El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem | Especificaciones Técnicas | |||||||
1 | TIPO DE SERVICIO | Contenedor y expendio de GAS LIQUADO DE PETROLEO (GLP) para EE.SS. | ||||||
2 | TANQUE RESERVORIO VERTICAL | Código de diseño/fabricación: ASME sección VIII división 1 o AdMerkblatter | ||||||
3 | VOLUMEN | 7 (siete) m3 | ||||||
4 | PRESION DE DISEÑO | 17,6 Kg/cm2 | ||||||
5 | PRESION DE PRUEBA | 23 Kg/cm2 | ||||||
6 | TEMPERATURA DE DISEÑO | (-) 20° C a 150° C. | ||||||
7 | MATERIAL DEL TANQUE | Acero al carbono DIN ST 52.3, ASTM A285-C o ASTM A515-70 | ||||||
8 | ESPESOR MINIMO | 6,35 mm | ||||||
9 | RADIOGRAFIADO | Longitudinal 25%, circular 10%. | ||||||
10 | SISTEMAS | De aterramiento para descargas con una pieza para conexión, con sistema de refrigeración, y conexiones del tanque. | ||||||
11 | SOBRE EL CUERPO CILINDRICO DEL TANQUE EN LA PARTE SUPERIOR | 1 (una) válvula de carga | ||||||
1 (uno) nivel flotante con visor | ||||||||
1 (uno) control de nivel de máximo llenado (85%) | ||||||||
2 (dos) válvulas de seguridad de 1" y 1 1/4" que actúa cuando la presión se incrementa mas allá del limite establecido disipando el exceso de presión. | ||||||||
Válvula de conexión rápida de equilibrio de presión | ||||||||
Manómetro de 4", de "0" a 20 Kg/cm2 para control de la presión | ||||||||
12 | SOBRE EL CUERPO CILINDRICO DEL TANQUE EN LA ZONA INFERIOR | 1 (uno) conexión de salida de liquido de Ø 2" con válvula de exceso de flujo | ||||||
1 (uno) conexión de Ø 3/4" para retorno de producto desde el surtidor con caño pescador, con válvula de exceso de flujo. | ||||||||
1 (uno) conexión de Ø 1/4" para el retorno de producto, desde bypass de la bomba, con caño pescador y con válvula de exceso de flujo. | ||||||||
1 (uno) conexión de Ø 3/4" con tapón para drenaje | ||||||||
13 | PARTE SUPERIOR DEL TANQUE | 2 (dos) válvulas de seguridad de Ø 1" y 1" 1/4, que actúan cuando la presión se incrementa mas allá del limite establecido disipando el exceso de presión. | ||||||
14 | PARTE INFERIOR DEL TANQUE | 1 (uno) Conexión de 3/4 " para retorno de producto desde el surtidor con caño pescador, con válvula para exceso de flujo. | ||||||
1 (uno) conexión de salida de liquido de 2" con válvula de exceso de flujo. | ||||||||
1 (uno) conexión de 1 1/4" para el retorno del producto desde BY-PASS de la bomba, con caño pescador y válvula de exceso de flujo. | ||||||||
1 (uno) conexión de 3/4" con tapón para drenaje. | ||||||||
15 | CAÑOS | Sin costura ASTM A53-B, SCH 40 para accesorios soldables y SCH 80 para accesorios roscables. | ||||||
16 | ACCESORIOS | SCH 40 para soldables, 2000/3000 PSI para roscables. | ||||||
17 | BRIDAS | CLASE 300 | ||||||
18 | PLACA DE IDENTIFICACION: de material AISI 304 de 1,6 mm de espesor mínimo, letras en relieve, con los siguientes datos. | Presión máxima de operación | ||||||
Dimensiones | ||||||||
Cuerpo y cabezales: materiales y espesor | ||||||||
Radiografiado | ||||||||
Presión de diseño | ||||||||
Presión de prueba | ||||||||
Volumen | ||||||||
Peso | ||||||||
Capacidad de producto | ||||||||
Nombre del fabricante | ||||||||
Modelo | ||||||||
Año de fabricación: el tanque debe ser nuevo sin uso, no mayor a un año de fabricación tener la aprobación y certificacion de INTN y/o Certificación del fabricante homologado por INTN y/o certificación Auditora Especializada | ||||||||
Presentar Especificaciones de fabricación del tanque de 7m3 vertical | ||||||||
19 | CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LA BOMBA | Servicio: GLP | ||||||
De turbina regenerativa u opcional a paletas | ||||||||
Motor anti-explosivo de 3 HP mínimo | ||||||||
Presión de trabajo máximo: 17 bar | ||||||||
Presión diferencial máximo: 10 bar | ||||||||
Voltaje: 380 volts, 50 Hz | ||||||||
Conexiones: cañerías de acero al carbono ASTM A53/A106 y flexibles estancos, con selladores en los extremos y cables resistentes a la combustión | ||||||||
Tablero anti-explosivo | ||||||||
20 | CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL SURTIDOR DEL GLP | Tipo del medidor: 4 (cuatro) pistones | ||||||
Presión: +/- 0,5% | ||||||||
Rango del Caudal: 4 a 45 litros/minuto | ||||||||
Temperatura de Operación: -25° C a -55° C | ||||||||
Presión máxima de operación: 18 bar Configuración: 1 (uno) producto, 1 (uno) manguera. | ||||||||
Alimentación eléctrica: 220 volts, 50 Hz | ||||||||
Unidad de control: Electrónica | ||||||||
Display de datos: tipo LCD con iluminación interna, con indicación de total a pagar, volumen cargado y precio unitario, en guaraníes. | ||||||||
Instrucciones de operación del surtidor. | ||||||||
OPCIONAL: con capacidad de conexión al sistema integrado | ||||||||
El surtidor debe contar con certificado de aprobación de modelo por el Organismo Nacional de Metrología, dependiente del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), y según normativas vigentes del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a nombre del Oferente que tiene aprobado este equipo bajo registro del INTN y certificado de registro de fabricación o importador emitido por INTN | ||||||||
21 | CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL MODULO DE CARGA DE GARRAFAS | Modulo de seguridad para carga de garrafas según normativa vigente del MIC y con Certificado de aprobación de Modelo del Organismo Nacional de Metrología, dependiente del INTN, a nombre del Oferente aprobado bajo registro del INTN. Este equipo contará con lo siguiente: | ||||||
GABINETE METALICO | ||||||||
BALANZA CON PINZA DE CORTE AUTIMATICO POR PESO | ||||||||
VALVULA DE BLOQUEO PARA CORTE DE SUMINISTRO DE GLP | ||||||||
SISTEMA DE EXTRACCION FORZADA DE AIRE | ||||||||
SISTEMA DE DETECCION DE MEZCLA EXPLOSIVA | ||||||||
PRESENTAR ESQUEMA/DISEÑO DIMENSIONAL. | ||||||||
22 | CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL SURTIDOR DE GLP COMBINADO CON MODULO DE CARGA DE GARRAFAS | En caso de ofertar el surtidor de GLP con módulo de GLP integrado (maquina combinada) debe cumplir con todos los requisitos del punto Nro 20 y Nro 21. | ||||||
23 | CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL SKID | El chasis, fabricado con perfiles de acero carbono UPN de al menos 100 mm de altura y de 1/4" de espesor; compuesto de 2 largueros y mínimo 4 travesaños. Dimensiones y piezas minimas. | ||||||
2 (dos) placas bases de chapa de acero carbono ASTM A36 de 8 mm de espesor para la base del tanque, con placas de acero carbono de refuerzo contra el tanque (cuna y refuerzo) | ||||||||
Escalera metálica de acero carbono ASTM A53/A106, para acceso a conexiones del tanque | ||||||||
Dimensiones sugeridas: largo 7 metros, ancho 2,5 metros; presentar esquema de diseño dimensional. | ||||||||
Techo: fabricado con estructura metálica, con policarbonato de 6 mm color a definir, como cobertura del surtidor de GLP, montado sobre 2 columnas metálicas, a ser cotizado por m2. | ||||||||
Orejas de izaje de 1", cantidad suficiente para el correcto manipuleo del izaje del/las partes que componen el skid | ||||||||
Presentar esquema/diseño dimensional. | ||||||||
Deberá contar con certificado de aprobación del INTN según modelo a nombre del Oferente | ||||||||
24 | TRATAMIENTO SUPERFICIAL Y APLICACIÓN DE PINTURA: Espesor total del esquema (EPS) 150 micrones - EPS espesor de pintura seca. | El acabado de la superficie debe cumplir con la norma SSPC (steel strutures Piting Council-USA) SP6 Comercial, o Grado Sa 2,5 hasta obtener un perfil de anclaje mínimo de 50-75 µm. Las pinturas solventes a utilizar deberán contar con sus correspondientes certificados de calidad. Todas las pinturas y solventes a utilizar deberán ser del mismo fabricante. No deben estar vencidas. | ||||||
Capa de fondo 80 micrones (EPS): 2 capas de 40 micrones de primer fondo anti oxido epoxi al cromado de zinc (color oxido rojo) | ||||||||
Capa de terminación 70 micrones (EPS): 2 capas de 35 micrones de pintura epoxi brillante color blanco. | ||||||||
Los equipos deberán estar pintados con tonos en contraste: el número de identificación, el logotipo PETROPAR y el rombo de fuego. Sobre las cañerías estarán pintadas flechas indicando el sentido de flujo del producto. | ||||||||
25 | REQUISITOS GENERALES | El equipo deberá ser fabricado conforme a la norma paraguaya NP 16 017 96. | ||||||
El tanque, la bomba, el modulo de carga y el surtidor deberán tener su respectiva placa de identificación especificando todos sus datos tales como: marca, procedencia, detalles constructivos y operativos y sellos de normas certificadas. El SKID ofertado debe contar con certificado de aprobación del modelo por el Organismo Nacional de Metrología, dependiente del INTN y normativas vigentes del MIC a nombre de la empresa contratista. Deberá además cumplir con la resolución N° 134/93 del Ministerio de Industria y Comercio. | ||||||||
26 | INSPECCIONES / VERIFICACIONES | Se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes por parte del Administrador del Contrato, con o sin la participación del Proveedor / Contratista o su representante técnico. El administrador del contrato podrá pedir la verificación de las instalaciones del contratista con el objeto de corroborar los equipos del trabajo que se utilizan para la fabricación, así como también los sitios donde se encuentran instalados los equipos de la marca propuesta. Si se comprobase la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencia o alteraciones de la calidad del trabajo y materiales empleados, PETROPAR notificará por escrito al Proveedor / Contratista dicha irregularidad en la brevedad que le sea posible. El Proveedor / Contratista estará obligado a subsanarlo sustituyendo o modificando cualquier pieza mecánica que sea sometida a uso y conservación adecuada o presente defectos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día de la notificación. Si el Proveedor / Contratista, no subsanara los defectos dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, PETROPAR tomara las medidas necesarias para corregir la situación por cuenta y cargo del Contratista, sin perjuicio de los derechos y acciones que pueda ejercer contra la misma en virtud del Contrato y las leyes vigentes, pudiendo ser causal de rescisión de Contrato por causa imputable al Proveedor / Contratista. La subsanación de los defectos no exime al Contratista de las multas y sanciones previstas en el Contrato. |
||||||
27 | GARANTIA DE INTEGRIDAD MECANICA | Una vez finalizada la entrega el Proveedor / Contratista deberá expedir a PETROPAR, una garantía escrita de integridad mecánica por un periodo mínimo de 10 años por el tanque de GLP, 1 año por la bomba, el módulo de carga y el surtidor de GLP y 6 meses para todos los demás accesorios. La garantía escrita tendrá por finalidad la obligación por parte del Contratista de sustituir o modificar cualquier pieza componente de parte mecánica, eléctrica, hidráulica, etc., que sometida a uso y conservación adecuada, presenten defectos en dicho periodo. Si los trabajos realizados por parte del Proveedor / Contratista sufriesen alguna falla dentro del periodo de garantía, y si la Contratista no subsanase los defectos a satisfacción de PETROPAR, este se reserva el derecho de recurrir a la garantía. |
||||||
28 | RECEPCION | PETROPAR emitirá una Constancia de Recepción Provisoria por la provisión de los equipos y repuestos, al momento de la recepción, al único efecto de certificar la entrega realizada. La constancia contendrá las observaciones que emerjan durante la recepción. La constancia deberá estar firmada por el Administrador del Contrato. Una vez que PETROPAR realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, emitirá un documento que acredita la Recepción Definitiva, dentro de los 20 (veinte) días calendario de emitida la Constancia de Recepción Provisoria, a la aceptación de la última observación especificada en la Recepción Provisoria, la que habilitará al Contratista a solicitar el pago. La constancia deberá estar firmada por el Administrador del Contrato. Junto con la entrega de cada SKID, el Proveedor, deberá elaborar y entregar todos los documentos técnicos de cada equipo en conjunto y sus componentes en carpeta conteniendo fichas y catálogos originales del equipo, curvas de carga, accesorios y materiales proveídos e instalados y almacenados en dispositivos magnéticos en formato correspondientes de planilla electrónica Excel, textos Word for Windows y diseño asistido por computadora Autocad. Según correspondan se entregarán además: Manuales de instalación y Manual del usuario. Manual de mantenimiento y piezas componentes de las partes: eléctricas, mecánicas, hidráulicas. Manual / práctico, conteniendo: Precauciones y cuidados sobre riesgos laborales derivados de su uso para operaciones seguras. Programas de mantenimiento predictivo y preventivo. Procedimiento de mantenimiento predictivo. Guía para detección de falla. Resultados de pruebas y ensayos en fábrica. Resultados de pruebas de funcionamiento en sitio del montaje. Diagramas de instalaciones: eléctrica, mecánica, hidráulica, otros, etc.,. Certificados de licencias originales. Documentos de nacionalización y despacho del equipo. Garantía de integridad mecánica conforme indicado. |
||||||
29 | DEFECTOS Y FALLAS | El Proveedor / Contratista deberá rehacer a su costo cualquier trabajo defectuoso o falla, a juicio / criterio PETROPAR. Cuando PETROPAR, durante la ejecución de los equipos y hasta su recepción definitiva, advierta defectos y fallas en ellas, podrá disponer que el Proveedor / Contratista proceda a desinstalarlas y / o reinstalarlas, sin que esto le sirva de excusa ni dé derecho a reclamo alguno. El Proveedor / Contratista deberá rehacer a su costo cualquier trabajo defectuoso o falla, a juicio / criterio PETROPAR. Cuando PETROPAR, durante la ejecución de los equipos y hasta su recepción definitiva, advierta defectos y fallas en ellas, podrá disponer que el Proveedor / Contratista proceda a desinstalarlas y / o reinstalarlas, sin que esto le sirva de excusa ni dé derecho a reclamo alguno. |
||||||
30 | PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES Y CONDICIONES DE INSTALACION | El proveedor debera entregar los bienes de la siguiente manera: SKID PARA EXPENDIO DE GLP CON TANQUE VERTICAL DE 7 M3 a ser entregados en PETROPAR PLANTA VILLA ELISA, la INSTALACION, CALIBRACION, PUESTA EN MARCHA Y COBERTURA PARA LA MAQUINA EXPENDEDORA DE GLP y todos los materiales necesarios (cañerias y accesorios segun diseño a ser fabricado y montado), según esp. técnicas sera entregado e Instalado en las Estaciones de Servicios asignadas conforme al acuerdo comercial firmado entre PETROPAR y el Operador, donde constará que el Operador se hace cargo del costo de traslado del Skid y estadía del personal técnico de la firma adjudicada hasta la Estación de Servicios de su propiedad. El proveedor debera tener en cuenta que PETROPAR emitara una orden de suministro por cada Skid solicitado y el proveedor tendra un plazo de 45 días hábiles contados a partir de la recepcion de la orden de suministro emitida por el Administrador del Contrato para la entrega efectiva. | ||||||
31 | NORMAS / CODIGOS APLICABLES | Se recomienda la aplicación de las siguientes normas y códigos con sus respectivas normas y recomendaciones correlativas, en su última edición e incluyendo sus adendas. Es responsabilidad del Oferente / Contratista el pleno conocimiento, buena interpretación, y correcta aplicación de las mismas. NP 16 017 96 Combustibles gaseosos. Requisitos de seguridad para plantas de distribución (estaciones de servicio) de Gas Licuado de Petróleo (GLP) RESOLUCIÓN Nº 752/2007 MIC RESOLUCIÓN Nº 134/93 MIC ASME B 31.3 Process Piping ASME Boiler and Pressure Vessel Code, Section VIII, División 1 SSPC-PA 2-12 Procedure for Determining Conformance to Dry Coating Thickness Requirements. ASTM-D3359-09e2 Standard Test Methods for Measuring Adhesión by Tape Test ASMEPART UG GENERAL REQUIREMENTS FOR ALL METHODS OF CONSTRUCTION AND ALL MATERIALS ASME Sect. VIII Div I ASME BOILER AND PRESSURE VESSEL CODE AN INTERNATIONAL CODE RULES FOR CONSTRUCTION OF PRESSURE VESSELS NFPA 30 Código de Líquidos Inflamables y Combustibles NFPA 58 Liquefied Petroleum Gas Code NFPA 70 National Electrical Code |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
SKID para Expendio de GLP CON TANQUE VERTICAL DE 7 M3, INCLUYE: INSTALACIÓN, CALIBRACIÓN Y PUESTA EN MARCHA MÁS COBERTURA PARA MÁQUINA EXPENDEDORA DE GLP y todos los materiales necesarios (cañerías y accesorios) según diseño a ser fabricado y montado), Según Esp. Técnicas e instalado en las EE.SS que PETROPAR designe. |
15 |
UNIDAD |
El proveedor deberá entregar los bienes de la siguiente manera: SKID PARA EXPENDIO DE GLP CON TANQUE VERTICAL DE 7 M3 a ser entregados en PETROPAR PLANTA VILLA ELISA. La INSTALACION, CALIBRACION, PUESTA EN MARCHA Y COBERTURA PARA LA MAQUINA EXPENDEDORA DE GLP y todos los materiales necesarios (cañerías y accesorios según diseño a ser fabricado y montado), según esp. técnicas será entregado e Instalado en las Estaciones de Servicios asignadas conforme al acuerdo comercial firmado entre PETROPAR y el Operador, donde constará que el Operador se hace cargo del costo de traslado del Skid y estadía del personal técnico de la firma adjudicada hasta la Estación de Servicios de su propiedad. |
Dentro de los 45 días, contados desde la recepción por parte del proveedor de la orden de suministro emitida por el Administrador del Contrato |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes por parte del Administrador del Contrato, con o sin la participación del Proveedor / Contratista o su representante técnico. El administrador del contrato podrá pedir la verificación de las instalaciones del contratista con el objeto de corroborar los equipos del trabajo que se utilizan para la fabricación, así como también los sitios donde se encuentran instalados los equipos de la marca propuesta. Si se comprobase la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencia o alteraciones de la calidad del trabajo y materiales empleados, PETROPAR notificará por escrito al Proveedor / Contratista dicha irregularidad en la brevedad que le sea posible. El Proveedor / Contratista estará obligado a subsanarlo sustituyendo o modificando cualquier pieza mecánica que sea sometida a uso y conservación adecuada o presente defectos, en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día de la notificación. Si el Proveedor / Contratista, no subsanara los defectos dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, PETROPAR tomara las medidas necesarias para corregir la situación por cuenta y cargo del Contratista, sin perjuicio de los derechos y acciones que pueda ejercer contra la misma en virtud del Contrato y las leyes vigentes, pudiendo ser causal de rescisión de Contrato por causa imputable al Proveedor / Contratista. La subsanación de los defectos no exime al Contratista de las multas y sanciones previstas en el Contrato. |
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción provisoria. |
Nota de Remisión / Acta de recepción provisoria. | Al momento de la entrega de los bienes conforme a la orden de suministro emitida por el Administrador del Contrato. |
un Acta de recepción definitiva | un Acta de recepción definitiva | Una vez que PETROPAR realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, emitirá Acta de Recepción, dentro de los 30 (treinta) días calendario de recibidos los bienes |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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