Reducción del requisito de activos líquidos y/o acceso a créditos
Solicitamos a la Convocante reconsiderar el requisito que exige acreditar activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales por el 50% del monto total de la oferta, y reducirlo al 20%.
El porcentaje actualmente previsto puede limitar la participación de MIPYMES que cuentan con capacidad para ejecutar el contrato, pero no disponen de liquidez inmediata o líneas de crédito por la mitad del valor ofertado. Solicitamos que la Convocante indique el fundamento técnico utilizado para fijar el 50% y, de aceptar la reducción, publique la modificación correspondiente del PBC para que todos los interesados preparen sus ofertas bajo el mismo criterio.
29-09-2026
Reducción del requisito de activos líquidos y/o acceso a créditos
Solicitamos a la Convocante reconsiderar el requisito que exige acreditar activos líquidos y/o acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales por el 50% del monto total de la oferta, y reducirlo al 20%.
El porcentaje actualmente previsto puede limitar la participación de MIPYMES que cuentan con capacidad para ejecutar el contrato, pero no disponen de liquidez inmediata o líneas de crédito por la mitad del valor ofertado. Solicitamos que la Convocante indique el fundamento técnico utilizado para fijar el 50% y, de aceptar la reducción, publique la modificación correspondiente del PBC para que todos los interesados preparen sus ofertas bajo el mismo criterio.
Reducción del requisito de volumen anual de facturación
Solicitamos a la Convocante modificar el requisito de volumen anual de facturación, actualmente fijado en un promedio igual o superior al 70% durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años, estableciendo en su lugar un promedio igual o superior al 20% durante los mejores tres (3) años de los últimos cinco (5) años.
El requisito vigente puede excluir a MIPYMES con experiencia y capacidad de ejecución que han incrementado su actividad en años recientes, pero que no cuentan con cinco ejercicios de alta facturación dentro del período exigido. La modificación solicitada permitiría valorar su capacidad comercial reciente y ampliar la participación de oferentes. Solicitamos incorporar el criterio revisado mediante la correspondiente modificación del PBC.
29-09-2026
Reducción del requisito de volumen anual de facturación
Solicitamos a la Convocante modificar el requisito de volumen anual de facturación, actualmente fijado en un promedio igual o superior al 70% durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años, estableciendo en su lugar un promedio igual o superior al 20% durante los mejores tres (3) años de los últimos cinco (5) años.
El requisito vigente puede excluir a MIPYMES con experiencia y capacidad de ejecución que han incrementado su actividad en años recientes, pero que no cuentan con cinco ejercicios de alta facturación dentro del período exigido. La modificación solicitada permitiría valorar su capacidad comercial reciente y ampliar la participación de oferentes. Solicitamos incorporar el criterio revisado mediante la correspondiente modificación del PBC.
Aclaración del período y ampliación de la experiencia específica
Solicitamos modificar el requisito de experiencia específica para admitir contratos de obras viales en general ejecutados dentro del período 2020–2025, incluidos trabajos de construcción, rehabilitación o mejoramiento de caminos, pavimentos rígidos, asfálticos y empedrados, así como puentes y otras obras de infraestructura vial.
Asimismo, solicitamos aclarar expresamente que los contratos podrán corresponder a cualquiera de los años comprendidos entre 2020 y 2025, sin que sea necesario acreditar un contrato por cada año del período.
29-09-2026
Aclaración del período y ampliación de la experiencia específica
Solicitamos modificar el requisito de experiencia específica para admitir contratos de obras viales en general ejecutados dentro del período 2020–2025, incluidos trabajos de construcción, rehabilitación o mejoramiento de caminos, pavimentos rígidos, asfálticos y empedrados, así como puentes y otras obras de infraestructura vial.
Asimismo, solicitamos aclarar expresamente que los contratos podrán corresponder a cualquiera de los años comprendidos entre 2020 y 2025, sin que sea necesario acreditar un contrato por cada año del período.
Modificación del requisito de residencia del personal propuesto
Solicitamos eliminar la exigencia de presentar certificados de vida y residencia de los cinco albañiles y cinco ayudantes propuestos, así como cualquier obligación de que dicho personal resida en los distritos beneficiados al momento de presentar la oferta.
Este requisito limita la participación de empresas establecidas en otras localidades, aun cuando cuentan con personal calificado y capacidad para ejecutar las obras. Si la Convocante busca favorecer la contratación de mano de obra local, solicitamos que ello se establezca como una condición a cumplir durante la ejecución del contrato, luego de la adjudicación, y no como requisito de participación.
29-09-2026
Modificación del requisito de residencia del personal propuesto
Solicitamos eliminar la exigencia de presentar certificados de vida y residencia de los cinco albañiles y cinco ayudantes propuestos, así como cualquier obligación de que dicho personal resida en los distritos beneficiados al momento de presentar la oferta.
Este requisito limita la participación de empresas establecidas en otras localidades, aun cuando cuentan con personal calificado y capacidad para ejecutar las obras. Si la Convocante busca favorecer la contratación de mano de obra local, solicitamos que ello se establezca como una condición a cumplir durante la ejecución del contrato, luego de la adjudicación, y no como requisito de participación.
Consulta aclaratoria sobre la planilla de precios unitarios – ID 492612
A la Unidad Operativa de Contratación (UOC) Gobierno Departamental de Concepción
Referencia: Licitación Pública Nacional, ID 492612, “Construcción de pavimento tipo empedrado, pavimentos rígidos y puentes en el Departamento de Concepción”.
Asunto: Solicitud de aclaración sobre unidades de medida y precios referenciales de ítems de la planilla de precios unitarios.
De mi consideración:
Yo, HUGO CÉSAR ROMERO, con RUC 1.228.759-8 en mi carácter de potencial oferente del llamado de referencia, y en ejercicio de la facultad de formular consultas sobre la convocatoria y el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), prevista en el artículo 49 de la Ley N.º 7021/2022, me dirijo a esa UOC a fin de solicitar la siguiente aclaración.
Consulta
En la planilla de precios unitarios se observa una diferencia en la unidad de medida consignada para los siguientes ítems:
Grupo 2 - TRAMO 2: CALLE MARIA AUXILIADORA BASE 03
Grupo 3 - TRAMO 3: CALLE ALEJANDRO EVREINOF DESDE PTE. FRANCO HASTA CARMELO PERALTA
Grupo 4 - TRAMO 4: CALLE WALDINO RAMON LOVERA Y TTE. ROJAS SILVA
Grupo 5 - TRAMO 5: GRAL. RESQUIN CAMINO A SALINAS CUE
Grupo 6 - TRAMO 6: GRAL. JOSE E. DIAZ
Grupo 3 - TRAMO 3: Santa Rita
Unidad de medida es m3 (metros cúbicos) y la cantidad es excesiva, también el precio unitario no condice con el precio de mercado de dicho material, es posible que haya un error INVOLUNTARIO de tIpeo, es probable que la unidad de medida debería ser m2 (metros cuadrados)p, ara tener concordancias con los precios referenciales .
Que, el Precio unitario referencial en m3 es muy bajo con relación al precio de mercado, en las otras planillas el precio unitario
1. Si la unidad de medida correcta para los ítems señalados es metro cúbico (m³) o metro cuadrado (m²).
2. Si las cantidades consignadas para esos ítems corresponden a la unidad de medida que se confirme como correcta.
3. Cuál es el precio referencial aplicable a cada ítem y en qué unidad debe interpretarse.
4. Si la unidad correcta fuera m³, qué especificación o criterio debe utilizarse para que la cotización de la cantidad y del precio referencial resulte consistente.
En caso de que se constate un error en la planilla, en las cantidades o en los precios referenciales, solicito que se REALICE LA ACLARACION CORRESPONDIENTES y/ MODIFICACION,
La presente consulta se formula a fin de evitar que la discrepancia entre unidad de medida, cantidad y precio referencial afecte la correcta preparación y comparación de las ofertas.
Sin otro particular, saludo atentamente.
05-10-2026
Consulta aclaratoria sobre la planilla de precios unitarios – ID 492612
De:
ROMERO FERNANDEZ, HUGO CESAR
1228759-8 - HUGO CESAR ROMERO FERNANDEZ
Consulta:
A la Unidad Operativa de Contratación (UOC) Gobierno Departamental de Concepción
Referencia: Licitación Pública Nacional, ID 492612, “Construcción de pavimento tipo empedrado, pavimentos rígidos y puentes en el Departamento de Concepción”.
Asunto: Solicitud de aclaración sobre unidades de medida y precios referenciales de ítems de la planilla de precios unitarios.
De mi consideración:
Yo, HUGO CÉSAR ROMERO, con RUC 1.228.759-8 en mi carácter de potencial oferente del llamado de referencia, y en ejercicio de la facultad de formular consultas sobre la convocatoria y el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), prevista en el artículo 49 de la Ley N.º 7021/2022, me dirijo a esa UOC a fin de solicitar la siguiente aclaración.
Consulta
En la planilla de precios unitarios se observa una diferencia en la unidad de medida consignada para los siguientes ítems:
Grupo 2 - TRAMO 2: CALLE MARIA AUXILIADORA BASE 03
Grupo 3 - TRAMO 3: CALLE ALEJANDRO EVREINOF DESDE PTE. FRANCO HASTA CARMELO PERALTA
Grupo 4 - TRAMO 4: CALLE WALDINO RAMON LOVERA Y TTE. ROJAS SILVA
Grupo 5 - TRAMO 5: GRAL. RESQUIN CAMINO A SALINAS CUE
Grupo 6 - TRAMO 6: GRAL. JOSE E. DIAZ
Grupo 3 - TRAMO 3: Santa Rita
Unidad de medida es m3 (metros cúbicos) y la cantidad es excesiva, también el precio unitario no condice con el precio de mercado de dicho material, es posible que haya un error INVOLUNTARIO de tIpeo, es probable que la unidad de medida debería ser m2 (metros cuadrados)p, ara tener concordancias con los precios referenciales .
Que, el Precio unitario referencial en m3 es muy bajo con relación al precio de mercado, en las otras planillas el precio unitario
1. Si la unidad de medida correcta para los ítems señalados es metro cúbico (m³) o metro cuadrado (m²).
2. Si las cantidades consignadas para esos ítems corresponden a la unidad de medida que se confirme como correcta.
3. Cuál es el precio referencial aplicable a cada ítem y en qué unidad debe interpretarse.
4. Si la unidad correcta fuera m³, qué especificación o criterio debe utilizarse para que la cotización de la cantidad y del precio referencial resulte consistente.
En caso de que se constate un error en la planilla, en las cantidades o en los precios referenciales, solicito que se REALICE LA ACLARACION CORRESPONDIENTES y/ MODIFICACION,
La presente consulta se formula a fin de evitar que la discrepancia entre unidad de medida, cantidad y precio referencial afecte la correcta preparación y comparación de las ofertas.
Sin otro particular, saludo atentamente.