El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN | |||
1 | ARROZ | Glaseado largo entero, descascarado, blanco y limpio, sin mezcla de substancias extrañas, con humedad máxima del 15% Presentación: paquete de 5 Kg. Etiqueta: la impresión de la marca, en el cuerpo del envase, materia prima de origen, fecha de vencimiento, año y mes. Fecha de vencimiento no inferior a 6 (seis) meses a partir de la fecha de entrega. Nº RE RSPA. COTIZAR POR PAQUETE DE 5 KILOS |
500 | UNIDAD | PAQUETE DE 5 KILOS | |||
2 | AZUCAR BLANCA | Azúcar: Refinada, blanca, limpia, seca, sin adición de substancias extrañas, Presentación: paquete de 5 kg. Etiqueta: la impresión de la marca, en el cuerpo del envase, materia prima de origen, fecha de vencimiento, año mes. Fecha de vencimiento no inferior a 6 (seis) meses a partir de la fecha de entrega. Nº RE RSPA. COTIZAR POR PAQUETE DE 5 KILOS |
500 | UNIDAD | PAQUETE DE 5 KILOS | |||
3 | BANANA | VER PLANTILLA | 70 | KG | KG | |||
4 | COQUITO | Descripción del Producto: Con la denominación genérica coquito se entiende el producto obtenido, por la cocción en hornos y temperaturas conveniente de una masa no fermentada, hecha con harina de trigo enriquecida, agua potable, manteca u otra grasa comestible con o sin el agregado de levadura, con o sin adición de sal, con o sin la adición de azúcar, con la adición de anís, cuya forma corresponda a su designación. No envasado en caliente para evitar su enmohecimiento, miga porosa, elástica y homogénea, corteza de color uniforme. Debe ser de olor y color agradable. Envasado: Debe ser transparente, sano, limpio e inviolable, de un material aprobado con N° de: R.E., R.S.P.A., Rotulado: Debe tener en su envase en forma clara y visible la fecha de elaboración y vencimiento. Deberá ser del día. Características Organolépticas: Aspecto: el producto debe estar correctamente cocido, no debe estar quemado, alterado, ni contener sustancias extrañas, ni parásitos. Color: tostado claro, no quemado. Olor: agradable, sin olor rancio. Sabor: agradable, exento de olores extraños (rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).. Cotizar por kilogramos. | 2.500 | KG | PAQUETE DE 1 KILO | |||
5 | EXTRACTO DE TOMATE DE 140G | Características: Salsa roja de pulpa de tomate, tamizada y concentrada, con rotulado y lista de ingredientes. Envase de 140g, limpio y sano apto para consumo humano, cerrado herméticamente. OBS: Validez de 1 año desde la entrega del bien. COTIZAR POR UNIDAD | 1.500 | UNIDAD | UNIDAD | |||
6 | FIDEO | Características Generales: El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. Se presentarán en forma: Spaghetti Nido. Características Organolépticas: El producto debe responder a sus caracteres normales, sin olores ni sabores extraños. Características Físico-químicas. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos. deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentaria y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. Características Microbiológica: El producto deberá cumplir con los requisitos microbiológicos deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentarias y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. ADITIVOS ALIMENTARIOS Asignación de aditivos y sus concentraciones máximas para la categoría de alimentos 6: Cereales y Productos de/o a base de cereales. OBS: Validez del bien 1 año desde la entrega. COTIZAR POR KILO | 500 | UNIDAD | PAQUETE DE 5 KILOS | |||
7 | HARINA DE TRIGO | DESCRIPCION DEL PRODUCTO: Harina de Trigo enriquecida con hierro, vitaminas del tipo tres ceros (000), es el producto obtenido de la molienda gradual y metódica del endospermo del grano de trigo al cual se le ha adicionado vitaminas y minerales. CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO: 2.1-Características Generales: El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin sustancias extrañas macro o microscópicas. La harina de trigo deberá estar adicionada de hierro y de las vitaminas en los niveles establecidos en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de harina. 2.2. Características Organolépticas: *Aspecto: polvo fino *Color: blanco *Olor y sabor - Característicos, sin sabores, ni olores Extraños 2.3-Caracteristicas Fisicoquímicas: El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentarias y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. 2.4- Características Microbiológicas: El producto deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentaria y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. 3-NIVELES DE ENRIQUECIMIENTO: De acuerdo a la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de harina. OBS: Validez del bien 4 meses desde la entrega. COTIZAR POR PAQUETE DE 5 KILOS. |
500 | UNIDAD | PAQUETE DE 5 KILOS | |||
8 | HUEVO DE GALLINA EN PLANCHA DE 30 UNIDADES | Huevo de gallina Tipo A, frescos, deberán presentarse en cajas de 30 unidades. COTIZAR POR PLANCHA DE 30 UNIDADES | 100 | UNIDAD | PLANCHA DE 30 | |||
9 | JUGO ELABORADO EN POLVO DE FRUTAS | Jugo en polvo elaborado con esencias naturales en presentación en paquetes de 8 litros como mínimo. COTIZAR POR SOBRE DE 8 LITROS | 600 | UNIDAD | SOBRE DE 8 LITROS | |||
10 | LECHE ENTERA LIQUIDA | VER PLANTILLA AEO11-LECHE ENTERA FLUIDA UAT |
3.000 | LITROS | TETRAPAK DE 1L | |||
11 | MANZANA | Manzanas Rojas de tamaño mediano, en buen estado de conservación, sin contaminación de sustancias extrañas, con una maduración aproximada de 80%, con color uniforme y sin tumores, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color), presentación en cajas de madera de 20 kilos o más (El precio unitario que se indicará en la oferta será el precio por kilo). | 300 | KG | CAJA DE 20 KILOS | |||
12 | PAPA | Deberá ser negra, de tamaño mediano, no deberá estar en estado de descomposición, sin contaminación de sustancias extrañas, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color), sin brotes, sin exceso de arena. En bolsas de 5 kilos o más . (El precio unitario que se indicara en la oferta sera el precio por kilo). | 600 | KG | BOLSAS DE 5 KILOS | |||
13 | PEPINO | Fresco y natural, de color uniforme, sin sustancias contaminantes, no deberá estar en estado de descomposición. La cotización se hará en kilogramos y la provisión se hará en cajas. | 60 | KG | CAJA DE 20 KILOS | |||
14 | PUCHERO DE 1RA | Características: Parte comestible de los músculos de bovinos declarados aptos por SENACSA. Será limpia, libre de contusiones, fresca, que presenta color y olor y consistencia característicos. Si contiene grasa que está presente color y olor frescos. Sin grasa visible. De manera clara y visible, día y mes de vencimiento. Envasado al vacío por unidad, sin liquido de exudado, limpio, sano, herméticamente cerrado, con N° de: R.E., R.S.P.A., R.HAB.MAG. No superior a 4 °c, manteniendo la cadena de frio. En vagones, camiones o carros cerrados, forrados con materiales adecuados destinados exclusivamente a este objeto, los que en todo momento deben encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerados, habilitado con N° SENACSA. Acompañado con el certificado Sanitario correspondiente. COTIZAR POR KILO | 2.500 | KG | PAQUETE | |||
15 | SALFINA YODADA | Sal fina yodada, de consumo humano adicionada de yodato de potasio, en el nivel establecido en la legislación vigente sobre enriquecimiento de sal. CARACTERISTICAS GENERALES: El producto deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano. CARACTERISTICAS ORGANOLEPTICAS: Deberá presentarse bajo la forma de cristales blancos, incoloros, solubles en el agua y de sabor salino franco. Características fisicoquímicas: La sal yodada deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de sal. Metales Pesados: Según legislación nacional vigente sobre Enriquecimiento de sal. Nivel de Enriquecimiento: La sal deberá contener yodo en el nivel establecido en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de sal. OBS: Validez de 1 año desde la entrega del bien. COTIZAR POR PAQUETE DE 1 KILO |
400 | KG | PAQUETE DE 1 KILO | |||
16 | YERBA MATE | Características: Tipo molienda elaborada con yerba mate canchada seleccionada de producción nacional, estacionada naturalmente. Mezcla: Hojas gruesas: mínimo 24% Hojas finas: máximo 11% Características Fisicoquímicas: El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentarias y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. Características Microbiológicas: El producto deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentarias y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. NIVELES DE ENRIQUECIMIENTO: Procesado de forma natural sin aditivos inocuos. Obs: Validez de 1 año desde la. COTIZAR POR KILO |
1.500 | KG | PAQUETE | |||
17 | POROTO SAN FRANCISCO | Granos enteros, cosecha del año especialmente el poroto de tipo criollo, sin mezcla con otros de la misma especie, con humedad de 13/14, sin vestigio de mohos o insectos, sin sustancias extrañas contaminantes, La cotización se hará por kilo y la provisión por paquetes de 1 uno y 5 cinco kilos, con la marca de la empresa fraccionadora o elaboradora impresa en cada paquete y fecha de vencimiento, que no deberá ser menor a 8 meses a la fecha de entrega. El bien requerido debe ajustarse a lo estipulado en los Art. 11 al 18 del Decreto 9270/18. |
200 | KG | PAQUETE | |||
18 | YOGURT CON CEREALES | 1. DESCRIPCION DEL PRODUCTO: Se entiende por Yogur o Yoghurt, el producto obtenidos por coagulación y disminución del pH de la leche o leche reconstituida, adicionada o no de otros productos lácteos, cuya fermentación se realiza con cultivos protosimbióticos de Lactobacillus, a los que en forma complementaria pueden acompañar otras bacterias ácidolácticas que, por su actividad, contribuyen a la determinación de las características del producto terminado. Estos microorganismos específicos deben ser viables, activos y abundantes en el producto final durante su período de validez. De acuerdo con el contenido de materia grasa, el producto deberá corresponder a un yogur entero cuya base láctea tenga un contenido de materia grasa de 3,0 a 5,9 g/100g. 2- COMPOSICION Y REQUISITOS. 2.1- Composición. Ingredientes obligatorios. -Leche entera o leche reconstituida estandarizada en su contenido de materia grasa. - Cultivos de bacterias lácticas. Cultivos de bacterias lácticas específicas, según corresponda a las definiciones establecidas en el punto 1. - Ingredientes opcionales. Leche concentrada, crema, manteca, grasa anhidra de leche o butteroil, leche en polvo, caseinatos alimenticios, proteínas lácteas, otros sólidos de origen lácteo, sueros lácteos, concentrados de sueros lácteos. Frutas en forma de pedazos (trozos), pulpa, jugo u otros preparados a base de frutas. Maltodextrinas. Cultivos de bacterias lácticas subsidiarias. Almidones o almidones modificados en una proporción máxima del 1%(m/m) del producto final. Azúcares y/o glúcidos (excepto polialcoholes y polisacáridos).} Maltodextrinas. Cultivos de bacterias lácticas subsidiarias. Almidones o almidones modificados en una proporción máxima del 1%(m/m) del producto final. Los ingredientes opcionales no lácteos, solos o combinados deberán estar presentes en una proporción máxima del 30%(m/m) del producto final. 2.2. Requisitos. 2.2.1. Características Organolépticas. Aspecto: consistencia firme, pastosa o semisólida, líquida. Color: blanco o en acuerdo con la o las sustancias alimenticias y/o colorante(s) adicionadas. Olor y sabor: Característico o de acuerdo a la o las sustancias alimenticias y/o saborizantes/aromatizantes adicionadas. 2.2.2. Características Fisicoquímicas El producto deberá cumplir los requisitos fisicoquímicos establecidos en la Resolución MERCOSUR / GMC / RES N° 47/97 Identidad y calidad de leches fermentadas 2.2.3. Características microbiológicas. El producto deberá cumplir los requisitos microbiológicos establecidos en la Resolución MERCOSUR / GMC / RES N° 47/97 Identidad y calidad de leches fermentadas 3. ACONDICIONAMIENTO. El yogurt deberá ser envasado con materiales adecuados para las condiciones de almacenamiento previstas y que confieran al producto una protección adecuada. 4. CONDICIONES DE CONSERVACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN. Las leches fermentadas deberán conservarse y comercializarse a una temperatura no superior a 10ºC. 5. ADITIVOS Y COADYUVANTES DE TECNOLOGIA/ELABORACION. Según Resolución MERCOSUR /GMC / RES N° 47/97 Identidad y calidad de leches fermentadas 6. ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERAL Y NUTRICIONAL El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados yla Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones: 1. Denominación del alimento 2. Peso Neto 3. Datos del Establecimiento elaborador 4. País de origen (Ej. Industria Paraguaya) 5. Lote 6. Lista de ingredientes 7. Fecha de vencimiento 8. Datos del Importador, en caso de productos importados 9. Instrucciones de preparación del alimento cuando corresponda 10. Información Nutricional 11. Condiciones de conservación. Deberá llevar la frase Mantener refrigerado especificando la temperatura mínima y la máxima. 12. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS. 6. REFERENCIAS - Resolución MERCOSUR / GMC / RES N° 47/97 Identidad y calidad de leches fermentadas. Yogurt entero saborizado que indique marca, fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. RSPA. Re. Deberá ser de origen nacional, solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente; leche de origen nacional debidamente certificada por el Servicio Nacional de calidad y salud animal (SENACSA) , conforme a la circular DNCP N° 24/2014 Yogurt entero saborizado que indique marca , fecha de elaboración y vencimiento, información nutricional. rspa. Re.Presentación pote de 125 gramos como mínimo. Cotizar por unidad. |
1.000 | UNIDAD | UNIDAD | |||
19 | REPOLLO | De tamaño mediano, de color verde con una maduración aproximada del 70%, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color), en bolsas de 1 kilo o mas (El precio unitario que se indicará en la oferta será el precio por kilo). | 100 | KG | BOLSAS | |||
20 | LIMON | De tamaño mediano, de color verde con una maduración aproximada del 70%, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color), en bolsas de 1 kilo o mas (El precio unitario que se indicará en la oferta será el precio por kilo). | 50 | KG | BOLSAS | |||
21 | QUESO PY | Queso paraguay fresco, no congelado, Elaborado con leche vacuna, de origen nacional, fresco y tierno sin olor ni sabor desagradable, en perfecto estado de conservación, exento de sustancias contaminantes, presentado en envase de plástico. 1. DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO Se entiende por Queso el producto fresco que se obtiene por separación parcial del suero de la leche por la acción física, del cuajo, de enzimas específicas, de bacterias específicas, de ácidos orgánicos, solos o combinados, todos de calidad apta para uso alimentario, con o sin el agregado de aditivos específicamente indicados. Se entiende por queso fresco el que está listo para el consumo poco después de su fabricación. El producto no debe tener agregado de grasa y/o proteínas de origen no lácteo. 2. CARACTERÍSTICAS GENERALES El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor. 2.1. Características organolépticas El producto tendrá sabor y aroma propios, sin olores, ni sabores extraños. 3. ADITIVOS ALIMENTARIOS El producto podrá contener los aditivos alimentarios en las cantidades establecidas en la Resolución MERCOSUR \GMC\ RES Nº 79/94 Identidad y calidad de quesos 4. REFERENCIAS MERCOSUR \GMC\ RES Nº 79/94 Identidad y calidad de quesos. MERCOSUR \GMC\ RES Nº 69/93. Requisitos microbiológicos para quesos. 4. ESPECIFICACIONES DEL ROTULADO GENERAL Y NUTRICIONAL El rotulado, deberá efectuarse en conformidad con las siguientes exigencias: El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Pre-medidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario. En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones: 1. Denominación del alimento 2. Peso Neto 3. Datos del establecimiento elaborador 4. País de origen (Ej. Industria paraguaya) 5. Lote 6. Lista de ingredientes 7. Fecha de vencimiento 8. Datos del importador en casos de productos importados 9. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda 10. Condiciones de conservación, cuando corresponda 11. Información Nutricional 12. Número de registro de producto (RSPA) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS. Vencimiento: Mínimo 1 mes desde el momento de la recepción. Deberá ser de origen nacional, solo será permitido el uso como materia prima y/o ingrediente; leche de origen nacional debidamente certificada por el Servicio Nacional de calidad y salud animal (SENACSA) , conforme a la circular DNCP N° 24/2014. Presentación: Bolsa x 1 Kg. Como mínimo y como máximo 3 kg. Cotizar por kilogramo. |
80 | KG | BOLSA | |||
22 | HARINA DE MAIZ | Con el nombre de harina de maíz precocida obtenida de los granos de maíz y sometido a un proceso de molienda. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, peso neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA Nº) y número de registro de establecimiento (RE Nº), otorgado por el INAN-MSPBS. COTIZAR POR KILOS. | 80 | KG | PAQUETE | |||
23 | GALLETITA SALVADO DE 200G | Galletitas de salvado/ 200 gramos como mínimo, SIN HUMEDAD. Envase debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA Nº) y número de registro de establecimiento (RE Nº), otorgado por el INAN-MSPBS. COTIZAR POR PAQUETE | 150 | UNIDAD | PAQUETE DE 200GR | |||
24 | GALLETA MOLIDA | Galleta molida en paquete de 1 kg. Como mínimo, con la denominación de Galleta molida se entiende el producto de la molienda en molinos apropiados de galleta seca o desecada, entera y en buen estado de conservación. Estos productos se expenderán envasados. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo, estar exento de sustancias extrañas y de insectos o partes de insectos, Como mínimo. El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario, Resolución GMC 46/03 Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución 47/03 Porciones de Alimentos envasados a los fines del Rotulado Nutricional. COTIZAR POR PAQUETE DE 1 KILO. | 40 | KG | PAQUETE DE 1 KILO | |||
25 | PICADILLO DE CARNE VACUNA ENLATADA | Picadillo de carne enlatado de 90 gramos ingredientes: carne vacuna, agua, menudencias vacunas, grasa vacuna, almidón, harina enriquecida, sal fina, proteína de trigo, vinagre emulsionante polifosfato de sodio, extracto seco de especias, conservante nitrito de sodio. COTIZAR POR UNIDAD | 600 | UNIDAD | UNIDAD | |||
26 | CARNE VACUNA ENLATADA CONSERVADA 340G | Carne vacuna enlatada, en cajas de 24 unidades. Elaborada de carne vacuna cocida, sal, azúcar, conservador (nitrito de sodio) y envasada higiénicamente, En latas con un contenido de 340 gr. de peso neto | 600 | UNIDAD | UNIDAD | |||
27 | GALLETA SECA BLANCA | Producto obtenido por la cocción de una masa no fermentada o con escasa fermentación, constituidos por una mezcla de harina y agua, con sal, con manteca y/o grasas alimenticias, con adición de anís. Presentado en forma de bollos de diversos tamaños oscuros por la tostación en su parte externa y de color blanco en su interior. El contenido de agua no será superior a 30,0% a 100-105 °C y las cenizas a 500-550º C no mayor de 2,30%. Inocuo y adecuado para el consumo humano. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de} conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA Nº) y número de registro de establecimiento (RE Nº), otorgado por el INAN-MSPBS. COTIZAR POR KILO. |
300 | KG | PAQUETE | |||
28 | TE DE MANZANILLA | Té de Manzanilla. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Presentación en paquete por 20 saquitos como mínimo y máximo 25 saquitos. COTIZAR POR PAQUETE | 400 | UNIDAD | PAQUETE | |||
29 | TE DE ANIS | Te de anís. Debe cumplir la Resolución Mercosur de rotulado para alimentos envasados, MERCOSUR GMC 26/03, y la Resolución de Rotulado Nutricional de alimentos envasados, MERCOSUR GMC 46/03. En los envases deberán están impresas de forma clara e indeleble la siguiente información: denominación del alimento, contenido neto, datos del elaborador, país de origen, lote, lista de ingredientes, fecha de vencimiento, datos del importador (en caso de productos importados), instrucciones de preparación (cuando corresponda), condiciones de conservación (cuando corresponda), información nutricional, número de registro del producto (RSPA N°) y número de registro de establecimiento (RE N°), otorgado por el INAN-MSPYBS. Presentación en paquete por 20 saquitos como mínimo y máximo 25 saquitos. COTIZAR POR PAQUETE |
400 | UNIDAD | PAQUETE | |||
30 | COMINO DE 15G | Deberá ser seco, molido y natural, sin sustancias extrañas contaminantes. Etiqueta: La impresión de la marca, en el cuerpo del envase, materia prima de origen, Fecha de vencimiento, año y mes, contenido neto en gramos. Debe constar el R.E. y R.S.P.A. Vencimiento como mínimo un año a partir de la fecha de recepción del producto. Presentación: Bolsa de 15 gramos. Envasado en bolsas de plástico para alimentos, en origen, selladas. COTIZAR POR SOBRE DE 15GR | 100 | UNIDAD | SOBRES DE 15G | |||
31 | OREGANO DE 15G | Orégano hojas al 100 % secas, color y olor característico, libres de impurezas, sin palitos. Etiqueta: La impresión de la marca, en el cuerpo del envase, materia prima de origen, Fecha de vencimiento, año y mes, contenido neto en gramos. Debe constar el R.E. y R.S.P.A. Vencimiento como mínimo un año a partir de la fecha de recepción del producto. Presentación: Bolsa de 15 gramos. Envasado en bolsas de plástico para alimentos, en origen, selladas. COTIZAR POR SOBRE DE 15GR | 100 | UNIDAD | SOBRES DE 15G | |||
32 | CAFÉ INSTANTANEO 200 G | El café soluble es el producto en polvo resultante de la deshidratación de los extractos acuosos obtenidos exclusivamente a partir de café tostado. El café deberá ser soluble granulado, libre de gluten. Sin TACC como minimo 133 tazas, presentación en frascos de 200 gr, como mínimo No podrá contener agregado de hidratos de carbono o de sus productos de caramelización, así como el de aromatizantes artificiales. Aspecto: Se presentarán como polvos livianos de grano uniforme Olor y sabor: característico a café En el café instantáneo queda permitida la reposición de los aromas recuperados provenientes del café tostado utilizado en su elaboración, disueltos en aceite del mismo origen. El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional específica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas del Codex Alimentarius y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario. De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble, y deberá presentar la siguiente información: 1. Denominación del alimento 2. Peso Neto 3. Datos del Establecimiento elaborador 4. País de origen 5. Lote 6. Fecha de vencimiento 7. Datos del Importador, en caso de productos importados 8. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda 9. Condiciones de conservación, cuando corresponda. 10. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS. |
300 | UNIDAD | UNIDAD | |||
33 | MAYONESA | En saché, con los siguientes ingredientes agua, óleo vegetal refinado, huevo pasteurizado, vinagre, sal, azúcar, jugo limón, con un plazo mínimo de entrega de tres meses antes de su vencimiento, con la marca contratada impresa en cada saché de 1000 gramos. Etiqueta: Lista de ingredientes, fecha de vencimiento año y mes. Envase: Limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, con N° de: R.E., R.S.P.A., Métodos de conservación. Vencimiento 6 (seis) meses como mínimo desde la recepción del producto. COTIZAR POR SACHÉ DE 1 KILO | 300 | KG | SACHÉ | |||
34 | FIAMBRE PARIS | Carne vacuna, carne porcina, agua, sal, especias naturales y resaltador de sabor. Libre de Gluten. Fabricado por establecimiento con Registro de Marca, RSPA, RE y Hab. Senacsa. COTIZAR POR KILO | 100 | KG | KG | |||
35 | FARIÑA | DESCRIPCION DEL PRODUCTO: El producto es obtenido de la molienda gradual y metódica de mandioca a la cual se le ha adicionado vitaminas y minerales. CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO: 2.1- Características Generales: El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin sustancias extrañas macro o microscópicas. La fariña de mandioca deberá estar adicionada de hierro y de las vitaminas en los niveles establecidos en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento. 2.2- Características Organolépticas: *Aspecto: granulado *Color: tostado *Olor y sabor - Característicos, sin sabores, ni olores extraños 2.3-Caracteristicas Fisicoquímicas: El producto deberá cumplir con los requisitos fisicoquímicos establecidos en las Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional especifica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentarias y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. 2.4- Características Microbiológicas: El producto deberá cumplir con los requisitos Sección III. Suministros Requeridos 27 microbiológicos establecidos en la Resoluciones MERCOSUR o en la legislación nacional especifica. En ausencia de ambas deberá cumplir con lo establecido en las Normas Alimentaria y/o Códigos o legislaciones Regionales y/o Norma Paraguaya. Presentación: en paquetes de 1 kilogramos como mínimo. El bien requerido debe ajustarse a lo estipulado en los Art. 11 al 18 del Decreto 9270/18. COTIZAR POR KILO |
50 | KG | KG | |||
36 | CALDO DE VERDURA EN CUBO | Caldo de verduras concentrado (cubitos), puede ser cualquier tipo de verduras, exentos de sabores u olores extraños, con sellos de calidad nutricional, composición y procedencia, fecha de elaboración y vencimiento. COTIZAR POR PAQUETE DE 12 UNIDADES | 200 | UNIDAD | PAQUETE | |||
37 | DULCE DE GUAYABA | Elaborado de guayaba, sin sabor ni olor desagradable, envasado higiénicamente con un plazo mínimo de seis meses antes de su vencimiento. Con la marca del bien, la descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el contenido. COTIZAR POR POTE DE 500GR | 50 | KG | FRASCO DE 500G | |||
38 | AJO | Cabeza de ajo, tamaño mediano, con color característico según corresponde. Libres de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña. Proveer en bolsa. COTIZAR POR KILO | 1.000 | KG | KG |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL BIEN | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRESENTACIÓN | Lugar de entrega | Fecha de entrega |
1 | ARROZ | 500 | Unidad | PAQUETE DE 5 KILOS | GOBERNACION DE BOQUERON, SITO EN CALLE CARAYA ESQ. HINDENBURG FILADELFIA, EN EL HORARIO DE 07:00 A 14:00 HORAS DE LUNES A VIERNES | 15 DIAS HABILES A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRAS A SER EMITIDA POR LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS |
2 | AZUCAR BLANCA | 500 | Unidad | PAQUETE DE 5 KILOS | ||
3 | BANANA | 70 | Kilogramos | UNIDAD | ||
4 | COQUITO | 2.500 | Kilogramos | PAQUETE DE 1 KILO | ||
5 | EXTRACTO DE TOMATE DE 140G | 1.500 | Unidad | UNIDAD | ||
6 | FIDEO SPAGUETTI | 2.500 | Kilogramos | PAQUETE DE 5 KILOS | ||
7 | HARINA DE TRIGO | 2.100 | Unidad | PAQUETE DE 5 KILOS | ||
8 | HUEVO DE GALLINA EN PLANCHA DE 30 UNIDADES | 70 | Unidad | PAQUETE / PLANCHA DE 30 | ||
9 | JUGO ELABORADO EN POLVO DE FRUTAS | 600 | Unidad | SOBRE DE 8 LITROS | ||
10 | LECHE ENTERA LIQUIDA | 3.000 | Litros | TETRAPAK DE 1L | ||
11 | MANZANA | 300 | Kilogramos | CAJA DE 20 KILOS | ||
12 | PAPA | 600 | Unidad | BOLSAS DE 5 KILOS | ||
13 | PEPINO | 60 | Kilogramos | CAJA DE 20 KILOS | ||
14 | PUCHERO DE 1RA | 2.500 | Kilogramos | PAQUETE | ||
15 | SALFINA YODADA | 400 | Kilogramos | PAQUETE DE 1 KILO | ||
16 | YERBA MATE | 2.000 | Kilogramos | PAQUETE | ||
17 | POROTO SAN FRANCISCO | 200 | Kilogramos | PAQUETE | ||
18 | YOGURT CON CEREALES | 1.000 | Unidad | UNIDAD | ||
19 | REPOLLO | 100 | Kilogramos | BOLSAS | ||
20 | LIMON | 50 | Kilogramos | BOLSAS | ||
21 | QUESO PY | 80 | Kilogramos | BOLSAS | ||
22 | HARINA DE MAIZ | 80 | Kilogramos | PAQUETE | ||
23 | GALLETITA SALVADO DE 200G | 150 | Kilogramos | PAQUETE DE 200GR | ||
24 | GALLETA MOLIDA | 30 | Kilogramos | PAQUETE DE 1 KILO | ||
25 | PICADILLO DE CARNE VACUNA ENLATADA | 600 | Unidad | UNIDAD | ||
26 | CARNE VACUNA ENLATADA CONSERVADA 340G | 600 | Unidad | UNIDAD | ||
27 | GALLETA SECA BLANCA | 300 | Kilogramos | PAQUETE | ||
28 | TE DE MANZANILLA | 400 | Unidad | PAQUETE | ||
29 | TE DE ANIS | 400 | Unidad | PAQUETE | ||
30 | COMINO DE 15G | 100 | Unidad | SOBRES DE 15G | ||
31 | OREGANO DE 15G | 100 | Unidad | SOBRES DE 15G | ||
32 | CAFÉ INSTANTANEO 200 G | 300 | Unidad | UNIDAD | ||
33 | MAYONESA | 300 | Kilogramos | SACHÉ | ||
34 | FIAMBRE PARIS | 100 | Kilogramos | PAQUETE | ||
35 | FARIÑA | 60 | Kilogramos | PAQUETE | ||
36 | CALDO DE VERDURA EN CUBO | 200 | Unidad | PAQUETE | ||
37 | DULCE DE GUAYABA | 50 | Kilogramos | FRASCO DE 500G | ||
38 | AJO | 1.000 | Kilogramos | BOLSA |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Orden de Compra / Nota de Remisión |
Orden de Compra / Nota de Remisión |
15 DIAS HABILES A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRAS A SER EMITIDA POR LA SECRETARIA ADMINISTRACION Y FINANZAS |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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