Fecha de Consulta: 20-05-2020
Consulta:
En el punto donde solicitan que "los oferentes deben demostrar dedicación exclusiva al ramo Eléctrico, con una antigüedad mínima de 5 (cinco) años.", entendemos que este requisito es de casi imposible cumplimiento, ya que si alguna de las empresas ha realizado en los últimos 5 años un trabajo de otro rubro que no sea considerado eléctrico ya no cumpliría este punto. Entendemos que el requisito debe ser una empresa que demuestre una dedicación permanente en el rubro eléctrico, con una antigüedad mínima de 5 años, ya que en este caso incluirían a las empresas que se dedican de forma exclusiva al rubro eléctrico y las que realizan además otros emprendimientos, pero tienen constantemente obras eléctricas.