Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Visita Técnica Podrían disponer la realización de una visita técnica al sitio de ejecución del contrato, a fin de poder determinar el costo exacto de la instalación.? 21-09-2020 24-09-2020
2 Plazo de Entrega Solicitamos respetuosamente a la Convocante ampliar el plazo de entrega a 90 días, teniendo en cuenta que los equipos son de potencias importantes y que puedan participar la mayor cantidad de Empresas en la oferta. 21-09-2020 24-09-2020
3 Especificación Técnica Para el Grupo Generador de 500 Kva solicitan vallado perimetral ¿podrían indicar las dimensiones y el tipo de material ya que estos detalles no se mencionan el el PBC? 01-10-2020 06-10-2020
4 *- Porcentaje de Multa En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “Condiciones Contractuales”, Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes. “ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio (0.05%) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes. En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del corriente año, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” 02-10-2020 06-10-2020
5 *-Experiencia Requerida. En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, capítulo Experiencia Requerida, se solicita: “Demostrar la experiencia en montaje de grupos generadores y transformadores para las instituciones públicas y/o privadas, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos tres años (2017, 2018 y 2019).” Al respecto, solicitamos a la Convocante suprimir el requerimiento de la experiencia en montaje de transformadores, considerando que los bienes solicitados en el presente llamado no incluyen transformadores, por lo que dicho requerimiento deviene completamente improcedente y es técnicamente NO indispensable para el objeto del llamado en cuestión. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
6 *-Capacidad Técnica. En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, se solicita que: “La empresa oferente debe contar con el Personal Técnico capacitado para ejecutar los servicios requeridos para la instalación del Grupo Motor Generador y Transformadores. Al respecto solicitamos a la Convocante eliminar el requerimiento del Personal Técnico para la instalación de Transformadores, considerando que los bienes solicitados en el presente llamado no incluyen transformadores, por lo que dicho requerimiento deviene completamente improcedente y es técnicamente NO indispensable para el objeto del llamado en cuestión. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
7 *-Experiencia Requerida. En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, capítulo Experiencia Requerida, se solicita: “Demostrar la experiencia en montaje de grupos generadores y transformadores para las instituciones públicas y/o privadas, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: ultimos tres años (2017, 2018 y 2019).” Al respecto, solicitamos a la Convocante que el requerimiento sea indicado como sigue: “Demostrar la experiencia en montaje de grupos generadores y/o transformadores para las instituciones públicas y/o privadas, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos cuatro años (2016, 2017, 2018 y 2019).” de manera a posibilitar la participación de un mayor número de empresas de nuestro medio, que cuentan con la experiencia y capacidad técnica suficientes en la provisión e implementación de Generadores y/o Transformadores, con esto la Convocante también se asegura la participación de proveedores con una larga trayectoria en el rubro, quedando mejor demostrada la experiencia en el objeto del llamado en cuestión. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
8 *-Capacidad Técnica. En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, se solicita que: “La empresa oferente debe contar con el Personal Técnico capacitado para ejecutar los servicios requeridos para la instalación del Grupo Motor Generador y Transformadores. Contar con un Fiscalizador con título universitario de Ingeniería Electromecánico y/o Electricidad.” Al respecto solicitamos a la Convocante que sea permitida la subcontratación del Profesional con título universitario de Ingeniería Electromecánico y/o Electricidad, de forma a no restringir la participación de un mayor número de oferentes, ya que de este modo la Convocante de igual forma tendrá demostrada la Capacidad Técnica requerida para el presente llamado, además que el hecho de que el profesional sea del staff permanente del oferente, deviene como técnicamente NO indispensable a los efectos de acreditación de la capacidad requerida. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
9 *-Capacidad Técnica. En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, capítulo Capacidad Técnica, se solicita que: “La empresa oferente debe contar con el Personal Técnico capacitado para ejecutar los servicios requeridos para la instalación del Grupo Motor Generador y Transformadores. Contar con un mínimo de 2 (dos) técnicos electricistas que cuenten con constancias de haber culminado satisfactoriamente la especialización de Técnico de Electricidad.” Al respecto solicitamos a la Convocante que sea permitida la subcontratación de los técnicos electricistas, de forma a no restringir la participación de un mayor número de oferentes, ya que de este modo la Convocante de igual forma tendrá demostrada la Capacidad Técnica requerida para el presente llamado, además que el hecho de que los técnicos electricistas sean del staff permanente del oferente, deviene como técnicamente NO indispensable a los efectos de acreditación de la capacidad requerida. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
10 *-Etapas y Plazas - Prórroga. Con relación a los Datos de la Convocatoria, sección de Etapas y Plazos del llamado, se establece: “Fecha límite de Consultas: martes, 06 de octubre de 2020 – 09:00hs” “Fecha de entrega de Ofertas: martes, 13 de octubre de 2020 – 09:00”. Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios de la fecha límite de consultas, y en consecuencia de la fecha de Entrega de Ofertas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 02-10-2020 06-10-2020
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