Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CAPACIDAD TÉCNICA/TODOS LOS PUNTOS EXIGIDOS Nos dirigimos a ustedes con el objeto de presentar una objeción formal a diversos requisitos de la "Capacidad Técnica" del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), los cuales violan de forma sistemática los Principios de Libre Concurrencia, Igualdad de Trato, Economía y Transparencia (Art. 4 de la Ley de Contrataciones Públicas), configurando barreras artificiales que restringen el mercado y sugieren un direccionamiento del llamado. Pasamos a detallar los puntos objetados y solicitamos su modificación: OBJECIÖNAL INCISO G) – PROPIEDAD DE VEHÍCULOS Y CÉDULA VERDE: El pliego exige contar con 4 vehículos de "su propiedad" y adjuntar Cédula Verde "a nombre del oferente". Esta exigencia es restrictiva e ilegal. Los criterios vigentes de la DNCP establecen que las convocantes no pueden limitar la participación exigiendo la propiedad registral de los bienes. Lo relevante es la "disponibilidad jurídica". Solicito que se modifique este punto permitiendo acreditar los vehículos (incluyendo el camión de 1500 kg) mediante contratos de alquiler, leasing, comodato o cartas de compromiso de disponibilidad. OBJECIÖN AL INCISO G) – PÓLIZA DE SEGURO ESPECÍFICA EN LA OFERTA: Solicitar una póliza activa de traslado específico de equipos de aire acondicionado en la etapa de presentación de ofertas es antieconómico. Ninguna compañía de seguros emite pólizas de riesgo específico para contratos no adjudicados. Al ser un requisito formal insubsanable en la apertura, actúa como un filtro de exclusión arbitraria. Solicitamos que dicha póliza sea requerida única y exclusivamente al oferente ADJUDICADO, como condición previa a la firma del contrato. OBJECIÖN A LOS INCISOS H) e I) – ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL EN PLANILLA DE IPS: El pliego exige que el Ingeniero Electromecánico (3 años de antigüedad), los 2 bobinadores (1 año), los 4 especialistas (1 año) y los 4 técnicos superiores (1 año) figuren obligatoriamente en la planilla de IPS del oferente con dicha antigüedad. Esta cláusula es flagrantemente ilegal y direccionada. La jurisprudencia de la DNCP prohíbe exigir que el personal técnico sea dependiente formal o tenga antigüedad previa en la empresa al momento de ofertar. El postulado correcto es permitir la presentación de "Cartas de Compromiso" o "Contratos de Locación de Servicios Futuros" firmados por los profesionales, obligándose a incorporarse al IPS una vez adjudicado el llamado. Mantener esto reduce los oferentes a una sola empresa del mercado OBJECIÖN AL INCISO F) – PLANO MUNICIPAL APROBADO DEL TALLER: Exigir un plano municipal aprobado del taller en la etapa de oferta es un formalismo excesivo que no mide la capacidad técnica del oferente. La legalidad del taller se demuestra con la Patente Comercial vigente y la Licencia correspondiente. Solicitamos la eliminación del requisito del plano municipal aprobado. OBJECIÓN AL INCISO C) – CERTIFICADO DE COMPRA DE GAS FREÓN 22: El gas R22 es una sustancia controlada con restricciones ambientales severas. Exigir un certificado de compra previo fuerza una adquisición comercial antes de la adjudicación. Solicitamos que este certificado de trazabilidad de insumos sea un requisito exigible durante la ejecución del contrato y no en la oferta. PETITORIO: Por todo lo expuesto, solicitamos a la Convocante la flexibilización, rectificación y modificación de los incisos C, F, G, H e I de la Capacidad Técnica del PBC, adecuándolos a la normativa de la DNCP para garantizar una competencia sana, justa y transparente. Sin otro particular, saludamos atentamente. 14-08-2026
2 Nueva Fecha de Vista Técnica Solicitamos amablemente a la convocante a fijar otro dia para la realización de la visita técnica para potenciales oferentes que no hayan podido participar de la visita realizada el 18/08 o en su efecto permitir la presentación de DDJJ en su efecto. 20-08-2026
3 VEHÍCULOS PROPIOS En el requisito de Capacidad Técnica se exige contar con 4 vehículos de propiedad del oferente, modelo 2014 en adelante, de los cuales 2 deberán ser diésel y uno deberá contar con capacidad mínima de carga de 1.500 kg, no admitiéndose vehículos a nombre de terceros. Solicitamos indicar el fundamento técnico objetivo que justifica que los vehículos deban ser necesariamente propiedad del oferente, considerando que la disponibilidad operativa podría acreditarse igualmente mediante leasing, alquiler, comodato u otro instrumento válido. Solicitamos modificar el requisito admitiendo vehículos cuya disponibilidad efectiva para la ejecución contractual se encuentre debidamente acreditada. 20-08-2026
4 CANTIDAD Y CARACTERÍSTICAS DE VEHÍCULOS Favor indicar el estudio técnico o antecedente de ejecución que determina que para la prestación del servicio resulte indispensable disponer específicamente de 4 vehículos, que 2 sean diésel y que uno posea capacidad mínima de 1.500 kg. Considerando que el contrato es abierto y los servicios serán requeridos mediante Órdenes de Servicio, solicitamos que el requisito sea establecido conforme a la capacidad de respuesta necesaria, sin exigir una composición vehicular predeterminada que pueda limitar innecesariamente la participación. 20-08-2026
5 EXPERIENCIA DEL AÑO 2026 El PBC establece que la experiencia deberá acreditarse exclusivamente mediante trabajos ejecutados durante los años 2024 y 2025. Considerando que el procedimiento se realiza en el año 2026, solicitamos confirmar que podrán computarse igualmente las facturaciones, contratos y/o recepciones finales correspondientes al año 2026 hasta la fecha de presentación de ofertas, o alternativamente establecer como período de acreditación los últimos 24 meses anteriores a la convocatoria. Excluir experiencia reciente obtenida durante 2026 no guarda relación con la capacidad actual del oferente y podría limitar injustificadamente la participación. 20-08-2026
6 PERFIL ACUMULATIVO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO Para el Administrador del Contrato se exige que una misma persona reúna simultáneamente, entre otros requisitos: título de Ingeniero Electricista, Categoría A ANDE, registro MOPC, curso de Técnico en Mantenimiento y Reparación de Aires Acondicionados registrado en el MEC, experiencia mínima de 5 años y certificación CAPAREV. Solicitamos indicar el fundamento técnico por el cual todas estas condiciones deben concurrir necesariamente en una sola persona, teniendo en cuenta que las tareas principales corresponden al mantenimiento de equipos de refrigeración y climatización. Solicitamos permitir que dichas capacidades sean acreditadas mediante uno o más profesionales integrantes del equipo técnico, manteniendo la competencia necesaria para la correcta ejecución contractual. 20-08-2026
7 ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL EN IPS El PBC exige antigüedades mínimas de uno y hasta tres años del personal dentro de la empresa oferente. Solicitamos modificar dicho requisito permitiendo acreditar la disponibilidad del personal mediante relación laboral vigente, contrato profesional o compromiso de prestación de servicios, sin exigir una antigüedad previa específica con el oferente. La experiencia y competencia del profesional pueden ser verificadas independientemente del tiempo durante el cual haya estado vinculado a una determinada empresa. 20-08-2026
8 ANTIGÜEDAD DEL PERSONAL EN IPS El PBC exige antigüedades mínimas de uno y hasta tres años del personal dentro de la empresa oferente. Solicitamos modificar dicho requisito permitiendo acreditar la disponibilidad del personal mediante relación laboral vigente, contrato profesional o compromiso de prestación de servicios, sin exigir una antigüedad previa específica con el oferente. La experiencia y competencia del profesional pueden ser verificadas independientemente del tiempo durante el cual haya estado vinculado a una determinada empresa. 20-08-2026
9 INCONSISTENCIA EN ANTIGÜEDAD DE BOBINADORES En la sección de Capacidad Técnica se establece para los dos especialistas en bobinado de motores una antigüedad mínima de 2 años, mientras que posteriormente, en los requisitos documentales y en las Especificaciones Técnicas, se indica 1 año. Solicitamos aclarar cuál de ambos requisitos será considerado válido y modificar el PBC para eliminar dicha contradicción. 20-08-2026
10 TALLER El PBC exige que el oferente cuente con taller cuyo plano municipal se encuentre aprobado y cuya dirección coincida con la patente comercial, admitiendo únicamente contrato de alquiler cuando el inmueble no sea propio. Considerando que el PBC admite subcontratación hasta el 60%, solicitamos permitir que la disponibilidad del taller pueda acreditarse mediante propiedad, alquiler, convenio de utilización, compromiso de disponibilidad o subcontratación, siempre que se garantice técnicamente su disponibilidad durante la ejecución del contrato. 20-08-2026
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