la experiencia mínima de 10 años (2016,2017,2018,2019,2020,2021,2022,2023, 2024, 2025) que posee para los trabajos de Gestión de residuos peligrosos en el sector agrícola, para el Transporte y Almacenamiento Temporal y/o Eliminación de los residuos descritos en el punto 3.1.(Residuos a gestionar: semillas obsoletas tratadas con plaguicidas, envases vacíos de insumos agrícolas, productos agroquímicos obsoletos y todo aquel residuo que se genere a raíz de estar en contacto con los residuos anteriormente citados), por un monto correspondiente al 50% del monto máximo establecido en el presente procedimiento de contratación. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUACION DE LA EXPERICENCIA REQUERIDA
1. Presentar copias de facturaciones y/o contratos públicos y/o privados y/o recepciones finales de los últimos 10 años.
CONSULTA: En relación a este requerimiento, manifestamos que con el requerimiento de experiencia exclusivo en gestión vinculada exclusivamente a “residuos peligrosos en el sector agrícola” conforme residuos descritos en el punto 3.1., se está limitando y restringiendo la participación de potenciales oferentes que tengan experiencia en gestión y manejo de otros tipos de residuos que resultan mucho más peligrosos y complejos de tratar y disponer.
A su vez, consideramos que la exigencia de una experiencia de diez (10) años es excesiva, innecesaria, y podría resultar injustamente excluyente para los interesados en presentar una oferta. Por tanto, a fin de garantizar una mayor participación y con ello, un mayor nivel competencia, para que la Convocante puede obtener mejores precios, solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en relación a la cantidad de los años de experiencia, y considerar el plazo de tres (3) años para la prestación del servicio objeto del presente Llamado. E igualmente establecer que la empresa oferente posea experiencia en gestión y manejo de residuos peligrosos.
Y al mismo tiempo modificar la documentación documental para acreditar este servicio correspondiente a los últimos tres (3) años.
Este pedido se fundamenta en los Principios Generales que deben regir las contrataciones públicas en el Paraguay, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 7051/2023 - De Suministro y Contrataciones Públicas, y en que la institución convocante debe velar en todo momento por que sus Llamados, y por consiguiente el Pliego de Bases y condiciones que regulan estas convocatorias, deben respetar estrictamente los principios de “Igualdad y Libre Competencia”, lo cual redituará un beneficio del SENAVE y del Estado Paraguayo.-
De:
MONGELOS PANKOW, OSCAR OSVALDO
80091648-4 - WELS SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
1. La empresa deberá demostrar con documentos la experiencia mínima de 10 años (2016,2017,2018,2019,2020,2021,2022,2023, 2024, 2025) que posee para los trabajos de Gestión de residuos peligrosos en el sector agrícola, para el Transporte y Almacenamiento Temporal y/o Eliminación de los residuos descritos en el punto 3.1.(Residuos a gestionar: semillas obsoletas tratadas con plaguicidas, envases vacíos de insumos agrícolas, productos agroquímicos obsoletos y todo aquel residuo que se genere a raíz de estar en contacto con los residuos anteriormente citados), por un monto correspondiente al 50% del monto máximo establecido en el presente procedimiento de contratación. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUACION DE LA EXPERICENCIA REQUERIDA
1. Presentar copias de facturaciones y/o contratos públicos y/o privados y/o recepciones finales de los últimos 10 años.
CONSULTA: En relación a este requerimiento, manifestamos que con el requerimiento de experiencia exclusivo en gestión vinculada exclusivamente a “residuos peligrosos en el sector agrícola” conforme residuos descritos en el punto 3.1., se está limitando y restringiendo la participación de potenciales oferentes que tengan experiencia en gestión y manejo de otros tipos de residuos que resultan mucho más peligrosos y complejos de tratar y disponer.
A su vez, consideramos que la exigencia de una experiencia de diez (10) años es excesiva, innecesaria, y podría resultar injustamente excluyente para los interesados en presentar una oferta. Por tanto, a fin de garantizar una mayor participación y con ello, un mayor nivel competencia, para que la Convocante puede obtener mejores precios, solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en relación a la cantidad de los años de experiencia, y considerar el plazo de tres (3) años para la prestación del servicio objeto del presente Llamado. E igualmente establecer que la empresa oferente posea experiencia en gestión y manejo de residuos peligrosos.
Y al mismo tiempo modificar la documentación documental para acreditar este servicio correspondiente a los últimos tres (3) años.
Este pedido se fundamenta en los Principios Generales que deben regir las contrataciones públicas en el Paraguay, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 7051/2023 - De Suministro y Contrataciones Públicas, y en que la institución convocante debe velar en todo momento por que sus Llamados, y por consiguiente el Pliego de Bases y condiciones que regulan estas convocatorias, deben respetar estrictamente los principios de “Igualdad y Libre Competencia”, lo cual redituará un beneficio del SENAVE y del Estado Paraguayo.-
Señores potenciales oferentes en vista a la consulta realizada por los años de experiencia, el mismo se evaluará nuevamente.
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Capacidad Técnica
Pag. 28 Capacidad Técnica El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. La empresa deberá presentar un documento que avalen su permiso ante la autoridad ambiental, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible para la gestión de residuos peligrosos del sector agrícola de los residuos descritos en los tipos de residuos descritos en el 3.1 (Residuos a Gestionar: semillas obsoletas tratadas con plaguicidas, envases vacíos de insumos agrícolas, productos agroquímicos obsoletos y todo aquel residuo que se genere a raíz de estar en contacto con los residuos citados anteriormente). Tipo de residuos peligrosos que gestiona en su planta, indicando los procesos de almacenamiento temporal y/o eliminación, para residuos sólidos y líquidos sean plaguicidas o fertilizantes autorizados por la Autoridad Ambiental competente de acuerdo a los Convenios de Basilea y Estocolmo
Pag. 29 Capacidad Técnica El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
7. Descripción del depósito de Almacenamiento Temporal de los residuos peligrosos a ser manejados, la misma debe contar con una capacidad mínima de 600 m3, además de la habilitación correspondiente expedida por el órgano competente MADES.
Pag. 29. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
8. Presentar licencia ambiental y/u otro documento otorgado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES, presentar en carácter de DDJJ en cuanto a la capacidad de almacenamiento temporal e imágenes fotográficas del depósito.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE AGROQUIMICOS Y SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
Por lo que, en ese sentido entendemos que se daría por cumplido el requerimiento con la presentación de la Licencia ambiental otorgada por el MADES que habilita al oferente para realizar la “disposición final de residuos industriales peligrosos”. ¿Es correcto?
De:
MONGELOS PANKOW, OSCAR OSVALDO
80091648-4 - WELS SOCIEDAD ANONIMA
Consulta:
Pag. 28 Capacidad Técnica El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
1. La empresa deberá presentar un documento que avalen su permiso ante la autoridad ambiental, el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible para la gestión de residuos peligrosos del sector agrícola de los residuos descritos en los tipos de residuos descritos en el 3.1 (Residuos a Gestionar: semillas obsoletas tratadas con plaguicidas, envases vacíos de insumos agrícolas, productos agroquímicos obsoletos y todo aquel residuo que se genere a raíz de estar en contacto con los residuos citados anteriormente). Tipo de residuos peligrosos que gestiona en su planta, indicando los procesos de almacenamiento temporal y/o eliminación, para residuos sólidos y líquidos sean plaguicidas o fertilizantes autorizados por la Autoridad Ambiental competente de acuerdo a los Convenios de Basilea y Estocolmo
Pag. 29 Capacidad Técnica El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
7. Descripción del depósito de Almacenamiento Temporal de los residuos peligrosos a ser manejados, la misma debe contar con una capacidad mínima de 600 m3, además de la habilitación correspondiente expedida por el órgano competente MADES.
Pag. 29. Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
8. Presentar licencia ambiental y/u otro documento otorgado por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES, presentar en carácter de DDJJ en cuanto a la capacidad de almacenamiento temporal e imágenes fotográficas del depósito.
CONSULTA: De la lectura del PBC, desde la denominación del “Llamado” del proceso licitatorio, como de la descripción de los servicios requeridos (plan de contingencia, manual de procedimientos operativos, etc) surge que la finalidad de uno de los servicios a ser contratados se relaciona expresamente con la “DISPOSICIÓN FINAL DE AGROQUIMICOS Y SEMILLAS OBSOLETAS TRATADAS”, por lo que entendemos que en caso que el oferente posea la capacidad de efectuar directamente la “disposición final de las semillas” en celdas para residuos sólidos peligrosos, no resulta necesario contar con un almacenamiento temporal, pues se procedería directamente a darle el destino final objeto de la contratación. ¿Es correcta la interpretación?
Por lo que, en ese sentido entendemos que se daría por cumplido el requerimiento con la presentación de la Licencia ambiental otorgada por el MADES que habilita al oferente para realizar la “disposición final de residuos industriales peligrosos”. ¿Es correcto?
Señores potenciales oferentes en consideración a su consulta se detalla lo siguiente, que si bien el llamado indica la disposición final, se solicita el servicio del almacenamiento temporal para asegurar al momento del retiro por parte de la adjudicada a fin que antes de que se realice la disposición final este a resguardo en las condiciones ambientales exigidas de los residuos catalogados como peligrosos del sector agrícola de tanto solidos como liquidos, de acuerdo a lo establecido a las disposiciones legales nacionales e internacionales vigentes, atendiendo que los residuos provenientes del sector agrícolas, están asociadas a las directrices internacionales que emanan del Código de Conducta de la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura), en donde el mismo menciona en el punto 10.6 del Artículo 10. Etiquetado, envasado, almacenamiento y disposición final donde se indica que los gobiernos deberían garantizar que el tratamiento y la disposición final de los desechos de plaguicidas peligrosos se lleve a cabo de manera ecológicamente adecuada, en cumplimiento de las reglamentaciones nacionales y regionales, de las normas internacionales pertinentes y de los acuerdos multinacionales sobre medio ambiente, en particular el Convenio de Basilea.
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CONSULTA
En que plazo se realizara la evaluación técnica - Vista Técnica, considerando que deben inspeccionarse 3 sitios diferentes
Señores potenciales oferentes, en cuanto a los materiales que estuvieron en contacto con residuos peligrosos: se encuentran contendor metálico, tambores, envases vacíos de insumos agrícolas, bolsas biga bag que contuvieron productos, pallets de madera, por citar los mas recurrentes.
7
CONSULTA
La convocante propone una metodología para el tratamiento y la gestión
ambiental adecuada de los residuos?
Señores potenciales oferentes, la misma debe estar estipulada en la Licencia Ambiental, emitida por la autoridad ambiental competente el cual avale la tecnología para la disposición final para residuos del sector agrícola.
8
CONSULTA
En base a la vistita realizada en Villeta consultamos lo siguiente
si los contenedores formaran parte del servicio teniendo en cuenta que los mismos
son materiales contaminados
Señores potenciales oferentes se aclara que para el caso de Villeta, los contenedores pueden usarse para transporte de los productos, pero el puerto solicita su devolución.
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Consulta
Con relación a la vista técnica realizado en Villarrica consultamos si la
convocante rehabilitara el camino existente para llegar al contenedor
o si incluirá la limpieza en el costo y si el contenedor será parte del servicio considerando que los mismos están contaminados.
Señores potenciales oferentes, se aclare que, para este caso, si el contendor es parte de los residuos a gestionar, con respecta al camino se realizará la gestión con la escuela para mejorar el acceso y así permitir la maniobrar el traslado del contenedor.
10
Consulta
Consultamos si la contratante proveerá el equipo de montacarga para la estiba de los productos sujetos a retiro
o quedara a cargo del contratista contar con su equipo montacarga.
Señores potenciales oferentes, se aclara que la empresa oferente debe hacerse cargo de lo necesario y de los equipos para el retiro de los materiales en los sitios indicados.