Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación. Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación Numeral 8. Experiencia Requerida. Sobre el punto solicitamos que tengan a bien ampliar el espectro de entidades donde los oferentes hayan prestado servicios de seguridad y vigilancia para acreditar esta experiencia, extendiéndola asimismo a entidades financieras y/o entidades cooperativas. Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación de servicios de vigilancia o custodia en entidades bancarias o afines, demostrada con la presentación de contrato/s ejecutado/s, y/o facturas, y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en el Ítem N° 1 de la presente licitación, de los años 2017 al 2019. La experiencia que se adquiere al prestar servicios custodia a entes bancarios, cooperativas o financieras es la misma, puesto que las complejidades y particularidades de una y otra entidad son similares. Esta solicitud se realiza para lograr participación de mayor cantidad de empresas oferentes a la Convocatoria. Numeral 8.1, inciso “b”. Sobre el punto solicitamos que tengan a bien ampliar el espectro de entidades donde los oferentes hayan prestado servicios de seguridad y vigilancia para acreditar esta experiencia, extendiéndola asimismo a entidades financieras y/o entidades cooperativas. Fotocopia simple contrato/s ejecutado/s, y/o facturas, y/o recepciones finales, de prestación de servicios de vigilancia o custodia en entidades bancarias o afines, en el periodo comprendido entre los años 2017 a 2019, cuyos montos sumados representen un monto igual o superior al 50% del monto total ofertado en el Ítem N° 1 de la presente licitación. Podrán presentarse la cantidad de fotocopia/s de contrato/s ejecutado/s con sus facturas correspondientes que fueren necesarias para acreditar el monto solicitado, siempre y cuando dichas prestaciones hayan sido realizadas dentro del periodo mencionado. La experiencia que se adquiere al prestar servicios custodia a entes bancarios, cooperativas o financieras es la misma, puesto que las complejidades y particularidades de una y otra entidad son similares. En cualquiera de los casos, la garantía en la prestación del servicio a favor de la Convocante estaría plenamente asegurada mediante experiencia ante bancos, cooperativas y/o financieras. Esta solicitud se realiza para lograr participación de mayor cantidad de empresas oferentes a la Convocatoria, conforme al Art. 4° de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas. Numeral 9.1, inciso “h”: Consideramos que la exigencia de contar con inmueble dentro de un radio de 4km del Banco es una medida absolutamente restrictiva a la libre concurrencia de potenciales oferentes. No resulta técnicamente imprescindible y solamente limitaría y/o direccionaría el contrato de la presente licitación. Solicitamos se suprima esta exigencia del llamado, nunca antes dispuesta en los pliegos del BCP en este rubro, para así lograr mayor participación de empresas en igualdad de condiciones dentro de la competencia. Numeral 9.1, inciso “n”: Con relación a este punto de la consulta solicitamos la reducción de la cantidad de personal que se requiere con capacitación en el manejo de scanner de rayos x, arcos detectores de metales y espejos de búsqueda de detectores de explosivos de 10 a 4 puesto que no será requerido según las eett la realización de esas tareas (administración de scanner rayos “x”, detectores de metales y espejos para detección de explosivos) de forma simultánea por 10 personales. Aquella cantidad de personal (10), además de no ser necesaria, nuevamente limita la participación de oferente que sí cuenta con personales capacitados para las mencionadas tareas pero no 10, ni menos aún 12. Mediante la modificación propuesta/consultada, darían posibilidad de participación a una mayor cantidad de concursantes, honrando así los principios consagrados en el Art. 4° de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas. Numeral 9.1, inciso “o”: Solicitamos la reducción considerable de la cantidad de cámaras que debe contemplar un sistema de CCTV para acreditar esta experiencia. Nuestra empresa cuenta con amplia experiencia en el manejo y monitoreo de sistemas de circuito cerrado de televisión mediante servicios prestados a entidades públicas y privadas de gran porte y envergadura que no contemplarían sin embargo aquella cantidad de cámaras en sus sistemas de CCTV. En esta condición también se encuentran numerosas empresas del rubro y del sector que se veríamn innecesariamente imposibilitados de participar debido a esta elevada e innecesaria exigencia. Experiencia en manejo y monitoreo de CCTV es un elemento importante para el llamado, pero la exigencia de que aquellos sistemas de CCTV tuvieran un mínimo de 500 cámaras resulta absolutamente innecesaria y limitante a la libre participación. Solicitamos la reformulación de o adecuación de esta exigencia amparados en los Arts. 4 y 20 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas. 04-11-2020 12-11-2020
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