Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
El requisito establecido en las Especificaciones Técnicas dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada.
A efectos de acreditar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros, se considerarán válidos los siguientes medios de acreditación:
-Declaración jurada del oferente, manifestando que cuenta con el sistema requerido.
-Documentación técnica descriptiva del sistema de provisión y control, emitida por el propio oferente o por la entidad emisora de las tarjetas.
-Convenio o contrato vigente con la entidad emisora de las tarjetas, en caso de que el sistema sea provisto por un tercero.
-Cualquier otro documento respaldatorio que permita verificar la existencia y operatividad del sistema, a criterio de la Convocante.
En consecuencia, será suficiente la presentación de cualquiera de los documentos mencionados, siempre que permitan demostrar de manera fehaciente la disponibilidad del sistema exigido.
Esta aclaración se expide con el objeto de garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas" y sus reglamentaciones.
2
Solicitud de Aclaración
Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
El requisito establecido en las Especificaciones Técnicas dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada.
A efectos de acreditar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros, se considerarán válidos los siguientes medios de acreditación:
-Declaración jurada del oferente, manifestando que cuenta con el sistema requerido.
-Documentación técnica descriptiva del sistema de provisión y control, emitida por el propio oferente o por la entidad emisora de las tarjetas.
-Convenio o contrato vigente con la entidad emisora de las tarjetas, en caso de que el sistema sea provisto por un tercero.
-Cualquier otro documento respaldatorio que permita verificar la existencia y operatividad del sistema, a criterio de la Convocante.
En consecuencia, será suficiente la presentación de cualquiera de los documentos mencionados, siempre que permitan demostrar de manera fehaciente la disponibilidad del sistema exigido.
Esta aclaración se expide con el objeto de garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas" y sus reglamentaciones.
3
Solicitud de Aclaración
Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
Con relación al requisito establecido en las Especificaciones Técnicas que dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada, solicitamos a la Convocante aclarar lo siguiente:
¿Cuál será el medio de acreditación válido para demostrar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros?
En particular, se solicita confirmar si será suficiente la presentación de una declaración jurada del oferente, documentación técnica descriptiva del sistema, convenio con la entidad emisora de las tarjetas o cualquier otro documento que la Convocante considere pertinente para acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
La presente aclaración se solicita a efectos de determinar adecuadamente la documentación que deberá acompañar a la oferta y garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes.
El requisito establecido en las Especificaciones Técnicas dispone que la provisión de combustible deberá realizarse mediante tarjetas de banda magnética, en valores por litros, proveídas por la empresa adjudicada.
A efectos de acreditar que el oferente dispone de un sistema de provisión y control mediante tarjetas de banda magnética en valores por litros, se considerarán válidos los siguientes medios de acreditación:
-Declaración jurada del oferente, manifestando que cuenta con el sistema requerido.
-Documentación técnica descriptiva del sistema de provisión y control, emitida por el propio oferente o por la entidad emisora de las tarjetas.
-Convenio o contrato vigente con la entidad emisora de las tarjetas, en caso de que el sistema sea provisto por un tercero.
-Cualquier otro documento respaldatorio que permita verificar la existencia y operatividad del sistema, a criterio de la Convocante.
En consecuencia, será suficiente la presentación de cualquiera de los documentos mencionados, siempre que permitan demostrar de manera fehaciente la disponibilidad del sistema exigido.
Esta aclaración se expide con el objeto de garantizar la igualdad de condiciones entre los oferentes, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas" y sus reglamentaciones.