El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Resumen de las Especificaciones Técnicas. Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
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ITEMS |
CODIGO CATALOGO |
DESCRIPCION - PRODUCTO |
PRESENTACION |
ESPECIFICACIONES TECNICAS |
CANT. POR CESTAS |
CANT. TOTAL (1337 CESTAS) |
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1 |
50151513-001 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO Girasol |
Bidones de 3 litros |
Aceite comestible obtenido de semillas de distintas variedades de Helianthusannuus L. (girasol), deberá ser 100% de girasol, no se aceptará mezclas, color líquido amarillo limpio, no se aceptará mezclas, debe ser de olor agradable, característicos del producto, exento de olores y sabores extraños o rancios. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, La cotización se hará por unidad, en presentación de bidones de 3 litros. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
1 |
1.337 |
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2 |
50221101-001 |
ARROZ TIPO 1 |
Paquetes de 1 kilogramo |
Granos enteros con características de Arroz largo fino Tipo 1, sin contaminación de sustancias extrañas o granos partidos, mohos, insectos. La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
5 |
6.685 |
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3 |
50161509-002 |
AZÚCAR BLANCA |
Paquetes de 1 kilogramo |
Tipo 1 de la zafra del año, cristalina, blanca, refinada, sin sustancias extrañas contaminantes, con contenido de sacarosa 0,2 insoluble. La cotización se hará por kilogramo y la provisión se hará en paquetes de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
5
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6.685 |
|
4 |
50181903-003 |
COQUITO DE HARINA DE TRIGO |
Bolsas de polietileno |
Coquitos de la producción del día. La provisión se hará en bolsas de polietileno de a partir de 5 kilogramos. Con fechas de elaboración del día y vencimiento de 8 días a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que elabora dicho producto. La cotización se hará en kilogramos. Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
5 |
6.685 |
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5 |
50192902-001 |
FIDEO TALLARIN |
Paquetes de 400 gramos |
En paquetes de 400 gramos, en buen estado sin mezclas, no deben estar partidos o aplastados. Con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquete de 400 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
5 |
6.685 |
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6 |
50221102-004 |
HARINA DE TRIGO "0000" |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. |
Harina de trigo enriquecida con hierro y vitaminas de la clase 0000, sin mezcla de sustancias extrañas etc., en buen estado de conservación, de la zafra del año, libre de insectos, sin mohos, olor ni sabor desagradable, La cotización se hará por kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. Con fechas de vencimiento de 3 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
4 |
5.348 |
|
7 |
50131702-011 |
LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT |
Envases tetra brick de 1 litro |
Leche entera UHT, envases tetra brick de 1 litro, con fecha de envasado y vencimiento a partir de 4 meses a la fecha de entrega. Deben estar en buenas condiciones sin abolladuras, ni agujereadas. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
24 |
32.088 |
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8 |
50221101-006 |
POROTO ROJO O COLORADO |
Paquetes de 500 gramos |
Poroto seco de Granos enteros, cosecha sin mezcla, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes. de la cosecha del año obtenido de la semilla de la especie Vigna sinensis, tipo rojo o colorado. La cotización se hará por unidad y la provisión se hará en paquetes de 500 gramos, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
4 |
5.348 |
|
9 |
50171551-001 |
SAL FINA YODADA |
Paquetes de 1 kilogramo |
Grano fino cristalizado, color blanco, iodizado, exento de sustancias extrañas contaminantes, la cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará por paquetes de 1 kilogramo. Con fechas de embasado y vencimiento a partir de 6 meses a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
1 |
1.337 |
|
10 |
50171549-001 |
YERBA MATE |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo |
Elaborada de las hojas, no se admitirá agregado de palos o palo triturado de ningún tamaño o clase, en perfecto estado de conservación, estacionada naturalmente, humedad del 15 % (quince por ciento), características granulométricas que definen a la Yerba Mate como de Molienda Granulada. Contenido mínimo de cafeína es de 0.85% y extracto acuoso mínimo de 35%. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en paquetes de papel kraff en presentaciones de 1 kilogramo, con fechas de vencimiento a partir de 6 meses, a la fecha de entrega. Requisito: Deberá cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto alimenticio (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. |
3 |
4.011 |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
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Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad de productos por cesta |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
|
1 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO Girasol |
1 |
Bidón |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
2 |
ARROZ TIPO 1 |
5 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
3 |
AZÚCAR BLANCA |
5 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
4 |
COQUITO DE HARINA DE TRIGO |
5 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
5 |
FIDEO TALLARIN |
5 |
Unidad |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
6 |
HARINA DE TRIGO "0000" |
4 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
7 |
LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT |
24 |
Unidad |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
8 |
POROTO ROJO O COLORADO |
4 |
Unidad |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
9 |
SAL FINA YODADA |
1 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
10 |
YERBA MATE |
3 |
Kilos |
A indicar |
Entregas a indicar por la convocante |
|
PESO TOTAL: 54 KG |
|||||
LUGARES DE ENTREGA.
|
NRO. |
DEPARTAMENTO |
DISTRITO |
CENTRO |
CANTIDAD DE CESTAS |
|
1 |
Asunción |
Asunción |
Centro Abierto y Protección Tablada |
110 |
|
2 |
Central |
Lambaré |
Centro Comunitario Lambaré |
86 |
|
3 |
Itapua |
Jesús |
CC Kambay |
14 |
|
4 |
Itapua |
Trinidad |
CC Loma Hovy |
8 |
|
5 |
Itapua |
Trinidad |
Ñu Poty |
11 |
|
6 |
Itapua |
Cambyreta |
CC Arroyo Porä |
91 (Dos entregas) |
|
7 |
Misiones |
San Patricio |
CC San Patricio |
32 |
|
8 |
Misiones |
Santiago |
CC Santiago |
58 |
|
9 |
San Pedro |
Itacurubi del Rosario |
CC Villa Esperanza |
50 |
|
10 |
Amambay |
Pedro Juan Caballero |
Centro Abierto Pedro Juan Caballero. |
16 |
|
TOTAL DE CESTAS A ENTREGAR |
1337 |
|||
Obs. Total de entregas: 3 entregas, excepto Cambyreta (2 entregas).-
Plan de Entrega
La provisión y entrega de los bienes será de la siguiente manera:
COMPOSICIÓN DE LAS CESTAS BÁSICAS PARA BENEFICIARIOS DEL MINNA
Cada cesta deberá contener el siguiente listado de insumos alimenticios conforme al cálculo promedio para 5 (cinco) integrantes de una familia, a fin de complementar la alimentación familiar,
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ITEMS |
DESCRIPCION - PRODUCTO |
PRESENTACION |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD POR CESTA |
|
1 |
ACEITE COMESTIBLE 100% PURO Girasol |
Bidones de 3 litros |
Unidad |
1 |
|
2 |
ARROZ TIPO 1 |
Paquetes de 1 kilogramo |
Kilos |
5 |
|
3 |
AZÚCAR BLANCA |
Paquetes de 1 kilogramo |
Kilos |
5 |
|
4 |
COQUITO DE HARINA DE TRIGO |
Bolsas de polietileno |
Kilos |
5 |
|
5 |
FIDEO TALLARIN |
Paquetes de 400 gramos |
Unidad |
5 |
|
6 |
HARINA DE TRIGO "0000" |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo. |
Kilos |
4 |
|
7 |
LECHE ENTERA LÍQUIDO UAT |
Envases tetra brick de 1 litro |
Unidad |
24 |
|
8 |
POROTO ROJO O COLORADO |
Paquetes de 500 gramos |
Unidad |
4 |
|
9 |
SAL FINA YODADA |
Paquetes de 1 kilogramo |
Kilos |
1 |
|
10 |
YERBA MATE |
Paquetes de papel kraff de 1 kilogramo |
Kilos |
3 |
PESO: 54 KG.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Identificación y Envase de Alimentos para Personas.
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indica a continuación: ENVASE: Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con Alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento Técnico de criterios generales de envases y equipamientos alimentarios, vigente.- El envase contenedor de los alimentos, en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.
ESPECIFICACIÓN TECNICA DE LA BOLSA DE CESTAS BÁSICAS:
El proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos.
El embalaje y las identificaciones deberán cumplir estrictamente con los requisitos siguientes requisitos:
USO EXCLUSIVO
DEL MINISTERIO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
Prohibida la venta de este producto
ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERAL Y NUTRICIONAL
El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 ‖RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Promediados y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional. De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información:
VENCIMIENTOS: Los vencimientos de los productos deberán estar registrados en los envases de manera clara y visible. Los vencimientos solicitados están señalados en las especificaciones técnicas para cada insumo requerido.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La convocante podrá realizar inspecciones en las instalaciones declaradas (depósitos) de cada oferente a fin de corroborar la disposición de los mismos y que se ajustan a los criterios de:
- Salubridad
- Manejo de Alimentos.
- Verificación de Infraestructura.-
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
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INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la nota de remisión y/ o acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la nota de remisión y/ o acta de recepción |
|
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la nota de remisión y/ o acta de recepción |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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