Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Certificado ISO 9001 La Certificación ISO 9001 o similares, Certificados de Gestión Ambiental resulta redundante e innecesaria, a los efectos de garantizar la calidad de la provisión servicio de impresión, pues, dentro de las Especificaciones Técnicas del Llamado se encuentra minuciosamente regulado cada aspecto y condición en la cual se debe prestar el servicio, y otras que son exigidas que hacen a la esencia del servicio. Igualmente, la Certificación ISO solicitada, resulta innecesaria, puesto que no se especifica si cual sería el proceso que debe estar certificado, puesto que en el presente llamado los oferentes se presentan como prestadores de servicio de impresión, el cual cuenta con una variedad de procesos en su prestación. La Certificación ISO 9001 o similares, resulta restrictiva a la participación del las MYPYMES en este proceso, ya que para la obtención de este tipo de certificación, se debe realizar un proceso de obtención que mínimamente abarca 6 meses de evaluación por parte de la empresa certificadora, lo que torna imposible su obtención para la fecha de apertura del llamado de referencia. Es así que la cláusula referida limita innecesariamente la participación consecuentemente la convocante corre riesgo de adjudicar estos servicios a precios muy elevados. Solicitamos la EXCLUSION O ELIMINACION de este requisito. 08-07-2026 20-07-2026
2 Evaluacion Multiplicidad de Criterios Multiplicidad de criterios”, en cuanto exige la presentación de certificados de calidad ISO 9001 o similares y certificados de calidad en gestión ambiental, cuyos alcances deberían extenderse a procesos relacionados con el servicio de impresión. Al respecto, solicitamos respetuosamente que dicho requerimiento sea eliminado del Pliego de Bases y Condiciones, por cuanto su formulación resulta genérica, indeterminada y potencialmente restrictiva de la concurrencia de oferentes, al no precisar con claridad cuáles son los procesos específicos que deben encontrarse certificados ni la relación directa, objetiva y necesaria entre tales certificaciones y el servicio efectivamente requerido por la Convocante. La exigencia de certificaciones ISO 9001 o similares y de certificaciones en gestión ambiental, cuando no se encuentra debidamente delimitada, fundada y vinculada al objeto contractual, puede traducirse en una barrera de acceso injustificada, afectando los principios de igualdad, libre competencia, transparencia, razonabilidad, eficiencia y economía que informan el régimen de contrataciones públicas previsto en la Ley N.º 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”. En tal sentido, la Ley N.º 7021/22 procura que los procedimientos de contratación pública promuevan la participación amplia de oferentes, la competencia efectiva y la selección de propuestas en condiciones objetivas. Por ello, los requisitos de admisibilidad, evaluación o calificación deben guardar proporcionalidad con el objeto de la contratación, evitando condiciones que, por su amplitud o falta de justificación técnica, puedan direccionar el llamado o favorecer indirectamente a determinados proveedores. Asimismo, debe considerarse que el servicio solicitado por la Convocante es el de impresión. En consecuencia, si la Administración estima imprescindible requerir certificaciones de calidad o de gestión ambiental, correspondería justificar técnicamente su necesidad, definir con precisión el alcance exigido, establecer su vinculación directa con el objeto contractual y prever condiciones equivalentes que no excluyan injustificadamente a oferentes con capacidad técnica suficiente para prestar el servicio. En las condiciones actuales, la cláusula observada carece de la precisión necesaria para permitir una competencia real y objetiva, ya que no determina si la certificación debe corresponder al establecimiento, al proceso productivo, al sistema de gestión general de la empresa, a la línea específica de impresión, al tratamiento de insumos, al manejo de residuos o a cualquier otro proceso asociado. Esta indefinición genera incertidumbre, limita la participación y puede producir un efecto restrictivo contrario al espíritu de la normativa vigente. 09-07-2026 20-07-2026
3 Multiplicidad de Criterios Se solicita la revisión de los criterios de evaluación establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, en atención a que, si bien se exige a los oferentes acreditar una experiencia mínima equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto total ofertado durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025 como requisito de admisibilidad, la experiencia no ha sido incorporada como un factor de ponderación dentro de la evaluación por multiplicidad de criterios. Esta circunstancia desnaturaliza el sistema de evaluación adoptado, toda vez que la experiencia constituye uno de los principales indicadores de la capacidad técnica y operativa del oferente para ejecutar satisfactoriamente el objeto contractual. En efecto, una vez superado el umbral mínimo exigido, el Pliego otorga el mismo tratamiento a una empresa que apenas acredita el mínimo requerido y a otra que demuestra una trayectoria significativamente superior, con numerosos contratos ejecutados exitosamente, mayores volúmenes de producción y amplia experiencia en la provisión de materiales educativos para organismos públicos y privados. 15-07-2026 20-07-2026
4 Evaluacion Multiplicidad de Criterios -MIPYMES PATROCINIO RUBIRA. Multiplicidad de criterios. Ponderación de las Mipymes: Se solicita r la modificación del criterio de Ponderación Social (Ps), incrementando su incidencia del 2% al 15% del puntaje total, a fin de que el mismo refleje adecuadamente el objetivo de política pública de fomentar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en las contrataciones públicas. La ponderación actualmente prevista resulta insuficiente para materializar el tratamiento preferencial que el ordenamiento jurídico reconoce a las MIPYMES, ya que un incentivo del 2% posee una incidencia prácticamente marginal en la evaluación de las ofertas y, en la práctica, no genera un estímulo real para la participación de este sector de empresas que conforman el 90% de los que nos dedicamos al rubro de la impresión. 16-07-2026 20-07-2026
5 Evaluacion Multiplicidad de Criterios -MIPYMES Multiplicidad de criterios. Ponderación de las Mipymes: Se solicita r la modificación del criterio de Ponderación Social (Ps), incrementando su incidencia del 2% al 15% del puntaje total, a fin de que el mismo refleje adecuadamente el objetivo de política pública de fomentar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en las contrataciones públicas. La ponderación actualmente prevista resulta insuficiente para materializar el tratamiento preferencial que el ordenamiento jurídico reconoce a las MIPYMES, ya que un incentivo del 2% posee una incidencia prácticamente marginal en la evaluación de las ofertas y, en la práctica, no genera un estímulo real para la participación de este sector de empresas que conforman el 90% de los que nos dedicamos al rubro de la impresión. 16-07-2026 20-07-2026
6 Naturaleza de la Licitacion La Licitación Pública Nacional N° 04/2026 (ID 482.816), “Adquisición de Útiles para Kits Escolares - Plurianual 2026/2027”, convocada por esta misma Unidad Operativa de Contratación, dirigida a los mismos estudiantes beneficiarios de los kits escolares, de monto estimado de magnitud comparable y de naturaleza igualmente didáctica/escolar, adopta el método de evaluación “basado únicamente en precio”. La presente Licitación ID 482.814, en cambio, adopta “multiplicidad de criterios”, asignando al Precio ofertado (Pp) solo el 30% del puntaje, y reservando el 70% restante a: Sostenibilidad social (15%), Certificados de calidad ISO 9001 o similares (13%), Responsabilidad social/donaciones y voluntariado (15%), Cultura organizacional (15%), Antecedentes de cumplimiento contractual con el MEC (10%) y Ponderación Social/MIPYMES (2%). Solicitamos se sirva fundamentar técnicamente, conforme al Art. 26 de la Ley N° 7021/22 y a los lineamientos del MEF/DNCP citados en el propio Pliego: a) los motivos objetivos por los cuales dos llamados de la misma UOC, con destinatarios, magnitud y naturaleza comparables, emplean métodos de evaluación sustancialmente distintos; y b) el dictamen o estudio técnico previo que sustenta la elección de multiplicidad de criterios para este llamado en particular. 17-07-2026 20-07-2026
7 especificaciones tecnicas favor aclarar cuantas paginas deben tener los siguientes lotes e items: lote No 10 al 14 para todos los items, ya que en la grilla de evaluacion menciona un numero de paginas INCLUYENDO la tapa y contratapa y en el apartado de especificaciones tecnicas para los mismos lotes indica que NO INCLUYE la tapa y contratapa, 17-07-2026 20-07-2026
8 Naturaleza de la Licitacion 3 Solicitamos se explique por qué la tabla de criterios no contempla la experiencia específica en el rubro (fabricación/impresión de libros o materiales didácticos) como factor de ponderación autónomo y significativo, limitándose a “antecedentes de cumplimiento contractual con el MEC” (10%), que excluye la trayectoria acreditada del oferente con otras entidades públicas o privadas del mismo rubro. 17-07-2026 20-07-2026
9 Naturaleza de la Licitacion 2 Conforme al principio de economía y valor por dinero (Art. 4°, Ley N° 7021/22), solicitamos se explique por qué se asigna al precio ofertado una ponderación de apenas 30%, cuando una oferta hasta 10% más económica —que representaría un ahorro significativo de fondos públicos— podría resultar desplazada por otra más cara mejor puntuada en criterios ajenos a la eficiencia del gasto público. 17-07-2026 20-07-2026
10 Naturaleza de la Licitacion 4 En el criterio de evaluacion de cantidad de personal contratado, se le da mayor puntuacion a las empresas que poseen mayor cantidad de personas, sin embargo este criterio no garantiza que esa cantidad tenga condicion de cumplir con los plazos, ni que sea eficiente. Esto va en detrimento de empresas que poseen menor cantidad de personal y tecnologia que asegura una mayor productividad y eficiencia para el cumplimiento de los plazos de entrega y calidad de materiales primordialmente. Cual es el fundamento tecnico y legal por el cual se eligió este parametro de evaluacion? 17-07-2026 20-07-2026
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