La COPACO S.A. ha establecido los niveles de solvencia tomando como mínimo las recomendaciones realizadas por la DNCP en su Circular Nº 10/09 correspondientes a los riesgos del TERCER NIVEL, a fin de obtener una mejor garantía de la correcta ejecución de los contratos, razón por la cual nos mantenemos en los criterios establecidos
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CONSULTA
Sobre la calificación mínima solicitada de "A", mencionamos que las calificaciones otorgadas a las compañías por parte de las calificadoras no son motivos de restricción al momento de contratar pólizas con Empresas Privadas o Entidades Públicas, según lo establecen las mismas calificadoras de riesgos, además dicho requisito no está contemplado en la circular DNCP 10/09, por lo que solicitamos reducir la misma a BBB al 30 de junio del 2018, además requerimos a la convocante considerar el Fondo de Garantía de Gs. 5.000.000.000., al 30/06/2018, , teniendo en cuenta lo expuesto en la Resolución 132-133/2015, que es de cumplimiento obligatorio y forma parte del mismo punto y la constitución del Fondo requerido de acuerdo a la Resolución SS.SG. N° 174/16 de la Superintendencia de Seguros, sobre el Fondo de Garantía y el Régimen de Inversiones.
Sobre la calificación mínima solicitada de "A", mencionamos que las calificaciones otorgadas a las compañías por parte de las calificadoras no son motivos de restricción al momento de contratar pólizas con Empresas Privadas o Entidades Públicas, según lo establecen las mismas calificadoras de riesgos, además dicho requisito no está contemplado en la circular DNCP 10/09, por lo que solicitamos reducir la misma a BBB al 30 de junio del 2018, además requerimos a la convocante considerar el Fondo de Garantía de Gs. 5.000.000.000., al 30/06/2018, , teniendo en cuenta lo expuesto en la Resolución 132-133/2015, que es de cumplimiento obligatorio y forma parte del mismo punto y la constitución del Fondo requerido de acuerdo a la Resolución SS.SG. N° 174/16 de la Superintendencia de Seguros, sobre el Fondo de Garantía y el Régimen de Inversiones.
La COPACO S.A. ha establecido los niveles de solvencia tomando como mínimo las recomendaciones realizadas por la DNCP en su Circular Nº 10/09 correspondientes a los riesgos del TERCER NIVEL, a fin de obtener una mejor garantía de la correcta ejecución de los contratos, razón por la cual nos mantenemos en los criterios establecidos. En cuanto a la calificación mínima que debe tener la Aseguradora, solicitada para el presente llamado, si bien la misma no se encuentra en la Circular DNCP 10/09, en el Pliego de Bases y Condiciones Estándar para Adquisición de Seguros de Bienes vigente sí se halla señalado, específicamente en la Sección II, Numeral 2, Inciso a) Punto 2. La COPACO S.A. ha establecido la Calificación A, debido a la envergadura de los riesgos a ser asegurados a fin de obtener una mejor garantía de la correcta ejecución de los contratos
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CAPACIDAD FINANCIERA
Consultamos a la convocante el motivo por el que se establecen capacidades financieras con valores muy bajos, poniendo en riesgo los intereses del estado, al habilitar a participar a empresas con poca solvencia económica, esto atendiendo a que la convocante cuenta con un capital total a ser asegurado de aproximadamente G. 490.000.000.0000, debiendo por tanto tener en cuenta que las capacidades financieras se ajusten a la magnitud del riesgo a ser asegurado. Por ello, la convocante debería considerar los siguientes valores como requerimientos mínimos financieros; * Margen de Solvencia: Coeficiente mínimo de 2,00 * Patrimonio propio no comprometido: G. 13.000.000.000 * Fondo de Garantía: G. 10.000.000.000 * Disponibilidades: G. 12.000.000.000
Consultamos a la convocante el motivo por el que se establecen capacidades financieras con valores muy bajos, poniendo en riesgo los intereses del estado, al habilitar a participar a empresas con poca solvencia económica, esto atendiendo a que la convocante cuenta con un capital total a ser asegurado de aproximadamente G. 490.000.000.0000, debiendo por tanto tener en cuenta que las capacidades financieras se ajusten a la magnitud del riesgo a ser asegurado. Por ello, la convocante debería considerar los siguientes valores como requerimientos mínimos financieros; * Margen de Solvencia: Coeficiente mínimo de 2,00 * Patrimonio propio no comprometido: G. 13.000.000.000 * Fondo de Garantía: G. 10.000.000.000 * Disponibilidades: G. 12.000.000.000
La COPACO S.A. ha establecido los niveles de solvencia mínimos recomendados por la DNCP en su Circular Nº 10/09 correspondientes a los riesgos del TERCER NIVEL de manera a precautelar los intereses de la Compañía y permitir la igualdad y libre competencia de los competidores
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PRÓRROGA DE FECHA DE CARGA DE PROPUESTA Y APERTURA
FAVOR SOLICITAMOS CONSIDERAR REALIZAR UNA PRÓRROGA PARA LA CARGA DE PROPUESTA, COMPETENCIA Y APERTURA DE OFERTAS, A DE FIN DE CONTAR CON MAYOR TIEMPO PARA CUMPLIR A CABALIDAD CON TODOS LOS REQUERIMIENTOS DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
08-11-2018
12-11-2018
PRÓRROGA DE FECHA DE CARGA DE PROPUESTA Y APERTURA
FAVOR SOLICITAMOS CONSIDERAR REALIZAR UNA PRÓRROGA PARA LA CARGA DE PROPUESTA, COMPETENCIA Y APERTURA DE OFERTAS, A DE FIN DE CONTAR CON MAYOR TIEMPO PARA CUMPLIR A CABALIDAD CON TODOS LOS REQUERIMIENTOS DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.