El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
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LOTE 1: CUBIERTAS PARA CAMIONETAS Y CAMIONES |
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Ítem |
Descripción |
Unidad de Medida |
Presentación |
CANTIDAD |
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1 |
CUBIERTA 165/70 R13 4 TELAS COMO MINIMO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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2 |
CUBIERTA 175/70 R13 4 TELAS COMO MINIMO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
3 |
CUBIERTA 175/70 R14 4 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
4 |
CUBIERTA 185/70 R14 4 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
5 |
CUBIERTA 215/75 R15 ATR DE 6 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
6 |
CUBIERTA 225/60 R17 DE 4 TELAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
7 |
CUBIERTA 235/60 R18 6 TELAS COMO MINIMO |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
8 |
CUBIERTA 245/70 R16 PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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9 |
CUBIERTA 265/70 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
10 |
CUBIERTA 215/60 R17 DE 4 TELAS COMO MINIMO SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
11 |
CUBIERTA 215/80 R16 AT DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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12 |
CUBIERTA 225/75 R15 DE 8 TELAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
13 |
CUBIERTA 235/85 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
14 |
CUBIERTA 265/65 R17 PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
15 |
CUBIERTA 750x16 CON GUIA AGRICOLA DELANTERA DE 10 TELAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
16 |
CUBIERTA SEMI PANTANERA 750-16 DE 12 TELAS, CONVENCIONAL PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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17 |
CUBIERTA LISA 750-16 DE 12 TELAS, CONVENCIONAL PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
18 |
CUBIERTA LISA 750-16 PARA MICROBUS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
19 |
CUBIERTA LISA 1000-20 DE 16 TELAS PARA CAMION |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
20 |
CUBIERTA LISA CAMIONETA 255/75 R15 SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
21 |
CUBIERTA SEMI-PANTANERA 1000-20 DE 16 TELAS PARA CAMION |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
22 |
CUBIERTA STANDARD 225/75 R15 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA A/T |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
23 |
CUBIERTA 225/65 R17 DE 4 TELAS SEMIPANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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24 |
CUBIERTA 255/70 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
25 |
CUBIERTA 235/80 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
26 |
CUBIERTA 215/70 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
27 |
CUBIERTA 245/65 R17 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
28 |
CUBIERTA 245/75 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
29 |
CUBIERTA 205/55 R16 PARA AUTOMÓVIL |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
30 |
CUBIERTA 265/75 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA SEMI PANTANERA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
31 |
CUBIERTA PARA TRACTOR 13-4 -24 DE 10 TELAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
32 |
CUBIERTA TRASERA PARA TRACTOR 18,4-34 DE 6 TELAS |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
33 |
CUBIERTA 215/85 R16 DE 8 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
34 |
CUBIERTA 235/60 R18 DE 6 TELAS PARA CAMIONETA |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
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LOTE 2: CUBIERTAS PARA MOTOCICLETAS |
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1 |
CUBIERTA RUEDA DELANTERA 90/90-19 |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
2 |
CUBIERTA RUEDA TRASERA 110/90-17 |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
3 |
CAMARA DELANTERA 90/90-19 |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
|
4 |
CAMARA TRASERA 110/90-17 |
UNIDAD |
UNIDAD |
1 |
Las especificaciones técnicas establecen las condiciones que deben satisfacer con respecto a las cubiertas para uso en automóviles, camionetas y motos de la Institución. Debe considerarse la utilización de los vehículos con cargas, por carreteras y autopistas en suelos medianamente agresivos, manteniendo buena adherencia y con gran resistencia a impactos y cortes, con velocidad media alta.
Las especificaciones son mínimas y son de cumplimiento obligatorio pues se tiene en cuenta los tipos de camino que utilizan los vehículos de la Institución y factores climáticos de nuestro país. La velocidad máxima permitida en nuestras rutas de acuerdo al tipo de vehículo como así la carga permitida.
Los productos ofertados deberán ser de origen Mercosur.
La fecha de fabricación deberá estar estampada en el flanco del neumático, y no deberá ser superior a los doce (12) meses anteriores a la fecha de la oferta.
Las marcas ofertadas deberán contar mínimamente con una certificación internacional de calidad.
Garantía de 6 (seis) meses, en caso de defectos de fábrica, el oferente adjudicado deberá reponer el bien dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes de haber recibido el reclamo pertinente; y si no lo hiciera, la Convocante adoptará las medidas que correspondan, sin perjuicio de que la misma constituya causal de rescisión de CONTRATO.
· Todas las cubiertas a ser ofertadas y provistas deberán ser nuevas, no se aceptan cubiertas usadas, remanufacturadas ni recauchutadas.
· Los servicios de colocación, alineación computarizada, balanceo, cambio de válvulas y calibración con nitrógeno debe estar incluido en el precio ofertado.
· El oferente deberá tener mínimamente dos locales (casa central /sucursales) para la atención correspondiente, con las siguientes ubicaciones:
- Asunción: radio de 12 km calculados desde la central del MAG (Yegros N° 437 e/ 25 de Mayo y Cerro Corá) Deberá presentar croquis de la ubicación del local.
- San Lorenzo: radio de 12 Km calculados desde las dependencias principales del MAG (KM 10.5 San Lorenzo). Deberá presentar croquis de la ubicación del local.
- Se requiere que mínimamente cada local cuente con por lo menos 2 elevadores. Deberá presentar DDJJ de contar con lo requerido precedentemente.
· La cubierta a ser provista no deberá tener más de un año de fabricación. El proveedor deberá adjuntar toda la documentación que avale dicha garantía al momento de la entregas.
· El proveedor responderá con el cambio de la cubierta en caso de detectarse fallas de fabricación.
· Todas las cubiertas para autos y camionetas deben ser del tipo RADIAL.
· Lo expuesto precedentemente deberá ser demostrado por el oferente por medio de catálogos, constancias el fabricante, etc.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
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PARA LOTES 1 Y 2 |
COMO SE DETALLA EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS.- |
COMO SE DETALLA EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS.- |
COMO SE DETALLA EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS.- |
Pdte. Franco, Esquina Alberdi. Asunción, Paraguay. Tel.: 021-447-736
LAS CANTIDADES SERAN DEFINIDAS EN LA ORDEN DE COMPRA DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE LA INSTITUCION.- |
Las cantidades a ser entregadas, será de acuerdo a la necesidades del Administrador del contrato, la misma se establecerá en la orden de compra la cual será remitida por el Administrador donde el proveedor tendrá un plazo de 10 días para le entrega de los mismo. Las entregas se realizaran de lunes a viernes en horario de 07:00 hs. a 15:00 hs. previo acuerdo entre las partes. |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
DE ACUERDO A COMO SE ESTABLECEN EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.-
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
A la entrega final de los bienes, se verificara que los mismos coincidan con lo adjudicado en cuanto a marca, presentación y especificaciones técnicas. En caso de observarse algún defecto, o discrepancia entre lo adjudicado y lo entregado se podrá rechazar y exigir el cambio de los suministros defectuosos o que no cumplan con las especificaciones técnicas.-
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
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Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
De acuerdo a la necesidad por ser un Contrato Abierto.- |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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