Eliminación de ISO 14001:2015 de Capacidad Técnica
Respecto al requisito establecido para el Lote N.º 2, mediante el cual se exige que el oferente cuente obligatoriamente con una Certificación ISO 14001:2015 vigente, solicitamos respetuosamente a la Convocante reconsiderar su exigencia dentro del criterio de Capacidad Técnica. El propio PBC señala que dicha certificación acredita un sistema de gestión ambiental de la empresa y que no certifica los productos ni las soluciones ofertadas, por lo que entendemos que su posesión no resulta determinante para demostrar la capacidad técnica del oferente para suministrar, instalar, configurar y brindar soporte a la infraestructura tecnológica objeto del llamado.
Asimismo, el PBC ya contempla obligaciones ambientales aplicables durante la ejecución contractual, incluyendo la adecuada identificación, segregación, disposición y minimización de los residuos generados, por lo que el cumplimiento ambiental puede ser asegurado contractualmente sin necesidad de convertir una certificación organizacional específica en una condición excluyente de participación.
En atención a lo expuesto, y considerando que la capacidad efectiva para ejecutar el contrato se encuentra respaldada por las certificaciones técnicas del personal, autorizaciones de fabricantes, ISO 9001 e ISO 27001 y demás requisitos especializados previstos en el PBC, solicitamos eliminar la exigencia de la Certificación ISO 14001:2015 a nombre del oferente de la sección Capacidad Técnica, manteniéndose plenamente las obligaciones ambientales establecidas para la ejecución contractual, permitiendo con ello una mayor participación de empresas técnicamente calificadas sin disminuir las condiciones ambientales exigidas por la Convocante.
21-09-2026
23-09-2026
Eliminación de ISO 14001:2015 de Capacidad Técnica
Respecto al requisito establecido para el Lote N.º 2, mediante el cual se exige que el oferente cuente obligatoriamente con una Certificación ISO 14001:2015 vigente, solicitamos respetuosamente a la Convocante reconsiderar su exigencia dentro del criterio de Capacidad Técnica. El propio PBC señala que dicha certificación acredita un sistema de gestión ambiental de la empresa y que no certifica los productos ni las soluciones ofertadas, por lo que entendemos que su posesión no resulta determinante para demostrar la capacidad técnica del oferente para suministrar, instalar, configurar y brindar soporte a la infraestructura tecnológica objeto del llamado.
Asimismo, el PBC ya contempla obligaciones ambientales aplicables durante la ejecución contractual, incluyendo la adecuada identificación, segregación, disposición y minimización de los residuos generados, por lo que el cumplimiento ambiental puede ser asegurado contractualmente sin necesidad de convertir una certificación organizacional específica en una condición excluyente de participación.
En atención a lo expuesto, y considerando que la capacidad efectiva para ejecutar el contrato se encuentra respaldada por las certificaciones técnicas del personal, autorizaciones de fabricantes, ISO 9001 e ISO 27001 y demás requisitos especializados previstos en el PBC, solicitamos eliminar la exigencia de la Certificación ISO 14001:2015 a nombre del oferente de la sección Capacidad Técnica, manteniéndose plenamente las obligaciones ambientales establecidas para la ejecución contractual, permitiendo con ello una mayor participación de empresas técnicamente calificadas sin disminuir las condiciones ambientales exigidas por la Convocante.
La Convocante agradece la consulta formulada y, luego del análisis del planteamiento, se ha realizado la modificación respectiva conforme a la Adenda 1, favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones V2