En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
8 Direccion:
8.1. Tipo Hidráulica
Observación: La ventaja de la dirección hidrostática es que se emplea en circuitos de dirección hidráulicos con elevadas cargas sobre el eje, donde el conductor debe poder ejercer una fuerza elevada de manera confiable, confortable y con un máximo de seguridad. En este tipo de direcciones no existe vinculación mecánica entre la unidad de dirección y el eje a maniobrar, permitiendo soluciones que no son posibles con las direcciones convencionales.
Solicitamos que las características pedidas sea del tipo: hidráulico y/o hidrostático.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
8 Direccion:
8.1. Tipo Hidráulica
Observación: La ventaja de la dirección hidrostática es que se emplea en circuitos de dirección hidráulicos con elevadas cargas sobre el eje, donde el conductor debe poder ejercer una fuerza elevada de manera confiable, confortable y con un máximo de seguridad. En este tipo de direcciones no existe vinculación mecánica entre la unidad de dirección y el eje a maniobrar, permitiendo soluciones que no son posibles con las direcciones convencionales.
Solicitamos que las características pedidas sea del tipo: hidráulico y/o hidrostático.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, la dirección puede ser el del tipo hidráulica o hidrostática.
41
ITEM Nº 1. Motoniveladora Articulada
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
B-Donde dice:
8 Direccion:
8.2.Accionamiento Totalmente Hidráulico con cilindro de doble efecto, con una bomba de por lo menos 46 litros/minuto (+/-10%).
Observación: Cuando el tipo de dirección es hidráulica la capacidad de la bomba siempre es mayor porque necesita mayor caudal.
Cuando el tipo de dirección es hidrostática (MAS EFICIENTE) la capacidad de la bomba NO necesita ser mayor.
Solicitamos: Acepten maquinas con Accionamiento Totalmente Hidráulico con cilindro de doble efecto, con una bomba de por lo menos 48 litros/minuto (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
B-Donde dice:
8 Direccion:
8.2.Accionamiento Totalmente Hidráulico con cilindro de doble efecto, con una bomba de por lo menos 46 litros/minuto (+/-10%).
Observación: Cuando el tipo de dirección es hidráulica la capacidad de la bomba siempre es mayor porque necesita mayor caudal.
Cuando el tipo de dirección es hidrostática (MAS EFICIENTE) la capacidad de la bomba NO necesita ser mayor.
Solicitamos: Acepten maquinas con Accionamiento Totalmente Hidráulico con cilindro de doble efecto, con una bomba de por lo menos 48 litros/minuto (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, el equipo propuesto cumple con las exigencias mínimas establecidas en el PBC.
42
ITEM Nº 1. Motoniveladora Articulada
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
10. Ejes:
10.2 Trasero Con altura libre de 420 mm (+/- 10%).
Observación: Este punto no tiene ninguna relación con el funcionamiento operativo de la maquina, el equipo a ofertar tendrá el mismo desempeño y la misma perfomas, aceptando el cambio solicitado, dando con esta nueva características posibilidad de presentación de ofertas a un mayor número de oferentes que puedan participar en igualdad de condiciones
Solicitamos Acepten maquinas con altura libre de 398 mm (+/- 10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
10. Ejes:
10.2 Trasero Con altura libre de 420 mm (+/- 10%).
Observación: Este punto no tiene ninguna relación con el funcionamiento operativo de la maquina, el equipo a ofertar tendrá el mismo desempeño y la misma perfomas, aceptando el cambio solicitado, dando con esta nueva características posibilidad de presentación de ofertas a un mayor número de oferentes que puedan participar en igualdad de condiciones
Solicitamos Acepten maquinas con altura libre de 398 mm (+/- 10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, el equipo propuesto cumple con las exigencias mínimas establecidas en el PBC.
43
ITEM Nº 1. Motoniveladora Articulada
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
10.5 Velocidad de trabajo 30 mph (+/-10%)
Observación: En modo de trabajo real la maquina trabaja en bajas marchas (marchas de 2da y 3ra velocidad con potencia variable para trabajo) no llega a velocidad de 30 mph., con esta sugerencia, primeramente se permitiría la participación de una mayor cantidad de oferentes, y a la vez no se esta restringiendo la posibilidad de participación de oferentes que puedan ofertar maquinas con una velocidad 30 mph (+/-10%)
Consulta: Aceptar que se pueda cotizar maquinas con velocidad de trabajo desde24 mph (como mínimo)
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En la sección III
Requisitos de los bienes y/o servicios requeridos
Donde dice:
10.5 Velocidad de trabajo 30 mph (+/-10%)
Observación: En modo de trabajo real la maquina trabaja en bajas marchas (marchas de 2da y 3ra velocidad con potencia variable para trabajo) no llega a velocidad de 30 mph., con esta sugerencia, primeramente se permitiría la participación de una mayor cantidad de oferentes, y a la vez no se esta restringiendo la posibilidad de participación de oferentes que puedan ofertar maquinas con una velocidad 30 mph (+/-10%)
Consulta: Aceptar que se pueda cotizar maquinas con velocidad de trabajo desde24 mph (como mínimo)
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitude es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, ajustarse a lo establecido en la Adenda Nº3.
44
Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
A-Dentro de las características técnicas solicitadas, punto 2.5:
Solicitan una cilindrada de 14.200cc (+/-10%)
Las cilindradas normales para camiones autorizados para ruta son de 13 litros (13.000 cc), siendo 14.200 cc, una mediad para camiones fuera de ruta.
Solicitamos utilizar el 10% +/- sobre la cilindrada normal utilizada en el mercado, que es de 13.000cc.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
A-Dentro de las características técnicas solicitadas, punto 2.5:
Solicitan una cilindrada de 14.200cc (+/-10%)
Las cilindradas normales para camiones autorizados para ruta son de 13 litros (13.000 cc), siendo 14.200 cc, una mediad para camiones fuera de ruta.
Solicitamos utilizar el 10% +/- sobre la cilindrada normal utilizada en el mercado, que es de 13.000cc.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, el equipo propuesto cumple con las exigencias mínimas establecidas en el PBC.
45
Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS Tracto Camión
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
B-En el punto 5.4 Numero de marchas:
Solicitan que el camión tenga 16 marchas en frente sincronizadas y 2 en re. Como mínimo.
En el mercado una sola marca de vehículo cuenta con la transmisión solicitada inicialmente, situación que si no es corregida estará direccionando la compra hacia dicha marca, a mas de restringir la posibilidad de participación de varios oferentes.
Solicitamos: Que el mínimo de marchas sea 12 en frente + 2 en reversa.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
B-En el punto 5.4 Numero de marchas:
Solicitan que el camión tenga 16 marchas en frente sincronizadas y 2 en re. Como mínimo.
En el mercado una sola marca de vehículo cuenta con la transmisión solicitada inicialmente, situación que si no es corregida estará direccionando la compra hacia dicha marca, a mas de restringir la posibilidad de participación de varios oferentes.
Solicitamos: Que el mínimo de marchas sea 12 en frente + 2 en reversa.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, ajustarse a lo establecido en la Adenda Nº6.
46
Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS Tracto Camión
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
C-En el punto 5.5 Embrague:
Solicitan que el vehículo ofertado tenga un Sistema monodisco a seco con resorte a
diafragma con comando Automatizado y diámetro de disco de 470 mm (+/-10%)
Volvemos a recalcar que las de características inicialmente solicitadas en los puntos 5.4 y 5.5 combinadas, corresponden a una marca especifica de vehículo, situación que contradice todo principio general de la Ley 2051/03 que rige el sistema normativo de las contrataciones publicas, pues restringe la participación de potenciales oferentes y direcciona la compra hacia una marca en especifico
Solicitamos: Que se utilice un rango en este sistema desde 430 +/- 10 %, pues las dimensiones de los discos de embrague, normalmente son de 430 mm.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
C-En el punto 5.5 Embrague:
Solicitan que el vehículo ofertado tenga un Sistema monodisco a seco con resorte a
diafragma con comando Automatizado y diámetro de disco de 470 mm (+/-10%)
Volvemos a recalcar que las de características inicialmente solicitadas en los puntos 5.4 y 5.5 combinadas, corresponden a una marca especifica de vehículo, situación que contradice todo principio general de la Ley 2051/03 que rige el sistema normativo de las contrataciones publicas, pues restringe la participación de potenciales oferentes y direcciona la compra hacia una marca en especifico
Solicitamos: Que se utilice un rango en este sistema desde 430 +/- 10 %, pues las dimensiones de los discos de embrague, normalmente son de 430 mm.
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, el equipo propuesto cumple con las exigencias mínimas establecidas en el PBC.
47
Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS Tracto Camión
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
D-En el punto 9.5 Freno Motor
Solicitan Freno motor con potencia mínima de frenado de 460 cv más auxiliar de 620 cv Totalizando 1080 cv de potencia de frenado con variación máxima de (+/-10%).
Las potencias de frenado, en combinación, mínimas más el total mínimo, corresponden a una sola marca en el mercado, que es la que tiene la mayor capacidad de frenado en el marcado.
Este sistema de frenado utiliza dos subsistemas, el de cabezal y en el tubo de escape, más el freno auxiliar o Retarder/intarder, sistema que solo utilizan 2 marcas en el mercado
Solicitamos: Que el Freno motor con potencia total de frenado, en combinación con los subsistemas y freno auxiliar retarde/ inatarder, sean como mínimo 880 cv con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
D-En el punto 9.5 Freno Motor
Solicitan Freno motor con potencia mínima de frenado de 460 cv más auxiliar de 620 cv Totalizando 1080 cv de potencia de frenado con variación máxima de (+/-10%).
Las potencias de frenado, en combinación, mínimas más el total mínimo, corresponden a una sola marca en el mercado, que es la que tiene la mayor capacidad de frenado en el marcado.
Este sistema de frenado utiliza dos subsistemas, el de cabezal y en el tubo de escape, más el freno auxiliar o Retarder/intarder, sistema que solo utilizan 2 marcas en el mercado
Solicitamos: Que el Freno motor con potencia total de frenado, en combinación con los subsistemas y freno auxiliar retarde/ inatarder, sean como mínimo 880 cv con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, ajustarse a lo establecido en la Adenda Nº3.
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Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS Tracto Camión
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
Punto 11 Tanque de combustible
En el punto 11.1 solicitan una capacidad de 990 litros con variación máxima de (+/- 10%)
En un entre eje corto con tanques de combustible grandes, se podría ver afectada la integración de la grúa, quedando los estabilizadores fuera del ancho máximo permitido.
Solicitamos: Que la capacidad de combustible mínima sea de 890 lts. con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
Punto 11 Tanque de combustible
En el punto 11.1 solicitan una capacidad de 990 litros con variación máxima de (+/- 10%)
En un entre eje corto con tanques de combustible grandes, se podría ver afectada la integración de la grúa, quedando los estabilizadores fuera del ancho máximo permitido.
Solicitamos: Que la capacidad de combustible mínima sea de 890 lts. con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
En relación a la consulta realizada, el equipo propuesto cumple con las exigencias mínimas establecidas en el PBC.
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Item 03 ESPECIFICACIONES TECNICAS Tracto Camión
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
En el punto 13.6 Altura (máxima descargado),solicitan 4150mm con variación máxima de (+/-10%)
Con la medida de referencia se está tomando el deflector de aire, que es opcional y no es parte de la cabina en sí mismo, como tampoco está solicitado en la pbc.
Solicitamos: Que la medida total sea 3600 mm con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
SECCION III
REQUESITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS
En el punto 13.6 Altura (máxima descargado),solicitan 4150mm con variación máxima de (+/-10%)
Con la medida de referencia se está tomando el deflector de aire, que es opcional y no es parte de la cabina en sí mismo, como tampoco está solicitado en la pbc.
Solicitamos: Que la medida total sea 3600 mm con variación máxima de (+/-10%).
El principal interés que nos mueve a realizar esta solicitud es que la CONVOCANTE realice la mejor compra posible, tanto en precios como en preforman del equipo a adquirir.
A más de lo dicho anteriormente, debemos comentar que:
Primeramente con esta modificación, la convocante tendrá mayor cantidad de oferentes, y sobre todo mejores ofertas en materia de costos, y esto conlleva a que puedan realizar la mejor compra posible, en aras de la racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, como reza el artículo 4 de la ley 2051/03, como así también nos basamos en el artículo 20 de la referida Ley, artículos que trascribimos seguidamente
Artículo 4°.- PRINCIPIOS GENERALES (en los siguientes incisos)
La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios:
a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Art. 20º.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACION PÚBLICA (tercer párrafo)
Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.