En relación con la visita técnica establecida como obligatoria para el presente llamado, solicitamos aclaración respecto al lugar donde deberá realizarse la misma.
En el Pliego de Bases y Condiciones, página 12, se establece como lugar de la visita: “Dirección Nacional de Transporte – DINATRAN, sito en el Km. 17,5 de la Ruta PY02 Mcal. Estigarribia y Alberdi, San Lorenzo, Paraguay”
Sin embargo, en la información publicada en el SICP se indica como Lugar de Visita Técnica: “Sede Central 10 de Julio esq. Río Yhaguy, Zona Norte, Ciudad de Fernando de la Mora”
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante aclarar cuál de las dos ubicaciones corresponde para la realización de la visita técnica obligatoria, a fin de que los potenciales oferentes puedan concurrir al lugar correcto y cumplir con dicho requisito.
En relación con la visita técnica establecida como obligatoria para el presente llamado, solicitamos aclaración respecto al lugar donde deberá realizarse la misma.
En el Pliego de Bases y Condiciones, página 12, se establece como lugar de la visita: “Dirección Nacional de Transporte – DINATRAN, sito en el Km. 17,5 de la Ruta PY02 Mcal. Estigarribia y Alberdi, San Lorenzo, Paraguay”
Sin embargo, en la información publicada en el SICP se indica como Lugar de Visita Técnica: “Sede Central 10 de Julio esq. Río Yhaguy, Zona Norte, Ciudad de Fernando de la Mora”
Por lo expuesto, solicitamos a la Convocante aclarar cuál de las dos ubicaciones corresponde para la realización de la visita técnica obligatoria, a fin de que los potenciales oferentes puedan concurrir al lugar correcto y cumplir con dicho requisito.
El lugar de Visita Técnica será en la Sede Central 10 de Julio esq. Río Yhaguy, Zona Norte, Ciudad de Fernando de la Mora, hasta dos (02) día hábiles antes de la fecha tope de Consultas de 08:00 a 15:00 horas.
2
PRESENTACIÓN Y ADJUDICACIÓN POR ÍTEM
Considerando que los siete ítems corresponden a sistemas y especialidades diferentes, y que determinados ítems exigen técnicos certificados en marcas específicas y vinculados al IPS del oferente, solicitamos que la presentación y adjudicación sea permitida por ítem.
Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes con capacidad técnica para ejecutar los trabajos, evitando que requisitos documentales particulares de un sistema impidan participar en los demás ítems.
Considerando que los siete ítems corresponden a sistemas y especialidades diferentes, y que determinados ítems exigen técnicos certificados en marcas específicas y vinculados al IPS del oferente, solicitamos que la presentación y adjudicación sea permitida por ítem.
Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes con capacidad técnica para ejecutar los trabajos, evitando que requisitos documentales particulares de un sistema impidan participar en los demás ítems.
Favor remitirse al PBC. La presente contratación fue estructurada bajo el sistema de adjudicación total, atendiendo a que requiere un servicio de mantenimiento general del Data Center, a fin de garantizar su correcta funcionalidad y prolongar la vida útil de los equipos existentes. En ese sentido, fraccionar la adjudicación por ítems podría generar dispersión de responsabilidades, dificultades de coordinación técnica, riesgos en la atención de emergencias, demoras en la identificación de fallas y eventuales conflictos respecto a la atribución de responsabilidades entre distintos proveedores.
3
ACREDITACIÓN DE TÉCNICOS CERTIFICADOS
Respecto a la exigencia de contar con técnicos certificados en la marca, incorporados al IPS del oferente y con una antigüedad mínima de tres años, solicitamos que se permita acreditar la vinculación del técnico certificado mediante IPS o contrato de prestación de servicios.
La certificación del fabricante es la que acredita la capacidad técnica del profesional; limitar su vinculación exclusivamente al IPS y exigir además tres años de antigüedad restringe innecesariamente la participación de potenciales oferentes, ya que el vínculo/contratación de un profesional puede ser demostrado por distintos medios.
Respecto a la exigencia de contar con técnicos certificados en la marca, incorporados al IPS del oferente y con una antigüedad mínima de tres años, solicitamos que se permita acreditar la vinculación del técnico certificado mediante IPS o contrato de prestación de servicios.
La certificación del fabricante es la que acredita la capacidad técnica del profesional; limitar su vinculación exclusivamente al IPS y exigir además tres años de antigüedad restringe innecesariamente la participación de potenciales oferentes, ya que el vínculo/contratación de un profesional puede ser demostrado por distintos medios.
Favor remitirse al PBC. La exigencia de contar con técnicos certificados en la marca, pertenecientes al staff permanente del oferente, asegurados en IPS y con antigüedad mínima, responde a la naturaleza crítica del objeto contractual. Asimismo, se deja constancia de que el requerimiento relativo a técnicos certificados, vinculados al oferente mediante IPS y con la antigüedad mínima establecida, se encuentra respaldado por la autorización técnica correspondiente del MITIC, en atención a la naturaleza crítica del servicio y a la necesidad de asegurar que la firma adjudicada cuente con personal técnico propio, estable, formalmente vinculado y disponible para la atención de la infraestructura del Data Center.
4
Consulta - Capacidad Técnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito técnico establecido para el ítem relacionado al Sistema de Aire Acondicionado de Precisión, en el cual se exige que el oferente cuente con al menos 2 (dos) técnicos certificados en la marca del AAP, pertenecientes al staff permanente de la empresa oferente, asegurados en IPS, con antigüedad mínima de 3 años, no aceptándose empresas o recursos humanos subcontratados para estos trabajos.
Al respecto, considerando que el objeto del llamado corresponde al mantenimiento y reparación de equipos ya instalados, y que los mismos no se encontrarían necesariamente dentro de una garantía vigente del fabricante, entendemos que la exigencia de certificación específica en la marca, sumada a la antigüedad mínima de 3 años en IPS dentro del staff permanente, podría limitar la participación de oferentes con capacidad técnica suficiente para prestar el servicio.
En ese sentido, solicitamos considerar que el requisito sea ajustado de manera que se acepten técnicos con certificaciones, capacitaciones o experiencia comprobable en mantenimiento de sistemas de aire acondicionado de precisión, que se encuentren asegurados en IPS, sin exigir una antigüedad mínima de 3 años dentro de la empresa oferente.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes, manteniendo la exigencia de personal técnico calificado y formalmente vinculado a la empresa, sin afectar la correcta ejecución del servicio requerido.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito técnico establecido para el ítem relacionado al Sistema de Aire Acondicionado de Precisión, en el cual se exige que el oferente cuente con al menos 2 (dos) técnicos certificados en la marca del AAP, pertenecientes al staff permanente de la empresa oferente, asegurados en IPS, con antigüedad mínima de 3 años, no aceptándose empresas o recursos humanos subcontratados para estos trabajos.
Al respecto, considerando que el objeto del llamado corresponde al mantenimiento y reparación de equipos ya instalados, y que los mismos no se encontrarían necesariamente dentro de una garantía vigente del fabricante, entendemos que la exigencia de certificación específica en la marca, sumada a la antigüedad mínima de 3 años en IPS dentro del staff permanente, podría limitar la participación de oferentes con capacidad técnica suficiente para prestar el servicio.
En ese sentido, solicitamos considerar que el requisito sea ajustado de manera que se acepten técnicos con certificaciones, capacitaciones o experiencia comprobable en mantenimiento de sistemas de aire acondicionado de precisión, que se encuentren asegurados en IPS, sin exigir una antigüedad mínima de 3 años dentro de la empresa oferente.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes, manteniendo la exigencia de personal técnico calificado y formalmente vinculado a la empresa, sin afectar la correcta ejecución del servicio requerido.
Favor remitirse al PBC. La exigencia de contar con técnicos certificados en la marca, pertenecientes al staff permanente del oferente, asegurados en IPS y con antigüedad mínima, responde a la naturaleza crítica del objeto contractual. Asimismo, se deja constancia de que el requerimiento relativo a técnicos certificados, vinculados al oferente mediante IPS y con la antigüedad mínima establecida, se encuentra respaldado por la autorización técnica correspondiente del MITIC, en atención a la naturaleza crítica del servicio y a la necesidad de asegurar que la firma adjudicada cuente con personal técnico propio, estable, formalmente vinculado y disponible para la atención de la infraestructura del Data Center.
5
Consulta - Capacidad Técnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito técnico establecido para el ítem relacionado al Sistema de UPS Principal del Shelter, en el cual se exige que el oferente cuente con al menos 2 (dos) técnicos certificados en la marca del UPS, pertenecientes al staff permanente de la empresa oferente, asegurados en IPS, con antigüedad mínima de 3 años, no aceptándose empresas o recursos humanos subcontratados para estos trabajos.
Al respecto, considerando que el objeto del llamado corresponde al mantenimiento y reparación de equipos ya instalados, y que los mismos no se encontrarían necesariamente dentro de una garantía vigente del fabricante, entendemos que la exigencia de certificación específica en la marca, sumada a la antigüedad mínima de 3 años en IPS dentro del staff permanente, podría limitar la participación de oferentes con capacidad técnica suficiente para prestar el servicio.
En ese sentido, solicitamos considerar que el requisito sea ajustado de manera que se acepten técnicos con certificaciones, capacitaciones o experiencia comprobable en mantenimiento de sistemas UPS, que se encuentren asegurados en IPS, sin exigir una antigüedad mínima de 3 años dentro de la empresa oferente.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes, manteniendo la exigencia de personal técnico calificado y formalmente vinculado a la empresa, sin afectar la correcta ejecución del servicio requerido.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante considerar la modificación del requisito técnico establecido para el ítem relacionado al Sistema de UPS Principal del Shelter, en el cual se exige que el oferente cuente con al menos 2 (dos) técnicos certificados en la marca del UPS, pertenecientes al staff permanente de la empresa oferente, asegurados en IPS, con antigüedad mínima de 3 años, no aceptándose empresas o recursos humanos subcontratados para estos trabajos.
Al respecto, considerando que el objeto del llamado corresponde al mantenimiento y reparación de equipos ya instalados, y que los mismos no se encontrarían necesariamente dentro de una garantía vigente del fabricante, entendemos que la exigencia de certificación específica en la marca, sumada a la antigüedad mínima de 3 años en IPS dentro del staff permanente, podría limitar la participación de oferentes con capacidad técnica suficiente para prestar el servicio.
En ese sentido, solicitamos considerar que el requisito sea ajustado de manera que se acepten técnicos con certificaciones, capacitaciones o experiencia comprobable en mantenimiento de sistemas UPS, que se encuentren asegurados en IPS, sin exigir una antigüedad mínima de 3 años dentro de la empresa oferente.
Esta modificación permitiría una mayor concurrencia de oferentes, manteniendo la exigencia de personal técnico calificado y formalmente vinculado a la empresa, sin afectar la correcta ejecución del servicio requerido.
Favor remitirse al PBC. La exigencia de contar con técnicos certificados en la marca, pertenecientes al staff permanente del oferente, asegurados en IPS y con antigüedad mínima, responde a la naturaleza crítica del objeto contractual. Asimismo, se deja constancia de que el requerimiento relativo a técnicos certificados, vinculados al oferente mediante IPS y con la antigüedad mínima establecida, se encuentra respaldado por la autorización técnica correspondiente del MITIC, en atención a la naturaleza crítica del servicio y a la necesidad de asegurar que la firma adjudicada cuente con personal técnico propio, estable, formalmente vinculado y disponible para la atención de la infraestructura del Data Center.
6
Consulta - Visita Técnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante expedir y remitir por correo electrónico la constancia de participación en la visita técnica obligatoria realizada el día jueves 13 de agosto de 2026, en el edificio de la Dirección Nacional de Transporte — DINATRAN, sito en Km. 17,5 de la Ruta PY02 Mcal. Estigarribia y Alberdi, San Lorenzo, Paraguay.
Al momento de realizar la visita técnica, los funcionarios presentes manifestaron que no contaban con impresora para emitir la constancia correspondiente en el acto, indicando que la misma sería remitida posteriormente por correo electrónico. Sin embargo, hasta la fecha no hemos recibido dicho documento.
Considerando que la participación en la visita técnica se encuentra establecida como obligatoria en el PBC, solicitamos que las constancias sean remitidas por correo electrónico a los oferentes que efectivamente participaron de la visita, o en su defecto, se indique el procedimiento para retirar o recibir la constancia correspondiente.
Esta solicitud se realiza a fin de contar con el respaldo documental necesario para la correcta preparación y presentación de la oferta.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante expedir y remitir por correo electrónico la constancia de participación en la visita técnica obligatoria realizada el día jueves 13 de agosto de 2026, en el edificio de la Dirección Nacional de Transporte — DINATRAN, sito en Km. 17,5 de la Ruta PY02 Mcal. Estigarribia y Alberdi, San Lorenzo, Paraguay.
Al momento de realizar la visita técnica, los funcionarios presentes manifestaron que no contaban con impresora para emitir la constancia correspondiente en el acto, indicando que la misma sería remitida posteriormente por correo electrónico. Sin embargo, hasta la fecha no hemos recibido dicho documento.
Considerando que la participación en la visita técnica se encuentra establecida como obligatoria en el PBC, solicitamos que las constancias sean remitidas por correo electrónico a los oferentes que efectivamente participaron de la visita, o en su defecto, se indique el procedimiento para retirar o recibir la constancia correspondiente.
Esta solicitud se realiza a fin de contar con el respaldo documental necesario para la correcta preparación y presentación de la oferta.
Se aclara que el responsable técnico ya remitio dichas constancias a los correos electronicos declarados por las empresas que realizaron la visita tecnica, a los efectos de presentarlo con su oferta
7
Consulta - Capacidad Técnica
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance del requisito establecido para el Ítem N.º 2 — Mantenimiento del Sistema de Video Vigilancia, Control de Acceso del Data Center y Monitoreo del Data Center, en el cual se solicita contar con al menos 1 (un) técnico certificado de DCIM.
Al respecto, considerando que el PBC no especifica una marca, plataforma o certificación determinada de DCIM, solicitamos confirmar si serán aceptadas certificaciones, capacitaciones o constancias técnicas equivalentes relacionadas a infraestructura de Data Center, monitoreo, mantenimiento, administración de sistemas críticos, soporte técnico, sensores ambientales, energía, refrigeración, UPS, control de acceso y/o monitoreo de eventos, aunque el documento no indique literalmente la sigla “DCIM”.
Asimismo, solicitamos confirmar si dichas certificaciones o capacitaciones podrán ser emitidas por fabricantes, representantes, distribuidores, centros de capacitación o entidades reconocidas del rubro, siempre que guarden relación directa con la gestión, monitoreo, operación o mantenimiento de infraestructura de Data Center.
Esta aclaración resulta necesaria para preparar correctamente la documentación del personal técnico propuesto y evitar interpretaciones restrictivas durante la evaluación de ofertas.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance del requisito establecido para el Ítem N.º 2 — Mantenimiento del Sistema de Video Vigilancia, Control de Acceso del Data Center y Monitoreo del Data Center, en el cual se solicita contar con al menos 1 (un) técnico certificado de DCIM.
Al respecto, considerando que el PBC no especifica una marca, plataforma o certificación determinada de DCIM, solicitamos confirmar si serán aceptadas certificaciones, capacitaciones o constancias técnicas equivalentes relacionadas a infraestructura de Data Center, monitoreo, mantenimiento, administración de sistemas críticos, soporte técnico, sensores ambientales, energía, refrigeración, UPS, control de acceso y/o monitoreo de eventos, aunque el documento no indique literalmente la sigla “DCIM”.
Asimismo, solicitamos confirmar si dichas certificaciones o capacitaciones podrán ser emitidas por fabricantes, representantes, distribuidores, centros de capacitación o entidades reconocidas del rubro, siempre que guarden relación directa con la gestión, monitoreo, operación o mantenimiento de infraestructura de Data Center.
Esta aclaración resulta necesaria para preparar correctamente la documentación del personal técnico propuesto y evitar interpretaciones restrictivas durante la evaluación de ofertas.
Se aclara que serán aceptadas certificaciones en soluciones de DCIM, emitidas por alguna marca, fabricante o solución tecnológica reconocida internacionalmente, siempre que permitan acreditar conocimientos técnicos relacionados con la gestión, monitoreo y operación de infraestructura de Data Center. Favor remitirse al PBC.
8
Alcance real del NOC / Monitoreo 24x7x365
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance del Ítem N.º 6 — Servicio de Monitoreo de Eventos - NOC, considerando que se solicita monitoreo 24x7x365 de la infraestructura tecnológica, incluyendo sistemas, servidores, redes de comunicación, UPS, sistema de refrigeración, energía, grupo generador y equipos de seguridad física y lógica del Data Center.
En ese sentido, solicitamos confirmar si la Convocante proveerá los accesos necesarios para el monitoreo, tales como VPN, credenciales, direcciones IP, comunidad SNMP, protocolos habilitados, permisos de lectura, parámetros de alarma, listado de equipos a monitorear y demás información técnica necesaria.
Asimismo, solicitamos aclarar si el proveedor deberá integrar el monitoreo a una plataforma ya existente de la Convocante o si deberá utilizar una plataforma propia de NOC para la recepción, gestión y reporte de eventos.
Esta aclaración resulta necesaria para dimensionar correctamente el servicio, los recursos técnicos, las herramientas de monitoreo y los costos asociados.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance del Ítem N.º 6 — Servicio de Monitoreo de Eventos - NOC, considerando que se solicita monitoreo 24x7x365 de la infraestructura tecnológica, incluyendo sistemas, servidores, redes de comunicación, UPS, sistema de refrigeración, energía, grupo generador y equipos de seguridad física y lógica del Data Center.
En ese sentido, solicitamos confirmar si la Convocante proveerá los accesos necesarios para el monitoreo, tales como VPN, credenciales, direcciones IP, comunidad SNMP, protocolos habilitados, permisos de lectura, parámetros de alarma, listado de equipos a monitorear y demás información técnica necesaria.
Asimismo, solicitamos aclarar si el proveedor deberá integrar el monitoreo a una plataforma ya existente de la Convocante o si deberá utilizar una plataforma propia de NOC para la recepción, gestión y reporte de eventos.
Esta aclaración resulta necesaria para dimensionar correctamente el servicio, los recursos técnicos, las herramientas de monitoreo y los costos asociados.
Se aclara que la DINATRAN proveerá los accesos necesarios para el monitoreo, asimismo, se cuenta con la plataforma de Datacenter Expert de Schneider Electric. El adjudicado deberá integrar esta plataforma a sus herramientas de monitoreo a los efectos de contar con las variables de temperatura, humedad, estado de las UPSs y medidores de energía de tableros existentes en el Datacenter contenedor, para lo cual la DINATRAN otorgará los requerimientos necesarios para que el adjudicado pueda establecer conexión con la herramienta indicada y su NOC.
9
Generador de backup / contingencia
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance de la obligación de proveer un Grupo Generador de backup/contingencia en caso de que no sea posible solucionar una falla del generador principal dentro del plazo previsto en el PBC.
Durante la visita técnica realizada, se pudo observar la existencia de dos grupos generadores en el sitio. Según lo indicado por el encargado de la visita, el grupo generador marca CUMMINS corresponde al respaldo del Data Center; sin embargo, también se observó otro grupo generador marca GenPower instalado en el lugar.
En ese sentido, solicitamos confirmar si el grupo generador de backup/contingencia que eventualmente deba proveer el adjudicado deberá respaldar exclusivamente las cargas del Data Center, o si deberá tener capacidad para abastecer también otras cargas del edificio o de la institución.
Asimismo, solicitamos confirmar la potencia mínima requerida para el generador de contingencia, el tipo de conexión disponible, si el proveedor deberá incluir cables, tablero, combustible, transporte, instalación, puesta en marcha, operación y retiro del equipo, así como el tiempo máximo durante el cual deberá permanecer funcionando el grupo generador de respaldo.
Esta aclaración resulta necesaria considerando que el PBC establece que, si no fuera posible reparar el generador dentro del plazo indicado, el proveedor deberá proveer un Grupo Generador de backup/contingencia y mantenerlo funcionando mientras dure la reparación, sin costo para la Convocante.
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance de la obligación de proveer un Grupo Generador de backup/contingencia en caso de que no sea posible solucionar una falla del generador principal dentro del plazo previsto en el PBC.
Durante la visita técnica realizada, se pudo observar la existencia de dos grupos generadores en el sitio. Según lo indicado por el encargado de la visita, el grupo generador marca CUMMINS corresponde al respaldo del Data Center; sin embargo, también se observó otro grupo generador marca GenPower instalado en el lugar.
En ese sentido, solicitamos confirmar si el grupo generador de backup/contingencia que eventualmente deba proveer el adjudicado deberá respaldar exclusivamente las cargas del Data Center, o si deberá tener capacidad para abastecer también otras cargas del edificio o de la institución.
Asimismo, solicitamos confirmar la potencia mínima requerida para el generador de contingencia, el tipo de conexión disponible, si el proveedor deberá incluir cables, tablero, combustible, transporte, instalación, puesta en marcha, operación y retiro del equipo, así como el tiempo máximo durante el cual deberá permanecer funcionando el grupo generador de respaldo.
Esta aclaración resulta necesaria considerando que el PBC establece que, si no fuera posible reparar el generador dentro del plazo indicado, el proveedor deberá proveer un Grupo Generador de backup/contingencia y mantenerlo funcionando mientras dure la reparación, sin costo para la Convocante.
Se aclara que el generador de Backup es exclusivo para el Datacenter, no asi para el edificio. El adjudicado estará a cargo del transporte, conexión, combustible y todo lo que sea necesario para permitir la operación del Datacenter por el tiempo que dure la reparación, asimismo, la carga mínima es de 50kw. para cubrir las necesidades de TI y subsistemas.
10
UPS — extensión de garantía oficial o garantía del proveedor
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance de la extensión de garantía solicitada para el Ítem N.º 4 — Mantenimiento del Sistema de UPS Principal de Shelter.
El PBC indica que se debe incluir la extensión de la garantía del equipo por un año, contemplando el reemplazo de partes o repuestos de la UPS, tales como módulos de potencia, tarjetas de monitoreo, módulos de control, back plane de baterías y potencia, entre otros, excluyendo expresamente el reemplazo de baterías.
En ese sentido, solicitamos confirmar si dicha extensión de garantía deberá ser una garantía oficial emitida por el fabricante de la marca instalada, o si será aceptada una garantía técnica emitida por el proveedor adjudicado, siempre que cubra el mantenimiento, soporte y reemplazo de partes requeridas conforme al PBC.
Esta aclaración resulta necesaria para definir correctamente el respaldo técnico, la documentación a presentar y el costo real del servicio ofertado.
18-08-2026
19-08-2026
UPS — extensión de garantía oficial o garantía del proveedor
De:
Lopez Gomez, David
80016585-3 - INGENIERIA SISTEMA Y CONSULTORIA SA
Consulta:
Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar el alcance de la extensión de garantía solicitada para el Ítem N.º 4 — Mantenimiento del Sistema de UPS Principal de Shelter.
El PBC indica que se debe incluir la extensión de la garantía del equipo por un año, contemplando el reemplazo de partes o repuestos de la UPS, tales como módulos de potencia, tarjetas de monitoreo, módulos de control, back plane de baterías y potencia, entre otros, excluyendo expresamente el reemplazo de baterías.
En ese sentido, solicitamos confirmar si dicha extensión de garantía deberá ser una garantía oficial emitida por el fabricante de la marca instalada, o si será aceptada una garantía técnica emitida por el proveedor adjudicado, siempre que cubra el mantenimiento, soporte y reemplazo de partes requeridas conforme al PBC.
Esta aclaración resulta necesaria para definir correctamente el respaldo técnico, la documentación a presentar y el costo real del servicio ofertado.
Se aclara que la garantía deberá ser emitida por el fabricante, a los efectos de garantizar que los repuestos a ser provistos sean originales y no afecten el funcionamiento del equipo. Favor remitirse al PBC.