Entre MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ASUNCION, domiciliada en la Avenida Mariscal Francisco Solano López N° 5556 y Capitán Victoriano Bueno, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con cédula de identidad N° ________, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________, denominada en adelante la CONTRATISTA, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente "CONTRATO PARA LA OBRA DESAGÜE PLUVIAL DE LAS CALLES MARIA FELICIDAD GONZÁLEZ Y EL DORADO", que fuera objeto del llamado a Licitación Pública Nacional con ID N° 407551, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
"DESAGÜE PLUVIAL DE LAS CALLES MARÍA FELICIDAD GONZÁLEZ Y EL DORADO"
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N° 407551.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Licitación Pública Nacional, convocado por la MUNICIPALIDAD DE ASUNCIÓN.
La adjudicación fue realizada según acto administrativo, Resolución N° _______ de la Intendencia Municipal y homologada por la Junta Municipal mediante Resolución Nº ______..
El plazo de vigencia del presente contrato será desde la promulgación de la Resolución de la Junta Municipal, que homologa el contrato suscripto por parte de la Intendencia Municipal, hasta el cumplimiento total de las obligaciones con el otorgamiento de la recepción definitiva de las obras.
En caso de que el proceso de contratación no culmine en el presente ejercicio fiscal, la Convocante está autorizada a desarrollar el proceso licitatorio, incluyendo la adjudicación, quedando sujeta la validez de la contratación a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente, de conformidad al Artículo 14 de la Ley 2051.
El total a pagar por las obras alcanza el monto de Gs. _____________.- (Guaraníes, ____________________________), IVA incluido, según planilla de oferta y cómputo métrico que se adjunta y forma parte del presente contrato.
El plazo de ejecución de la obra es de 60 (sesenta) días calendario, que se computan desde la recepción por parte del contratista de la orden de inicio para comenzar las obras, emitida una vez que se hayan cumplido cada una de las condiciones indicadas en la cláusula de Plazo de Ejecución de los Aspectos Generales del Contrato, además de las siguientes condiciones:
La obra será implantada en la siguiente ubicación: Calle María Felicidad González y Calle sin Nombre; Avenida Brasilia y El Dorado.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS.
El programa de ejecución de los trabajos es el establecido en la oferta, conforme con las Condiciones Contractuales.
El porcentaje, número y fechas de entrega de anticipos y amortizaciones son los determinados en las Condiciones Contractuales.
ANTICIPO: Para acceder al anticipo, el Contratista deberá presentar dentro del plazo de 10 (diez) días contados a partir de la notificación de la homologación del contrato por parte de la Junta Municipal, la solicitud de pago de anticipo, acompañada de:
a) El Plan de inversión del anticipo, conforme al formulario incluido en la Sección VI;
b) Garantía de anticipo, en alguna de las formas establecidas en el artículo 89 del Decreto reglamentario N° 2992/19;
c) La Factura correspondiente.
Los documentos a) y b) deberán presentarse en la Mesa de Entrada de la Dirección General de Administración y Finanzas, Bloque A, 2º piso. Garantía de anticipo, en alguna de las formas establecidas en el artículo 89 del Decreto reglamentario N° 2992/19 deberá presentarse en la UOC3, Bloque A, 2º Piso.
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El porcentaje de la Garantía de Cumplimiento de Contrato será del 10 (diez) por ciento del monto del contrato. El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será Hasta treinta (30) días posteriores a la Recepción Definitiva de las obras.
FONDO DE REPARO: Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 39 de la Ley N° 2051/2003, en forma posterior a la recepción definitiva. No se admitirá la sustitución por una póliza de seguros.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 “De Contrataciones Públicas”, modificado por Ley N° 6716/2021.
"DESAGÜE PLUVIAL DE LAS CALLES MARÍA FELICIDAD GONZÁLEZ Y EL DORADO"
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme con las reglas establecidas en la Ley N° 2051/03 y en las Condiciones Contractuales.
Para la ejecución del laudo arbitral o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las Partes establecen la competencia de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
En prueba de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de ________________, República del Paraguay, a los _________ días del mes de ___________ de ___.
Firmado por ________________________________________ (en nombre de la Contratante)
Firmado por _________________________________________ (en nombre de la Contratista)