El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), han suscrito el Convenio de Cooperación y Coordinación a fin de establecer los lineamientos que regularán la relación entre el MOPC y el MSPyBS, a fin de que lleven adelante en conjunto un Proyecto de Diseño y Construcción de una estructura edilicia para la Sede del Hospital Regional del Sur.
El objeto de este Contrato es ofrecer un Hospital de Alta Complejidad en la ciudad de Encarnación - Departamento de Itapúa, a fin de brindar acciones y servicios ambulatorios y de hospitalización, en las especialidades básicas y otras especialidades y subespecialidades.
El hospital brindará acciones y servicios ambulatorios y de hospitalización, en las especialidades básicas y otras especialidades y subespecialidades. Debe contar con servicios de atención crítica, disponer de los servicios de apoyo de diagnóstico y tratamientos que respondan a su capacidad resolutiva. Además, el hospital contará con espacios acondicionados para tiempos de catástrofes o pandemias, y un salón auditorio para actividades vinculadas a la capacitación de los personales de blanco.
El contrato será de Suma Alzada por todo el paquete compuesto por el Diseño y Construcción del Gran Hospital del Sur.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, proporciona un Programa Médico Arquitectónico (PMA), que es el mínimo requerimiento a ser tenido en cuenta para el Hospital.
El contratista adjudicado deberá desarrollar el proyecto ejecutivo basándose en el Programa Medico Arquitectónico (PMA) y las Especificaciones Técnicas (EETT) que se adjuntan y forman parte del presente PBC para luego ejecutar la obra conforme al proyecto ejecutivo aprobado por la contratante, todo esto siguiendo los lineamientos que se detallan a continuación.
El Contrato abarca diferentes elementos en función a los parámetros mínimos definidos en el PMA y las EETT a ser cumplidos para el Diseño y Construcción del Hospital. Así mismo comprenderá componentes para el condicionamiento en torno a la misma: estacionamientos, paisajismo, planta de tratamientos de efluentes, planta generadora de oxígeno y otros (helipuerto), los cuales forman parte del contrato y deben ser entregados con la recepción provisoria de la obra.
Las especificaciones técnicas que son particulares del presente llamado se encuentran en el documento adjunto llamado ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES.pdf
Todos los permisos que se requieren para la ejecución de las obras, como ser, permisos municipales y ambientales deben ser tramitados por la contratista ante los entes reguladores para la obtención de los permisos y los costos asociados a la obtención de dichos permisos corretean por cuenta exclusiva del contratista y deben ser incluidos en el precio de oferta.
El presente llamado incluye los siguientes ítems:
ITEM N° |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
1. Desarrollo de proyecto ejecutivo (Incluye la estructura y todas las instalaciones como ser las eléctricas, sistema de AA y ventilación, gases medicinales, sanitarias, prevención contra incendios, señales débiles) |
Todas las normas de diseño aplicables. Además de los siguientes documentos adjuntos: OBRAS CIVILES.pdf HELIPUERTO.pdf SEÑALES DEBILES Y VIDEO.pdf GASES MEDICINALES.pdf PLANTA DE TRATAMIENTOS.pdf PLANTA DE OXIGENO.pdf |
2. Construcción de obra civil (Incluye la estructura y todas las instalaciones como ser las eléctricas sistema de AA y ventilación, gases medicinales, sanitarias, prevención contra incendios y señales débiles) |
Documentos adjuntos llamados: OBRAS CIVILES.pdf SEÑALES DEBILES Y VIDEO.pdf GASES MEDICINALES.pdf |
3. Construcción del Acondicionamiento Vehicular (Estacionamientos 10.020 m2 piso de empedrado / Helipuerto 100 m2 piso de H°A°) |
Documentos adjuntos llamados: OBRAS CIVILES.pdf HELIPUERTO.pdf |
4. Construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales |
Documento adjunto llamado: PLANTA DE TRATAMIENTOS.pdf |
5. Construcción de una Planta Generadora de Oxígeno |
Documento adjunto llamado: PLANTA DE OXIGENO.pdf |
6. Movimiento de suelo |
Documento adjunto llamado: EETT Vial GHS.pdf |
7. Perforación de pozos y tratamiento de agua |
Documento adjunto llamado: TDR Provisión y Drenaje de Agua.pdf |
8. Extensión de línea de media tensión |
Normas de la ANDE referentes a extensiones de líneas de media tensión. |
9. Acceso Vial. Incluye Puente y liberación de franja de dominio |
Documento adjunto llamado: EETT Vial GHS.pdf TDR Liberación de Franja.pdf |
Para este contrato la responsabilidad del Contratista no se reduce simplemente a ejecutar las obras, sino a garantizar el diseño Arquitectónico funcional de la estructura, adoptando un sistema constructivo Modular que permita futuras ampliaciones del establecimiento.
El Diseño Ejecutivo y la Construcción incluyen la ejecución de las diferentes actividades necesarias para alcanzar y mantener las condiciones de estado (denominadas estándares e índice de servicio), con independencia de la causa que generó el deterioro. Las únicas obras que el Contratista se encuentra exonerado de realizar son aquellas derivadas directamente de fenómenos extraordinarios como conflictos sociales, tormentas, vientos fuertes, inundaciones o terremotos que provocan deterioros que superan una cierta magnitud que se establece.
Como el Contratista recibe el terreno en el estado que se encuentre al momento del inicio del contrato, se establece un plazo inicial para las obras de construcción del hospital, (para realizar todos los trabajos que estime convenientes para la utilización de las obras, que le permitan alcanzar los estándares comprometidos).
Cumplido dicho plazo para las obras de construcción del hospital, el Contratante realizará distintos tipos de controles (denominados evaluaciones) tendientes a verificar que el servicio prestado se ajusta a las exigencias establecidas (expresadas como estándares e índice de servicio), procediendo a aplicar las sanciones (multas y penalizaciones) en los casos de incumplimiento.
Para el logro inicial de los estándares durante el plazo de las obras de Construcción del hospital y luego a lo largo del contrato para mantener los estándares alcanzados, el Contratista se debe organizar para detectar por sí mismo aquellas situaciones que no satisfagan o se encuentren próximas a no satisfacer los requerimientos contractuales, sin esperar indicaciones del Contratante, para analizar y arbitrar las medidas necesarias para su corrección o prevención, y ejecutar las obras, instalaciones, equipamientos o el mantenimiento pertinentes de forma que con todo ello se logre garantizar el servicio comprometido.
Complementariamente a las diferentes obras, que oportunamente definirá el propio Contratista, en las bases de licitación el Contratante establece la exigencia de realizar ciertas obras mínimas denominadas obras obligatorias para la construcción del hospital, a más de estas obras el contratista deberá adicionar las cantidades necesarias de acuerdo a los Estándares, a las Especificaciones Técnicas y otros incluidos en el PBC, tendientes a nivelar las ofertas y/o mejorar la infraestructura del hospital.
El contratista deberá asumir la responsabilidad por los defectos de las obras de Hospital y los equipamientos edilicios, que surjan a partir de la fecha de la Recepción Provisoria de las Obras hasta la recepción definitiva de las obras. El contratista deberá proveer una garantía del fabricante de todo el equipamiento edilicio con una validez 1 año como mínimo desde la fecha de la recepción provisoria de las obras.
Se debe incluir el acceso vial y el puente que se encuentra en el camino de entrada al predio a metros de la Ruta 6. Remitirse al documento de EETT de Acceso Vial para los parámetros de diseño de dicho acceso.
La liberación de la franja de dominio del acceso vial corre por cuenta de los oferentes y debe ser presupuestada en su oferta.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
El Diseño deberá contemplar obligatoriamente las normativas relacionadas del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, ordenanzas municipales incluyendo Prevención Contra Incendios y el Reglamento General de Construcción.
La concepción del diseño, así como el plan de ejecución, deberán minimizar los impactos medioambientales negativos y peligros a la salud tanto en la etapa constructiva como en la operativa.
Se entiende por impacto negativo las alteraciones, directas e indirectas, provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socioeconómico, cultural, histórico y antropológico y que resulten en una disminución de la calidad de vida de la población en la que se ejecutará la obra y en costos de remediación.
Será responsabilidad del Contratista, gestionar los permisos ambientales adicionales necesarios para la realización de las obras, conforme a la legislación ambiental.
El diseño, construcción y operación de los sistemas de disposición de efluentes y de residuos sólidos deberán dar cumplimento a todas las especificaciones y normas vigentes en la República del Paraguay, especialmente la Resolución SEAM (hoy MADES) N° 222/02 y la Ley N° 3361/2017 De residuos generados en los establecimientos de salud y afines y su Decreto Reglamentario Nº 6.538/11 Por el cual se reglamenta la Ley N° 3361/2017 de residuos generados en los establecimientos de salud y afines.
Los diseños de los sistemas de disposición de efluentes y de residuos sólidos deberán ser presentados dentro de la etapa de diseño y serán aprobados por la DIGESA.
La Contratista está obligada a cumplir estrictamente:
Durante la ejecución de las obras, y bajo supervisión de la DIGESA y la DGSA según corresponda, será responsabilidad del Contratista gestionar los permisos ambientales y municipales adicionales requeridos por la legislación, como por ejemplo el caso de los permisos de explotación de áridos y agregados.
Todo documento técnico de contenido ambiental, que deba ser presentado a los organismos de la administración nacional con competencia en materia ambiental, y específicamente al Ministerio del Ambiente y Desarrollo sostenible, deberá ser aprobado por la DIGESA del MSPyBS.
Todos los costos de la ejecución de los componentes ambientales especificados se consideran incluidos en las correspondientes actividades del proyecto.
Si el Contratista incurre en el incumplimiento de sus obligaciones contractuales en relación a los componentes socioambientales, el Contratante, a través de la supervisión ambiental, dará las indicaciones y plazo para revertir la situación.
Si el incumplimiento fuera reiterado, se amonestará a la Contratista por escrito y se le otorgará un nuevo plazo de cumplimiento.
Si verificados los plazos, no existe evidencia del cumplimiento solicitado, el Contratante aplicará al Contratista, en concepto de penalización por cada incumplimiento, una multa equivalente a UM 100 / día, contados a partir del día siguiente de vencido el plazo para la implementación de la medida exigida. El monto penalizado será notificado al Contratista y se deducirá en el certificado mensual posterior a la determinación de la penalidad correspondiente.
Se considera incumplimiento de sus obligaciones contractuales en relación a los componentes socioambientales lo siguiente:
El Contratante se reserva el derecho de descontar de los pagos cualquier ejecución que debiera contratar con otro contratista para ejecutar las subsanaciones que el Contratista se negase a realizar.
Las evaluaciones realizadas por el área técnica del Ministerio de Salud Pública, han determinado en varios informes, que, para poder atender las necesidades de la población, se requiere de la implementación de un Hospital Especializado de Alta Complejidad (nivel 4), el mismo que conforme los estándares establecidos por la Organización Mundial de la Salud y el propio Ministerio de Salud cubriría las necesidades actuales y futuras para un periodo estimado de mínimo 20 años.
Con estos antecedentes y previos los estudios mencionados, se requiere de la implementación de un hospital especializado de alta complejidad (nivel 4).
La Unidad Ejecutora de Proyectos de Infraestructura Pública (UEPIP) cuyo representante es el Lic. Rubén Ozuna es la encargada de llevar a cabo el presente llamado.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
1 |
PLANO MENSURA.png |
Identificación del sitio de obras y las dimensiones del terreno donde será ejecutado el proyecto. |
Los planos de la obra serán desarrollados por el oferente adjudicado según los requisitos y plazos definidos en el documento de las Especificaciones Técnicas Particulares del Llamado y por lo tanto el único documento que se ofrece en este llamado como equivalente a los planos de obra es el Plano de Mensura.
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicada en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos y de acuerdo a lo indicado en las condiciones contractuales, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente: 822 días corridos (28 meses)
La propiedad donde será ejecutado el proyecto es un área de 49 Has con 177 m2 y está ubicada en el distrito de Encarnación, departamento de Itapúa a la mano izquierda (entrando aprox. 1.300 metros) de la Ruta Encarnación Ciudad del Este (Ruta VI) a la altura de aprox. 6.300 metros desde la cabecera del puente de Santa María.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
EL Oferente deberá incluir en su oferta una descripción preliminar del método de trabajo y cronogramas específicos, incluyendo gráficos y diseños. El Cronograma de actividades deberá ser elaborado en base al diagrama de Grantt con el desarrollo de todos los ítems de trabajo, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución previsto para cada mes y la fecha de terminación de los trabajos.
Es obligación del Oferente cumplir con el cronograma una vez adjudicado, el cual será estrictamente fiscalizado por la Contratante.
El proponente deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance financiero, sin indicar montos, correspondiente al Cronograma de Ejecución, que debe señalar los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y el acumulado
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Certificado de Obras mensual
Serán presentados 4 (cuatro) informes de avance y 24 (veinticuatro) certificados
Frecuencia: mensual.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe de Avance 1 (50% del Producto 1) |
Desarrollo de Proyecto |
Octubre 21 |
Informe de Avance 2 (100% del Producto 1) |
Desarrollo de Proyecto |
Noviembre 21 |
Informe de Avance 3 (50% del Producto 2 y 3) |
Desarrollo de Proyecto |
Diciembre 21 |
Informe de Avance 4 (100% del Producto 2 y 3) |
Desarrollo de Proyecto |
Enero 22 |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
Febrero 22 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
Marzo 22 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra |
Abril 22 |
Certificado 4 |
Certificado de Obra |
Mayo 22 |
Certificado 5 |
Certificado de Obra |
Junio 22 |
Certificado 6 |
Certificado de Obra |
Julio 22 |
Certificado 7 |
Certificado de Obra |
Agosto 22 |
Certificado 8 |
Certificado de Obra |
Septiembre 22 |
Certificado 9 |
Certificado de Obra |
Octubre 22 |
Certificado 10 |
Certificado de Obra |
Noviembre 22 |
Certificado 11 |
Certificado de Obra |
Diciembre 22 |
Certificado 12 |
Certificado de Obra |
Enero 23 |
Certificado 13 |
Certificado de Obra |
Febrero 23 |
Certificado 14 |
Certificado de Obra |
Marzo 23 |
Certificado 15 |
Certificado de Obra |
Abril 23 |
Certificado 16 |
Certificado de Obra |
Mayo 23 |
Certificado 17 |
Certificado de Obra |
Junio 23 |
Certificado 18 |
Certificado de Obra |
Julio 23 |
Certificado 19 |
Certificado de Obra |
Agosto 23 |
Certificado 20 |
Certificado de Obra |
Septiembre 23 |
Certificado 21 |
Certificado de Obra |
Octubre 23 |
Certificado 22 |
Certificado de Obra |
Noviembre 23 |
Certificado 23 |
Certificado de Obra |
Diciembre 23 |
Certificado 24 |
Certificado de Obra |
Enero 24 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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