Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 consulta 1 Siendo que dicho llamado se trata de un trabajo aéreo regulado por la ley 1860 – Código Aeronáutico, donde se establece que todo trabajo aéreo de transporte de personas debe ser autorizado por la DINAC, consultamos porque no se incluye como requisito del llamado el hecho que el oferente deba presentar las “Especificaciones relativas a las Operaciones”, documento que es parte del CESA-Certificado de Operador Aereo, donde se encuentran listadas las aeronaves que estas afectadas al servicio de Transporte Aereo. Este es un documento substancial para verificar la legitimidad de la oferta. 07-09-2021 10-09-2021
2 consulta 2 Siendo que la ESSAP afirma como validas las cotizaciones recibidas para establecer sus precios referenciales, consultamos si todas y cada una de las empresas que están reflejadas en el “Sustento documental y justificación del dictamen precios de referencia” cuentan con permisos de taxi aéreo (CESA) con la flota requerida en el llamado, para que cada una de dichas cotizaciones constituya una fuente legitima, legal, y con absoluto cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes? De toda esta legalidad el responsable del llamado da fe? 07-09-2021 10-09-2021
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