En relación con las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, correspondientes al apartado 2. MOTOR Y TRANSMISIÓN, respetuosamente solicitamos la modificación de los siguientes requisitos:
Texto vigente:
2.3. Caja de velocidades:
• Transmisión manual de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso.
2.4. Comando de caja:
• Comando manual con palanca al piso.
Al respecto, solicitamos que las especificaciones sean modificadas de la siguiente manera:
Texto propuesto:
2.3. Caja de velocidades:
• Transmisión manual o automática, de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso, o su equivalente según el diseño del fabricante.
2.4. Comando de caja:
• Comando manual o automático, de acuerdo con la transmisión ofrecida por el fabricante.
La presente solicitud se fundamenta en que la exigencia de una transmisión exclusivamente manual no constituye una característica indispensable para el cumplimiento de la finalidad del vehículo ni representa una mejora objetiva en su desempeño operativo.
En la actualidad, las transmisiones automáticas son ampliamente utilizadas en vehículos utilitarios y de trabajo, ofreciendo niveles de confiabilidad, durabilidad, eficiencia y seguridad equivalentes o superiores a las transmisiones manuales. Asimismo, reducen la fatiga del conductor, mejoran la conducción en zonas urbanas y en condiciones de tránsito intenso, sin afectar la capacidad de carga, la potencia, el rendimiento ni las prestaciones requeridas para el cumplimiento del servicio.
La modificación solicitada no altera las necesidades de la Convocante ni disminuye las prestaciones del vehículo requerido. Por el contrario, amplía la participación de fabricantes y oferentes que disponen de modelos con transmisión automática de última generación, fomentando una mayor competencia y permitiendo a la Convocante acceder a un mayor número de ofertas técnicamente aptas.
Cabe destacar que la aceptación de transmisiones automáticas no impide ni restringe la participación de oferentes que comercializan vehículos con transmisión manual, sino que incorpora una alternativa técnicamente equivalente, beneficiando los principios de igualdad y libre concurrencia.
Por todo lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se admita la presentación de vehículos equipados con transmisión manual o automática, manteniendo inalterables las demás especificaciones técnicas requeridas.
Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.
De:
CARRIZOSA MORENO, ALAN MANUEL
80001435-9 - DIESA SA
Consulta:
En relación con las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, correspondientes al apartado 2. MOTOR Y TRANSMISIÓN, respetuosamente solicitamos la modificación de los siguientes requisitos:
Texto vigente:
2.3. Caja de velocidades:
• Transmisión manual de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso.
2.4. Comando de caja:
• Comando manual con palanca al piso.
Al respecto, solicitamos que las especificaciones sean modificadas de la siguiente manera:
Texto propuesto:
2.3. Caja de velocidades:
• Transmisión manual o automática, de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso, o su equivalente según el diseño del fabricante.
2.4. Comando de caja:
• Comando manual o automático, de acuerdo con la transmisión ofrecida por el fabricante.
La presente solicitud se fundamenta en que la exigencia de una transmisión exclusivamente manual no constituye una característica indispensable para el cumplimiento de la finalidad del vehículo ni representa una mejora objetiva en su desempeño operativo.
En la actualidad, las transmisiones automáticas son ampliamente utilizadas en vehículos utilitarios y de trabajo, ofreciendo niveles de confiabilidad, durabilidad, eficiencia y seguridad equivalentes o superiores a las transmisiones manuales. Asimismo, reducen la fatiga del conductor, mejoran la conducción en zonas urbanas y en condiciones de tránsito intenso, sin afectar la capacidad de carga, la potencia, el rendimiento ni las prestaciones requeridas para el cumplimiento del servicio.
La modificación solicitada no altera las necesidades de la Convocante ni disminuye las prestaciones del vehículo requerido. Por el contrario, amplía la participación de fabricantes y oferentes que disponen de modelos con transmisión automática de última generación, fomentando una mayor competencia y permitiendo a la Convocante acceder a un mayor número de ofertas técnicamente aptas.
Cabe destacar que la aceptación de transmisiones automáticas no impide ni restringe la participación de oferentes que comercializan vehículos con transmisión manual, sino que incorpora una alternativa técnicamente equivalente, beneficiando los principios de igualdad y libre concurrencia.
Por todo lo expuesto, solicitamos respetuosamente que se admita la presentación de vehículos equipados con transmisión manual o automática, manteniendo inalterables las demás especificaciones técnicas requeridas.
Sin otro particular, saludamos a ustedes muy atentamente.
En atención a la consulta presentada respecto a la solicitud de modificación de las Especificaciones Técnicas establecidas en el apartado 2. MOTOR Y TRANSMISIÓN del Pliego de Bases y Condiciones, específicamente en lo referente a la admisión de vehículos con transmisión automática, esta Convocante ha realizado el análisis técnico correspondiente y comunica que se mantiene la exigencia establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme al siguiente detalle:
2.3. Caja de velocidades: Transmisión manual de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso.
2.4. Comando de caja: Comando manual con palanca al piso.
La decisión se fundamenta en criterios técnicos, operativos y de mantenimiento, considerando las condiciones de utilización previstas para los vehículos requeridos por la Institución.
Los vehículos serán destinados a un uso intensivo, contemplando desplazamientos en zonas urbanas y principalmente en el interior del país, donde las condiciones de circulación pueden incluir caminos de tierra, ripio, pendientes pronunciadas y terrenos con características variables. En este tipo de escenarios, la transmisión manual permite al conductor una gestión directa de la selección de marchas, facilitando el control de la entrega de potencia, la tracción y el aprovechamiento del freno motor, aspectos relevantes para garantizar un desempeño adecuado en condiciones operativas exigentes.
Asimismo, desde el punto de vista del mantenimiento y la continuidad operativa de la flota, se considera que las transmisiones automáticas modernas incorporan sistemas de mayor complejidad técnica, incluyendo componentes electrónicos y mecatrónicos que requieren procedimientos específicos de mantenimiento y, ante eventuales fallas, pueden demandar diagnósticos especializados, repuestos específicos y mayores costos de reparación en comparación con una transmisión manual.
De igual manera, para una flota destinada a recorridos frecuentes y de larga duración, resulta necesario priorizar características que permitan una mayor facilidad de mantenimiento, disponibilidad de repuestos, atención oportuna de reparaciones y optimización de los costos asociados durante el ciclo de vida del vehículo.
Si bien esta Convocante reconoce que las transmisiones automáticas actuales cuentan con importantes avances tecnológicos y pueden ofrecer beneficios relacionados con el confort y la facilidad de conducción, dichas características no constituyen un requisito prioritario conforme al destino operativo previsto para los vehículos objeto del presente llamado.
En consecuencia, la especificación de transmisión manual responde a una necesidad técnica objetiva de la Institución, vinculada a las condiciones reales de operación, mantenimiento y sostenibilidad de la flota vehicular, y no constituye una limitación injustificada a la participación de oferentes, sino una característica definida conforme a los requerimientos funcionales establecidos.
Por lo expuesto, no se acepta la modificación solicitada, manteniéndose vigentes las Especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
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CAMIONETA DOBLE CABINA 4X4
En referencia a:
2. MOTOR Y TRANSMISIÓN
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO V.
2.1.7. Par motor mínimo: 400 N·m
Solicitamos poder participar con:
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO II
2.1.7. Par motor mínimo: 330 N·m,
2.6. Frenos y sistemas de seguridad asociados:
• Sistema antibloqueo (ABS) en las cuatro ruedas.
• Sistema de distribución electrónica de frenado (EBD).
• Sistema de asistencia de frenado de emergencia (o equivalente).
• Sistema de control de tracción (ASR o TCS).
Tracción trasera directa con posibilidad de activar manual o electrónicamente tracción en las ruedas delanteras.
• Diferencial con sistema mecánico de desplazamiento limitado (LSD) y/o sistema
electrónico de control de tracción y estabilidad (ESP, VSC u otros).
Tomando en cuenta que los 2 ultimo requerimientos son de tecnología de un solo proveedor, podrían incluirlos como opcionales y nos permitirían presentarnos con:
Sistema Control Presión Cubiertas (TPMS)
Control de Descenso de Pendiente (HDC)
Sistema de mitigación de colisión frontal
[FCM] con detección peatones
Alerta de tráfico cruzado trasero [RCTA]
Advertencia de cambio de carril [LDW]
Advertencia de punto ciego [BSW] con asistente de cambio de carril [LCA]
De:
Varela, Agustin
80101704-1 - Santa Rosa Paraguay S.A.
Consulta:
En referencia a:
2. MOTOR Y TRANSMISIÓN
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO V.
2.1.7. Par motor mínimo: 400 N·m
Solicitamos poder participar con:
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO II
2.1.7. Par motor mínimo: 330 N·m,
2.6. Frenos y sistemas de seguridad asociados:
• Sistema antibloqueo (ABS) en las cuatro ruedas.
• Sistema de distribución electrónica de frenado (EBD).
• Sistema de asistencia de frenado de emergencia (o equivalente).
• Sistema de control de tracción (ASR o TCS).
Tracción trasera directa con posibilidad de activar manual o electrónicamente tracción en las ruedas delanteras.
• Diferencial con sistema mecánico de desplazamiento limitado (LSD) y/o sistema
electrónico de control de tracción y estabilidad (ESP, VSC u otros).
Tomando en cuenta que los 2 ultimo requerimientos son de tecnología de un solo proveedor, podrían incluirlos como opcionales y nos permitirían presentarnos con:
Sistema Control Presión Cubiertas (TPMS)
Control de Descenso de Pendiente (HDC)
Sistema de mitigación de colisión frontal
[FCM] con detección peatones
Alerta de tráfico cruzado trasero [RCTA]
Advertencia de cambio de carril [LDW]
Advertencia de punto ciego [BSW] con asistente de cambio de carril [LCA]
Tras el análisis técnico correspondiente, esta Convocante verifica que la solicitud de flexibilización de las Especificaciones Técnicas requeridas no es viable. El requerimiento de la Norma de Emisiones EURO V responde al cumplimiento de los estándares de sostenibilidad ambiental y a las directrices de prevención de la contaminación, asegurando el cumplimiento del principio de "Valor por Dinero" a lo largo del ciclo de vida del vehículo, evitando la adquisición de tecnologías obsoletas (EURO II) que generen un impacto ambiental negativo y mayores pasivos operativos para la Institución, en concordancia con las exigencias del Banco Mundial que exige que las adquisiciones no se evalúen únicamente por el costo inicial, sino considerando el ciclo de vida útil y las externalidades.
Asimismo, el par motor mínimo solicitado de 400 N·m es un requisito técnico fundamental e ineludible para garantizar la capacidad de tracción, el rendimiento bajo carga y la vida útil del motor.
Con relación a la solicitud de sustituir determinados sistemas de seguridad por otros sistemas de asistencia a la conducción corresponde señalar que, si bien dichos dispositivos constituyen equipamientos que incrementan los niveles de seguridad del vehículo, su finalidad técnica es distinta y complementaria a la de los sistemas mínimos requeridos en el presente llamado, por lo que no pueden ser considerados funcionalmente equivalentes ni sustituyen las prestaciones de seguridad activa exigidas en las Especificaciones Técnicas.
Respecto a la manifestación de que determinados requisitos corresponderían a tecnología de un único fabricante, esta Convocante aclara que las Especificaciones Técnicas fueron redactadas con criterios de neutralidad tecnológica, estableciendo funcionalidades mínimas y admitiendo expresamente sistemas equivalentes mediante distintas denominaciones comerciales utilizadas por los fabricantes (por ejemplo, ESP, VSC u otros equivalentes), sin hacer referencia a marcas, modelos, fabricantes o tecnologías exclusivas.
Cabe destacar que, previamente a la definición de las especificaciones técnicas, la Convocante realizó un análisis del mercado, verificando la existencia de una pluralidad de oferentes que comercializan en el mercado nacional, marcas y modelos con capacidad para cumplir los requerimientos establecidos. En consecuencia, las especificaciones técnicas fueron elaboradas de manera que se garantice la libre concurrencia de potenciales oferentes.
Esta Convocante considera que las especificaciones técnicas no constituyen una restricción injustificada a la participación de potenciales oferentes, sino que responden a necesidades objetivas vinculadas al adecuado cumplimiento de la finalidad pública perseguida con la contratación.
Por las consideraciones expuestas, y atendiendo a que las modificaciones solicitadas implican la reducción de prestaciones técnicas mínimas definidas por la Convocante, no se considera procedente modificar las Especificaciones Técnicas, manteniéndose inalterables las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
Solicitamos acepten:
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO I.
2.1.7. Par motor mínimo: 350 N·m
2.3. Caja de velocidades:
Transmisión manual o automatica de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso.
2.4. Comando de caja:
Comando manual o automatica con palanca al piso.
2.7. Diferencial con sistema mecánico de desplazamiento limitado (LSD) y/o sistema electrónico de control de tracción. Control de estabilidad opcional (ESP, VSC u otros)
2.8. Suspension. Trasera: Eje rígido con ballestas y/o muelles helicoidales tipo multi-link u Hoja muelle con amortiguadores a gas.
De:
Valenzuela, Ruben Dario
80001340-9 - AUTOMOTOR SA
Consulta:
Solicitamos acepten:
2.1.6. Norma mínima de emisiones: EURO I.
2.1.7. Par motor mínimo: 350 N·m
2.3. Caja de velocidades:
Transmisión manual o automatica de mínimo seis (6) velocidades de avance y una (1) de retroceso.
2.4. Comando de caja:
Comando manual o automatica con palanca al piso.
2.7. Diferencial con sistema mecánico de desplazamiento limitado (LSD) y/o sistema electrónico de control de tracción. Control de estabilidad opcional (ESP, VSC u otros)
2.8. Suspension. Trasera: Eje rígido con ballestas y/o muelles helicoidales tipo multi-link u Hoja muelle con amortiguadores a gas.
En atención a la consulta planteada se aclara cuanto sigue:
Puntos 2.1.6 y 2.1.7 (Norma de Emisiones y Par Motor):
La exigencia de la norma EURO V responde estrictamente al cumplimiento de la Ley N.º 5211/2014 "De Calidad del Aire" en Paraguay, a la Resolución DNCP N.º 922/2020 de Compras Públicas Sostenibles y a las salvaguardas ambientales de la Norma Ambiental y Social 3 (NAS 3) del Banco Mundial para la prevención de la contaminación. Asimismo, el par motor original de 400 N·m es indispensable para la potencia requerida en las operaciones institucionales como se explicó en la respuesta a la consulta N° 02.
Puntos 2.3 y 2.4 (Caja de velocidades y Comando de caja):
Se procede a modificar la presente Especificación Técnica mediante la Enmienda Modificatoria N° 1.
Punto 2.7 (Diferencial LSD y Control de estabilidad):
No se acepta declarar como "opcionales" los sistemas de control de estabilidad (ESP, VSC u otros). Estos sistemas son indispensables para garantizar la seguridad activa y el control del vehículo en condiciones de adherencia crítica y maniobras de emergencia, protegiendo la integridad del personal y del patrimonio público.
Necesidad de intervenciones en terrenos rurales diversos: Las operaciones del llamado exigen el tránsito por terrenos rurales severos (barro profundo, piedras y zanjas). El sistema mecánico exigido (Autoblocante / Bloqueo Físico) ofrece la ventaja de una máxima resistencia, ya que sus componentes de discos, engranajes y ejes sólidos soportan el castigo severo en estas condiciones sin fundirse ni sobrecalentarse.
Punto 2.8 (Suspensión Trasera):
Se procede a modificar la presente Especificación Técnica mediante la Enmienda Modificatoria N° 1.
En conclusión se procede a modificar parcialmente las Especificaciones Técnicas del presente llamado mediante la Enmienda Modificatoria N.° 1, manteniéndose aquellas características y condiciones técnicas que, a criterio de la Convocante, resultan necesarias y pertinentes para garantizar que los vehículos cumplan adecuadamente con las condiciones de uso, funcionalidad, seguridad y desempeño requeridas para el cumplimiento de su finalidad.
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PLAZO DE ENTREGA
Favor si pudieran aumentar el plazo de entrega a 120(Ciento veinte) días.
En atención a la consulta planteada y con el propósito de favorecer una mayor participación de potenciales oferentes, competencia efectiva, y garantizar condiciones de igualdad y razonabilidad en el procedimiento de contratación, se considera pertinente adecuar el plazo de entrega establecido originalmente mediante la Enmienda Modificatoria N° 1.