El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El software será instalado en una máquina virtual (WINDOWS SERVER 2016) cuya licencia será proveída por el oferente en el DATA CENTER de la CONATEL.
Seguidamente se establecen las Especificaciones y Características mínimas y máximas que debe reunir el software de Ingeniería de RF ofertado, tanto para la actualización como para la ampliación de licencia, según corresponda.
3.1.9.1. Cálculos de cobertura
3.1.9.2. Cálculo de enlaces de Microondas
3.1.9.3. Cálculos y análisis de interferencia e intermodulación
3.1.9.4. Análisis, planificación y optimización automática de la red
3.1.9.5. Optimización del espectro e ingeniería del espectro
3.1.9.6. Interferencia de red (estaciones fijas y móviles)
3.1.9.7. Búsqueda de frecuencias
3.1.9.8. Cálculos de compatibilidad aeronáutica (LEGBAC)
Banda de Frecuencia |
Tipo de Servicio |
Requisitos de mapa |
Resolución en metros |
Modelo de Propagación |
MF-HF |
Marítimo |
Mapa de relieve y de conductividad, incluyendo Sun Spot Number Index (Fator K) |
Irrelevante |
ITU-R P.533-10, ITU-R P.368-9, ITU-R |
MF-HF |
Aeronáutico |
Mapa de relieve y de conductividad, incluyendo Sun Spot Number Index (Fator K) |
Irrelevante |
ITU-R P.533-10, ITU-R P.368-9, |
MF-HF |
Radiodifusión OM, OC e OT |
Mapa de relieve y de conductividad, incluyendo Sun Spot Number Index (Fator K) |
Irrelevante |
ITU-R P.533-10, ITU-R P.368-9, ITU-R P.1147-4 |
VHF-UHF |
Radiodifusión FM |
Relieve y de cobertura de la superficie |
30 90 |
Longley-Rice, Fresnel-Kirchoff, ITU-R P. |
VHF-UHF |
TV Analógica |
Relieve y de cobertura da superficie |
30 - 90 |
Longley-Rice, Fresnel-Kirchoff, ITU-R ITU-R P.1812-2 |
UHF |
TV Digital |
Relieve y de cobertura de la superficie |
5 -50 |
Longley-Rice, Fresnel-Kirchoff, ITU-R ITU-R P.1812-2 Deygout/Bullington y Deygout/Assis |
VHF-UHF |
Comunicación Terrestre |
Relieve y de cobertura de la superficie |
10 - 30 |
Longley-Rice, Okumura-HataDavidson |
UHF |
Sistemas Móviles 2G-3G e 4G |
Relieve y de cobertura de la superficie |
30 |
Okamura-HataDavidson, COST231, HATA-COST |
UHF-SHF |
Enlace de Microondas (P2P) |
Relieve y de cobertura de la superficie |
1 - 10 |
ITU-R P.525-2, Fresnel-Kirchoff, Longley-Rice, ITUR P.530-11, Rain Crane, VigantsBarnett, |
UFH-SHF |
Satélite |
Relieve y de cobertura de la superficie |
30 |
ITU-R SA.1154, Land Mobile Satellite model |
Los datos deberán proporcionarse en el formato recomendado y solicitados por parte de la Contratista a la convocante al inicio del proyecto.
Deben cubrir los costos y gastos de reemplazo desde el retiro en las instalaciones de la CONATEL hasta su entrega en el mismo lugar. Los oferentes deberán indicar las condiciones de la garantía. Entre otras el máximo tiempo de solución, los mecanismos de envío y recepción de piezas en garantía, responsabilidades del contratista, el personal del contratista residente en el Paraguay, etc.
La garantía del contratista cubrirá el buen funcionamiento de los Softwares hasta que se produzca la Recepción Definitiva de los mismos.
En caso de que alguna falla se presentara, antes de la recepción definitiva, de alguno de los Softwares proveídos, y que no pueda ser solucionada en el país, el proveedor deberá encargarse de todos los gastos e impuestos (aduaneros, otros) de transporte y reparación completa, o en su defecto el total reemplazo, del (los) software(s) con falla(s).
La CONATEL cuenta con una herramienta de Ingeniería de Radiofrecuencias (RF) para el diseño, planificación, coordinación para el servicio de Radiodifusión Televisiva donado por la JICA en el año 2012, por motivo de la adopción del estándar de televisión digital Brasilero Japonés, el cual es una versión reducida con limitantes para análisis.
La herramienta es el software ICS TELECOM de la firma ATDI versión 10.0.0 de febrero 3 2011 y se cuenta con una licencia para su utilización en una PC de escritorio
El software ICS TELECOM es una herramienta para la planificación y coordinación de las estaciones transmisoras de radiodifusión (Radios AM, Radios FM, TV y otros servicios de Radiocomunicaciones) en las bandas de frecuencias autorizadas.
Es utilizado tanto por los operadores, así como por los órganos reguladores para analizar las redes de radiofrecuencia existentes, para planificar nuevas estaciones de radiodifusión, o para realizar los cálculos de los parámetros técnicos para lograr la coordinación necesaria en los casos en que requiera acuerdos internacionales.
El software que posee actualmente la CONATEL requiere una actualización ya que por el tiempo transcurrido (10 años) el mismo ya se encuentra desactualizado, y posee las limitaciones para los demás servicios que se puede analizar con el mismo.
Asimismo, ya que el citado software permite la predicción de cobertura de servicios de radiocomunicaciones, entre ellos el servicio de telefonía móvil será utilizado por varias áreas misionales del Ente Regulador, para lo cual se requiere la ampliación del número de licencias.
El presente llamado tiene como objetivo actualizar el Software de Ingeniería de RF ATDI ICS TELECOM versión 10.0.0 feb 3 2011 release 1289 5768 104 que fuera donado por el Gobierno del Japón cuando se adopta la norma de TV Digital ISDB-Tb, y la ampliación con 10 licencias de la última versión del Software de Ingeniería de RF ATDI, para su uso simultaneo en varias áreas Misionales de la Institución.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Radiocomunicaciones y del Departamento de Informática de CONATEL, quienes se encargarán de velar por la correcta ejecución de los términos del Contrato, las verificaciones técnicas al momento de la recepción y de la correcta ejecución del mismo según las especificaciones técnicas, así como reclamos de Garantía de los bienes y control del soporte técnico.
La entrega de los bienes o prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de medida |
Cantidad |
Lugar donde se entregarán los bienes |
Recepción Provisoria |
Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes Recepción Definitiva |
1 |
Actualización de Software de Ingeniería de RF ATDI ICS TELECOM versión 10.0.0 feb 3 2011 release 1289 5768 104 de la CONATEL 43231512-9985 |
Unidad |
1 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11. |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
2 |
Ampliación de licencias del Software de Ingeniería de RF ATDI con la última versión 43231512-9985 |
Unidad |
10 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11 |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
3 |
Licencia de WINDOWS SERVER 2016 43233004-002 |
Unidad |
1 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11 |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
PLAZOS DE ENTREGA: Será conforme al plan de entregas establecido. En caso de necesidad para realizar reemplazos, ajustes o reparar bienes con defectos, estos deberán estar enmarcados dentro de los plazos establecidos en el Plan de entrega, en caso de superar dicho plazo será multada conforme lo establecido en el PBC.
FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES: El proveedor deberá poner a disposición de la Contratante en el lugar de entrega, los bienes, incluido el entrenamiento según lo requiera el ítem, en un periodo máximo de hasta 6 (seis) meses contados a partir del recibo de cobro del anticipo.
RECEPCIÓN PROVISORIA: Implica la verificación técnica cualitativa y cuantitativa por parte de los técnicos de la CONATEL que serán designados por el Administrador del Contrato, se efectuará luego de la puesta en servicio del software, incluido el entrenamiento. Para las pruebas de recepción provisoria, la Contratista deberá presentar para la aprobación de la CONATEL los Protocolos de Recepción, elaborados conforme a lo requerido en las especificaciones técnicas. El Administrador del contrato destinará a los técnicos encargados de realizar las verificaciones correspondientes, las cuales durarán a lo máximo 3 (tres) días hábiles, contados a partir de la recepción en el lugar de entrega e instalación.
Una vez certificado por los técnicos designados que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta de Recepción Provisoria con el acompañamiento de un Representante de la División de Patrimonio que será designado por la Gerencia Administrativa Financiera y un Representante de la Auditoría Interna que será designado por el Auditor Interno. Posteriormente el Directorio aprobará dicha Acta y emitirá la Resolución de Recepción Provisoria, la cual habilitará al Proveedor a Presentar Factura.
RECEPCIÓN DEFINITIVA: Equivale a la aceptación de los bienes entregados a la convocante a total satisfacción, se efectuará hasta 12 (doce) meses de la Resolución de Recepción Provisoria, siempre que el software funcione correctamente y que el Proveedor haya cumplido a satisfacción sus obligaciones contractuales.
Una vez certificado por los técnicos designados por el Administrador del Contrato que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta de Recepción Definitiva. Dicha Acta será aprobada por el Directorio mediante Resolución, y habilitará al proveedor a presentar la factura de cobro.
DISPOSICIONES GENERALES: Se considerarán recibidos los suministros (excepto las obligaciones contractuales aplicables durante un año y las garantías), establecidos en las Especificaciones Técnicas, por parte de la CONATEL, a la emisión del Acta de Recepción Provisoria de los Softwares, que será emitida toda vez que la verificación técnica resulte satisfactoria y sin observaciones que deban ser subsanadas.
El Departamento de Informática es el encargado de la supervisión del avance del proyecto y de su recepción.
El Departamento de Informática designará uno (1) o más funcionarios encargados de la supervisión y seguimiento de los bienes y servicios conexos, objetos de la presente Licitación, y de la recepción de las mismas.
Las pruebas de recepción serán realizadas y rubricadas por funcionarios de la Contratista y por el personal de la CONATEL designado para el efecto. La Contratista deberá proveer toda la información requerida por la CONATEL para la correcta ejecución de dicha supervisión.
De encontrarse defectos en el funcionamiento de los equipos, posterior a la recepción, la CONATEL comunicará a la Contratista, indicándole los defectos que deben ser subsanados.
La CONATEL se reserva el derecho de rechazar los bienes si los mismos no cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego de Bases y Condiciones.
Ítem |
Código de Catálogo |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida |
|
1 |
43231512-9985 |
Actualización de Software de Ingeniería de RF ATDI ICS TELECOM versión 10.0.0 feb 3 2011 release 1289 5768 104 |
1 |
Unidad |
|
2 |
43231512-9985 |
Ampliación de licencias del Software de Ingeniería de RF ATDI con la última versión. |
10 |
Unidad |
|
3 |
43233004-002 |
Licencia de WINDOWS SERVER 2016. |
1 |
Unidad |
La CONATEL cuenta con una herramienta de Ingeniería de Radiofrecuencias (RF) para el diseño, planificación, coordinación para el servicio de Radiodifusión Televisiva donado por la JICA en el año 2012, por motivo de la adopción del estándar de televisión digital Brasilero Japonés, el cual es una versión reducida con limitantes para análisis.
La herramienta es el software ICS TELECOM de la firma ATDI versión 10.0.0 de febrero 3 2011 y se cuenta con una licencia para su utilización en una PC de escritorio
El software ICS TELECOM es una herramienta para la planificación y coordinación de las estaciones transmisoras de radiodifusión (Radios AM, Radios FM, TV y otros servicios de Radiocomunicaciones) en las bandas de frecuencias autorizadas.
Es utilizado tanto por los operadores, así como por los órganos reguladores para analizar las redes de radiofrecuencia existentes, para planificar nuevas estaciones de radiodifusión, o para realizar los cálculos de los parámetros técnicos para lograr la coordinación necesaria en los casos en que requiera acuerdos internacionales.
El software que posee actualmente la CONATEL requiere una actualización ya que por el tiempo transcurrido (10 años) el mismo ya se encuentra desactualizado, y posee las limitaciones para los demás servicios que se puede analizar con el mismo.
Asimismo, ya que el citado software permite la predicción de cobertura de servicios de radiocomunicaciones, entre ellos el servicio de telefonía móvil será utilizado por varias áreas misionales del Ente Regulador, para lo cual se requiere la ampliación del número de licencias.
El presente llamado tiene como objetivo actualizar el Software de Ingeniería de RF ATDI ICS TELECOM versión 10.0.0 feb 3 2011 release 1289 5768 104 que fuera donado por el Gobierno del Japón cuando se adopta la norma de TV Digital ISDB-Tb, y la ampliación con 10 licencias de la última versión del Software de Ingeniería de RF ATDI, para su uso simultaneo en varias áreas Misionales de la Institución.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Radiocomunicaciones y del Departamento de Informática de CONATEL, quienes se encargarán de velar por la correcta ejecución de los términos del Contrato, las verificaciones técnicas al momento de la recepción y de la correcta ejecución del mismo según las especificaciones técnicas, así como reclamos de Garantía de los bienes y control del soporte técnico.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de medida |
Cantidad |
Lugar donde se entregarán los bienes |
Recepción Provisoria |
Fecha(s) final(es) de entrega de los Bienes Recepción Definitiva |
1 |
Actualización de Software de Ingeniería de RF ATDI ICS TELECOM versión 10.0.0 feb 3 2011 release 1289 5768 104 de la CONATEL 43231512-9985 |
Unidad |
1 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11. |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
2 |
Ampliación de licencias del Software de Ingeniería de RF ATDI con la última versión 43231512-9985 |
Unidad |
10 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11 |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
3 |
Licencia de WINDOWS SERVER 2016 43233004-002 |
Unidad |
1 |
En las instalaciones de la CONATEL en el Edificio Ayfra, Presidente Franco 780, Piso 11 |
Hasta 06 (seis) meses contados a partir de la fecha de pago del Anticipo La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
|
|
|
|
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
CONFORME A LO INDICADO EN LA SECCIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SERVICIO REQUERIDOS
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
ANTICIPO 20% |
GARANTIA DE ANTICIPO FINANCIERO |
A LA FIRMA DEL CONTRATO |
Acta |
Recepción Provisoria |
6 (Seis) meses desde el pago del Anticipo. |
Acta |
Recepción Definitiva-Resolucion de aceptacion |
12 (doce) meses contados a partir de la fecha de la Recepción Provisoria |
|
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |