Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
CARGO |
CANT. |
SUMA ASEG. P/PERSONA |
SUMA ASEG. GLOBAL |
Comisario General Comandante |
1 |
87.713.560 |
87.713.560 |
Comisario General Director (Art.106) |
1 |
84.205.018 |
84.205.018 |
Comisario General Director |
8 |
84.205.018 |
673.640.144 |
Comisario General Inspector (Art.106) |
0 |
80.696.475 |
0 |
Comisario General Inspector |
35 |
80.696.475 |
2.824.376.625 |
Comisario Principal (Art.106) |
91 |
78.942.204 |
7.183.740.564 |
Comisario Principal (30 años y 1 mes) |
1 |
78.942.204 |
78.942.204 |
Comisario Principal (29 años y 1 mes) |
7 |
78.942.204 |
552.595.428 |
Comisario Principal (28 años y 1 mes) |
1 |
78.942.204 |
78.942.204 |
Comisario Principal (27 años y 1 mes) |
79 |
78.942.204 |
6.236.434.116 |
Comisario Principal (26 años y 1 mes) |
56 |
78.942.204 |
4.420.763.424 |
Comisario Principal (25 años y 1 mes) |
109 |
78.942.204 |
8.604.700.236 |
Comisario (24 años y 1 mes) |
92 |
66.662.306 |
6.132.932.152 |
Comisario (23 años y 1 mes) |
81 |
66.662.306 |
5.399.646.786 |
Comisario (22 años y 1 mes) |
138 |
66.662.306 |
9.199.398.228 |
Comisario (21 años y 1 mes) |
133 |
66.662.306 |
8.866.086.698 |
Sub Comisario (20 años y 1 mes) |
115 |
61.399.492 |
7.060.941.580 |
Sub Comisario (19 años y 1 mes) |
110 |
61.399.492 |
6.753.944.120 |
Sub Comisario (18 años y 1 mes) |
167 |
61.399.492 |
10.253.715.164 |
Sub Comisario (17 años y 1 mes) |
144 |
61.399.492 |
8.841.526.848 |
Oficial Inspector (16 años y 1 mes) |
208 |
54.031.553 |
11.238.563.024 |
Oficial Inspector (15 años y 1 mes) |
142 |
54.031.553 |
7.672.480.526 |
Oficial Inspector (14 años y 1 mes) |
186 |
54.031.553 |
10.049.868.858 |
Oficial Inspector (13 años y 1 mes) |
210 |
54.031.553 |
11.346.626.130 |
Oficial Primero (12 años y 1 mes) |
221 |
47.365.322 |
10.467.736.162 |
Oficial Primero (11 años y 1 mes) |
208 |
47.365.322 |
9.851.986.976 |
Oficial Primero (10 años y 1 mes) |
191 |
47.365.322 |
9.046.776.502 |
Oficial Primero (9 años y 1 mes) |
206 |
47.365.322 |
9.757.256.332 |
Oficial Segundo (8 años y 1 mes) |
187 |
47.365.322 |
8.857.315.214 |
Oficial Segundo (7 años y 1 mes) |
192 |
47.365.322 |
9.094.141.824 |
Oficial Segundo (6 años y 1 mes) |
154 |
47.365.322 |
7.294.259.588 |
Oficial Segundo (5 años y 1 mes) |
157 |
47.365.322 |
7.436.355.554 |
Oficial Ayudante (4 años y 1 mes) |
33 |
47.365.322 |
1.563.055.626 |
Oficial Ayudante (3 años y 1 mes) |
178 |
47.365.322 |
8.431.027.316 |
Oficial Ayudante (2 años y 1 mes) |
177 |
47.365.322 |
8.383.661.994 |
Oficial Ayudante (1 año y 1 mes) |
172 |
47.365.322 |
8.146.835.384 |
Oficial Ayudante (1 mes) |
225 |
47.365.322 |
10.657.197.450 |
Oficial Ayudante R. Egresado ** |
148 |
47.365.322 |
7.010.067.656 |
Cadetes 1°, 2°, 3° y 4° años |
637 |
32.892.585 |
20.952.576.645 |
Suboficial Superior (30 años y 1 mes) |
118 |
78.942.204 |
9.315.180.072 |
Suboficial Superior (29 años y 1 mes) |
378 |
78.942.204 |
29.840.153.112 |
Suboficial Superior (28 años y 1 mes) |
534 |
78.942.204 |
42.155.136.936 |
Suboficial Superior (27 años y 1 mes) |
557 |
78.942.204 |
43.970.807.628 |
Suboficial Principal (26 años y 1 mes) |
417 |
66.662.306 |
27.798.181.602 |
Suboficial Principal (25 años y 1 mes) |
416 |
66.662.306 |
27.731.519.296 |
Suboficial Principal (24 años y 1 mes) |
448 |
66.662.306 |
29.864.713.088 |
Suboficial Principal (23 años y 1 mes) |
510 |
66.662.306 |
33.997.776.060 |
Suboficial Principal (22 años y 1 mes) |
22 |
66.662.306 |
1.466.570.732 |
Suboficial Mayor (21 años y 1 mes) |
129 |
61.399.492 |
7.920.534.468 |
Suboficial Mayor (20 años y 1 mes) |
147 |
61.399.492 |
9.025.725.324 |
Suboficial Mayor (19 años y 1 mes) |
508 |
61.399.492 |
31.190.941.936 |
Suboficial Mayor (18 años y 1 mes) |
458 |
61.399.492 |
28.120.967.336 |
Suboficial Mayor (17 años y 1 mes) |
478 |
61.399.492 |
29.348.957.176 |
Suboficial Inspector (16 años y 1 mes) |
765 |
54.031.553 |
41.334.138.045 |
Suboficial Inspector (15 años y 1 mes) |
1.400 |
54.031.553 |
75.644.174.200 |
Suboficial Inspector (14 años y 1 mes) |
1.634 |
54.031.553 |
88.287.557.602 |
Suboficial Inspector (13 años y 1 mes) |
1.630 |
54.031.553 |
88.071.431.390 |
Suboficial Inspector (12 años y 1 mes) |
1.637 |
54.031.553 |
88.449.652.261 |
Suboficial Primero (11 años y 1 mes) |
953 |
47.365.322 |
45.139.151.866 |
Suboficial Primero (10 años y 1 mes) |
1.043 |
47.365.322 |
49.402.030.846 |
Suboficial Primero (9 años y 1 mes) |
1.049 |
47.365.322 |
49.686.222.778 |
Suboficial Primero (8 años y 1 mes) |
25 |
47.365.322 |
1.184.133.050 |
Suboficial Segundo (7 años y 1 mes) |
788 |
47.365.322 |
37.323.873.736 |
Suboficial Segundo (6 años y 1 mes) |
211 |
47.365.322 |
9.994.082.942 |
Suboficial Segundo (5 años y 1 mes) |
308 |
47.365.322 |
14.588.519.176 |
Suboficial Segundo (4 años y 1 mes) |
511 |
47.365.322 |
24.203.679.542 |
Suboficial Ayudante (3 años y 1 mes) |
370 |
47.365.322 |
17.525.169.140 |
Suboficial Ayudante (2 años y 1 mes) |
498 |
47.365.322 |
23.587.930.356 |
Suboficial Ayudante (1 año y 1 mes) |
1.255 |
47.365.322 |
59.443.479.110 |
Suboficial Ayudante (1 mes) |
80 |
47.365.322 |
3.789.225.760 |
Suboficial Ayudante a Recien Egresar |
2.002 |
47.365.322 |
94.825.374.644 |
Suboficial Ayudante a Egresar 2022 ** |
2.060 |
47.365.322 |
97.572.563.320 |
Capital Asegurado |
28.540 |
|
1.532.391.588.390 |
COBERTURA: (**) El Cadete de la Academia Nacional de Policía y el Aspirante del Colegio de Suboficiales a egresar en el año 2021 y 2022, a partir del 15 de noviembre del citado año, recibirán la cobertura correspondiente al Oficial Ayudante y Suboficial Ayudante respectivamente.
Los Oficiales y Sub oficiales que gocen del Ascenso de Grado, deberá recibir la cobertura correspondiente al grado que ostenta a la fecha que ocurra el siniestro.
Los datos para la cobertura del Ejercicio Fiscal 2022, se presentarán con las actualizaciones correspondientes a la aseguradora y se preverán los ajustes correspondientes.
LAS COBERTURAS DEBERÁN CUBRIR LO SIGUIENTE:
Obs.: a) La aseguradora abonara por muerte por enfermedad si existiese luego de la firma del contrato.
b) No cubre la indemnización por muerte a causa de suicidio.
c) La indemnización establecida en caso de invalidez parcial o Total, se abonará hasta un plazo de 12 (doce) meses posteriores al suceso del siniestro que provocó la invalidez, siempre y cuando se certifique que el siniestro ocurrió dentro de la vigencia del contrato respectivo, aún cuando la certificación médica de la invalidez, se registre posterior al plazo de la vigencia del contrato suscripto.
El porcentaje tomado para el pago en concepto de asistencia por invalidez, será proporcional al porcentaje de la invalidez contraída. Ej.: en caso de invalidez del 20%, corresponde el pago del 20% de la prima. En caso de muerte por invalidez parcial / la aseguradora abonara por la diferencia del total.
La comprobación de la invalidez y el porcentaje de la misma será determinada por la Junta de Reconocimiento Médico de la Policía Nacional.
DOCUMENTOS COMPROBATORIOS DE LOS SINIESTROS PARA:
MUERTE NATURAL:
MUERTE ACCIDENTAL O COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE:
INVALIDEZ:
Total: como consecuencia de un accidente o enfermedad.
Parcial: como consecuencia de un accidente.
BENEFICIARIOS:
Queda entendido y convenido que los beneficiarios de los asegurados serán los mismos que fueran designados en los periodos anteriores.
Los beneficiarios designados por el personal policial deberán ser indefectiblemente personas unidas con el mismo, dentro del tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.
En el caso de que un Personal Policial desee agregar o modificar la nómina de beneficiarios, deberá completar, de puño y letra, el formulario proveído por la Dirección de Gestión de Personal, quedando como válida la última actualización realizada.
COMUNICACIÓN DEL HECHO
COMUNICACIÓN INICIAL: La Dependencia Policial en donde presta servicio el personal policial afectado, elevará el informe preliminar del deceso, accidente o enfermedad vía telefónica o fax a la Dirección de Gestión de Personal a fin de iniciar los trámites ante la Compañía Aseguradora.
COMUNICACIÓN COMPLEMENTARIA: la Dirección de Gestión de Personal elevará copia del informe remitido por la dependencia de destino y demás documentaciones, a la compañía aseguradora, para el pago de la póliza correspondiente.
La Compañía Aseguradora no deberá dar curso o tramitar ninguna documentación proveída por terceros, así, solo serán procesados.
PAGO DE INDEMNIZACIÓN
En caso de siniestros se abonarán las indemnizaciones, en moneda nacional, el pago se realizará al contado en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores a la comunicación del siniestro, junto con la presentación de los documentos inherentes al suceso a la empresa aseguradora.
La Policía Nacional proporcionará a la empresa adjudicada en caso que ocurra un siniestro, la declaración jurada de manifestación de voluntad, que obra en los legajos del personal policial, donde constan los datos de los beneficiarios de la Póliza, que servirá de base para el pago de las indemnizaciones. Estas declaraciones, en algunos casos, provienen de años anteriores por lo que deberán ser reconocidos por la empresa adjudicada íntegramente.
EMISIÓN DE LA POLIZA
El Oferente adjudicado se obliga y compromete a entregar las Pólizas de Seguros dentro de los 10 (diez) días calendarios de la firma del contrato correspondiente. Presentará dichas Pólizas en la Mesa de Entrada de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Policía Nacional, la Institución dispondrá de 10 (diez) días calendarios, contados a partir de dicha presentación para realizar las verificaciones correspondientes y establecer si dichas Pólizas contemplan todos y cada uno de los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. Esta verificación será realizada por la Dirección de Gestión de Personal, en caso de existir incongruencias entre el Pliego de Bases y Condiciones y la Pólizas, se correrá traslado por escrito de las observaciones al proveedor, quien dispondrá de 15 (quince) días calendario para la realización de las modificaciones pertinentes y entrega de la póliza.
El Oferente adjudicado, en las Pólizas presentadas, deberá incluir dentro de las Condiciones Particulares, que la vigencia se regirá conforme a lo establecido en el Art. 1548 del Código Civil (primer párrafo), en lo que respecta a la vigencia de la cobertura.
Si las Condiciones Generales de las Pólizas de Seguros se contraponen a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, serán sin ningún valor.
REMISIÓN DE DOCUMENTACIONES DE PAGO.
La Compañía Aseguradora, deberá remitir un informe mensual a la Dirección de Gestión de Personal, División Póliza de Seguro de Vida, sobre los pagos realizados a los beneficiarios de los casos abonados en cada mes, adjuntando copias de los recibos firmados por los beneficiarios.
VIGENCIA DE LA COBERTURA
El plazo de vigencia de este Contrato es desde el 01 de diciembre de 2021, 00:00 horas, hasta el 31 de enero de 2023, 24:00 horas.
En este apartado, la convocante deberá:
• Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Nombre de los Solicitantes y el Cargo |
Dependencia |
||
|
Actividad 02 Gestión de los Recurso - Policial Nacional. |
• Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
Este pedido obedece, a la necesidad de adquirir Seguro de Vida para el personal Policial Activo de la Policía Nacional.
• Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
El presente llamado, es sucesivo ya se encontraba estipulado en el PAC anual de gasto para el ejercicio fiscal 2021, 2022 y 2023.
• Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
La Especificaciones Técnicas solicitadas en el Pliego de Base y Condiciones, fueron elaborados de acuerdo a la necesidad de la Policía Nacional.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
|
Estadísticas de Siniestros por Causas Ejercicio Fiscal 2019 |
|||||||
|
Muerte |
Muerte |
Muerte Accid. |
Muerte |
Suicidio |
Muerte |
Muerte |
Totales |
Natural |
Arma de Fuego |
de Tránsito |
Ahogamiento |
|
Incendio |
Electrocución |
||
OFICIALES |
||||||||
Crio. Gral. Director |
0 |
|||||||
Comisario Principal |
0 |
|||||||
Comisario |
2 |
2 |
||||||
Sub Comisario |
1 |
1 |
||||||
Oficial Inspector |
0 |
|||||||
Oficial Primero |
0 |
|||||||
Oficial Segundo |
0 |
|||||||
Oficial Ayudante |
0 |
|||||||
Cadete |
0 |
|||||||
SUB OFICIALES |
||||||||
Sub Oficial Superior |
2 |
2 |
||||||
Sub Oficial Principal |
4 |
1 |
2 |
7 |
||||
Sub Oficial Mayor |
2 |
1 |
3 |
|||||
Sub Oficial Inspector |
1 |
1 |
1 |
1 |
4 |
|||
Sub Oficial Primero |
2 |
1 |
3 |
|||||
Sub Oficial Segundo |
1 |
1 |
2 |
|||||
Sub Oficial Ayudante |
0 |
|||||||
Asp. A SubOficial |
0 |
|||||||
Totales |
12 |
5 |
4 |
0 |
2 |
1 |
0 |
24 |
Total Fallecidos : |
24 |
|||||||
Total Lesionados : |
52 |
|||||||
Total Denunciado : |
76 |
|
Estadísticas de Siniestros por Causas Ejercicio Fiscal 2020 |
|||||||
|
Muerte |
Muerte |
Muerte Accid. |
Muerte |
Suicidio |
Muerte |
Muerte |
Totales |
Natural |
Arma de Fuego |
de Tránsito |
Ahogamiento |
|
Incendio |
Electrocución |
|
|
OFICIALES |
||||||||
Crio. Gral. Director |
0 |
|||||||
Comisario Principal |
4 |
4 |
||||||
Comisario |
1 |
1 |
2 |
|||||
Sub Comisario |
2 |
2 |
||||||
Oficial Inspector |
1 |
1 |
||||||
Oficial Primero |
0 |
|||||||
Oficial Segundo |
0 |
|||||||
Oficial Ayudante |
0 |
|||||||
Cadete |
1 |
1 |
||||||
SUB OFICIALES |
||||||||
Sub Oficial Superior |
4 |
1 |
1 |
6 |
||||
Sub Oficial Principal |
7 |
7 |
||||||
Sub Oficial Mayor |
1 |
1 |
2 |
|||||
Sub Oficial Inspector |
9 |
4 |
1 |
1 |
15 |
|||
Sub Oficial Primero |
1 |
4 |
1 |
1 |
7 |
|||
Sub Oficial Segundo |
1 |
1 |
2 |
|||||
Sub Oficial Ayudante |
1 |
1 |
||||||
Asp. A SubOficial |
0 |
|||||||
Totales |
30 |
6 |
7 |
2 |
5 |
0 |
0 |
50 |
Total Fallecidos : |
50 |
|||||||
Total Lesionados : |
17 |
|||||||
Total Denunciado : |
67 |
|
Estadísticas de Siniestros por Causas Ejercicio Fiscal 2021. Al 04 de agosto del 2021 |
|||||||
|
Muerte |
Muerte |
Muerte Accid. |
Muerte |
Suicidio |
Muerte |
Muerte |
Totales |
Natural |
Arma de Fuego |
de Tránsito |
Ahogamiento |
Intoxicación |
Electrocución |
|||
OFICIALES |
||||||||
Crio. Gral. Director |
1 |
1 |
||||||
Comisario Principal |
4 |
4 |
||||||
Comisario |
2 |
2 |
||||||
Sub Comisario |
2 |
1 |
3 |
|||||
Oficial Inspector |
2 |
1 |
3 |
|||||
Oficial Primero |
1 |
1 |
||||||
Oficial Segundo |
0 |
|||||||
Oficial Ayudante |
1 |
1 |
||||||
Cadete |
0 |
|||||||
SUB OFICIALES |
||||||||
Sub Oficial Superior |
14 |
1 |
15 |
|||||
Sub Oficial Principal |
16 |
2 |
18 |
|||||
Sub Oficial Mayor |
10 |
10 |
||||||
Sub Oficial Inspector |
16 |
1 |
3 |
1 |
21 |
|||
Sub Oficial Primero |
3 |
1 |
4 |
|||||
Sub Oficial Segundo |
0 |
|||||||
Sub Oficial Ayudante |
1 |
1 |
||||||
Asp. A SubOficial |
1 |
1 |
||||||
Totales |
70 |
4 |
8 |
1 |
1 |
1 |
0 |
85 |
Total Fallecidos : |
85 |
|||||||
Total Lesionados : |
59 |
|||||||
Total Denunciado : |
144 |
ESTADÍSTICAS SINIESTROS DE LOS ULTIMOS 3 AÑOS
ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD CON SUS RESPECTIVOS MONTOS DE LOS ÚLTIMOS 3 AÑOS.
|
Ejercicio Fiscal 2018 |
||
Totales |
MONTO POR UNIDAD |
TOTALES |
|
OFICIALES |
|||
Crio. Gral. Director |
1 |
45.000.000 |
45.000.000 |
Comisario Principal |
1 |
45.000.000 |
45.000.000 |
Sub Comisario |
1 |
45.000.000 |
45.000.000 |
SUB OFICIALES |
|||
Sub Oficial Superior |
3 |
45.000.000 |
135.000.000 |
Sub Oficial Principal |
5 |
45.000.000 |
225.000.000 |
Sub Oficial Mayor |
6 |
35.000.000 |
210.000.000 |
Sub Oficial Inspector |
3 |
35.000.000 |
105.000.000 |
Sub Oficial Primero |
7 |
35.000.000 |
245.000.000 |
Sub Oficial Segundo |
2 |
35.000.000 |
70.000.000 |
Sub Oficial Ayudante |
3 |
35.000.000 |
105.000.000 |
Totales |
32 |
1.230.000.000 |
|
PRIMA TOTAL PAGADA |
3.064.999.992 |
||
INDENNIZACIÓN PAGADA |
1.230.000.000 |
||
ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD 2018 |
40,13% |
|
Ejercicio Fiscal 2019 |
||
Totales |
MONTO POR UNIDAD |
TOTALES |
|
OFICIALES |
|||
Comisario |
2 |
48.588.925 |
97.177.850 |
Sub Comisario |
1 |
48.588.925 |
48.588.925 |
SUB OFICIALES |
|||
Sub Oficial Superior |
4 |
48.588.925 |
194.355.700 |
Sub Oficial Principal |
7 |
48.588.925 |
340.122.475 |
Sub Oficial Mayor |
3 |
39.293.652 |
117.880.956 |
Sub Oficial Inspector |
3 |
35.000.000 |
105.000.000 |
Sub Oficial Primero |
2 |
39.293.652 |
78.587.304 |
Sub Oficial Segundo |
1 |
39.293.652 |
39.293.652 |
Totales |
23 |
1.021.006.862 |
|
PRIMA TOTAL PAGADA |
3.201.000.000 |
||
INDENNIZACIÓN PAGADA |
1.021.006.862 |
||
ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD 2019 |
31,90% |
|
Ejercicio Fiscal 2020 |
||
Totales |
MONTO POR UNIDAD |
TOTALES |
|
OFICIALES |
|||
Comisario Principal |
4 |
78.942.204 |
315.768.816 |
Comisario |
1 |
66.662.306 |
66.662.306 |
Sub Comisario |
2 |
61.399.492 |
122.798.984 |
Oficial Inspector |
1 |
54.031.553 |
54.031.553 |
SUB OFICIALES |
|||
Sub Oficial Superior |
6 |
78.942.204 |
473.653.224 |
Sub Oficial Principal |
7 |
66.662.306 |
466.636.142 |
Sub Oficial Mayor |
2 |
61.399.492 |
122.798.984 |
Sub Oficial Inspector |
9 |
54.031.553 |
486.283.977 |
Sub Oficial Primero |
7 |
47.365.322 |
331.557.254 |
Sub Oficial Segundo |
2 |
47.365.322 |
94.730.644 |
Sub Oficial Ayudante |
1 |
47.365.322 |
47.365.322 |
Totales |
42 |
2.582.287.206 |
|
PRIMA TOTAL PAGADA |
2.520.000.000 |
||
INDENNIZACIÓN PAGADA |
2.582.287.206 |
||
ÍNDICE DE SINIESTRALIDAD 2020 |
97,59% |
La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Contrato |
Póliza |
dentro de los 10 (diez) días calendarios de la firma del contrato correspondiente. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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