Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
34 ADENDA 16 - SECCION III. PUNTO 4. En la Adenda 16, donde se modifica el punto "DE LOS EQUIPAMIENTOS, DOTACION DE PROFESIONALES Y TECNOLOGIA QUE SERAN SUMINISTRADAS POR LA EMPRESA ADJUDICADA, en el punto 4.1. Equipamiento" Creemos que por un error involuntario quedó establecido en el punto Descripción de Equipo Biomédico, el item 2 - Resonador magnética nuclear de 1.5 Tesla, ya que en todo el resto del Pliego de Bases y Condiciones, que no ha tenido ninguna modificación, se exige una tecnología superior, como lo es el Resonador de 3.0 Tesla, el cual se observa en los siguientes puntos: 3. DE LA INFRAESTRUCTURA EXISTENTE Y LAS QUE SERAN PROVEIDAS Y SUMINISTRADAS POR EL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL A LA EMPRESA ADJUDICADA, EN SU PUNTO 3.2 Equipamiento, que señala en el item 2 Resonancia Magnética nuclear de 3 Tesla, Así también en punto 4. DE LOS EQUIPAMIENTOS, DOTACION DE PROFESIONALES Y TECNOLOGIA QUE SERAN SUMINISTRADAS POR LA EMPRESA ADJUDICADA, en su punto 4.1. Equipamiento en el Item 2, señala claramente Resonancia Magnética nuclear de 3 Tesla. Y por último, en este mismo punto, señalan las especificaciones técnicas que para el Equipo N° 2, establece como Resonador magnética nuclear de 3 Tesla, para luego en su primer párrafo establecer Resonador con un campo magnético de 3 tesla con capacidad para realizar espectroscopia de cráneo, pelvis y mamás. Solicitamos la corrección de este punto de la Adenda 16 y que la misma sea establecida como: Item 2 Resonancia Magnética nuclear de 3 Tesla, para evitar errores en la presentación de especificaciones de los equipos médicos a proveer. 07-06-2018 06-07-2018
35 consulta 7 7. Sobre el punto 3. De la infraestructura existente y las que serán proveídas y suministradas por el instituto de previsión Social y la empresa adjudicada, se puede apreciar que el Certificado de Origen, parece apuntar al Equipo a ser suministrado, pero entra en contraste con el Objeto del presente llamado, que es Servicio de Diagnóstico por Imágenes, y el Certificado de Origen, debe ser proveído para el Servicio, y no para el Equipo a ser suministrado para la prestación de los mismos. Esto demuestra que el PBC está mal encarado o está preparado para algún consorcio particular, que nuevamente viola lo que disponen los principios rectores de la Ley 2051/03. Puede notarse igualmente que no existe la necesidad técnicamente indispensable para pedir este certificado, solamente COMPLICA innecesariamente a los oferentes a cotizar, quienes deben de solicitar a la fábrica que emitan certificados, el plazo que conlleva obtener los documentos certificados es superior al plazo dado para la apertura de sobres, lo que resulta de cumplimiento imposible para las empresas que no han tenido conocimiento previo de este requerimiento, simplemente para que eso esté en la carpeta y sin ningún fundamento. Por lo expuesto se solicita al IPS aclarar el punto, eliminando el texto citado por no tener ninguna relevancia en el servicio que pretende tercerizar el IPS. 08-06-2018 06-07-2018
36 consulta 8 8. CONSULTA 5 Equipo N° 1 - Tomógrafo de 16 cortes o superior; Consola de adquisición con monitor LCD de 19" o más y grabador de CD/DVD, y capacidad máxima de almacenamiento de imágenes ≥ 800.000 imágenes en 512 x 512 Aquí comienza a desvirtuar el objeto del llamado en todo su contexto, pues se presenta una especificación técnica de un equipo en particular y puntualmente de una marca para utilizar en el servicio, esto carece de todo sentido pues cada empresa tiene la marca con la que trabaja; o la tecnología con la que mejor efectúa sus diagnósticos. Se solicita al IPS replantear su PBC eliminando especificaciones que orientan el equipo que se debe utilizar, debido a que el objeto del llamado es la tercerización de un servicio y no la venta de equipos. Consultamos en que aspecto de la tercerización se ve reflejado el que el equipo que se utilice tenga Consola de adquisición con monitor LCD de 19" o más y capacidad máxima de almacenamiento de imágenes ≥ 800.000 imágenes en 512 x 512??? 08-06-2018 06-07-2018
37 consulta 9 9. Equipo N° 2 Resonador magnética nuclear de 3 tesla. posibilidad de movilizar al paciente con las bobinas ya montadas al mismo hasta el magneto Consultamos en que aspecto de la tercerización se ve reflejado el que el equipo que se utilice tenga la posibilidad de movilizar al paciente con las bobinas ya montadas al mismo hasta el magneto?? Esto encarece innecesariamente el equipo a utilizar, el objeto de la tercerización es la de proveer en tiempo y forma diagnósticos por imágenes con profesionales especialistas en el área, pero de lo que el IPS apunta en su PBC se evidencia aún más, como en la consulta anterior que se pretende disponer el qué equipo va a utilizar el contratado, cuando que justamente cada empresa ejecuta los estudios conforme a su experiencia y habilidad, siguiendo protocolos estandarizados y manejo del paciente igualmente protocolizado. No es posible pretender al tercerizado asignarles cargas que no son propias del objeto como es el caso de imponer la realización de los trabajos con ciertos equipos, privando de la posibilidad a que el oferente utilice el equipo que mejor conoce y maneja. En consideración a la consulta número 8 y número 9, las condiciones son abiertas para varias marcas (General Electric, Siemens y Philips) pero consultamos el motivo por el cual se exigen características muy específicas de los equipos que no competen a las condiciones del pliego 08-06-2018 06-07-2018
39 Sección III: ENTREGA DE INSTALACIONES UNA VEZ FINALIZADO EL CONTRATO. En la adenda 16 del PBC, en la Sección III agregan el punto 9 ENTREGA DE INSTALACIONES UNA VEZ FINALIZADO EL CONTRATO que dice: La empresa adjudicada tendrá 15 días para retirar todos los equipos haciéndose plenamente cargo de los costos y deberá dejar las salas y dependencias mínimamente en el mismo estado que las recibió, a su entero cargo. Solicitamos ampliar este plazo a 45 días como mínimo ya que los trabajos serían el desmontaje de los equipos, la logística de traslado y posibles obras civiles para entregar las salas tal como fueron recibidas. 08-06-2018 06-07-2018
40 Equipo Telecomandado En el PBC se solicita "Sistema de Adquisición y procesamiento digital con detector dinámico Flat Panel de matrix 2880 x 2880 pixeles como mínimo" La matriz no es un parámetro determinante para medir calidad de imagen. La resolución se mide considerando la cantidad de píxeles o lineas pares por una unidad de longitud (pulgadas, centímetros) Solicitamos modificar este punto a " Sistema de Adquisición y procesamiento digital con detector dinámico Flat Panel con resolución mínima de 3 lp/mm" 08-06-2018 06-07-2018
41 Equipo Telecomandado En el PBC se solicita "Sistema de Adquisición y procesamiento digital con detector dinámico Flat Panel de matrix 2880 x 2880 pixeles como mínimo" Esta característica no es un parámetro técnico suficiente para medir resolución. Además, corresponde a un equipo específico de la marca Villa Sistemi (modelo Apollo DRF) Ver imagen en el adjunto http://www.smh.com.mx/equipos/detalle/apollo-drf Solicitamos modificar este punto a "Sistema de Adquisición y procesamiento digital con detector dinámico Flat Panel de matrix 2700 x 2700 pixeles como mínimo" o utilizar como parámetro de medición la cantidad de líneas pares por milímetro, de la siguiente manera " Sistema de Adquisición y procesamiento digital con detector dinámico Flat Panel con resolución mínima de 3 lp/mm como mínimo" 08-06-2018 06-07-2018
42 Especificaciones del Equipo 7 Rayos X Consultamos al IPS cual es el motivo por el cual estan solicitando un equipo "...con detector dinamico Flat Panel de matrix 2880x2880 pixeles como minimo..." el cual solo puede ser cumplido POR UNA SOLA MARCA CON REPRESENTACION EN EL PAIS. Es sabido que la Ley 2051/03 es contraria a este tipo de practicas, mas aun cuando no existe razones tecnimante indispensables que lleve al IPS a solicitar tal requerimieto. Sugerimos replantear esa especificacion de modo a que pueda ser presentado otra marca con representacion en el pais. 08-06-2018 06-07-2018
43 Energía Eléctrica Favor aclarar si la convocante se hará cargo de la provisión de disponibilidad energética necesaria para alimentar la potencia requerida por los distintos equipo 08-06-2018 06-07-2018
44 Energía eléctrica 2 Favor indicar quién se hará cargo de los costos mensuales de energía eléctrica consumidos en el área de diagnóstico por imágenes a ser tercerizado 08-06-2018 06-07-2018
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