En referencia al requisito de CAPACIDAD TÉCNICA que establece: "El oferente deberá contar con al menos 2 técnicos radicados en el país con experiencia en el uso del software para la instalación/configuración y capacitación, que formará parte del plantel técnico de instalación/soporte", solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar este punto, considerando que el objeto del presente llamado corresponde a la renovación de 50 suscripciones Microsoft 365 Business Standard y que en el apartado PLAN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS se indica expresamente "No Aplica".
De:
Raggio Garcia, Juan Pedro
80022674-7 - LOGICALIS PARAGUAY S.A.
Consulta:
En referencia al requisito de CAPACIDAD TÉCNICA que establece: "El oferente deberá contar con al menos 2 técnicos radicados en el país con experiencia en el uso del software para la instalación/configuración y capacitación, que formará parte del plantel técnico de instalación/soporte", solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar este punto, considerando que el objeto del presente llamado corresponde a la renovación de 50 suscripciones Microsoft 365 Business Standard y que en el apartado PLAN DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS se indica expresamente "No Aplica".
En relación con el requisito de capacidad técnica señalado en el Pliego de Bases y Condiciones, se aclara que la exigencia de contar con técnicos radicados en el país tiene por finalidad asegurar el adecuado acompañamiento durante el proceso de renovación de las licencias requeridas y garantizar la correcta provisión y habilitación de las suscripciones objeto del presente llamado, siendo este requisito aplicable exclusivamente a actividades inherentes a la renovación y entrega de dichas suscripciones.
2
2 | DOCUMENTACIÓN DE PRODUCTO
En referencia a los ENTREGABLES que estable: “Documentación técnica” y “Manuales de uso u otros requeridos para la utilización del software adquirido”, solicitamos respetuosamente a la Convocante confirmar si, para el cumplimiento de dichos requisitos será aceptable la provisión de los enlaces oficiales del fabricante donde se encuentra publicada y permanentemente actualizada, considerando que esta es la modalidad mediante la cual Microsoft pone a disposición dicha información.
De:
Raggio Garcia, Juan Pedro
80022674-7 - LOGICALIS PARAGUAY S.A.
Consulta:
En referencia a los ENTREGABLES que estable: “Documentación técnica” y “Manuales de uso u otros requeridos para la utilización del software adquirido”, solicitamos respetuosamente a la Convocante confirmar si, para el cumplimiento de dichos requisitos será aceptable la provisión de los enlaces oficiales del fabricante donde se encuentra publicada y permanentemente actualizada, considerando que esta es la modalidad mediante la cual Microsoft pone a disposición dicha información.
Se confirma que para el cumplimiento de los entregables relacionados con documentación técnica, manuales de uso u otra información necesaria para la utilización del software adquirido, será aceptable la provisión de enlaces oficiales del fabricante donde dicha documentación se encuentre disponible y actualizada, siempre que estos permitan el acceso a la información correspondiente al producto ofertado.
3
Capacidad Financiera
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
De:
Gimenez Hellman, Rita Asucena
80000519-8 - TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SAE (TELECEL SAE)
Consulta:
Se solicita la reconsideración de ciertos criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo referente a los requisitos financieros exigidos como condición de admisión o evaluación.
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se establecen los siguientes indicadores financieros:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Consideramos que los niveles actualmente exigidos pueden limitar la participación de oferentes que, si bien presentan una situación financiera razonablemente saludable y cumplen con todos los demás requisitos técnicos y legales, podrían quedar excluidos por márgenes mínimos en estos indicadores.
Por ello, respetuosamente solicitamos que dichos parámetros sean ajustados como sigue:
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2023, 2024 y 2025)
Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de promover una mayor concurrencia de oferentes, sin desvirtuar el análisis de la solvencia financiera, permitiendo que empresas con estabilidad económica y operativa comprobada puedan participar de manera competitiva.
El indicador de endeudamiento promedio (Pasivo total/Activo total menor o igual a 0, 80), responde a un criterio de prudencia financiera y gestión de riesgos de la Institución, ya que aceptar un tope de 0,90 representa un riesgo al dar paso a empresas con un nivel de endeudamiento elevado (donde el 90% de sus activos está comprometido con terceros). Dicha exigencia no va en contra del principio de igualdad y libre competencia ni limita la participación de potenciales oferentes, atendiendo a la existencia en el mercado de múltiples empresas que cumplen con los indicadores requeridos. Por este motivo, mantener el parámetro del 0,80 resulta un requisito razonable y proporcional en el marco de la Ley N° 7021/22 que garantiza la correcta ejecución del contrato y la solvencia necesaria durante la vigencia del llamado. Por tanto, remitirse a lo establecido en el PBC.