Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 AUTORIZACION DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE Y/O DISTRIBUIDOR Con relación a la Autorización de Fabricante, Representante o Distribuidor (CAPACIDAD TECNICA), solicitamos comedidamente excluir dicho requisito del Pliego de Bases y Condiciones, considerando que los últimos llamados del rubro Tintas y Tóner: LPN SBE PAC No. 08/2016 ID No. 308.260, LPN SBE PAC No. 66/2017 ID No. 329.364, LPN SBE PAC No. 73/2018 ID No. 355.305 no aplicaban dicha condición. En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia ha logrado adquirir los mismos insumos originales en precios sustancialmente más económicos (35 al 50% menos) comparados con los Llamados anteriores que sí lo establecían. Destacamos que para salvaguardar la originalidad de los bienes recibidos la CSJ ya cuenta con el apoyo de profesionales Peritos de las diferentes marcas en el momento de la Recepción y de las Declaraciones Juradas de Originalidad de los Proveedores. De esta forma se estaría evitando el MONOPOLIO que ejercen localmente los Distribuidores Autorizados, en una justa competencia con los demás Oferentes; dando así cumplimiento al nuevo Decreto No. 2180 del 22 de julio de 2019 por el cual se establecen Normas Complementarias y Medidas de Racionalización de Gastos para el Proceso de Ejecución del Plan Financiero aprobado para el Ejercicio Fiscal 2019. 25-07-2019 02-08-2019
2 Especificaciones Tecnicas Teniendo en cuenta, que las EETT solicita que los bienes sean: Originales de las marcas de las impresoras y/o Fotocopiadoras, consultamos con mucho respeto lo siguiente: ¿La convocante al elaborar las Especiaciones Técnicas ha tomado en cuenta que este requerimiento señalado precedentemente está direccionado a una marca en específico y que dicho requerimiento o exigencia puede crear una dependencia tecnológica sujeta exclusivamente a una sola marca en específico y que las mismas acuerden un solo precio? Esta exigencia claramente limita la participación de potenciales oferentes que ofertan productos: Originales de otras marcas para las impresoras y/o Fotocopiadoras referenciadas, que no pertenecen a las propias marcas de las impresoras, en consecuencia se ven imposibilitados de participar en dicha Licitación (ofertar). Asimismo, es importante considerar que hoy en día, los insumos originales de otras marcas, siempre y cuando sean Originales sin uso, 100% nuevas, en cajas lacradas, cumplen satisfactoriamente con todos los requerimientos de las EE.TT., son funcionalmente aptos, suficientemente comprobado en el uso y empleo de las maquinas (impresoras). Estos productos, considerados como sustitutivos a los insumos propios de las mismas marcas de las impresoras, han ganado mercado aceleradamente en el sector privado y hoy en día también están en el mercado Gubernamental (licitaciones), consolidada hace más de10 años en el sector privado, gracias a sus bondades técnicas y económicas que permiten un ahorro comprobable del 50% como mínimo en precios y rendimientos comparados con los insumos que son originales propios de las mismas marcas de las impresoras y/o Fotocopiadoras. En tal sentido, exhortamos a la convocante considerar que dicho requerimiento (Direccionado) exigido en las EE.TT., beneficia exclusivamente a un solo sector de oferentes, constituidos por un monopolio de eslabón jerárquico único de precios, que someten al Estado Paraguayo con costos extremadamente onerosos, con el pretexto y utilizando argumentos totalmente falsos, como se describe a continuación:… Los insumos que no pertenecen a las marcas de las impresoras, ocasionan daños a las maquinas, etc…. Situación jamás comprobada por las mismas empresas que pretenden cuestionar el buen funcionamiento de los insumos que no sean de las propias marcas de las impresoras (otras marcas). En consecuencia, manipulan el desconocimiento de los usuarios para instalar y crear 98desconfianzas e incertidumbres con falsas argumentaciones sin ningún respaldo documentado técnicamente que hayan difundido o manifestado los propios fabricantes de las impresoras y que sepan demostrar lo sustentado por ellas mismas. Por tanto, sugerimos respetuosamente a la convocante, que los requerimientos a ser apuntado en las EE.TT., sean: ORIGINALES PARA LAS IMPRESORAS Y/O FOTOCOPIADORAS DE LAS MARCAS REFERIDAS. Solicitar en el PBC el documento que acredite la Autorización del Fabricante debidamente Consularizado por la Embajada del País de Origen y la embajada Paraguaya, así, la convocante pueda comprobar el origen del bien adquirido asegurando la cadena distributiva desde el Fabricante hasta el Oferente Con este requerimiento la convocante permitirá mayor participación a potenciales oferentes para presentar sus ofertas en igualdad de condiciones y divulgando la libre competencia (Todos por Igual), así como reza la LEY 2051 en su Art. 4- inc. b) IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA. Sin otro particular y esperando haber justificado plenamente lo solicitado, aguardando una respuesta favorable, me despido muy atentamente. 26-07-2019 02-08-2019
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