Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
El Capital asegurado se detalla en las especificaciones técnicas incluidas en la presente Sección.
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
CONSIDERACIONES GENERALES
Emisión e inscripción de la póliza como de riesgos muy específicos:
De conformidad a lo dispuesto en la Resolución SS. SG. N° 238/19 MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SS.SG. N° 215/17 REGISTRO DE PLANES DE SEGURO Y EMISIÓN DE INSTRUMENTOS DE COBERTURA PAUTAS GENERALES la póliza deberá emitirse e inscribirse de acuerdo a lo dispuesto en el art. 6° numerales b) y d) que rezan cuanto sigue:
6°) Se considerarán de riesgos muy específicos, aquellos contratos de seguros que involucren al menos una de las siguientes condiciones:
b) Que el asegurado o tomador sea una entidad pública, institución descentralizada o empresa de propiedad mixta.
d) Que la cobertura posea características muy especiales y no puedan aplicársele modelos de póliza estándares.
Una vez entregada la Póliza, esta será verificada de fondo y forma por el Banco Central del Paraguay, y si fuera necesario, devuelta a la Compañía Aseguradora correspondiente para las correcciones que sean señaladas, si las hubiere.
La cobertura de la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura se regirá conforme a la Carta de Invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la Aseguradora prevalecerá lo establecido en la Carta de Invitación, quedando sin efecto cualquier otra condición o término (sin importar que sea general, específico o particular).
La póliza emitida por la adjudicada, deberá incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: la cobertura de la póliza se regirá conforme a la Carta de Invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la Carta de Invitación.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El porcentaje indicado en el SICP para la Garantía de Mantenimiento de Oferta es del 5% (cinco por ciento) del monto total ofertado.
ADENDAS A LA CARTA DE INVITACIÓN:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en la convocatoria y/o en las bases de la licitación. La adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
La convocante podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles oferentes, un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas. Esta prórroga deberá quedar asentada en la adenda citada.
Las modificaciones al pliego de bases y condiciones se realizarán mediante adendas numeradas debidamente justificadas por el área técnica y/o otras instancias administrativas, y se darán a conocer a través del portal de la DNCP (www.contrataciones.gov.py).
RESPONSABILIDADES GENERALES DEL PROVEEDOR:
1. El Proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en la Carta de Invitación y sus adendas, así como en el Contrato/ Orden de Compra y sus adendas.
2. El Proveedor será responsable de cualquier indemnización por daños causados en el marco de la ejecución del contrato por él o su personal a los funcionarios y/o a terceros, y/o a los bienes de éstos, y/o a los bienes o instalaciones o imagen reputacional de la Contratante; por causas imputables al mismo.
3. Responder por todo incumplimiento o consecuencia imputable al mismo, derivados de la incorrecta o incompleta ejecución de lo contratado.
4. Contratar y mantener el personal calificado necesario para la realización de los servicios requeridos. Cumplir con todas las leyes laborales y de Seguridad Social vigentes. Asumir todos los riesgos en los términos del Código del Trabajo vigente, liberando al BCP de cualquier responsabilidad al respecto.
5. Cumplir con todas las medidas de seguridad que se requieran respecto a su personal, a fin de evitar accidentes de trabajo durante la ejecución contractual.
6. El Proveedor deberá indemnizar y eximir de cualquier responsabilidad a la contratante y a sus empleados y funcionarios, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamación, demanda, pérdida, daño, costo y gasto cualquiera sea su naturaleza, incluidos los honorarios y gastos de representación legal, en los cuales pueda incurrir la contratante como resultado de riesgos profesionales o muerte de los empleados del Proveedor, sea reclamado por el trabajador o sus causahabientes durante la vigencia del Contrato/ Orden de Compra. Como riesgos profesionales se entenderán los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se considerarán igualmente accidentes del trabajo los hechos constituidos por caso fortuito o fuerza mayor inherentes al trabajo que produzcan las mismas lesiones.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Contrato Cerrado.
SINIESTRALIDAD AÑOS 2017 AL 2021
Año 2017
Año 2018
Año 2019
AÑO 2020
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1. RIESGOS A COTIZAR
El Seguro deberá cubrir los siniestros derivados de la utilización de los vehículos por parte de los funcionarios o de terceros.
1.1. Responsabilidad civil
Por toda indemnización en concepto de lesiones o muerte a terceras personas, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Por toda indemnización en concepto de daño o roturas causados a cosas de terceros, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
OBS.: La Aseguradora deberá prever en la póliza todos los requisitos que serán necesarios presentar en la denuncia del siniestro, los cuales deberán guardar la debida razonabilidad. Al ser satisfechos éstos, la Aseguradora deberá pronunciarse acerca del derecho del asegurado, incluyendo el monto de la indemnización, según lo dispuesto en el artículo 1597 del Código Civil y proceder al pago respectivo dentro de los quince (15) días posteriores de conformidad con lo dispuesto en el art. 1591 del mismo cuerpo legal. La Aseguradora deberá informar al BCP, en cada caso, de los siniestros reclamados en beneficio de terceros.
1.2. Daños materiales, incendio, accidente y robos
Incendio - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Daños materiales (Casco y Accesorios) - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Daños Materiales causados por Tumulto y/o huelga, huracán, vendaval, ciclón o tornado, impacto de vehículos, raudales, caídas de árboles, columnas, derrumbes y granizo - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
Robo parcial, robo total y robo parcial al amparo de robo total - ₲. |
Según precio de mercado establecido en la planilla de bienes asegurables. |
1.3. Accidentes personales de ocupantes
Lesiones o muertes por una persona, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Lesiones o muertes de dos o más personas, hasta la suma máxima de ₲. |
400.000.000.- |
Incapacidad permanente por ocupante, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
Gastos médicos, por ocupante, hasta la suma máxima de ₲. |
250.000.000.- |
2. FRANQUICIA
La cotización deberá realizarse sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados.
3. SERVICIO DE GRÚA:
Los precios cotizados deberán incluir el servicio de grúa para el auxilio de los vehículos del BCP, en cualquier punto del país.
4. BIENES ASEGURABLES
Los bienes asegurables se detallan a continuación en la siguiente planilla:
PLANILLA DE BIENES ASEGURABLES |
||||||||||
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS |
||||||||||
CAN-TI-DAD |
CHAPA |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
MOTOR N°: |
CHASSIS N°: |
CILIN -DRAJE |
COMBUS-TIBLE |
COSTO DE ADQUISI-CIÓN |
PRECIO DE MERCADO 2020 |
1 |
AADD318 |
BYD |
YUAN EV 400 |
2020 |
1814TZXSA319003045 |
LCOCE4DC1L0000156 |
100% ELECTRI-CO |
100% ELECTRI-CO |
198.000.000 |
198.000.000 |
2 |
AADD317 |
BYD |
YUAN EV 400 |
2020 |
1814TZXSA319002700 |
LCOCE4DC3L0000160 |
100% ELECTRI-CO |
100% ELECTRI-CO |
198.000.000 |
198.000.000 |
3 |
IEH 980 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS461851 |
KNACB81CGL5270459 |
1,600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
201.580.220 |
4 |
IEP677 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS486550 |
KNCACH81CGL5289225 |
1,600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
201.580.220 |
5 |
IEP 680 |
KIA |
NIRO |
2020 |
G4LEKS488575 |
KNACB81CGL5289797 |
1,600 cc |
HIBRIDO |
201.580.220 |
201.580.220 |
6 |
VEL 015 |
RENAULT |
FLUENCE ZE |
2016 |
AO70742 |
VF1LZL60LUC500091 |
100% ELECTRI-CO |
100% ELECTRI-CO |
152.668.732 |
137.783.531 |
7 |
BER-199 |
HYUNDAI 4X4 |
SANTA FE |
2010 |
D4HBAU137788 |
KMHSH81XCAU595197 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
74.154.364 |
8 |
BER-092 |
HYUNDAI 4X4 |
SANTA FE |
2010 |
D4HBAU138128 |
KMHSH81XCAU595136 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
74.154.364 |
9 |
BEX-880 |
HYUNDAI 4X4 |
SANTA FE |
2011 |
D4HBAU195130 |
KMHSH81XCBU619136 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
88.985.237 |
10 |
EAF-319 |
HYUNDAI 4X4 |
SANTA FE |
2011 |
D4HBAU200603 |
KMHSH81XCBU621671 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
88.985.237 |
11 |
BFT-401 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2011 |
D4HBAU286985 |
KMHSH81XBBU660479 |
2200 cc |
GASOIL |
145.666.833 |
88.985.237 |
12 |
BFT-320 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2011 |
D4HBAU285887 |
KMHSH81XBBU660522 |
2200 cc |
GASOIL |
145.666.833 |
88.985.237 |
13 |
BFT-104 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2011 |
D4HBAU287326 |
KMHSH81XBBU660643 |
2200 cc |
GASOIL |
145.666.833 |
88.985.237 |
14 |
BFR-512 |
HYUNDAI 4X2 |
MINIBUS H-1 |
2011 |
D4BHA037197 |
KMJWA37HABU280204 |
2500 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
88.985.237 |
15 |
BHC 510 |
MAHINDRA 4x2 |
SCORPIO |
2011 |
NBKB4F10403 |
MA1TM2BKLB2F50852 |
2400 cc |
GASOIL |
116.966.666 |
51.908.055 |
16 |
BHC 507 |
MAHINDRA 4x2 |
SCORPIO |
2011 |
BKA4J52084 |
MA1TM2BKLB2023207 |
2400CC |
GASOIL |
116.966.666 |
51.908.055 |
17 |
BJB 008 |
SsANGYONG 4x4 |
KYRON |
2012 |
66495012578853 |
KPTS0A1KSCP153518 |
2000 cc |
GASOIL |
159.500.000 |
88.985.237 |
18 |
BHX 713 |
SsANGYONG 4x4 |
KYRON |
2012 |
66495012579265 |
KPTS0A1KSCP154082 |
2000 cc |
GASOIL |
159.500.000 |
88.985.237 |
19 |
BLB 249 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JS2088 |
MPATFR85HCT100833 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
20 |
BLH 062 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JT0145 |
MPATFR85HCT100979 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
21 |
BLI 570 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JT0146 |
MPATFR85HCT100990 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
22 |
BLB 292 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JT0149 |
MPATFR85HCT100983 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
23 |
BLB 382 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JS2936 |
MPATFR85HCT100883 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
24 |
BLF 938 |
ISUZU 4x2 |
D-MAX |
2012 |
JS2940 |
MPATFR85HCT100885 |
3000 cc |
GASOIL |
128.000.000 |
81.569.800 |
25 |
BLB 331 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2012 |
D4HBCU613116 |
KMHSH81XBCU913436 |
2200 cc |
GASOIL |
157.000.000 |
103.816.109 |
26 |
BLB 188 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2012 |
D4HBCU600733 |
KMHSH81XBCU902710 |
2200 cc |
GASOIL |
157.000.000 |
103.816.109 |
27 |
BOJ 621 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU879801 |
KMHSU81XBEU233794 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
118.646.982 |
28 |
BOJ 622 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU906461 |
KMHSU81XBEU257406 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
118.646.982 |
29 |
BOJ 620 |
HYUNDAI 4X2 |
SANTA FE |
2014 |
D4HBDU880463 |
KMHSU81XBEU232999 |
2200 cc |
GASOIL |
180.000.000 |
118.646.982 |
30 |
BOK 508 |
HYUNDAI 4X2 |
MINIBUS H-1 |
2014 |
D4BHDO39770 |
KMJWA37HAEU605528 |
2200 cc |
GASOIL |
160.000.000 |
118.646.982 |
31 |
BOJ 623 |
ISUZU 4X2 |
D-MAX |
2014 |
LG3030 |
MPATFR85JET000238 |
3000 cc |
GASOIL |
145.000.000 |
107.523.827 |
32 |
BSO 899 |
VOLVO |
S60 |
2014 |
1454180 |
YV1FS8256E2313878 |
2400 cc |
GASOIL |
282.000.000 |
209.115.306 |
CAPITAL TOTAL GS. |
3.590.809.000 |
OBS. Todos los vehículos se encuentran en muy buen estado.
5. LISTA DE TALLERES DEL SEGURO
El Oferente deberá presentar con su oferta la Lista de talleres del Seguro para el traslado de vehículos siniestrados, con la información que se detalla a continuación en la siguiente planilla:
LISTA DE TALLERES DEL SEGURO PARA EL TRASLADO DE VEHÍCULOS SINIESTRADOS |
||||
(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
N° |
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD |
N° DE TELEFÓNO / CEL |
NOMBRE DEL DUEÑO O JEFE DE TALLER |
ESPECIALIZADOS EN VEHÍCULOS MARCA: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
|
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|
|
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|
|
|
|
|
|
|
(5) En esta columna se deberán detallar si los talleres están especializados en vehículos de las marcas (ver lista de vehículos del BCP) Volvo S60, Hyundai Santa Fe y H1, Mahindra Scorpio, Ssangyong Kyron, Isuzu D-Max, etc. Se deben abarcar todas las marcas señaladas, pudiendo ser por diferentes talleres.
La Póliza a ser contratada deberá incluir las siguientes clausulas especiales:
PRIMERA: ADQUISICION Y VENTA DE VEHÍCULOS
En caso de que se adquieran vehículos por parte del BCP, durante la vigencia de la presente Póliza de Seguros, la firma aseguradora deberá aplicar la misma tasa de la Póliza vigente que será calculada a prorrata temporis a cada vehículo adquirido, manteniendo las mismas coberturas de los demás vehículos asegurados, para su pago por parte del BCP y proceder a un ENDOSO a la Póliza Vigente.
Si el BCP vendiese vehículos, la Aseguradora contratada, procederá a la devolución de lo ya abonado por el BCP por estos vehículos, calculando el monto desde la fecha de comunicación de la institución por la venta, nota mediante, hasta la finalización de la vigencia de la póliza.
SEGUNDA: RASTREO SATELITAL
La firma aseguradora proveerá el servicio de Rastreo Satelital a través de la instalación de Módulo GPS y equipos necesarios para brindar a cada vehículo del Banco Central del Paraguay el servicio de Rastreo Satelital durante la vigencia de la presente Póliza de Seguros.
TERCERA: TALLERES DEL SEGURO
Una vez que el siniestro se haya consumado y comunicado a la Aseguradora, por la vía que sea, ésta deberá autorizar inmediatamente al Banco Central del Paraguay (el Asegurado) a trasladar mediante grúas de la Aseguradora, su/s vehículo/s siniestrado/s al igual que el del tercero en caso de presentarse, al/os taller/es que haya designado la Aseguradora conforme a listado presentado con la oferta. En caso de que el listado de talleres sea modificado, deberá ser comunicado inmediatamente al Banco Central del Paraguay acerca de las variaciones que se produzcan.
7. VIGENCIA
El plazo de vigencia de la póliza será a partir de las 12:00 hs del 19/11/2021, hasta las 12:00 hs. del 19/11/2022 o, en el caso de que la adjudicación se realice posteriormente al 19/11/2021, la vigencia será desde las 12:00 hs del día siguiente de la notificación de la adjudicación, por un año hasta las 12:00 hs del día que corresponda.
• Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Departamento de Gestión de Riesgos Operativos (DGRO) de la Gerencia de Desarrollo y Gestión Institucional (GDGI) del BCP.
• Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La póliza es a los efectos de otorgar cobertura al parque automotor del BCP, que abarca la totalidad de los eventos.
• Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal): se trata de un llamado periódico, sucesivo ya que la necesidad es continua.
• Justificar las especificaciones técnicas establecidas: las necesidades actuales de la Institución.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA.
La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Conformidad del BCP para el pago de la póliza.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Conformidad del BCP para el pago de la póliza. |
Conformidad. |
Una vez presentada la póliza por la Aseguradora, se procederá a la verificación de sus términos, emitiéndose la conformidad para el pago, si correspondiere. |
Nota: Se deja expresa constancia que la Póliza de Seguros emitida por la adjudicada es el contrato en el presente proceso. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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