Especificaciones Técnicas - ITEM 14.6 Generador 80 kVA - "Cantidad de cilindros"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 14.6 Generador 80 kVA, Característica, Especificaciones del motor, cita lo siguiente: Cilindros: seis (6) en línea.
Teniendo en cuenta que el estándar del mercado para un generador de la potencia requerida, en este caso de 80 kVA, utilizan motores compuestos por cuatro (4) cilindros, y además que, para cumplir con el requerimiento de la cantidad de cilindros se deberá ofertar un generador cuya capacidad sea muy superior a 80 kVA, encareciendo de manera innecesaria la solución, solicitamos a la convocante que puedan ser aceptados generadores cuyo motor este compuesto por cuatro (4) cilindros.
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Especificaciones Técnicas - ITEM 14.6 Generador 80 kVA - "Cantidad de cilindros"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 14.6 Generador 80 kVA, Característica, Especificaciones del motor, cita lo siguiente: Cilindros: seis (6) en línea.
Teniendo en cuenta que el estándar del mercado para un generador de la potencia requerida, en este caso de 80 kVA, utilizan motores compuestos por cuatro (4) cilindros, y además que, para cumplir con el requerimiento de la cantidad de cilindros se deberá ofertar un generador cuya capacidad sea muy superior a 80 kVA, encareciendo de manera innecesaria la solución, solicitamos a la convocante que puedan ser aceptados generadores cuyo motor este compuesto por cuatro (4) cilindros.
Mediante Adenda al PBC se ha modificado la característica mencionada, dando a lugar a la solicitud a fin de permitir la participación de una mayor cantidad de oferentes y mantener los costos del equipamiento.
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 12.7 Botón de pánico, Característica, cita lo siguiente: Prueba climática Calor húmedo, constante, según IEC 60068-2-78 Calor húmedo, cíclico, según IEC 60068-2-30.
Teniendo en cuenta que las certificaciones cómo IP66, IP67 e IP69 ya son exigidas para este ítem, solicitamos a la convocante que las certificaciones climáticas IEC 60068-2-78 y IEC 60068-2-30 sean consideradas de carácter opcional, el pedido obedece a que es no es muy habitual encontrar dispositivos de este tipo que cuenten con dicha certificación en el mercado local, así también teniendo en cuenta el clima habitual del país dicho requerimiento carece de importancia encareciendo de manera innecesario la solución.
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 12.7 Botón de pánico, Característica, cita lo siguiente: Prueba climática Calor húmedo, constante, según IEC 60068-2-78 Calor húmedo, cíclico, según IEC 60068-2-30.
Teniendo en cuenta que las certificaciones cómo IP66, IP67 e IP69 ya son exigidas para este ítem, solicitamos a la convocante que las certificaciones climáticas IEC 60068-2-78 y IEC 60068-2-30 sean consideradas de carácter opcional, el pedido obedece a que es no es muy habitual encontrar dispositivos de este tipo que cuenten con dicha certificación en el mercado local, así también teniendo en cuenta el clima habitual del país dicho requerimiento carece de importancia encareciendo de manera innecesario la solución.
Mediante Adenda al PBC se ha modificado la característica mencionada, dando a lugar a la solicitud a fin de permitir la participación de una mayor cantidad de oferentes y mantener los costos del equipamiento.
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REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
EN CASO DE CONSORCIOS, PAG 18 PBC
3. Se deberá demostrar experiencia en al menos 1 (un) contrato que tenga como componente principal el desarrollo de software que contenga funcionalidades relacionadas al sistema de transporte publico en los últimos cinco años años (2017, 2018, 2019, 2020, 2021) acompañado del contrato deberá ser presentada alguna documentación del software entregado que demuestre su aplicación en el transporte publico.
Esta experiencia en el país solamente lo tienen dos empresas una de ellas la empresa TOPA. Esto limita la participación prácticamente a una empresa. Solicitamos que este punto se modificado en el PBC a fin de dar mayor participación a otros oferentes, y que sean aceptados Contratos de Desarrollo de Software con funcionalidades en Gestion Integrada de sistemas y desarrollo.
Como habíamos dicho, la no modificación de este punto limitaría prácticamente a un solo proveedor, siendo que las empresas dedicadas al desarrollo de softwares de gestión pueden ampliamente desarrollar el sistema requerido, pero la imposición de un contrato que contenga funcionalidades relacionadas al transporte publico, que solo posee una empresa, limita a varios oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, expresa lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
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REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
3. Se deberá demostrar experiencia en al menos 1 (un) contrato que tenga como componente principal el desarrollo de software que contenga funcionalidades relacionadas al sistema de transporte publico en los últimos cinco años años (2017, 2018, 2019, 2020, 2021) acompañado del contrato deberá ser presentada alguna documentación del software entregado que demuestre su aplicación en el transporte publico.
Esta experiencia en el país solamente lo tienen dos empresas una de ellas la empresa TOPA. Esto limita la participación prácticamente a una empresa. Solicitamos que este punto se modificado en el PBC a fin de dar mayor participación a otros oferentes, y que sean aceptados Contratos de Desarrollo de Software con funcionalidades en Gestion Integrada de sistemas y desarrollo.
Como habíamos dicho, la no modificación de este punto limitaría prácticamente a un solo proveedor, siendo que las empresas dedicadas al desarrollo de softwares de gestión pueden ampliamente desarrollar el sistema requerido, pero la imposición de un contrato que contenga funcionalidades relacionadas al transporte publico, que solo posee una empresa, limita a varios oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, expresa lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Adecuarse al PBC. En concordancia con la complejidad de la contratación esta Convocante ha determinado que la experiencia comprobable del oferente en provisiones de la misma envergadura es esencial para garantizarla correcta ejecución del contrato, rigiéndose por el Principio de Economía y Eficiencia establecido en el Art. 4 de la ley 2051 que reza: "Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones..." , de esta manera, se asegura la calidad en la contratación.
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Especificaciones Técnicas - ITEM 13.1 Pantalla y accesorios - "Dimensiones por panel"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 13.1 Pantalla y accesorios, Característica, cita lo siguiente: Dimensiones por panel 47.8 x 26.9 x 3.6 pulgadas | 1213 x 684 x 91 mm como mínimo.
Teniendo en cuenta que en los requerimientos técnicos establecidos, para la pantalla en cuestión ya se solicitan los parámetros de diagonal y ancho de bisel, solicitamos que las dimensiones por panel descritas sean eliminadas, o en su defecto se establezca como un dimensionamiento máximo por panel.
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Especificaciones Técnicas - ITEM 13.1 Pantalla y accesorios - "Dimensiones por panel"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 13.1 Pantalla y accesorios, Característica, cita lo siguiente: Dimensiones por panel 47.8 x 26.9 x 3.6 pulgadas | 1213 x 684 x 91 mm como mínimo.
Teniendo en cuenta que en los requerimientos técnicos establecidos, para la pantalla en cuestión ya se solicitan los parámetros de diagonal y ancho de bisel, solicitamos que las dimensiones por panel descritas sean eliminadas, o en su defecto se establezca como un dimensionamiento máximo por panel.
Mediante Adenda al PBC se ha modificado la característica mencionada, dando a lugar a la solicitud a fin de permitir la participación de una mayor cantidad de oferentes.
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Licencia Municipal de Aprobacion de Planos 130 Paradas
Cada una de las 130 Paradas deben contar con Licencia Municipal aprobada por la Municipalidadi de Asuncion para el inicio de obras ?
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Licencia Municipal de Aprobacion de Planos 130 Paradas
En caso de ser requerido, el MOPC será el encargado de gestionar las licencias.
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REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
EN CASO DE CONSORCIOS, PAG 18 PBC.
4. Se deberá demostrar experiencia en la construcción o acondicionamiento de paradas de buses “con implementación de equipamiento tecnológico para información del sistema de transporte basado en indicadores variables y de control centralizado (no se aceptarán experiencias que tengan que ver únicamente con implementación de tecnologías para publicidad) en los últimos cinco años (2017, 2018, 2019,2020, 2021).
Esta experiencia prácticamente hace referencia al ultimo llamado de la MOPC para la construcción paradas las ya existentes hoy en día. Solicitamos que este punto sea modificado en el PBC a fin de dar mayor participación a otros oferentes, y que sean aceptados la demostración de experiencia en Construcciones como empresa constructora de obras de ingeniería Civil, el cual incluye obras de mucho mayor envergadura que la de paradas de buses, ya que como es sabido, las empresas constructoras de ingeniería civil poseen amplia experiencia en construcción de edificios, caminos, puentes, etc., y debiendo en muchas de ellas implementar EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO en sistemas de comunicación, softwares de control de sistemas etc.
Como habíamos dicho: Esta experiencia prácticamente hace referencia al último llamado de la MOPC para la construcción paradas las ya existentes hoy en día; y, la no modificación de este punto limitaría prácticamente a un solo proveedor, siendo que las empresas dedicadas a la construcción poseen amplia experiencia para implementar lo requerido en el PBC, pero la imposición actual del pbc, experiencia que solo posee una empresa, limita a varios oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, expresa lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
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28-06-2022
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
EN CASO DE CONSORCIOS, PAG 18 PBC.
4. Se deberá demostrar experiencia en la construcción o acondicionamiento de paradas de buses “con implementación de equipamiento tecnológico para información del sistema de transporte basado en indicadores variables y de control centralizado (no se aceptarán experiencias que tengan que ver únicamente con implementación de tecnologías para publicidad) en los últimos cinco años (2017, 2018, 2019,2020, 2021).
Esta experiencia prácticamente hace referencia al ultimo llamado de la MOPC para la construcción paradas las ya existentes hoy en día. Solicitamos que este punto sea modificado en el PBC a fin de dar mayor participación a otros oferentes, y que sean aceptados la demostración de experiencia en Construcciones como empresa constructora de obras de ingeniería Civil, el cual incluye obras de mucho mayor envergadura que la de paradas de buses, ya que como es sabido, las empresas constructoras de ingeniería civil poseen amplia experiencia en construcción de edificios, caminos, puentes, etc., y debiendo en muchas de ellas implementar EQUIPAMIENTO TECNOLOGICO en sistemas de comunicación, softwares de control de sistemas etc.
Como habíamos dicho: Esta experiencia prácticamente hace referencia al último llamado de la MOPC para la construcción paradas las ya existentes hoy en día; y, la no modificación de este punto limitaría prácticamente a un solo proveedor, siendo que las empresas dedicadas a la construcción poseen amplia experiencia para implementar lo requerido en el PBC, pero la imposición actual del pbc, experiencia que solo posee una empresa, limita a varios oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, expresa lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Adecuarse al PBC. En concordancia con la complejidad de la contratación esta Convocante ha determinado que la experiencia comprobable del oferente en provisiones de la misma envergadura es esencial para garantizarla correcta ejecución del contrato, rigiéndose por el Principio de Economía y Eficiencia establecido en el Art. 4 de la ley 2051 que reza: "Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones..." , de esta manera, se asegura la calidad en la contratación.
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PLAZO LLAMATIVO Modulo de SOFTWARE
Resulta EXAGERAMENTE LLAMATIVO e IMPOSIBLE para un Potencial Oferencia, Disenhar, Programar , Coordinar y Entregar el Primer Modulo de Software al Vice Ministerio de Transporte en 30 dias. El PBC estable Junio 2022 !!
Solicitamos el Plazo de Entrega del Modulo "A" sea de al menos 120 Dias como en cualquier Licitacion de Software.
Resulta EXAGERAMENTE LLAMATIVO e IMPOSIBLE para un Potencial Oferencia, Disenhar, Programar , Coordinar y Entregar el Primer Modulo de Software al Vice Ministerio de Transporte en 30 dias. El PBC estable Junio 2022 !!
Solicitamos el Plazo de Entrega del Modulo "A" sea de al menos 120 Dias como en cualquier Licitacion de Software.
Teniendo en cuenta que dentro de la sección de experiencia y capacidad técnica se solicita experiencia previa en la provisión de sistemas similares, y además, teniendo en cuenta la funcionalidad descrita del módulo A, la cual representa funcionalidades básicas de este tipo de sistemas, la Convocante no considera que dicho plazo pueda ser limitante para un potencial Oferente que cuente con experiencia previa.
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Inclusio de Datos Faltantes
Cual será la distancia entre la Paleta Publicitaria y el refugio. Favor incluir en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) las distancias que deberán ser previstas por cada oferente de la ubicación de las paletas. Así también la altura máxima que debe tener cada paleta. Habrá márgenes de tolerancia en la instalación de cada paleta.
Cual será la distancia entre la Paleta Publicitaria y el refugio. Favor incluir en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) las distancias que deberán ser previstas por cada oferente de la ubicación de las paletas. Así también la altura máxima que debe tener cada paleta. Habrá márgenes de tolerancia en la instalación de cada paleta.
Tal cual es indicado en el plan de entregas del presente llamado, es responsabilidad del oferente adjudicado el relevamiento de datos, elaboración de planos e informe técnico que contemplan las adecuaciones necesarias para la implementación de tecnologías. Remitirse al PBC ITEM 1.1
En el PBC, Ítem 9, se establecen las responsabilidades del adjudicado con relación a los servicios básicos, se solicita verificar lo establecido en el PBC.
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Paradas
Que tipo de Sensor de Temperatura se debe instalar en la Paleta Publicitaria ? Podrían incluir en el Pliego de Bases y Condiciones las especificaciones técnicas de los sensores de temperatura? Los sensores de temperatura deberán medir la humedad del aire ?
Que tipo de Sensor de Temperatura se debe instalar en la Paleta Publicitaria ? Podrían incluir en el Pliego de Bases y Condiciones las especificaciones técnicas de los sensores de temperatura? Los sensores de temperatura deberán medir la humedad del aire ?
Los sensores de temperatura mencionados en el PBC son para medir la temperatura de los dispositivos, en el PBC se determina la función de cada uno y los parámetros que deben medir.