Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 SOBRE INFRAESTRUCTURA Exigir 900 m² techados y 500 m² de patio abierto (1.400 m² totales) confunde la función de un taller mecánico (reparación rápida) con la de un depósito de vehículos. Unificar la exigencia permite mayor flexibilidad sin perder capacidad operativa. PARA UNA MAYOR CANTIDAD DE POTENCIALES OFERENTES PODRIAN REDUCIR A 1000 M2 LOS VEHICULOS NO SE VAN PARA ESTACIONAR Y LAS REPARACIONES SE HACEN RAPIDO PARA MANTENER A CIRCULANDO LA FLOTA DE VEHICULOS DE SU INSTITUCION 15-09-2026 21-09-2026
2 SOBRE LA DISTANCIA Radio máximo de 7 km de SENATUR favor Ampliar a un radio de 15 km, garantizando la cobertura operativa mediante el servicio de grúa de 24 hs. seria tener mas opciones una buena competencia en el proceso de este llamado. 15-09-2026 21-09-2026
3 SOBRE PERSONAL DEL TALLER Exigir obligatoriamente un Ingeniero Automotriz y/o Electromecánico (con título y registro) como Responsable Técnico del contrato. REDUCIR A 5 FUNCIONARIOS CON LAS ESPECIALIDADES EXIGIDAS Y TAMBIEN SOLICITAR UN INGENIERO AUTOMOTRIZ Y/P ELECTROMECANICO, SE PODRIA DAR MAYOR GARANTIA AL OBJETO DEL LLAMADO 15-09-2026 21-09-2026
4 CONSULTA Se solicita bajar los m2 requeridos a 800m2 para una mayor posibilidad de oferentes. 21-09-2026 21-09-2026
5 CONSULTA Bajar las cantidad de soldadura autógena y MIG a 01 unidad por tipo de soldadura. Con una maquina de cada tipo es posible efectuar trabajos de reparaciones solicitadas en el PBC 21-09-2026 21-09-2026
6 SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Lote 1: Solicitamos acepten en reemplazo de 1 Fosa, mas elevadores hidraulicos/electricos 22-09-2026 22-09-2026
7 CONSULTA AL LLAMADO CONSULTA: En relación con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones que disponen que el taller deberá contar “indefectiblemente con dos accesos independientes (entrada/salida)” y, adicionalmente, con un “patio abierto de por lo menos 500 m² para estacionamiento y patio de maniobras de los vehículos”, solicitamos respetuosamente a la Convocante la revisión y modificación de dichos requisitos, por considerar que la configuración física exigida podría limitar innecesariamente la participación de potenciales oferentes que cuentan con capacidad técnica y operativa suficiente para cumplir adecuadamente con el objeto contractual. En primer término, respecto de la exigencia de dos accesos independientes, uno destinado exclusivamente a entrada y otro a salida, entendemos que el objetivo señalado por la propia Convocante —facilitar la maniobrabilidad y garantizar la seguridad de los rodados— no necesariamente depende de la existencia de dos portones independientes. La maniobrabilidad y seguridad pueden ser acreditadas mediante otros parámetros objetivos, tales como el ancho y características de los accesos, dimensiones de las áreas internas de circulación, radios de giro, organización del espacio, capacidad efectiva de maniobra y condiciones de seguridad del establecimiento. En ese sentido, solicitamos se informe cuál es la justificación técnica específica por la cual resulta indispensable contar con dos accesos físicamente independientes y separados, y por qué no podría acreditarse el mismo objetivo mediante una infraestructura que permita el ingreso, egreso y maniobra segura de los vehículos mediante accesos que cumplan las dimensiones y condiciones técnicas necesarias. Asimismo, consideramos importante señalar que la exigencia de dos accesos independientes puede constituir una condición vinculada a una determinada configuración edilicia del inmueble, y no necesariamente a la capacidad real del taller para prestar el servicio objeto del llamado. Por otra parte, respecto de la exigencia de contar con un patio abierto de por lo menos 500 m², solicitamos igualmente se reconsidere dicha condición, considerando que el objetivo perseguido —estacionamiento y maniobra de los vehículos institucionales— podría ser cumplido mediante superficies internas o externas que, independientemente de su condición de abiertas o cerradas, permitan garantizar una adecuada capacidad de estacionamiento, circulación y maniobrabilidad. En particular, solicitamos que se considere la posibilidad de que el área destinada a estacionamiento y maniobras pueda ser abierta o cerrada, siempre que el oferente demuestre objetivamente que posee capacidad suficiente para recibir, custodiar, estacionar y maniobrar los vehículos objeto del contrato. Una infraestructura cerrada destinada al estacionamiento de los vehículos, incluso podría proporcionar condiciones adicionales de resguardo frente a las condiciones climáticas, seguridad y protección de los vehículos, sin afectar la finalidad perseguida por la Convocante. Cabe señalar que el hecho de que el PBC establezca que los vehículos de la institución no podrán permanecer estacionados en la vía pública constituye un objetivo razonable de seguridad y resguardo; sin embargo, dicha finalidad no necesariamente exige que el estacionamiento tenga que ser específicamente un patio abierto de 500 m². Lo técnicamente relevante debería ser que el oferente pueda demostrar que cuenta con una capacidad suficiente y segura para albergar los vehículos dentro de su predio. En este sentido, la Ley N.º 7021/2022, en su artículo 4 inciso d), establece el principio de Igualdad y Libre Competencia, garantizando la posibilidad de participación de potenciales oferentes que cuenten con la solvencia técnica, económica y legal necesaria. Asimismo, el artículo 45 establece que los Pliegos de Bases y Condiciones deben elaborarse con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, procurando la concurrencia del mayor número de oferentes, y dispone que no se deben establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables cuando con ello se limiten las posibilidades de concurrencia. Por lo expuesto, SOLICITAMOS: 1. Se elimine la exigencia de contar indefectiblemente con dos accesos independientes (entrada y salida) como condición de participación, permitiendo que el oferente acredite, por medios objetivos, que sus accesos y áreas internas poseen las condiciones necesarias para garantizar el ingreso, egreso, circulación, maniobrabilidad y seguridad de los vehículos. 2. Se elimine la exigencia de contar específicamente con un patio abierto de 500 m² o se disminuya a 150m2 de patio abierto, permitiendo que el espacio destinado al estacionamiento y maniobras pueda encontrarse abierto o cerrado, siempre que cumpla adecuadamente con la finalidad de resguardar, estacionar y maniobrar los vehículos institucionales. 24-09-2026
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