Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD TECNICA COMO PERSONAL OPERATIVO: “El PBC dispone: #El oferente deberá presentar Declaración Jurada ( FORMULARIO DE LISTA DE PERSONAL PROPUESTO PARA LA OBRA ) donde consten los personales propuestos como operativos para la obra deberán ser 20 (veinte como mínimo) dicho plantel estará compuesto con personal debidamente calificado mínimamente en los siguientes oficios: 2 (dos) electricistas; 2 (dos) fontaneros y/o plomeros; 2 (dos) herrero de obras; 2 (dos) carpinteros; 6 (seis) pintores de obras y 6 (seis) albañiles; Los mismos deberán contar con experiencia mínima de 2 (dos) años, y la capacidad necesaria para realizar los trabajos solicitados. Para demostrar lo citado el oferente deberá presentar una lista de nómina del personal propuesto con sus respectivos Curriculum Vitae donde se constante los datos personales y experiencia laboral, además estos deberán estar inscriptos en el IPS con dependencia laboral con la empresa de por lo menos los últimos 6 meses.” Consulta: Solicitamos a la convocante, excluir de la obligación de la presentación de las Planillas de IPS de los últimos 6 meses, en consideración de que esta exigencia no guarda relación con la idoneidad en el desempeño de las funciones que estos personales debe cumplir durante la vigencia del contrato licitado. Entendemos que la exigencia de este tipo debería exigirse para la etapa de ejecución contractual. EXCLUYENDO LA ANTIGÜEDAD DE 6 MESES, exigida se estará garantizando la mayor participación de los oferentes, en el presente llamado, ya que los obreros de estas especialidades se encuentran en constante rotación dentro de las empresas del rubro construcciones. Modificación solicitada: Copia autenticada y/o copia simple del contrato de prestación servicios o carta compromiso suscripta por el Personal clave ofrecido. El personal ofrecido deberá contar con contrato vigente durante toda la ejecución del presente llamado, el cual deberá estar inscripto en el IPS y MTESS. 24-06-2026 08-07-2026
2 Capacidad Tecnica COMO PERSONAL OPERATIVO: “El PBC dispone: #El oferente deberá presentar Declaración Jurada ( FORMULARIO DE LISTA DE PERSONAL PROPUESTO PARA LA OBRA ) donde consten los personales propuestos como operativos para la obra deberán ser 20 (veinte como mínimo) dicho plantel estará compuesto con personal debidamente calificado mínimamente en los siguientes oficios: 2 (dos) electricistas; 2 (dos) fontaneros y/o plomeros; 2 (dos) herrero de obras; 2 (dos) carpinteros; 6 (seis) pintores de obras y 6 (seis) albañiles; Los mismos deberán contar con experiencia mínima de 2 (dos) años, y la capacidad necesaria para realizar los trabajos solicitados. Para demostrar lo citado el oferente deberá presentar una lista de nómina del personal propuesto con sus respectivos Curriculum Vitae donde se constante los datos personales y experiencia laboral, además estos deberán estar inscriptos en el IPS con dependencia laboral con la empresa de por lo menos los últimos 6 meses.” Consulta: Solicitamos a la convocante, excluir de la obligación de la presentación de las Planillas de IPS de los últimos 6 meses, en consideración de que esta exigencia no guarda relación con la idoneidad en el desempeño de las funciones que estos personales debe cumplir durante la vigencia del contrato licitado. Entendemos que la exigencia de este tipo debería exigirse para la etapa de ejecución contractual. EXCLUYENDO LA ANTIGÜEDAD DE 6 MESES, exigida se estará garantizando la mayor participación de los oferentes, en el presente llamado, ya que los obreros de estas especialidades se encuentran en constante rotación dentro de las empresas del rubro construcciones. Modificación solicitada: Copia autenticada y/o copia simple del contrato de prestación servicios o carta compromiso suscripta por el Personal clave ofrecido. El personal ofrecido deberá contar con contrato vigente durante toda la ejecución del presente llamado, el cual deberá estar inscripto en el IPS y MTESS. 24-06-2026 08-07-2026
3 Visita Técnica Por medio de la presente, solicitamos la aclaración respecto al horario de la visita técnica, ya que hemos observado una discrepancia entre los documentos publicados. En el SICP se indica como "Fecha de Visita Técnica: martes 30 de junio de 2026 – 07:30 hs", mientras que en PBC se establece "Hora de inicio de la visita técnica guiada: 09:00 hs, con una tolerancia de 10 (diez) minutos". Agradeceremos puedan confirmar cuál es el horario correcto de inicio de la visita técnica, a fin de evitar inconvenientes y asegurar nuestra participación. Desde ya, muchas gracias. 25-06-2026 29-06-2026
4 Capacidad de Materia de Equipo Solicitamos la exclusión de los siguientes equipos 1 (un) volquete doble eje. 1 (Una) Retropala En consideración que dentro de la planilla y EETT no se observan actividades que requieran la utilización de estas maquinarias. En el caso específico del volquete doble eje la funsión de apoyo para carga y descarga de escombros ya se encuentra cubierta con el camión de capacidad de 5.000 kilos, que cubriría toda las actividades teniendo en cuenta que el llamado es de Mantenimiento y Reparaciones y no así de Construcción. 26-06-2026 08-07-2026
5 Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio: Copias de Contratos con sus respectivas Actas de Recepcion Provisoria o Recepciones Finales, copia de facturaciones de los Últimos 3 años.(2023-2024-2025). Solicitamos la exclusión de estos requisitos ya que corresponden al Criterio de Evaluación de Experiencia y no tienen relación con las exigencias establecidas para evaluar la Capacidad Técnica 26-06-2026 08-07-2026
6 Consulta referente a la habilitación para la participación en la visita técnica obligatoria De nuestra consideración: En atención al procedimiento de contratación de referencia, y considerando que la visita técnica constituye un requisito obligatorio para la posterior presentación de ofertas, acudimos respetuosamente a fin de formular la siguiente consulta. Entendemos que no se encuentra en el ánimo de esta Convocante establecer restricciones que limiten la participación de potenciales oferentes mediante exigencias meramente formales que puedan ser subsanadas sin afectar el normal desarrollo del procedimiento. En ese sentido, solicitamos se autorice el registro para la participación en la visita técnica obligatoria, aun cuando el mismo se realice con posterioridad al plazo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, siempre que dicho registro se efectúe antes del inicio de la visita y no ocasione perjuicio alguno a la Convocante, al desarrollo de la actividad ni a los demás participantes. Esta solicitud se sustenta en que la finalidad del registro previo es eminentemente organizativa y administrativa, por lo que su observancia no debería constituirse en un obstáculo que limite el acceso de potenciales oferentes cuando la participación efectiva en la visita puede desarrollarse normalmente y en igualdad de condiciones. Una interpretación restrictiva de dicho requisito podría traducirse en una limitación innecesaria de la libre concurrencia, de la igualdad de oportunidades entre oferentes y de la más amplia competencia, principios que orientan todo procedimiento de contratación pública y cuya observancia redunda en beneficio de la propia Administración al propiciar una mayor cantidad de ofertas, mejores condiciones económicas y técnicas, y una utilización más eficiente de los recursos públicos. En consecuencia, solicitamos respetuosamente que esta Convocante habilite nuestra inscripción para participar de la visita técnica obligatoria, garantizando así la mayor participación posible de oferentes, en observancia de los principios de igualdad, razonabilidad, libre competencia, concurrencia y máxima participación que inspiran el régimen de contrataciones públicas. La presente solicitud no persigue la modificación de las condiciones sustanciales del procedimiento ni la obtención de ventaja alguna respecto de los demás participantes, sino únicamente evitar que una formalidad administrativa, cuya finalidad puede cumplirse igualmente, se convierta en una restricción desproporcionada al derecho de participación y, por ende, a la efectiva competencia entre oferentes. Sin otro particular, aguardamos una respuesta favorable, en resguardo de los principios que rigen la contratación pública y del interés público comprometido en obtener la mayor concurrencia posible de oferentes. 30-06-2026 08-07-2026
7 Habilitación para participar en la visita técnica obligatoria En relación con el procedimiento de contratación de referencia, y siendo la visita técnica un requisito obligatorio para la presentación de ofertas, solicitamos respetuosamente se habilite nuestra inscripción para participar de la misma, aun cuando el registro previo se efectúe con posterioridad al plazo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones, siempre que ello ocurra antes del inicio de la visita y no afecte su normal desarrollo ni implique perjuicio alguno para la Convocante o para los demás interesados. La presente solicitud se funda en que la interpretación y aplicación del Pliego debe efectuarse en concordancia con la **Ley N.º 7021/22 de Suministro y Contrataciones Públicas**, cuyo artículo 45 dispone que las bases y condiciones deben elaborarse con la mayor amplitud posible para propiciar la participación del mayor número de oferentes, prohibiendo la incorporación o aplicación de requisitos que, sin resultar técnicamente indispensables, restrinjan la concurrencia o limiten injustificadamente la competencia. En ese contexto, el registro previo para la visita técnica constituye un mecanismo de carácter organizativo cuya finalidad puede cumplirse plenamente sin impedir la participación de un potencial oferente cuando ello no altera el cronograma, no genera ventajas competitivas ni afecta la igualdad de trato entre los participantes. En consecuencia, convertir dicha formalidad en una causal de exclusión resultaría incompatible con los principios de razonabilidad, proporcionalidad, igualdad, libre concurrencia y competencia efectiva que informan el régimen de contrataciones públicas. Debe considerarse, además, que toda actuación administrativa debe orientarse a preservar el interés público, promoviendo la mayor participación posible de oferentes y, con ello, mejores condiciones técnicas y económicas para el Estado. Una interpretación restrictiva que limite la concurrencia por una formalidad subsanable produciría precisamente el efecto contrario al perseguido por la Ley N.º 7021/22. Por lo expuesto, solicitamos a esa Convocante habilitar nuestra participación en la visita técnica obligatoria, aplicando el Pliego de Bases y Condiciones conforme a los principios y disposiciones de la Ley N.º 7021/22, evitando que una exigencia de naturaleza meramente administrativa se traduzca en una restricción desproporcionada al derecho de participar en condiciones de igualdad y a la libre competencia que debe regir todo procedimiento de contratación pública. 30-06-2026 08-07-2026
8 Visita Técnica Buenas tardes. En atención a que la visita técnica prevista para el día martes 30/06 debió ser reprogramada atendiendo al feriado Decreto N° 6261 de fecha 29/06 declaración de feriado nacional, se consulta si la nueva fecha de la visita técnica ya fue definida. Asimismo, se solicita confirmar si también se prorroga el plazo para la presentación de la nota en la Guardia del Gabinete Militar, considerando que el PBC establece expresamente que dicha presentación debe realizarse el día hábil anterior a la fecha de la visita (Horario: Lunes 10:00 a 11:00 horas) Favor confirmar si nuestra interpretación es correcta. 02-07-2026 08-07-2026
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