Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
22-03-2022 - 10:33
Fecha de Fin
25-03-2022 - 13:57
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) PBC - g) JUSTIFICACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA SOLICITADA: Observamos (…experiencia específica requerida, en el lapso de los años 2016 en adelante por considerar un plazo razonable a fin de demostrar suficiente experiencia). Lo indicado es inconsistente con lo requerido en el cuadro de requisitos, punto f) Experiencia específica en obras. //
2) PBC – INDICADORES DE CUMPLIMIENTO: Observamos 2 (dos) certificados con frecuencia (De Acuerdo al Indicador). Solicitamos indicar la frecuencia de cada indicador, considerando que el plazo de ejecución indicado es de 30 días. //
3) PLANILLA DE PRECIOS: Se visualiza que el monto cargado del sub ítem 1.6 (gs. 800.000). difiere del monto establecido en la planilla del Dictamen (gs. 830.000). Solicitamos unificar el monto. //
4) PLANILLA DE COMPUTOS METRICOS: Observamos que la planilla de cómputos métricos posee montos. //
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Con justificacion y autorizacion
Descripción
Conforme a la nota y/o documentacion respaldataria remitida, se difunde el presente proceso dejando bajo responsabilidad exclusiva de la convocante cualquier inconveniente que de las mismas pudieran surgir.
