Solicitamos a la Convocante agregar un instructivo para la carga de la propuesta en el portal de la DNCP. Ya que en el pliego no menciona en forma clara el mismo.
Solicitamos a la Convocante agregar un instructivo para la carga de la propuesta en el portal de la DNCP. Ya que en el pliego no menciona en forma clara el mismo.
Favor remitirse al Art. 19 Forma de carga de Propuestas, de la Resolución DNCP 1513/18 Por la cual se reglamenta el procedimiento de Subasta a la Baja Electrónica (SBE), y se abrogan las resoluciones DNCP N° 2671/2011, 657/2012, 1408/2014, 2744/2014, 450/2017 y 451/2017.
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SECCION II
Solicitamos a la Convocante, incluir como requisito legal para los potenciales oferentes, la Habilitacion de la Policia Nacional para operar en el Rubro de Rastreo Satelital, conforme a lo establecido en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA, Artículo 5°, inciso i) Sistemas de Rastreo; para monitoreo de vehículos, bienes y personas.
En varias ocasiones la DNCP ha sentado postura de hacer cumplir con lo exigido en esta Ley, POR LO CUAL nuestra solicitud no se aparta de los principios consagrados en la Ley N° 2051/03.-
Solicitamos a la Convocante, incluir como requisito legal para los potenciales oferentes, la Habilitacion de la Policia Nacional para operar en el Rubro de Rastreo Satelital, conforme a lo establecido en la Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA, Artículo 5°, inciso i) Sistemas de Rastreo; para monitoreo de vehículos, bienes y personas.
En varias ocasiones la DNCP ha sentado postura de hacer cumplir con lo exigido en esta Ley, POR LO CUAL nuestra solicitud no se aparta de los principios consagrados en la Ley N° 2051/03.-
El Control de Consumo de Combustible se deberá realizar por promedio, conforme a lo señalado en la Planilla de Datos Garantizados
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1.3.10.-
1.3.10.- En caso de utilización del móvil por parte de personal no autorizado, el equipo deberá cortar el suministro de corriente de forma autónoma, parando el motor del móvil. Esto aun estando fuera de las áreas de cobertura celular.
Indicar corte de corriente debe ser automático o con la intervención del Oferente o de COPACO
1.3.10.- En caso de utilización del móvil por parte de personal no autorizado, el equipo deberá cortar el suministro de corriente de forma autónoma, parando el motor del móvil. Esto aun estando fuera de las áreas de cobertura celular.
Indicar corte de corriente debe ser automático o con la intervención del Oferente o de COPACO
El equipo deberá cortar el suministro de corriente de forma autónoma, con la intervención del Oferente por indicación de COPACO S.A.
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1.3.11.-
1.3.11.- Los equipos de monitoreo instalados deberán comunicar, de forma sonora, la condición de funcionamiento de los mismos, es decir, si todo está funcionando de manera correcta, si falta cobertura celular o si requieren mantenimiento urgente por algún problema técnico, batería desconectada, alerta de pánico, exceso de velocidad, entre otros. Las alertas deberán ser comunicadas vía email, SMS o llamadas al encargado del móvil, a el/los fiscal/es y al administrador del contrato respectivamente.
Indicar si la alarma sonora debe ser en el vehículo o solamente se limitará con notificación en el celular y por correo.
1.3.11.- Los equipos de monitoreo instalados deberán comunicar, de forma sonora, la condición de funcionamiento de los mismos, es decir, si todo está funcionando de manera correcta, si falta cobertura celular o si requieren mantenimiento urgente por algún problema técnico, batería desconectada, alerta de pánico, exceso de velocidad, entre otros. Las alertas deberán ser comunicadas vía email, SMS o llamadas al encargado del móvil, a el/los fiscal/es y al administrador del contrato respectivamente.
Indicar si la alarma sonora debe ser en el vehículo o solamente se limitará con notificación en el celular y por correo.
La alarma sonora se deberá escuchar tanto por el Conductor como en la plataforma del Sistema de Rastreo Satelital, generando a partir del mismo las notificaciones vía email, SMS o llamadas en el teléfono, conforme a lo señalado en las Especificaciones Técnicas y en la Planilla de Datos Garantizados.