Consulta:
En el marco del llamado (ID.: 377.860) tengo algunas dudas y solicito muy respetuosamente su aclaración.
En la Ley 6355/19, Art. 1° (2)(a), se establece la constancia de declaración jurada de bienes será requisito para la presentación de ofertas en los procesos de contrataciones públicas. Sin embargo, el apartado B3 del PBC, no se hace mención a la constancia y dice directamente “presentar la declaración jurada ante la Contraloría”.
1. ¿Debemos presentar con la oferta una copia de la constancia de declaración o la declaración en sí?