Esta convocante se mantiene en lo establecido en el PBC en:
Sección 3.
Propuesta Técnica - Formularios Estándar
TEC - 2, Inciso "N" PÓLIZA O GARANTIA BANCARIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
SOBRE I
12
En la Sección Instrucciones para los Consultores Hoja de Datos, numeral 5.2(a-1). 2. Capacidad Económica y Financiera.
En la Sección Instrucciones para los Consultores Hoja de Datos, numeral 5.2(a-1). 2. Capacidad Económica y Financiera.
Favor considerar los balances generales correspondiente a los 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad (Año 2017, 2018 y 2019).
07-09-2020
25-09-2020
En la Sección Instrucciones para los Consultores Hoja de Datos, numeral 5.2(a-1). 2. Capacidad Económica y Financiera.
En la Sección Instrucciones para los Consultores Hoja de Datos, numeral 5.2(a-1). 2. Capacidad Económica y Financiera.
Favor considerar los balances generales correspondiente a los 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad (Año 2017, 2018 y 2019).
Esta convocante se mantiene en lo establecido en el PBC en
Instrucciones para los Consultores
Hoja de Datos
Numeral 5.2(a-1). 2. Capacidad Económica y Financiera
13
Consulta
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a ustedes a los efectos de realizar la siguiente consulta:
- En el Anexo A - Documentos que componen la Oferta (folio 58), en el inciso c) se establece lo siguiente:
Constancia que acredita la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, al momento de la presentación de sus ofertas.
Solicitamos nos confirmen nuestra interpretación de que para el caso de empresas establecidas en el extranjero aplica el documento y/o constancia presentada ante la autoridad competente en el país donde se encuentra establecida dicha empresa.
Nos dirigimos a ustedes a los efectos de realizar la siguiente consulta:
- En el Anexo A - Documentos que componen la Oferta (folio 58), en el inciso c) se establece lo siguiente:
Constancia que acredita la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, al momento de la presentación de sus ofertas.
Solicitamos nos confirmen nuestra interpretación de que para el caso de empresas establecidas en el extranjero aplica el documento y/o constancia presentada ante la autoridad competente en el país donde se encuentra establecida dicha empresa.
Visualizamos que en el párrafo de referencia 1.15 (folio 16) se establece que la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser presentada en el Sobre II propuesta de precio.
Por otra parte, en la Sección 3. Propuesta Técnica - Formularios Estándar, entre el listado de formularios a ser presentados en la propuesta técnica apartado TEC - 2, inciso N), se indica que debe ser incluida en entre esos formularios la Póliza o Garantía Bancaria de Mantenimiento de Oferta.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente donde deberá ser incluida el documento que garantize la propuesta ser presentada.
Visualizamos que en el párrafo de referencia 1.15 (folio 16) se establece que la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser presentada en el Sobre II propuesta de precio.
Por otra parte, en la Sección 3. Propuesta Técnica - Formularios Estándar, entre el listado de formularios a ser presentados en la propuesta técnica apartado TEC - 2, inciso N), se indica que debe ser incluida en entre esos formularios la Póliza o Garantía Bancaria de Mantenimiento de Oferta.
Por lo expuesto, solicitamos respetuosamente donde deberá ser incluida el documento que garantize la propuesta ser presentada.
Esta convocante se mantiene en lo establecido en el PBC en:
Sección 3.
Propuesta Técnica - Formularios Estándar
TEC - 2, Inciso "N" PÓLIZA O GARANTÍA BANCARIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
SOBRE I.
15
Criterio de desempàte 1
En su actual redacción, el PBC indica como primer criterio de desempate: " Mayor número de empleados inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) en promedio de los últimos seis (6) meses anteriores al Acto de Apertura. Para ello se requerirá la presentación de la "Declaración Jurada de Salarios" que el empleador utilizó para el pago del seguro social, en caso de que la
documentación no esté contenida en la oferta o en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE)." Entendemos que tratándose de una licitación internacional financiada con fondos de CAF y FONPLATA, dicho requerimiento debe ser entendido como "Mayor número de empleados inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) u organismo similar en el país del oferente" y que por tanto la documentación de soporte de dicha información se debe adecuar al soporte documental que provea el organismo de previsión social que corresponda. También entendemos que en el caso de empresas multinacionales con empleados inscriptos en sistemas de previsión social de diferentes países, el número de empleados a considerar debe ser la suma de todos ellos. Por favor, sírvanse indicarnos si nuestras apreciaciones son correctas.
En su actual redacción, el PBC indica como primer criterio de desempate: " Mayor número de empleados inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) en promedio de los últimos seis (6) meses anteriores al Acto de Apertura. Para ello se requerirá la presentación de la "Declaración Jurada de Salarios" que el empleador utilizó para el pago del seguro social, en caso de que la
documentación no esté contenida en la oferta o en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE)." Entendemos que tratándose de una licitación internacional financiada con fondos de CAF y FONPLATA, dicho requerimiento debe ser entendido como "Mayor número de empleados inscriptos en el Instituto de Previsión Social (IPS) u organismo similar en el país del oferente" y que por tanto la documentación de soporte de dicha información se debe adecuar al soporte documental que provea el organismo de previsión social que corresponda. También entendemos que en el caso de empresas multinacionales con empleados inscriptos en sistemas de previsión social de diferentes países, el número de empleados a considerar debe ser la suma de todos ellos. Por favor, sírvanse indicarnos si nuestras apreciaciones son correctas.
En la hoja de datos, la redacción del párrafo 3.7 resulta confusa: “Las Convocantes deberán indicar en el pliego de bases y condiciones el porcentaje de margen de preferencia que se aplicará a la oferta de carácter nacional, el cual se fijará en el pliego de bases y condiciones del diez por ciento (10%), respecto de los bienes de importación de la oferta más baja. De no encontrarse expresamente previsto el margen en las bases de licitación, se aplicará el porcentaje mínimo. La oferta nacional que pretenda beneficiarse de la preferencia deberá demostrar a satisfacción de la Convocante que el contenido nacional de su oferta es superior al cincuenta por ciento (50%). Los mecanismos para la aplicación del margen de preferencia serán reglamentados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP)”
Consulta 1. Tratándose de una modalidad de contratación con presupuesto fijo, ¿tiene algún efecto práctico la aplicación de este margen de preferencia?
Consulta 2. ¿Existe la reglamentación de la DNCP a la que hace referencia el PBC? En caso afirmativo les rogamos nos faciliten un enlace de descarga del mismo.
Consulta 3. ¿Cuál es el porcentaje mínimo a aplicar al que hace referencia el PBC?
En la hoja de datos, la redacción del párrafo 3.7 resulta confusa: “Las Convocantes deberán indicar en el pliego de bases y condiciones el porcentaje de margen de preferencia que se aplicará a la oferta de carácter nacional, el cual se fijará en el pliego de bases y condiciones del diez por ciento (10%), respecto de los bienes de importación de la oferta más baja. De no encontrarse expresamente previsto el margen en las bases de licitación, se aplicará el porcentaje mínimo. La oferta nacional que pretenda beneficiarse de la preferencia deberá demostrar a satisfacción de la Convocante que el contenido nacional de su oferta es superior al cincuenta por ciento (50%). Los mecanismos para la aplicación del margen de preferencia serán reglamentados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP)”
Consulta 1. Tratándose de una modalidad de contratación con presupuesto fijo, ¿tiene algún efecto práctico la aplicación de este margen de preferencia?
Consulta 2. ¿Existe la reglamentación de la DNCP a la que hace referencia el PBC? En caso afirmativo les rogamos nos faciliten un enlace de descarga del mismo.
Consulta 3. ¿Cuál es el porcentaje mínimo a aplicar al que hace referencia el PBC?
Conforme el DICTAMEN DE LA UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN LLAMADO MOPC Nº 22/2020, en sus CONCLUSIONES el componente de precio alcanzaba los 10,403,217,568 Gs, desglosado en una Remuneración de 7,734,909,568 Gs + Gastos reembolsables por 2,668,308,000 Gs. Sin embargo, en el Pliego de bases y Condiciones, en su Hoja de Datos parágrafe 3.2. se establece El presupuesto disponible por todo concepto, incluyendo todos los gastos y tributos aplicables es de: Gs 7.494.521.480. (guaraníes, siete mil cuatrocientos noventa y cuatro millones quinientos veintiún mil cuatrocientos ochenta).
Por favor confirmar si el valor referencial es el indicado en el Dictamen de la UOC, es decir, 10,403,217,568 Gs
Conforme el DICTAMEN DE LA UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIÓN LLAMADO MOPC Nº 22/2020, en sus CONCLUSIONES el componente de precio alcanzaba los 10,403,217,568 Gs, desglosado en una Remuneración de 7,734,909,568 Gs + Gastos reembolsables por 2,668,308,000 Gs. Sin embargo, en el Pliego de bases y Condiciones, en su Hoja de Datos parágrafe 3.2. se establece El presupuesto disponible por todo concepto, incluyendo todos los gastos y tributos aplicables es de: Gs 7.494.521.480. (guaraníes, siete mil cuatrocientos noventa y cuatro millones quinientos veintiún mil cuatrocientos ochenta).
Por favor confirmar si el valor referencial es el indicado en el Dictamen de la UOC, es decir, 10,403,217,568 Gs
Esta convocante se mantiene en lo establecido en el PBC. IAC. HOJA DE DATOS 3.2 (a) que reza: "El presupuesto disponible por todo concepto, incluyendo todos los gastos y tributos aplicables es de: Gs 7.494.521.480. (guaraníes, siete mil cuatrocientos noventa y cuatro millones quinientos veintiún mil cuatrocientos ochenta)".- Asimismo se aclara que el monto allí especificado es el disponible en la operación y el que cuenta con la Conformidad del Organismo Financiador (CAF).
18
Solicitud de una Prórroga de fecha de presentación de Oferta
Solicitamos muy respetuosamente una Prórroga de 20 (veinte) días de la fecha prevista para la presentación de la Oferta, esto obedece a las dificultades que con llevan los trámites de los documentos legales de las empresas extranjeras por el COVID-19
15-09-2020
25-09-2020
Solicitud de una Prórroga de fecha de presentación de Oferta
Solicitamos muy respetuosamente una Prórroga de 20 (veinte) días de la fecha prevista para la presentación de la Oferta, esto obedece a las dificultades que con llevan los trámites de los documentos legales de las empresas extranjeras por el COVID-19
En la hoja de datos, en el párrafo referencial 5.2 (a-2 ) -entre otras- se establece lo siguiente:
En caso de participación de ex funcionarios del MOPC, se aplicarán las siguientes equivalencias:
Director de Vialidad y/o Jefe de Departamento de Ejecución que tengan título de ingeniero civil y/o vial.
Obs: (1) Los profesionales que hayan ocupado los cargos citados anteriormente, al menos 1 (un) año, considerando años corridos o sumando años en diversos periodos referidos a los dichos cargos; obtendrán un 100% de la puntuación correspondiente a “Competencia para el trabajo, experiencia específica”. (2) Podrán ser considerados los que estuvieron como Encargado de Despacho en los cargos citados y en los tiempos indicados anteriormente.
Especialista Vial.
Al respecto, consultamos si esta equivalencia también aplica en el caso del profesional extranjero.
En la hoja de datos, en el párrafo referencial 5.2 (a-2 ) -entre otras- se establece lo siguiente:
En caso de participación de ex funcionarios del MOPC, se aplicarán las siguientes equivalencias:
Director de Vialidad y/o Jefe de Departamento de Ejecución que tengan título de ingeniero civil y/o vial.
Obs: (1) Los profesionales que hayan ocupado los cargos citados anteriormente, al menos 1 (un) año, considerando años corridos o sumando años en diversos periodos referidos a los dichos cargos; obtendrán un 100% de la puntuación correspondiente a “Competencia para el trabajo, experiencia específica”. (2) Podrán ser considerados los que estuvieron como Encargado de Despacho en los cargos citados y en los tiempos indicados anteriormente.
Especialista Vial.
Al respecto, consultamos si esta equivalencia también aplica en el caso del profesional extranjero.
Solo aplica para ex funcionarios del MOPC
Según las Instrucciones para los Consultores
HOJA DE DATOS
20
Pedido de Prorroga
Nos dirigimos a Ud., a los efectos de solicitar muy respetuosamente a la convocante una prórroga de 20 días hábiles en atención a la situación actual global relacionada con la pandemia debido al Covid – 19, que impide la gestión normal y hasta personalizada para la obtención de las documentaciones relativas a la presentación de la propuesta tanto a nivel nacional, como así también, las documentaciones provenientes desde el extranjero
Nos dirigimos a Ud., a los efectos de solicitar muy respetuosamente a la convocante una prórroga de 20 días hábiles en atención a la situación actual global relacionada con la pandemia debido al Covid – 19, que impide la gestión normal y hasta personalizada para la obtención de las documentaciones relativas a la presentación de la propuesta tanto a nivel nacional, como así también, las documentaciones provenientes desde el extranjero