SECCIÓN II, Apartado 7.1.1 ARMARIO DE TELECOMUNICACIONES
Se solicita puedan ser aceptados Rack de comunicaciones que cuenten con al menos 22U de espacio, la consulta obedece a que no es habitual encontrar en el mercado Racks de 24U de espacio, y Rack superiores a 24U ya generarían una ocupación de espacio muy grande dentro del tráiler solicitado.
25-02-2019
05-03-2019
SECCIÓN II, Apartado 7.1.1 ARMARIO DE TELECOMUNICACIONES
Se solicita puedan ser aceptados Rack de comunicaciones que cuenten con al menos 22U de espacio, la consulta obedece a que no es habitual encontrar en el mercado Racks de 24U de espacio, y Rack superiores a 24U ya generarían una ocupación de espacio muy grande dentro del tráiler solicitado.
Serán aceptados como requisito mínimo racks de 22U de espacio, conforme a lo establecido en la Adenda N° 1.
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Sección III, Ítem 3. Sistema Eléctrico, Refrigeración y otros Equipos
En el PBC se solicita la cantidad de Dos (2) bocas de toma A.A mientras que se solicita la provisión de uno (1) A.A de 24.000 BTU. Podría la convocante aclarar si se trata de un error involuntario?
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Sección III, Ítem 3. Sistema Eléctrico, Refrigeración y otros Equipos
En el PBC se solicita la cantidad de Dos (2) bocas de toma A.A mientras que se solicita la provisión de uno (1) A.A de 24.000 BTU. Podría la convocante aclarar si se trata de un error involuntario?
Se requiere de una (1) boca de toma A.A. Dicha modificación queda asentada en la Adenda N° 1
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 7. Especificaciones Técnicas de los Sistemas de Comunicación e Información, ítem 7.1.4 Equipo inalámbrico para conexión a la Red del Ministerio del Interior, se indica que el equipo CPE deberá ser compatible con la red inalámbrica existente del Ministerio del Interior, y que se deberá presentar autorización del fabricante.
Al respecto, y considerando que la Red del Ministerio del Interior está basada en sistemas Alvarion, razón por la que necesariamente los equipos CPE deberán ser de este mismo y único fabricante, respetuosamente solicitamos que sea indicada como de preferencia u opcional la presentación de la Autorización del fabricante, de forma a permitir la participación de un mayor número de oferentes que de igual forma podrán garantizar a la Convocante la calidad y garantía de los equipos a ser ofertados.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 7. Especificaciones Técnicas de los Sistemas de Comunicación e Información, ítem 7.1.4 Equipo inalámbrico para conexión a la Red del Ministerio del Interior, se indica que el equipo CPE deberá ser compatible con la red inalámbrica existente del Ministerio del Interior, y que se deberá presentar autorización del fabricante.
Al respecto, y considerando que la Red del Ministerio del Interior está basada en sistemas Alvarion, razón por la que necesariamente los equipos CPE deberán ser de este mismo y único fabricante, respetuosamente solicitamos que sea indicada como de preferencia u opcional la presentación de la Autorización del fabricante, de forma a permitir la participación de un mayor número de oferentes que de igual forma podrán garantizar a la Convocante la calidad y garantía de los equipos a ser ofertados.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
La Convocante considera que el aval del Fabricante de los equipos a ser ofertados es de fundamental importancia en el presente llamado, esto de manera a garantizar la compatibilidad con la red existente, una correcta ejecución de la garantía y del servicio post-venta. Por lo tanto, solicitamos remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Con relación a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 7. Especificaciones Técnicas de los Sistemas de Comunicación e Información, ítem 7.1.4 Equipo inalámbrico para conexión a la Red del Ministerio del Interior, donde se indica que el oferente deberá presentar el Curriculum Vitae de al menos dos (2) profesionales, certificados por la marca ofertada.
Considerando que la Red del Ministerio del Interior está basada en sistemas Alvarion, razón por la que necesariamente los equipos CPE deberán ser de este mismo y único fabricante, solicitamos a la Convocante que este punto sea indicado como de preferencia u opcional de modo a no restringir la participación de una mayor cantidad de empresas oferentes que de igual forma podrán garantizar a la Convocante la calidad y garantía de los equipos a ser ofertados.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Con relación a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 7. Especificaciones Técnicas de los Sistemas de Comunicación e Información, ítem 7.1.4 Equipo inalámbrico para conexión a la Red del Ministerio del Interior, donde se indica que el oferente deberá presentar el Curriculum Vitae de al menos dos (2) profesionales, certificados por la marca ofertada.
Considerando que la Red del Ministerio del Interior está basada en sistemas Alvarion, razón por la que necesariamente los equipos CPE deberán ser de este mismo y único fabricante, solicitamos a la Convocante que este punto sea indicado como de preferencia u opcional de modo a no restringir la participación de una mayor cantidad de empresas oferentes que de igual forma podrán garantizar a la Convocante la calidad y garantía de los equipos a ser ofertados.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
El requerimiento para los potenciales Oferentes, en cuanto al conocimiento demostrable a través de la certificación en los equipos CPE a ser ofertados es indiscutiblemente necesaria para garantizar la correcta implementación de estos equipos. Por lo expuesto, solicitamos remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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PLAZO DE ENTREGA
En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 8. Plazo de entrega de expresa Sesenta (60) días luego de la correcta recepción de la Orden de Compra y del anticipo financiero, previa firma del Contrato.
Sin embargo, en el capítulo 2. Plan de Entregas, se indican 30 (treinta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 60 (sesenta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
Al respecto solicitamos confirmar el Plazo de entrega correcto que deberá ser considerado.
En la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, numeral 8. Plazo de entrega de expresa Sesenta (60) días luego de la correcta recepción de la Orden de Compra y del anticipo financiero, previa firma del Contrato.
Sin embargo, en el capítulo 2. Plan de Entregas, se indican 30 (treinta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 60 (sesenta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
Al respecto solicitamos confirmar el Plazo de entrega correcto que deberá ser considerado.
La entrega del Tráiler y todos los equipos solicitados cuenta con un plazo máximo de 30 días calendarios posteriores a la correcta recepción de la orden de compra, para esta entrega no es necesaria la instalación e integración de todo el equipamiento solicitado.
La puesta en funcionamiento y entrega total de los equipos montados y en funcionamiento dentro del Tráiler cuenta con un plazo máximo de 60 días calendarios posteriores a la correcta recepción de la orden de compra.
Lo expuesto precedentemente queda asentado en la Adenda N° 1
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PLAN DE ENTREGAS
Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, capítulo 2. Plan de Entregas, donde se indica 30 (treinta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 60 (sesenta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
Favor, solicitamos a la Convocante extender el plazo en al menos 90 (noventa) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 120 (ciento veinte) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
Con referencia a la Sección III. Requisitos de los Bienes y/o Servicios de los Bienes Requeridos, capítulo 2. Plan de Entregas, donde se indica 30 (treinta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 60 (sesenta) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
Favor, solicitamos a la Convocante extender el plazo en al menos 90 (noventa) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, previa firma del contrato para la Recepción de Móviles y Equipos, y 120 (ciento veinte) días calendarios posteriores a la correcta recepción de la Orden de Compra, para la Puesta en Funcionamiento de los móviles.
La Convocante considera que los plazos estipulados en el cronograma de entregas son adecuados y pueden ser cumplidos sin mayores inconvenientes. Por lo expuesto solicitamos remitirse a lo establecido en el PBC modificado por la Adenda N° 1.
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SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 2 CARÁCTERÍSTICAS GENERALES
En el Pliego de Bases y Condiciones, SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 2 CARÁCTERÍSTICAS GENERALES, dice:
El sistema deberá estar integrado al Sistema de Información Policial (SIP), se deberán contemplar las licencias necesarias para el uso de la aplicación del Sistema de Información Policial en las estaciones de trabajo de la Comisaria Móvil, se debe contar con autorización del fabricante para presentar oferta relacionada a esta aplicación.
Entendemos que el fabricante del Sistema de Información Policial (SIP) proveerá las licencias y la carta de autorización a los potenciales oferentes que deseen presentar su oferta en esta licitación.
Al respecto, solicitamos indicar el nombre del fabricante de la aplicación del Sistema de Información Policial (SIP).
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SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 2 CARÁCTERÍSTICAS GENERALES
En el Pliego de Bases y Condiciones, SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 2 CARÁCTERÍSTICAS GENERALES, dice:
El sistema deberá estar integrado al Sistema de Información Policial (SIP), se deberán contemplar las licencias necesarias para el uso de la aplicación del Sistema de Información Policial en las estaciones de trabajo de la Comisaria Móvil, se debe contar con autorización del fabricante para presentar oferta relacionada a esta aplicación.
Entendemos que el fabricante del Sistema de Información Policial (SIP) proveerá las licencias y la carta de autorización a los potenciales oferentes que deseen presentar su oferta en esta licitación.
Al respecto, solicitamos indicar el nombre del fabricante de la aplicación del Sistema de Información Policial (SIP).
Se aclara que el Fabricante del Sistema de Información Policial (SIP) es ISA.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACION, 7.3 SISTEMA DE CCTV, 7.3.4 Un NVR con las siguientes características, dice:
Deberá ser compatible con el Sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción de tal forma a incorporar dicho Sistema al 911 para casos específicos de monitoreo requeridos, se deberá presentar una carta del fabricante del sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción indicando que el sistema ofertado es 100% compatible.
Al respecto, solicitamos a la convocante, eliminar este requerimiento a fin de no limitar la participación de otros potenciales oferentes. Entendemos que el fabricante del subsistema de video vigilancia del CSE 911 Asunción no proveerá la carta a otras empresas con intenciones en presentarse al presente llamado, pues se trata de una cuenta reservada a las empresas componentes del Consorcio TSV, siendo de cumplimiento imposible para los potenciales oferentes que también cuentan con las capacidades necesarias para presentar ofertas dentro del presente llamado, considerando que ni el fabricante ni el distribuidor autorizado de la marca brindarán la carta a otros oferentes.
Solicitamos que sea considerado suficiente presentar una carta del fabricante del NVR ofertado indicando que es compatible con sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción, con lo cual tambien se asegura la compatibilidad del sistema ofertado. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SECCION III, REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, 7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN E INFORMACION, 7.3 SISTEMA DE CCTV, 7.3.4 Un NVR con las siguientes características, dice:
Deberá ser compatible con el Sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción de tal forma a incorporar dicho Sistema al 911 para casos específicos de monitoreo requeridos, se deberá presentar una carta del fabricante del sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción indicando que el sistema ofertado es 100% compatible.
Al respecto, solicitamos a la convocante, eliminar este requerimiento a fin de no limitar la participación de otros potenciales oferentes. Entendemos que el fabricante del subsistema de video vigilancia del CSE 911 Asunción no proveerá la carta a otras empresas con intenciones en presentarse al presente llamado, pues se trata de una cuenta reservada a las empresas componentes del Consorcio TSV, siendo de cumplimiento imposible para los potenciales oferentes que también cuentan con las capacidades necesarias para presentar ofertas dentro del presente llamado, considerando que ni el fabricante ni el distribuidor autorizado de la marca brindarán la carta a otros oferentes.
Solicitamos que sea considerado suficiente presentar una carta del fabricante del NVR ofertado indicando que es compatible con sistema de video vigilancia del CSE 911 de Asunción, con lo cual tambien se asegura la compatibilidad del sistema ofertado. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir las compras del Estado; establecido en el inciso b) del Artículo 4° de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas.
La Convocante considera que existen varias empresas en el mercado que se encuentran en condiciones de cumplir con el requerimiento solicitado, y de esta manera asegurar la compatibilidad deseada.
Por lo expuesto, solicitamos remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Con relación al ítem de UPS 6Kva
donde el PBC solicita en el punto "Sistema de refrigeración Aire, ventilador con control de velocidad" Solicitamos respetuosamente éste punto sea opcional, considerando que las UPSs de ésta capacidad el sistema de refrigeración de aire realiza automáticamente la expulsión del calor generado internamente , de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
donde el PBC solicita en el punto "Sistema de refrigeración Aire, ventilador con control de velocidad" Solicitamos respetuosamente éste punto sea opcional, considerando que las UPSs de ésta capacidad el sistema de refrigeración de aire realiza automáticamente la expulsión del calor generado internamente , de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Los equipos UPS requieren de una correcta refrigeración para mantener un correcto funcionamiento y una vida útil prolongada, atendiendo a que los equipos UPS solicitados no se encontraran instalados en un ambiente controlado similar a lo que se podría tener una sala de datos (Data Center) dedicado, es de suma importancia el cumplimiento de lo requerido.
Por lo expuesto, solicitamos remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Con relación al ítem de UPS 6Kva
donde el PBC solicita en el punto "Autonomía a plena carga ≥10 minutos" Solicitamos respetuosamente a la entidad especificar a que carga en Watts requieren las mencionadas autonomías, puesto que para el tipo de equipo requerido esa autonomía sería imposible de alcanzarla con cualquier UPS del mercado se necesitarían banco de baterías adicionales para poder cumplir siendo que eso ya generaría un sobre costo para el porte de equipo solicitado., de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
donde el PBC solicita en el punto "Autonomía a plena carga ≥10 minutos" Solicitamos respetuosamente a la entidad especificar a que carga en Watts requieren las mencionadas autonomías, puesto que para el tipo de equipo requerido esa autonomía sería imposible de alcanzarla con cualquier UPS del mercado se necesitarían banco de baterías adicionales para poder cumplir siendo que eso ya generaría un sobre costo para el porte de equipo solicitado., de manera a no limitar la participación de posibles oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
La Autonomía a plena carga conlleva que la UPS a ser ofertada debe contar con la autonomía solicitada de 10 minutos con una carga de 6KVA, cada oferente deberá realizar el cálculo correspondiente para cumplir con este requerimiento, contemplando en caso necesario la inclusión de un banco de baterías adicional.
Por lo expuesto, solicitamos remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.