En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, 6.1 A ser presentado por el oferente, 6.1.3, se solicita:
"Se deberá presentar un certificado original emitido por el fabricante de los equipos y el Software indicando la autorización vigente al oferente para la distribución de sus productos en Paraguay."
Al respecto, solicitamos a la convocante, que sea aceptada Carta de autorización firmada por el fabricante de los equipos y software ofertado, indicando la autorización vigente al oferente de comercializar sus productos en Paraguay y respaldando este concurso; con lo solicitado se podrá disponer de más oferentes, de lo contrario, de mantenerse las condiciones actuales del llamado los únicos que podrán participar son los representantes de la marca y no los integradores de los equipos/softwares, lo cuales también poseen experiencia en soluciones similares, por lo que la Convocante de igual forma tendrá cubierta sus necesidades. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, 6.1 A ser presentado por el oferente, 6.1.3, se solicita:
"Se deberá presentar un certificado original emitido por el fabricante de los equipos y el Software indicando la autorización vigente al oferente para la distribución de sus productos en Paraguay."
Al respecto, solicitamos a la convocante, que sea aceptada Carta de autorización firmada por el fabricante de los equipos y software ofertado, indicando la autorización vigente al oferente de comercializar sus productos en Paraguay y respaldando este concurso; con lo solicitado se podrá disponer de más oferentes, de lo contrario, de mantenerse las condiciones actuales del llamado los únicos que podrán participar son los representantes de la marca y no los integradores de los equipos/softwares, lo cuales también poseen experiencia en soluciones similares, por lo que la Convocante de igual forma tendrá cubierta sus necesidades. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto,sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 28.
32
Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.13, se solicita:
"VGA, cumplimiento obligatorio."
Al respecto, solicitamos a la convocante, que sea opcional el punto requerido de contar con puerto VGA, ya que el mismo no es un estándar en la industria de videowalls y tampoco tendrá uso en este proyecto. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.13, se solicita:
"VGA, cumplimiento obligatorio."
Al respecto, solicitamos a la convocante, que sea opcional el punto requerido de contar con puerto VGA, ya que el mismo no es un estándar en la industria de videowalls y tampoco tendrá uso en este proyecto. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto,sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 12.
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Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.18, se solicita:
"MULTIPLEXOR, cumplimiento opcional."
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante, la aclaración acerca de que función debe cumplir el equipo, si, es de carácter opcional añadir uno si la propia pantalla videowall ya cuenta con la función de interconexión para lograr una única imagen grande con fuente de entrada del pc hdmi (función de un multiplexor).
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.18, se solicita:
"MULTIPLEXOR, cumplimiento opcional."
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante, la aclaración acerca de que función debe cumplir el equipo, si, es de carácter opcional añadir uno si la propia pantalla videowall ya cuenta con la función de interconexión para lograr una única imagen grande con fuente de entrada del pc hdmi (función de un multiplexor).
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 13.
34
Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.4, se solicita:
"RELACION DE CONTRASTE, 1300:1."
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptados equipos con un ratio de contraste superior al establecido, considerando que esa limitante es propia de paneles como por ejemplo IPS y los cuales no representan un estándar en la industria. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.4, se solicita:
"RELACION DE CONTRASTE, 1300:1."
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptados equipos con un ratio de contraste superior al establecido, considerando que esa limitante es propia de paneles como por ejemplo IPS y los cuales no representan un estándar en la industria. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 14.
35
Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.11 se solicita:
"DIAGONAL DE PANTALLA ACTIVA: 49”"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptadas pantallas de otras pulgadas (ejemplo de 46" a 55") considerando que 49" no es un estándar del mercado y mediante ese requerimiento se limita la libre competencia solicitando un tamaño propio de puntuales marcas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.11 se solicita:
"DIAGONAL DE PANTALLA ACTIVA: 49”"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptadas pantallas de otras pulgadas (ejemplo de 46" a 55") considerando que 49" no es un estándar del mercado y mediante ese requerimiento se limita la libre competencia solicitando un tamaño propio de puntuales marcas. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 15.
36
Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.6 se solicita:
"COLORES, 10 bit- 1.07 billones colores"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptadas equipos con un nivel de contraste mínimo de 8 bits 16.7M de colores, esto teniendo en cuenta que lo solicitado hace referencia principalmente a la utilización de paneles del tipo IPS y el cual no es un estándar en la industria para la utilización de displays profesionales videowall. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.6 se solicita:
"COLORES, 10 bit- 1.07 billones colores"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante sean aceptadas equipos con un nivel de contraste mínimo de 8 bits 16.7M de colores, esto teniendo en cuenta que lo solicitado hace referencia principalmente a la utilización de paneles del tipo IPS y el cual no es un estándar en la industria para la utilización de displays profesionales videowall. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 16.
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Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 5 RECONOCIMIENTO (SURVEY) DE LOS SITIOS, ser presentado por el oferente, 5.5 se solicita:
"De manera de asegurar la compatibilidad total del sistema ofertado con las Aplicaciones y bases de Datos del Sistema SCADA, se dispone en las oficinas de ANDE, información técnica adicional que podrá ser consultada por los oferentes"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si nos referimos a compatibilidad con el sistema SCADA, ¿eso implica algún tipo de integración a nivel de software o solamente a mostrar el contenido de la PC del operador? Se deberían presentar todos los puntos requeridos y de integración en las especificaciones del llamado público, para un mejor análisis para la presentación de oferta, lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajusta a las necesidades de la Convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 5 RECONOCIMIENTO (SURVEY) DE LOS SITIOS, ser presentado por el oferente, 5.5 se solicita:
"De manera de asegurar la compatibilidad total del sistema ofertado con las Aplicaciones y bases de Datos del Sistema SCADA, se dispone en las oficinas de ANDE, información técnica adicional que podrá ser consultada por los oferentes"
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si nos referimos a compatibilidad con el sistema SCADA, ¿eso implica algún tipo de integración a nivel de software o solamente a mostrar el contenido de la PC del operador? Se deberían presentar todos los puntos requeridos y de integración en las especificaciones del llamado público, para un mejor análisis para la presentación de oferta, lo solicitado se cursa a los efectos de presentar una oferta que se ajusta a las necesidades de la Convocante.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 18.
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Experiencia y capacidad técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.17, se solicita:
"Condiciones de funcionamiento, Humedad, 20 a 85 % sin condensación."
Al respecto, solicitamos sean aceptados equipos con un rango de operación en humedad de también el 80% el cual es suficiente para este uso. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones ESPECIFICACION TECNICA DTE/ISC/08/2020, SISTEMA DE PROYECCION PARA CENTRO DE CONTROL, 6 DOCUMENTOS E INFORMACIONES TECNICAS, Panilla de datos Garantizados A ser presentado por el oferente, 3.2.17, se solicita:
"Condiciones de funcionamiento, Humedad, 20 a 85 % sin condensación."
Al respecto, solicitamos sean aceptados equipos con un rango de operación en humedad de también el 80% el cual es suficiente para este uso. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 21.
39
Sistema de Proyección para Centros de Control
Para los monitores del Sistema de Proyección para Centros de Control, solicitamos a la ANDE que sean aceptados equipos con un rango de humedad de 20 a 80% RH sin condensación. Este es un valor estándar y como el sistema de proyección de video wall será instalado dentro de la casa de control de las subestaciones, siendo este un ambiente controlado, no se vera afectado el equipo ni su rendimiento.
Para los monitores del Sistema de Proyección para Centros de Control, solicitamos a la ANDE que sean aceptados equipos con un rango de humedad de 20 a 80% RH sin condensación. Este es un valor estándar y como el sistema de proyección de video wall será instalado dentro de la casa de control de las subestaciones, siendo este un ambiente controlado, no se vera afectado el equipo ni su rendimiento.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 21.
40
Monitor del Lote 1
Para el lote 1 Sistema de Proyección para Centros de Control, la ANDE aceptará equipos con una relación de contraste mayor a la solicitada en las especificaciones técnicas? Aceptando esto la ANDE podrá contar con equipos de mayores prestaciones en cuanto a relación de contraste, siendo posible instalar el equipo en un lugar de mucha luz sin verse afectada la imagen, como también una mayor capacidad del monitor de mostrar colores mas oscuros y mas claros conforme la necesidad.
Para el lote 1 Sistema de Proyección para Centros de Control, la ANDE aceptará equipos con una relación de contraste mayor a la solicitada en las especificaciones técnicas? Aceptando esto la ANDE podrá contar con equipos de mayores prestaciones en cuanto a relación de contraste, siendo posible instalar el equipo en un lugar de mucha luz sin verse afectada la imagen, como también una mayor capacidad del monitor de mostrar colores mas oscuros y mas claros conforme la necesidad.