Por la presente, solicitamos respetuosamente la prórroga del plazo de entrega de ofertas, cuya fecha de apertura se encuentra fijada para el 04/09/2026. El motivo de este pedido se fundamenta en la necesidad de contar con mayor tiempo para la preparación y presentación adecuada de la documentación y propuestas técnicas requeridas, a fin de garantizar la correcta participación y cumplimiento de todas las exigencias establecidas en el pliego. Agradecemos la atención y consideración de esta solicitud.
De:
FÃSTER COLUNGA, VÃCTOR RAÃL
80011712-3 - CONTROL S.A.
Consulta:
Por la presente, solicitamos respetuosamente la prórroga del plazo de entrega de ofertas, cuya fecha de apertura se encuentra fijada para el 04/09/2026. El motivo de este pedido se fundamenta en la necesidad de contar con mayor tiempo para la preparación y presentación adecuada de la documentación y propuestas técnicas requeridas, a fin de garantizar la correcta participación y cumplimiento de todas las exigencias establecidas en el pliego. Agradecemos la atención y consideración de esta solicitud.
Consulta sobre la sección de Capacidad Financiera – TDR, página 21
Consultamos en relación con el apartado de Capacidad Financiera, específicamente el criterio de Rentabilidad señalado en la página 21 de los Términos de Referencia, donde se indica cuanto sigue: “Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida / Capital. Requisito: El promedio de los tres (3) últimos años (2023, 2024 y 2025):no deberá ser negativo.”
Somos una organización sin fines de lucro (OSFL), con experiencia de más de 23 años realizando trabajos de investigación y consultoría, con amplia experiencia en censos y encuestas, sin que hayamos tenido ningún problema para el cumplimiento cabal de todos los contratos (más de 50).
Consideramos que la exigencia de rentabilidad es discriminatoria para las OSFL, considerando que nuestro objetivo institucional no es la búsqueda de lucro o ganancia. En todos los años de vigencia no hemos recurrido a préstamos para ejecutar proyectos y si bien hemos tenido cierres de ejercicios contables con saldo negativo, esta situación se debió al diferimiento de cobros, es decir, ejecutamos los gastos en un ejercicio, pero los recursos ingresan en el ejercicio siguiente, situación que ocurre regularmente con proyectos financiados con recursos públicos y en algunos casos con recursos externos.
Adicionalmente, la presentación de una póliza de seguro de fiel cumplimiento garantiza la adecuada implementación de los proyectos que ejecutamos, sin que hasta ahora en ningún caso se ha debido ejecutar una póliza adquirida por nuestra entidad.
Finalmente, en base a los expuesto, consultamos si el cumplimento del ratio de rentabilidad es un limitante para que podamos postularnos al llamado de referencia.
Consulta sobre la sección de Capacidad Financiera – TDR, página 21
Consultamos en relación con el apartado de Capacidad Financiera, específicamente el criterio de Rentabilidad señalado en la página 21 de los Términos de Referencia, donde se indica cuanto sigue: “Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida / Capital. Requisito: El promedio de los tres (3) últimos años (2023, 2024 y 2025):no deberá ser negativo.”
Somos una organización sin fines de lucro (OSFL), con experiencia de más de 23 años realizando trabajos de investigación y consultoría, con amplia experiencia en censos y encuestas, sin que hayamos tenido ningún problema para el cumplimiento cabal de todos los contratos (más de 50).
Consideramos que la exigencia de rentabilidad es discriminatoria para las OSFL, considerando que nuestro objetivo institucional no es la búsqueda de lucro o ganancia. En todos los años de vigencia no hemos recurrido a préstamos para ejecutar proyectos y si bien hemos tenido cierres de ejercicios contables con saldo negativo, esta situación se debió al diferimiento de cobros, es decir, ejecutamos los gastos en un ejercicio, pero los recursos ingresan en el ejercicio siguiente, situación que ocurre regularmente con proyectos financiados con recursos públicos y en algunos casos con recursos externos.
Adicionalmente, la presentación de una póliza de seguro de fiel cumplimiento garantiza la adecuada implementación de los proyectos que ejecutamos, sin que hasta ahora en ningún caso se ha debido ejecutar una póliza adquirida por nuestra entidad.
Finalmente, en base a los expuesto, consultamos si el cumplimento del ratio de rentabilidad es un limitante para que podamos postularnos al llamado de referencia.
Consulta sobre la sección de Capacidad Financiera – TDR, página 21
Consultamos en relación con el apartado de Capacidad Financiera, específicamente el criterio de Rentabilidad señalado en la página 21 de los Términos de Referencia, donde se indica cuanto sigue: “Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida / Capital. Requisito: El promedio de los tres (3) últimos años (2023, 2024 y 2025):no deberá ser negativo.”
Somos una organización sin fines de lucro (OSFL), con experiencia de más de 23 años realizando trabajos de investigación y consultoría, con amplia experiencia en censos y encuestas, sin que hayamos tenido ningún problema para el cumplimiento cabal de todos los contratos (más de 50).
Consideramos que la exigencia de rentabilidad es discriminatoria para las OSFL, considerando que nuestro objetivo institucional no es la búsqueda de lucro o ganancia. En todos los años de vigencia no hemos recurrido a préstamos para ejecutar proyectos y si bien hemos tenido cierres de ejercicios contables con saldo negativo, esta situación se debió al diferimiento de cobros, es decir, ejecutamos los gastos en un ejercicio, pero los recursos ingresan en el ejercicio siguiente, situación que ocurre regularmente con proyectos financiados con recursos públicos y en algunos casos con recursos externos.
Adicionalmente, la presentación de una póliza de seguro de fiel cumplimiento garantiza la adecuada implementación de los proyectos que ejecutamos, sin que hasta ahora en ningún caso se ha debido ejecutar una póliza adquirida por nuestra entidad.
Finalmente, en base a los expuesto, consultamos si el cumplimento del ratio de rentabilidad es un limitante para que podamos postularnos al llamado de referencia.
Consulta sobre la sección de Capacidad Financiera – TDR, página 21
Consultamos en relación con el apartado de Capacidad Financiera, específicamente el criterio de Rentabilidad señalado en la página 21 de los Términos de Referencia, donde se indica cuanto sigue: “Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida / Capital. Requisito: El promedio de los tres (3) últimos años (2023, 2024 y 2025):no deberá ser negativo.”
Somos una organización sin fines de lucro (OSFL), con experiencia de más de 23 años realizando trabajos de investigación y consultoría, con amplia experiencia en censos y encuestas, sin que hayamos tenido ningún problema para el cumplimiento cabal de todos los contratos (más de 50).
Consideramos que la exigencia de rentabilidad es discriminatoria para las OSFL, considerando que nuestro objetivo institucional no es la búsqueda de lucro o ganancia. En todos los años de vigencia no hemos recurrido a préstamos para ejecutar proyectos y si bien hemos tenido cierres de ejercicios contables con saldo negativo, esta situación se debió al diferimiento de cobros, es decir, ejecutamos los gastos en un ejercicio, pero los recursos ingresan en el ejercicio siguiente, situación que ocurre regularmente con proyectos financiados con recursos públicos y en algunos casos con recursos externos.
Adicionalmente, la presentación de una póliza de seguro de fiel cumplimiento garantiza la adecuada implementación de los proyectos que ejecutamos, sin que hasta ahora en ningún caso se ha debido ejecutar una póliza adquirida por nuestra entidad.
Finalmente, en base a los expuesto, consultamos si el cumplimento del ratio de rentabilidad es un limitante para que podamos postularnos al llamado de referencia.