En el portal SICP, Nro. De consulta 8, respuesta, indican lo siguiente:
Sírvanse considerar para la elaboración de su oferta que el ítem. 3.2.2.7, se refiere a la capacidad de memoria soportada por cada procesador.
Se aclara que las características presentadas en la presente EETT son las mínimas requeridas, pudiendo ser ofertado equipos con características superiores.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados procesadores que soporten hasta 1TB de memoria RAM por cada procesador instalado fundamentando dicho requerimiento en que la convocante ha utilizado para sus costos referenciales en el presente ítem, servidores presupuestados por potenciales oferentes con PROCESADORES técnicamente muy inferiores en cuanto a capacidad y categoría técnica en la calificación por parte del propio fabricante INTEL, pudiéndose visualizar en la documentación publicada por la convocante “estimación de costos” el detalle de los procesadores que varían bastante en cuanto a lo requerido en el pliego.
En el Dictamen UOC/ANDE/ N° 213/2020, se puede la propuesta de las siguientes firmas:
a) AESA el procesador INTEL XEON GOLD 5218 (2.3 GHz 16 Cores),
b) COMPUSAVER indica el procesador INTEL XEON GOLD 6132 (2.6 GHz 14 Cores),
c) TEISA indica el procesador INTEL XEON SILVER 4214 (2.2 GHz 12 Cores),
d) del mismo modo, se observa el Contrato N° 007/2020 suscripto entre la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES (FACEN) y la firma DATALAB S.A. donde claramente se puede visualizar el procesador con (2.1 GHz 8 cores).
Los procesadores mencionados anteriormente y que han sido utilizados por la Convocante para fijar el precio referencial en el llamado que nos concierne, poseen prestaciones técnicas muy inferiores al procesador INTEL XEON PLATINUM que la Convocante solicita para este llamado y en consecuencia, también los precios de los procesadores utilizados como referencial se encuentran muy por debajo de los precios de mercado para la categoría requerida (INTEL XEON PLATINUM).
Es así que no se entiende cómo es posible que la Convocante esté solicitando un producto muy superior (en prestaciones técnicas y precio) a los referenciales anteriormente mencionados. Por lo expuesto, se solicita a la convocante readecuar el precio referencial para el LOTE N° 2 SERVIDORES, a fin de que el mismo se ajuste a los precios del mercado actual o en su defecto modifique las características de los procesadores solicitados en la presente licitación, para que las mismas se adecuen al precio referencial elaborado por la convocante, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
01-10-2020
07-10-2020
En el portal SICP, Nro. De consulta 8, respuesta, indican lo siguiente:
Sírvanse considerar para la elaboración de su oferta que el ítem. 3.2.2.7, se refiere a la capacidad de memoria soportada por cada procesador.
Se aclara que las características presentadas en la presente EETT son las mínimas requeridas, pudiendo ser ofertado equipos con características superiores.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que puedan ser aceptados procesadores que soporten hasta 1TB de memoria RAM por cada procesador instalado fundamentando dicho requerimiento en que la convocante ha utilizado para sus costos referenciales en el presente ítem, servidores presupuestados por potenciales oferentes con PROCESADORES técnicamente muy inferiores en cuanto a capacidad y categoría técnica en la calificación por parte del propio fabricante INTEL, pudiéndose visualizar en la documentación publicada por la convocante “estimación de costos” el detalle de los procesadores que varían bastante en cuanto a lo requerido en el pliego.
En el Dictamen UOC/ANDE/ N° 213/2020, se puede la propuesta de las siguientes firmas:
a) AESA el procesador INTEL XEON GOLD 5218 (2.3 GHz 16 Cores),
b) COMPUSAVER indica el procesador INTEL XEON GOLD 6132 (2.6 GHz 14 Cores),
c) TEISA indica el procesador INTEL XEON SILVER 4214 (2.2 GHz 12 Cores),
d) del mismo modo, se observa el Contrato N° 007/2020 suscripto entre la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES (FACEN) y la firma DATALAB S.A. donde claramente se puede visualizar el procesador con (2.1 GHz 8 cores).
Los procesadores mencionados anteriormente y que han sido utilizados por la Convocante para fijar el precio referencial en el llamado que nos concierne, poseen prestaciones técnicas muy inferiores al procesador INTEL XEON PLATINUM que la Convocante solicita para este llamado y en consecuencia, también los precios de los procesadores utilizados como referencial se encuentran muy por debajo de los precios de mercado para la categoría requerida (INTEL XEON PLATINUM).
Es así que no se entiende cómo es posible que la Convocante esté solicitando un producto muy superior (en prestaciones técnicas y precio) a los referenciales anteriormente mencionados. Por lo expuesto, se solicita a la convocante readecuar el precio referencial para el LOTE N° 2 SERVIDORES, a fin de que el mismo se ajuste a los precios del mercado actual o en su defecto modifique las características de los procesadores solicitados en la presente licitación, para que las mismas se adecuen al precio referencial elaborado por la convocante, de esta manera se permitirá la mayor participación de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 56.
62
Video Wall , Lote 1- Punto 3.2.13:
Solicitamos sea opcional el punto requerido de contar con puerto VGA el cual no es un estándar en la industria de videowalls y tampoco tendrá uso en este proyecto.
Solicitamos sea opcional el punto requerido de contar con puerto VGA el cual no es un estándar en la industria de videowalls y tampoco tendrá uso en este proyecto.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 12.
63
Video Wall , Lote 1:
A que se refieren con equipo multiplexor? Que función debe cumplir el equipo y es de carácter opcional añadir uno si la propia pantalla videowall ya cuenta con la función de interconexión para lograr una única imagen grande con fuente de entrada del pc hdmi?
A que se refieren con equipo multiplexor? Que función debe cumplir el equipo y es de carácter opcional añadir uno si la propia pantalla videowall ya cuenta con la función de interconexión para lograr una única imagen grande con fuente de entrada del pc hdmi?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 13.
64
Video Wall , Lote 1: Punto 3.2.4 del Item 3:
Solicitamos respetuosamente a la convocante que en el ítem 3 se puedan aceptar pantallas de otras tamaños (de 46" a 55") considerando que 49" no es un estándar del mercado y mediante ese requerimiento se limita la libre competencia solicitando un tamaño propio de puntuales marcas.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que en el ítem 3 se puedan aceptar pantallas de otras tamaños (de 46" a 55") considerando que 49" no es un estándar del mercado y mediante ese requerimiento se limita la libre competencia solicitando un tamaño propio de puntuales marcas.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 15.
65
Video Wall , Lote 1- Punto 3.2.6:
Solicitamos a la convocante sean aceptados equipos con un nivel de contraste mínimo de 8 bits 16.7M de colores, esto teniendo en cuenta que lo solicitado hace referencia principalmente a la utilización de paneles del tipo IPS y el cual no es un estándar en la industria para la utilización de displays profesionales videowall.
Solicitamos a la convocante sean aceptados equipos con un nivel de contraste mínimo de 8 bits 16.7M de colores, esto teniendo en cuenta que lo solicitado hace referencia principalmente a la utilización de paneles del tipo IPS y el cual no es un estándar en la industria para la utilización de displays profesionales videowall.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 13.
67
Video Wall , Lote 1:Item 3:
Nos referimos a compatibilidad con el sistema SCADA eso implica algún tipo de integración a nivel de software o solamente a mostrar el contenido de la PC del operador? Se deberían presentar todos los puntos requeridos y de integración en las especificaciones del llamado publico.
Nos referimos a compatibilidad con el sistema SCADA eso implica algún tipo de integración a nivel de software o solamente a mostrar el contenido de la PC del operador? Se deberían presentar todos los puntos requeridos y de integración en las especificaciones del llamado publico.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta la respuesta de la consulta 21.
70
Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas/LOTE Nº 3/nro 1
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS/ Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas/LOTE Nº 3/nro 1
“Humedad 8 a 85 % sin condensación”.
En item Workstations, se solicitan “Humedad 8 a 85 % sin condensación”. Sugerimos a la convocante sea aceptado “Humedad 10 a 85 % sin condensación”, considerando que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas.
01-10-2020
07-10-2020
Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas/LOTE Nº 3/nro 1
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS/ Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas/LOTE Nº 3/nro 1
“Humedad 8 a 85 % sin condensación”.
En item Workstations, se solicitan “Humedad 8 a 85 % sin condensación”. Sugerimos a la convocante sea aceptado “Humedad 10 a 85 % sin condensación”, considerando que la diferencia es ínfima y de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas.