Fecha de Respuesta:
10-09-2026
Respuesta:
Según informe de la Unidad Técnica requirente:
Se considera conveniente que la provisión de los bienes sea realizada por un único proveedor, principalmente a efectos de contar con una gestión centralizada de la contratación. Al tratarse de varios ítems, disponer de un solo proveedor permitirá simplificar la administración y el seguimiento contractual, concentrando en un único responsable las obligaciones relacionadas con la provisión, entrega, garantía y atención de eventuales inconvenientes.
Asimismo, contar con un único proveedor permitirá evitar la fragmentación de responsabilidades, facilitando la coordinación ante cualquier eventualidad que pudiera presentarse durante la provisión o utilización de los bienes. De esta manera, la Convocante contará con un único canal de gestión y un responsable claramente identificado para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Esta modalidad también permitirá optimizar los procesos de recepción, control, garantía y soporte, reduciendo la necesidad de coordinar simultáneamente con distintos proveedores y evitando posibles situaciones en las que las responsabilidades deban ser determinadas entre diferentes contratistas.
Finalmente, y de conformidad con las facultades que corresponden a la Convocante en el marco de la Ley N.º 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas", se considera pertinente mantener el sistema de adjudicación establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), por responder a las necesidades técnicas, operativas y de gestión de la presente contratación. Por tanto, se solicita respetuosamente remitirse a lo establecido en el PBC.