Se aclara que se deberá prever 50 Horas de Soporte/Servicio por cada uno de los equipos ofertado.
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Item 1: Certificaciones
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar opcional el requisito de ISO 13485:2016, ya que el mismo limita el número de oferentes que podrían presentarse, siendo suficiente cumplir con los ISOs 14001:2015 y 9001:2015 para garantizar la calidad de los equipos.
Solicitamos respetuosamente a la convocante considerar opcional el requisito de ISO 13485:2016, ya que el mismo limita el número de oferentes que podrían presentarse, siendo suficiente cumplir con los ISOs 14001:2015 y 9001:2015 para garantizar la calidad de los equipos.
Se aclara que este punto es indispensable debido a que los Servidores serán usados en Hospitales, esta es una Certificación de Carácter Global a nivel mundial y no es exclusiva de ninguna marca y la cumplen varias Empresas/Marcas proveedoras de Equipos Servidores en el mundo utilizadas en entornos médicos. Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Item 1:Almacenamiento Interno
Donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 256G NVMe PCIe3 x4 M.2 22x80mm y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional.", solicitamos respetuosamente aceptar discos M.2 SATA tradicionales o bien discos NVMe de 2.5 ya que de esta forma pueden ofrecerse los mismos niveles de rendimiento y a la vez permitir la participación de un mayor número de oferentes.
Donde dice "El equipo deberá contar con 2 discos SSD M.2 256G NVMe PCIe3 x4 M.2 22x80mm y para futuras ampliaciones 1(una) ranura M.2 adicional.", solicitamos respetuosamente aceptar discos M.2 SATA tradicionales o bien discos NVMe de 2.5 ya que de esta forma pueden ofrecerse los mismos niveles de rendimiento y a la vez permitir la participación de un mayor número de oferentes.
En el Item 1, en "Fuente de alimentación y Herramienta de administración de consumo eléctrico", solicitamos se acepten fuentes de alimentación de 770w, las cuales proveen para fines prácticos la misma eficiencia que las de 800w con el beneficio agregado de consumir menos energia.
En el Item 1, en "Fuente de alimentación y Herramienta de administración de consumo eléctrico", solicitamos se acepten fuentes de alimentación de 770w, las cuales proveen para fines prácticos la misma eficiencia que las de 800w con el beneficio agregado de consumir menos energia.
Se aclara que lo solicitado en las Especificaciones Técnicas son características mínimas, el oferente puede cotizar equipos superiores a lo solicitado. Ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Consulta 2
Consulta 2: En el Item 1, en "Servicios", favor aclarar si deben proveerse 50 horas de servicios por cada uno de los 70 equipos o sería el total.
Se aclara que se deberá prever 50 Horas de Soporte/Servicio por cada uno de los equipos ofertado.
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EN LA SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN / (B) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA
EN LA SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN / (B) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA, MENCIONA LO SIGUIENTE:
“El oferente deberá contar con al menos 20 (veinte) provisiones de Equipos Servidores en el periodo de los últimos 3 años (2017-2018-2019), deberá demostrarse con la cantidad necesaria de Contratos y/o Facturas, las provisiones podrán ser de hasta un equipo por vez hasta sumar la cantidad mínima de 20 equipos Servidores”
Solicitamos a la convocante ampliar el periodo de experiencia a los últimos 5 años (2015-2016-2017-2018-2019), con esto se estaría brindando apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 ‘’De Contrataciones Públicas’’.
29-05-2020
19-06-2020
EN LA SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN / (B) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA
EN LA SECCIÓN II. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y REQUISITOS DE CALIFICACIÓN / (B) EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA, MENCIONA LO SIGUIENTE:
“El oferente deberá contar con al menos 20 (veinte) provisiones de Equipos Servidores en el periodo de los últimos 3 años (2017-2018-2019), deberá demostrarse con la cantidad necesaria de Contratos y/o Facturas, las provisiones podrán ser de hasta un equipo por vez hasta sumar la cantidad mínima de 20 equipos Servidores”
Solicitamos a la convocante ampliar el periodo de experiencia a los últimos 5 años (2015-2016-2017-2018-2019), con esto se estaría brindando apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir la actividad licitatoria del Estado, consagrado en el inciso b) del artículo 4° de la Ley 2051/2003 ‘’De Contrataciones Públicas’’.
SECCIÓN II. Criterios de evaluación y requisitos de calificación / Experiencia y Capacidad Técnica
SECCIÓN II. Criterios de evaluación y requisitos de calificación / Experiencia y Capacidad Técnica:
“El oferente deberá contar con al menos 20 (veinte) provisiones de Equipos Servidores en el periodo de los últimos 3 años (2017-2018-2019), deberá demostrarse con la cantidad necesaria de Contratos y/o Facturas, las provisiones podrán ser de hasta un equipo por vez hasta sumar la cantidad mínima de 20 equipos Servidores”
Solicitamos amablemente a la convocante disminuir la cantidad de provisiones a un mínimo de 15 equipos servidores, permitiendo así la participación de potenciales oferentes y cumpliendo con el Principio de Igualdad y Libre Competencia del inciso b) del artículo 4 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
29-05-2020
19-06-2020
SECCIÓN II. Criterios de evaluación y requisitos de calificación / Experiencia y Capacidad Técnica
SECCIÓN II. Criterios de evaluación y requisitos de calificación / Experiencia y Capacidad Técnica:
“El oferente deberá contar con al menos 20 (veinte) provisiones de Equipos Servidores en el periodo de los últimos 3 años (2017-2018-2019), deberá demostrarse con la cantidad necesaria de Contratos y/o Facturas, las provisiones podrán ser de hasta un equipo por vez hasta sumar la cantidad mínima de 20 equipos Servidores”
Solicitamos amablemente a la convocante disminuir la cantidad de provisiones a un mínimo de 15 equipos servidores, permitiendo así la participación de potenciales oferentes y cumpliendo con el Principio de Igualdad y Libre Competencia del inciso b) del artículo 4 de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Solicitamos amablemente que sean considerado como opcional el soporte para un tercer puerto M.2, ya que dicho requisito (además de otro punto del pliego) sólo lo cumple la marca SuperMicro en sus servidores (ya que son los únicos que cuentan con la capacidad de agregar el tercer slot M.2); haciendo así que únicamente pueda presentarse una sola marca al llamado, y dejando opcional el punto solicitado, se estaría brindado apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
Solicitamos amablemente que sean considerado como opcional el soporte para un tercer puerto M.2, ya que dicho requisito (además de otro punto del pliego) sólo lo cumple la marca SuperMicro en sus servidores (ya que son los únicos que cuentan con la capacidad de agregar el tercer slot M.2); haciendo así que únicamente pueda presentarse una sola marca al llamado, y dejando opcional el punto solicitado, se estaría brindado apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
Solicitamos amablemente que el estándar ISO 13485:2016 sea considerado como opcional, ya que el mismo es aplicado a los dispositivos y servicios médicos, no a equipos de Tecnología de la Información; además de eso, sólo la marca SuperMicro es la que cuenta con este estándar, haciéndolo así única marca que cumple con el requerimiento de este ISO (en conjunto con el soporte a futuro de un tercer slot M.2 en el equipo), y haciéndolo opcional como lo estamos solicitando, se estaría brindado apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
Solicitamos amablemente que el estándar ISO 13485:2016 sea considerado como opcional, ya que el mismo es aplicado a los dispositivos y servicios médicos, no a equipos de Tecnología de la Información; además de eso, sólo la marca SuperMicro es la que cuenta con este estándar, haciéndolo así única marca que cumple con el requerimiento de este ISO (en conjunto con el soporte a futuro de un tercer slot M.2 en el equipo), y haciéndolo opcional como lo estamos solicitando, se estaría brindado apertura a la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con las leyes de libre participación de oferentes de Contrataciones Públicas.
En el pliego de bases y condiciones, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, indican:
En el pliego de bases y condiciones, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, indican:
ISO 13485:2016 – Exigido
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este requerimiento sea considerado como OPCIONAL ya que el mismo está dirigido para “EQUIPOS MEDICOS” por lo cual esto técnicamente no afectara al funcionamiento de los SERVIDORES DE COMPUTO solicitados, tampoco se puede considerar de relevancia técnica que los servidores funcionaran dentro de los hospitales ya que los mismos no dependen del lugar en que se encuentren alojados para el correcto funcionamiento de los mismos como los solicitados en el presente llamado, por ende consideramos que la calidad del producto ofertado no puede estar sujeto a esta ISO específica, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante, más aun considerando que los 3 principales fabricantes a nivel mundial de este tipo de equipamientos se basan en estándares ISO de calidad y funcionamiento general para el cual están diseñados y no en una ISO que esta basada para EQUIPOS MEDICOS. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.
31-05-2020
19-06-2020
En el pliego de bases y condiciones, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, indican:
En el pliego de bases y condiciones, SECCIÓN III. SUMINISTROS REQUERIDOS, ítem 1 servidor, indican:
ISO 13485:2016 – Exigido
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este requerimiento sea considerado como OPCIONAL ya que el mismo está dirigido para “EQUIPOS MEDICOS” por lo cual esto técnicamente no afectara al funcionamiento de los SERVIDORES DE COMPUTO solicitados, tampoco se puede considerar de relevancia técnica que los servidores funcionaran dentro de los hospitales ya que los mismos no dependen del lugar en que se encuentren alojados para el correcto funcionamiento de los mismos como los solicitados en el presente llamado, por ende consideramos que la calidad del producto ofertado no puede estar sujeto a esta ISO específica, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante, más aun considerando que los 3 principales fabricantes a nivel mundial de este tipo de equipamientos se basan en estándares ISO de calidad y funcionamiento general para el cual están diseñados y no en una ISO que esta basada para EQUIPOS MEDICOS. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante.