Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
51 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Teniendo en cuenta las modificaciones introducidas en la ADENDA N° 4 publicada en fecha 13/04/2021 y en concordancia a la ACLARATORIA N° 1 de fecha 12/04/2021, venimos por el presente escrito a formular consulta referente a la modificación de la Especificación Técnica Mínima de Peso Bruto Máximo de la Ambulancia Convencional correspondiente a la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 03/2020, en cuyo marco solicitamos la modificación y corrección del Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para posibilitar la participación de nuestra marca, fundado en que visiblemente se trataría de un error en cuanto a la transcripción de los requisitos de “Capacidad de Carga” y “Peso Bruto” puesto que ambas especificaciones se contradicen técnicamente entre sí, situación que produce la restricción de la participación pública de nuestra empresa que es representante de una marca líder a nivel mundial con amplia experiencia en la provisión de los bienes licitados. Como prueba de la contradicción y discrepancia entre las citadas especificaciones previstas en las páginas 23 y 24 de la ADENDA N° 4, informamos que el requisito de “Capacidad de Carga” es 4.100 (como máximo) y el Peso Bruto” es 3.900kg máximo, circunstancia que demuestra una contradicción entre ambas especificaciones porque, por una parte, se acepta una capacidad de carga de 4.100 (como máximo) y, por otra parte, se reduce el peso bruto del furgón a un máximo de 3.900kg, lo cual no sólo se traduce en un error en cuanto a la estimación técnica del bien licitado, sino que además limita directamente la participación pública de nuestra marca en la licitación de referencia, puesto que nuestro furgón cuenta con un Peso Bruto de 4.100 kg, conforme consta en las especificaciones del fabricante. Si bien las especificaciones de la “Capacidad de Carga” y “Peso Bruto” constituyen requisitos técnicamente dispensables para el objeto de la contratación pública por tratarse de exigencias que responden a las características propias de cada marca que varían dependiendo de cada Fabricante, resulta pertinente señalar a los Responsables del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL (MSPBS) que la simple variación de 200kg del Peso Bruto Máximo para el Furgón (Ambulancia Convencional) permitirá la participación de nuestra marca que posee 4.100kg de Peso Bruto, así como también aclaramos que dicha variación no afectará en nada a la finalidad del bien licitado. En el mismo sentido, debemos referirnos al contenido de la Respuesta N° 21 de la ACLARATORIA N° 1 de fecha 12/04/2021 que dice: “…Un chasis de vehículo con un peso bruto superior a 3.900kg ya se considera un camión de pequeño porte el cual no es el perfil de chasis que se necesita adquirir…” (sic) Sobre su contenido, respetuosamente dejamos constancia que dicha afirmación es absolutamente errónea y contradictoria, primero, porque el bien que pretendemos ofertar es una CAMIONETA TIPO FURGÓN de una marca líder a nivel mundial y no corresponde a un camión de pequeño porte como erróneamente se consignó en la respuesta de referencia, segundo, porque EL PERFIL DEL CHASIS DE CADA UNIDAD NO CONSTITUYE CRITERIO DE EVALUACIÓN EN NINGÚN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA y menos para determinar la clasificación de un automotor en ciertas categorías no aplicables en el rubro, tercero, porque EL PESO BRUTO DE UN FURGÓN NO ES CONDICIONANTE PARA SU EQUIPAMIENTO PARA SER UTILIZADO COMO AMBULANCIA CONVENCIONAL y, cuarto, porque la Entidad Convocante debe considerar que nuestra empresa posee más de 10 años de experiencia y solvencia técnica en la provisión de ambulancias (Convencionales y UTI) a las distintas Entidades Públicas y Binacionales, en cuyo marco informamos que hasta la fecha no sufrimos una restricción de la concurrencia similar a la que observamos en la licitación. En resumen, consultamos a la Entidad Convocante sobre la posibilidad de equiparar las condiciones de la contratación de “Capacidad de Carga” y “Peso Bruto”, específicamente en la página 24 de la ADENDA N° 4 donde dice: “Peso Bruto: Máximo 3.900kg”, solicitamos ampliar el rango de cumplimiento a un Peso Bruto de Máximo 4.100kg para permitir la participación de nuestra marca en la LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 03/2020, en concordancia a la “Capacidad de Carga” que prevé un máximo de 4.100kg, según Adenda. Por último, dejamos constancia que las modificaciones técnicas solicitadas por nuestra empresa no representan ninguna variación del objeto principal del bien licitado, ya que buscamos ampliar el número de potenciales oferentes y garantizar la libre competencia en igualdad de condiciones, en concordancia a la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”. 14-04-2021
52 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: 1. Capacidad de Carga 4.100 (como máximo). Consulta: Este ítem no representa ningún requerimiento válido, ya que la capacidad de carga del furgón se refleja en la carga útil (incluido ya en las especificaciones técnicas), y posteriormente en el ítem de peso bruto vehicular se incluye el requerimiento del peso total del vehículo incluyendo chasis y cargas máximas. Se puede entender que surgió una confusión en la redacción de este requerimiento con el de peso bruto vehicular, por lo tanto, solicitamos a la convocante remover este ítem para evitar confusión y mal entendido de los requerimientos 16-04-2021
53 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Puertas: Consulta: Solicitamos a la convocante modificar este requerimiento de la siguiente forma: “Dispondrá de: 2 (dos) puertas laterales para la cabina del conductor y acompañante. 1 (una) una puerta lateral corrediza, 1 (uno) Puerta lateral corrediza con luz piloto 2 (dos) puertas posteriores en la parte ambulatoria, estas últimas con apertura superior a 90'. Todas de fábrica o homologadas por la marca del vehículo ofertado”. Ya que la garantía del furgón cubre cualquier defecto de fábrica de las partes, esta consulta anteriormente fue respondida en la aclaratoria N°9 indicando que el criterio sería modificado, pero no se reflejó en la adenda 16-04-2021
54 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Luces de marcha atrás: Con aviso sonoro, sistema de sensor de aproximación con sonido en cabina del conductor (frontal, laterales, posterior). (sensores de estacionamiento delanteros no excluyentes, posteriores sí excluyentes). Consulta: Solicitamos a la convocante que permita que este requerimiento de sensores de estacionamiento sea opcional, ya que esto varía de acuerdo a la marca del furgón y no representa una función vital de acuerdo al uso del bien. Solicitamos modificar de la siguiente forma: “Con aviso sonoro y opcionalmente con sistema de sensor de aproximación con sonido en cabina del conductor (frontal, laterales, posterior). 16-04-2021
55 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Luces indicaciones de frenado: Trasera, intermitentes en frenadas bruscas Consulta: Solicitamos a la convocante modificar este ítem y considerar requisito excluyente las luces intermitentes en frenadas bruscas, ya que esta función depende de la marca del furgón y no representa un requisito indispensable de seguridad, estos requisitos se encuentran claramente enmarcados en la Ley 5016/14 NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL, ART 52.G Sistemas y elementos de iluminación, y teniendo en cuenta que todo vehículo tendrá la luz de freno principal e intermitentes de emergencia, requerimientos suficientes para cubrir la necesidad de aviso de frenos de cualquier tipo. Por lo tanto, la solicitud es que deberá decir: “Luces indicaciones de frenado: Trasera” 16-04-2021
56 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Luces externas: Consulta: Solicitamos a la convocante no incluir en el requerimiento de luces externas las luces intermitentes en frenadas bruscas, ya que esto es una función que depende de la marca del furgón, y no representa un requisito indispensable de seguridad, estos requisitos se encuentran claramente enmarcados en la Ley 5016/14 NACIONAL DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL, ART 52.G Sistemas y elementos de iluminación, el permitir este requisito limitaría la libre participación de diferentes oferentes, teniendo en cuenta todos los vehículos tiene funciones básicas como luces de frenos e intermitentes de emergencia de fácil acción y funcionamiento. 16-04-2021
57 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Ambulatorio: Consulta: En este ítem dan una breve descripción del divisorio, este ítem ya está descrito detalladamente en el pliego y no requieren ningún material de aluminio, para evitar discrepancias solicitamos la modificación de la siguiente manera: “El vehículo será tipo furgón, metálico de espacio amplio, separando la cabina de conducción y el sector ambulatorio, con un divisorio PRFV (plástico reforzado en fibra de vidrio) o ABS (acrilonitrilo butadieno estireno) con ventanilla corrediza para intercomunicación entre cabina del conductor y sector ambulatorio 16-04-2021
58 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Revestimiento: “Paredes completas y cielo revestidas en material 100% lavable, extra resistente y debidamente sellado perimetralmente. Material polímero PRFV / en Aluminio de 2mm de espesor como mínimo, corte laser o similar”. Consulta: Solicitamos a la convocante que defina como requerimiento el material de revestimiento en material polímero o PRFV, ya que no debería considerarse un aluminio de espesor de 3mm que tiene una densidad de área aproximada de 8,1Kg/cm2 por lo que instalar paredes y techo de este material le agrega un peso innecesario al furgón de aproximadamente 300Kg, además de que a la hora de una reparación por choque sería más costoso la reposición del aluminio que la reparación de las paredes internas de PRFV, por lo tanto solicitamos que debería decir: “Sistema de fabricación del interior del módulo sanitario que entrega una superficie lisa, sin porosidades, incorporable a las superficies de techos, laterales y mueble médico. Que no requiere cuidados especiales. Aislamiento interior termo acústico ignífugo, de lana de vidrio de 40 mm de espesor y lámina de aislamiento de aluminio en todo el habitáculo instalado entre chasis y paneles interiores de la cabina sanitaria. Cuenta además con 3 estructuras metálicas apernadas a la estructura del chasis para sujeción de mueble sanitario.” 16-04-2021
59 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice • Piso: Donde dice: -Triple capa, -Revestimiento debe sobrepasar 10cm bordes y paredes área sanitaria, siguiendo la curva del mobiliario. Consulta: Teniendo en cuenta que el requisito primordial es que el piso sea revestido en vinilo o similar de uso especial para ambulancias, solicitamos a la convocante modificar el requerimiento de que sea revestido triple capa ya que el piso de vinilo es de una capa con espesor de rango indicado y ultra resistente al alto tráfico, estos materiales triple capa son usados cuando se requieren diferentes rugosidades y espesores no siendo el caso para ambulancias; por otro lado modificar el revestimiento a sobrepasar en paredes a 5cm como mínimo, la modificación del ítem debería decir: “-Terciado marino de mínimo 10mm. De espesor. Revestimiento plano, continuo, sin junturas ni uniones, de alto tráfico, lavable e impermeable, de vinilo de excelencia (alto tráfico). Piso revestido en vinilo o similar de uso especial para ambulancias. No Toxico. Espesor: 1.90 + - 0.15mm. Estabilidad dimensional <= 0.4%. Resistencia a la abrasión: 300 / 50 mg. Resistencia a corto punzante: <= 0.2mm. Nivel de Ruido 4 db. Resistencia al Fuego NFPA 253. Resistencia a químicos: ISO 26 9871. Revestimiento debe sobrepasar como mínimo 5 cm bordes y paredes área sanitaria, siguiendo la curva del mobiliario. Superficie de protección para el acceso de camilla principal. Fabricado en aluminio liso y pulido, ubicada en todo el ancho del acceso, de 50 cm de profundidad y 2 mm de espesor, la protección evita desgaste prematuro del piso producido por el ingreso y retiro continuo de la camilla principal" 16-04-2021
60 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS Donde dice: • Mueble: Consulta: Solicitamos a la convocante modificar el requerimiento de material de los muebles y unificar a un material liviano (PRFV o ABS), no debe considerar un aluminio de espesor de 3mm que tiene una densidad de área aproximada de 8,1Kg/cm2 por lo que instalar muebles de este material le agrega un peso innecesario al furgón de aproximadamente 400Kg, además de que es un material que no es de fácil reparación a la hora de un imprevisto como golpe por choques, inclusive generaría riesgos para los tripulantes de la ambulancia. Solicitamos que debería modificarse a como sigue: “Un (1) mueble anaquel instalado a todo lo largo y alto del panel lateral izquierdo del compartimiento sanitario adosado estructura de techo a suelo, para mejor fijación con las siguientes características: I. Mueble anaquel construido en material polímero PRFV o Similar. II. Cantos redondeados. III. Sellado antihumedad. IV. Provisto de puertas de corredera, tipo acrílico para alto impacto de 5.5 mm de espesor, sobre correderas de aluminio y felpa para evitar vibración, con seguro de cierre en sentido horizontal. V. Todos los gabinetes o vitrinas equipados para recibir contenedores extraíbles que podrán ser limpiados y desinfectados con facilidad. VI. Color interior claro para reflejar luz tanto como sea posible. VII. Todos los gabinetes fáciles de limpiar, impermeables a los líquidos corporales, jabón, agua, y desinfectantes, resistentes al moho. VIII. Interior mobiliario construido de tal manera que esté libre de bordes afilados y puede ser fácilmente limpiado y mantenido. IX. Sistemas de trabas con seguros, no velcros. X. Dos cajones para almacenamiento de insumos médicos con compartimentos y medidas. XI. Espacio para guardar tablas espinales y tabla tipo cuchara en forma horizontal o vertical con tabique separación, ubicado próximo a la puerta posterior con medio de fijación, no velcro. Compartimiento de fácil acceso lavado. Mueble médico compuesto por: I. Considera repisa para bomba de aspiración, un puesto de toma de oxígeno. II. Almacenamiento para 4 equipos de electro medicina. Con un ancho mínimo de 60 cm y una profundidad de 35 cm. III. Correas de fijación para los equipos con seguros metálicos (NO Plásticos). IV. Correas dispuestas para fijar los equipos en sentido LATERAL y no obstruir la visualización de la pantalla y comandos además deberán poder ser removidas para su lavado y desinfección. V. Un basurero de fácil acceso, uno para residuos patológico y otro para residuos comunes. VI. Divisiones interiores para almacenaje de insumos y elementos médicos, según especificaciones: El interior de las vitrinas deberá disponer de almacenamiento para contenedores plásticos. Ninguna de las vitrinas podrá tener un almacenamiento menor que impida colocar un contenedor de 10 litros” 16-04-2021
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