CONSULTAS:
1 - Para la limpieza no se solicita equipo para realizar dicha tarea.
Ej ; Barredora, compresor de aire.
2- En referencia a la distribución de la mezcla asfáltica no se especifica maquinaria que se utilizara para la misma.
Ej: motoniveladora, esparcidora.
3- En relación a la compactación no se especifica el peso del compactador neumático, rodillo metalico liso o tipo tanden, además estas maquinarias no están solicitadas en la capacidad de equipos.
4- Con relación a la densidad máxima del ensayo Marshall de 50 golpes por cara no se observa en las especificaciones técnicas valores máximos y mínimos para determinar dicha densidad.
Ej: curva granulométrica, estabilidad, fluencia, porcentaje de cap en mezcla y varios otros parámetros.
5- Ensayos de los materiales bituminosos no se ven parámetros de comparacion para los ensayos minimos.
Ej: penetración, punto de ablandamiento, punto de inflamación, penetración residual y otros.
6- En capacidad de materia de equipo: los equipos solicitados como mezcladora y herramientas menores no corresponde para la ejecución de esta obra.
7_ En capacidad de materia de equipo: no se solicita maquinarias básicas para la ejecución de la obra sin las cuales no podría ejecutarse como ser:
- Barredora o compresor de aire.
- Motoniveladora o esparcidora.
- Compactador (peso minimo)
De:
ALARCON BARRIOS, MONSERRAT MARIA BELEN
5288102-4 - MONSERRAT MARIA BELEN ALARCON BARRIOS
Consulta:
CONSULTAS:
1 - Para la limpieza no se solicita equipo para realizar dicha tarea.
Ej ; Barredora, compresor de aire.
2- En referencia a la distribución de la mezcla asfáltica no se especifica maquinaria que se utilizara para la misma.
Ej: motoniveladora, esparcidora.
3- En relación a la compactación no se especifica el peso del compactador neumático, rodillo metalico liso o tipo tanden, además estas maquinarias no están solicitadas en la capacidad de equipos.
4- Con relación a la densidad máxima del ensayo Marshall de 50 golpes por cara no se observa en las especificaciones técnicas valores máximos y mínimos para determinar dicha densidad.
Ej: curva granulométrica, estabilidad, fluencia, porcentaje de cap en mezcla y varios otros parámetros.
5- Ensayos de los materiales bituminosos no se ven parámetros de comparacion para los ensayos minimos.
Ej: penetración, punto de ablandamiento, punto de inflamación, penetración residual y otros.
6- En capacidad de materia de equipo: los equipos solicitados como mezcladora y herramientas menores no corresponde para la ejecución de esta obra.
7_ En capacidad de materia de equipo: no se solicita maquinarias básicas para la ejecución de la obra sin las cuales no podría ejecutarse como ser:
- Barredora o compresor de aire.
- Motoniveladora o esparcidora.
- Compactador (peso minimo)
REITERACIÓN DE CONSULTA TÉCNICA Y EMPLAZAMIENTO POR FALTA DE PUBLICACIÓN DE ADENDA – ID N° 491089
Convocatoria de la Licitación 491089 - Regularización de capa asfáltica en el Barrio Alegre:
Se solicita a la convocante la aclaración inmediata respecto a la respuesta emitida en fecha 25/08/2026 a la Consulta N° 1, en la cual se indica: "REMITIRSE A LO ESTABLECIDO A LA ADENDA DEL PBC".
Al respecto, se señala de manera categórica cuanto sigue:
Inexistencia de documentación en el SICP: A la fecha y hora de emisión de la presente nota, NO consta publicada ni adjunta ninguna Adenda al Pliego de Bases y Condiciones en el portal del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (DNCP), ni se han puesto a disposición del público los parámetros técnicos, especificaciones del Ensayo Marshall, ni la capacidad de equipos requerida para la correcta ejecución del trabajo.
Vulneración de Principios de la Ley N° 7021/22: Responder remitiendo a un documento no publicado en el portal constituye una respuesta evasiva e inexistente. Esto genera una abierta vulneración a los principios rectores de Transparencia, Publicidad, Igualdad de Tratamiento y Libre Concurrencia, además de colocar a los potenciales oferentes en un estado de absoluta indefensión para la formulación de sus ofertas técnicas y económicas.
PETITORIO Y APERCIBIMIENTO:
PRIMERO: Se requiere a la Convocante la publicación e integración inmediata en el SICP de la referida Adenda al PBC, de modo a dar respuesta puntual y técnica a los 7 ítems planteados en la Consulta N° 1 (equipamiento de limpieza, distribución, compactación, valores de ensayo Marshall y materiales bituminosos).
SEGUNDO: En caso de no publicarse la Adenda y las aclaraciones requeridas antes del cierre del periodo de consultas (lunes 31 de agosto de 2026 a las 12:00 hs), se advierte formalmente que nos veremos obligados a interponer la correspondiente PROTESTA FORMAL ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en virtud de los mecanismos previstos en la Ley N° 7021/22, solicitando como medida de prudencia la suspensión del procedimiento de contratación por vicios sustanciales en la etapa de consultas y falta de publicidad del PBC.
26-08-2026
27-08-2026
REITERACIÓN DE CONSULTA TÉCNICA Y EMPLAZAMIENTO POR FALTA DE PUBLICACIÓN DE ADENDA – ID N° 491089
De:
ALARCON BARRIOS, MONSERRAT MARIA BELEN
5288102-4 - MONSERRAT MARIA BELEN ALARCON BARRIOS
Consulta:
Convocatoria de la Licitación 491089 - Regularización de capa asfáltica en el Barrio Alegre:
Se solicita a la convocante la aclaración inmediata respecto a la respuesta emitida en fecha 25/08/2026 a la Consulta N° 1, en la cual se indica: "REMITIRSE A LO ESTABLECIDO A LA ADENDA DEL PBC".
Al respecto, se señala de manera categórica cuanto sigue:
Inexistencia de documentación en el SICP: A la fecha y hora de emisión de la presente nota, NO consta publicada ni adjunta ninguna Adenda al Pliego de Bases y Condiciones en el portal del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (DNCP), ni se han puesto a disposición del público los parámetros técnicos, especificaciones del Ensayo Marshall, ni la capacidad de equipos requerida para la correcta ejecución del trabajo.
Vulneración de Principios de la Ley N° 7021/22: Responder remitiendo a un documento no publicado en el portal constituye una respuesta evasiva e inexistente. Esto genera una abierta vulneración a los principios rectores de Transparencia, Publicidad, Igualdad de Tratamiento y Libre Concurrencia, además de colocar a los potenciales oferentes en un estado de absoluta indefensión para la formulación de sus ofertas técnicas y económicas.
PETITORIO Y APERCIBIMIENTO:
PRIMERO: Se requiere a la Convocante la publicación e integración inmediata en el SICP de la referida Adenda al PBC, de modo a dar respuesta puntual y técnica a los 7 ítems planteados en la Consulta N° 1 (equipamiento de limpieza, distribución, compactación, valores de ensayo Marshall y materiales bituminosos).
SEGUNDO: En caso de no publicarse la Adenda y las aclaraciones requeridas antes del cierre del periodo de consultas (lunes 31 de agosto de 2026 a las 12:00 hs), se advierte formalmente que nos veremos obligados a interponer la correspondiente PROTESTA FORMAL ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en virtud de los mecanismos previstos en la Ley N° 7021/22, solicitando como medida de prudencia la suspensión del procedimiento de contratación por vicios sustanciales en la etapa de consultas y falta de publicidad del PBC.
Se aclara que la Adenda al PBC ya fue remitida para su correspondiente verificación y posterior difusión en el SICP. Conforme al Artículo 207° de la Resolución DNCP N° 230/2025, las adendas a las bases de la contratación cuentan con un plazo de dos (2) días hábiles para su verificación.
Asimismo, se aclara que el 31/08/2026 corresponde a la fecha límite para la recepción de consultas de los potenciales oferentes y no al plazo límite de contestación por parte de la Convocante.
Una vez concluido el proceso de verificación, la Adenda será difundida en el SICP, pudiendo los interesados acceder a las modificaciones y aclaraciones realizadas.
Finalmente, se recuerda que la presentación de protestas constituye un derecho de los oferentes previsto en la normativa vigente y no un mecanismo de presión o amenaza hacia la Convocante, quien se encuentra realizando las actuaciones correspondientes dentro de los procedimientos y plazos establecidos.