Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CONSULTA MOPC 104.19 Si fueran tan amables en aclarar sobre qué requisitos o documentos deben presentar los oferentes que presentaren ofertas por medio de una Sucursal constituida en la República del Paraguay. Es decir cuáles debe cumplir la Sucursal y cuáles la Casa Matriz. O ambas deben presentar y cumplir con todos los requisitos?. 26-03-2020 20-04-2020
2 Consulta A fin de evaluar correctamente los trabajos del ítem Reposición de Red de Agua solicitamos se indique diámetro, material y cantidad de conexiones domiciliarias a intervenir. Atte. 09-04-2020 21-04-2020
3 Consulta Traslado de columnas de baja tensión Se solicita detalle y/o anteproyecto del ítem "Traslado de columnas de baja tensión" a fin de poder ser evaluado correctamente. Saludos. 16-04-2020 21-04-2020
4 Solicitar Postergación Fecha de Apertura Como potenciales oferentes de la licitación ID 371805, y teniendo en cuenta las restricciones de circulación, cierre de fronteras y aeropuertos establecidas por Decreto 3525 por el cual se amplía el aislamiento preventivo hasta el 19/04, y que probablemente esa medida sea extendida por más tiempo, solicitamos se evalúe una prorroga en la fecha de presentación y apertura de los sobres. Esto se encuentra fundamentado en que: • No hay atención en embajadas y colegios de escribanos para la gestión de apostillados de la documentación a presentar, pudiendo retomarse recién después de levantada la cuarentena • Nos es imposible viajar desde el exterior con la documentación física de la oferta, por tener fronteras cerradas En caso que no crean conveniente postergar la fecha de apertura, solicitamos pueda abrirse un canal digital para la presentación de las ofertas, para luego de levantadas las medidas restrictivas, completar la documentación física con las certificaciones y apostillas correspondientes 17-04-2020 21-04-2020
5 Puentes Para el Lote 1, en los puentes de 10m de longitud ubicadas en las progresivas 2+645 y 3+124, en las EETT citan que las mismas deber ser pretensadas, incluso los items de planilla son nombradas como pretensadas obligando a que el oferente cotice de esa forma. Solicitamos que se cambie a vigas convencionales ya que por la longitud de la viga no es necesaria la utilización del método mencionado. 21-04-2020 27-04-2020
6 Señalizacion vertical Solicitamos que los tableros de las señales se adecuen a lo solicitado en el nuevo Manual de Carreteras del Paraguay. Sabiendo que el material de aluminio incita al robo de cartelería (acto de vandalismo) y por tanto hace tiempo se ha dejado de utilizarlo. 21-04-2020 27-04-2020
7 Prórroga Solicitamos una prórroga de 15 días, dadas las condiciones actuales se hace difícil conseguir el presupuesto de los proveedores con tiempo para cotizar la mejor oferta que se ajuste a las condiciones del PBC. 21-04-2020 27-04-2020
8 Consulta. Adenda N° 7. Punto 5, 5.1 inc. "e" y 5.2 inc. "d" ADENDA N° 7: Sección II – Criterios de Evaluación y Calificación, Punto 5 “Experiencia Específica en Obras”. 5.1 Experiencia Específica en Construcción, inciso “e”. 5.2 Experiencia Específica en Construcción – Actividades Claves, inciso “d”: “Sólo serán consideradas experiencias realizadas en la República del Paraguay” CONSULTA: Solicitamos la exclusión de la disposición trascrita considerando que la misma restringe innecesariamente la libre concurrencia de la mayor cantidad de potenciales oferentes a la licitación. MOTIVACIÓN y FUNDAMENTOS DE ESTA CONSULTA: Esta licitación identificada con el ID N° 371.805 se rige por la Ley N° 2.051/03 de Contrataciones Públicas, desde su inicio (elaboración del PBC, evaluación de ofertas, adjudicación y celebración del contrato), hasta la ejecución total de las obras contratadas. El hecho de considerar única y exclusivamente las experiencias realizadas en la República del Paraguay limita la participación de aquellas empresas que se encuentran debidamente radicadas y establecidas en la República del Paraguay que ostentan vasta experiencia en la realización del tipo de obra licitada y que cumplen a su vez con las experiencias generales y específicas exigidas por el Ministerio para este contrato, en contraposición a las previsiones contempladas en la referida ley. La experiencia se adquiere con la ejecución efectiva de obras, es decir, mediante el historial de obras ejecutadas en el haber de una empresa, independientemente a que aquellas obras se hayan ejecutado dentro de la República del Paraguay o en el marco de contratos de obras públicas ejecutados en otros países. La experiencia es la misma y por ende se brindaría al Ministerio las mismas garantías de correcta ejecución de los trabajos licitados. La Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas impone un solo requisito en lo que respecta a las Licitaciones Públicas que son Nacionales, y el mismo consiste en que únicamente podrán participar empresas que estén domiciliadas en el País; “Capítulo Segundo. De La Licitación Pública Artículo 18.- Clasificación de las Licitaciones Públicas. Las licitaciones públicas podrán ser: a) Nacionales, cuando únicamente puedan participar personas físicas o jurídicas domicilia-das en el país;” La disposición de la Adenda 7 sobre la que se realiza esta consulta no encuentra fundamento técnico ni legal que justificara la restricción a la libre competencia, cual es un principio consagrado en la Ley de Contrataciones Públicas, N° 2051/03. En su artículo 4°, dicha ley vigente determina y define los principios que deben observarse en los procesos licitatorios que se rigen por la Ley N° 2051/03, entre ellos encontramos uno de los principios consagrados más fundamentales de los procesos de concursos públicos, el de Igualdad y Libre Competencia, “Artículo 4.- Principios Generales La actividad de contratación pública se regirá por los siguientes principios: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública” La Ley N° 2051/03 dispone en su artículo 20 lo siguiente: “… “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes;” La forma en que está redactada la Adenda 7, en la parte en que exige que las experiencias hayan sido realizadas exclusivamente en el País, atenta contra las disposiciones legales referidas. Además, en la Sección II “Criterios de Evaluación y Requisitos de Calificación” el pliego contempla como oferentes elegibles a las Sucursales constituidas en la República del Paraguay, en consonancia con el artículo 18° de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, por lo que sería un despropósito impedir que aquellas Sucursales pudieran acreditar las experiencias específicas y actividades claves exigidas para este llamado declarando las obras ejecutadas por la Matriz en el País de origen. Con aquella exigencia de la Adenda 7, se impide directamente a las Sucursales declarar sus experiencias generadas con su Matriz. Al respecto, las sucursales no tienen personalidad jurídica. Una sucursal es un accesorio de la matriz que se establece con el objeto de ejercer actividad en el territorio donde se constituye que es geográficamente diferente al de la Matriz. Al no haber diferencia entre la personalidad jurídica de una y otra, se debería considerar la experiencia de la Matriz (ejecución de obras en su país de origen o en cualquier lugar del mundo) para acreditar los requisitos de capacidad de experiencia. Para finalizar mencionamos que el Código Civil establece que las sucursales son unidades de la matriz que se establecen válidamente en Paraguay (Artículo 1196 y 1197 CC). Por lo expuesto, consultamos la posibilidad de excluir la expresión: “Sólo serán consideradas experiencias realizadas en la República del Paraguay” de la Adenda 7 para permitir la participación de mayor cantidad de oferentes y además porque dicha disposición no tiene fundamentación técnica ni legal y contraviene las disposiciones establecidas en la Ley N° 2.051/03 de Contrataciones Públicas que reglamenta esta licitación. 21-04-2020 27-04-2020
9 tapas cloaca en la visita al sitio de obra se constato la presencia de tapas de registro cloacal en la zona de empedrado en los tramos del LOTE 01. quien se encargará de la readecuación de los mismos? si está dentro de la responsabilidad del contratista, en que item deberá cotizarse el mismo? 21-04-2020 27-04-2020
10 liberacion franja de dominio en la visita al sitio de obra del LOTE 01, se constató que para ejecutar el ensanchamiento de la calzada según proyecto deberá expropiarse pedazos de varios terrenos. el MOPC garantizará la liberación y despeje total de la zona de obra? 21-04-2020 27-04-2020
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