Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

DESARROLLO E IMPLEMENTACION DE MODULOS PARA EL SISTEMA DE MULTAS DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA PATRULLA CAMINERA.

 

Servicios WEB

 

  • Interfaz necesaria para establecer los enlaces de conexión con instituciones (Policía Nacional, Registro de Automotor, OPACI, Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, etc.) y con empresas de servicios de bocas de cobranzas brindando el soporte necesario para su buen funcionamiento dentro de los márgenes de seguridad necesarios.

Ajustes según la Ley 5016/14 y sus nuevas reglamentaciones.

  • Realizar los ajustes necesarios durante la implementación total de la ley, sus decretos reglamentarios y resoluciones ministeriales según las necesidades a ser solicitadas por la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera (DNPC).

Juzgado de Faltas.

 

  • Posibilidad de generar actas de constatación de infracciones para sentencias realizadas en el juzgado de faltas por expedientes abiertos solicitados por infractores.
  • Generación automática en la aplicación móvil de multa electrónica de un acta, cuando el infractor es inhabilitado.
  • Incluir entre los tipos de resolución de juzgado la inhabilitación de conductor que realice los cambios pertinentes de estado en la aplicación móvil y web.
  • Prever la realización de otros requerimientos que se vayan generando de acuerdo a las nuevas resoluciones del MOPC, Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y la DNPC y/o cambios en leyes y decretos reglamentarios, etc.

 

 

 

Registros de Sanciones.

  • Implementación del sistema de puntos cuando la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial y la DNPC lo disponga para la quita de puntos de acuerdo a ciertos criterios y parámetros según los artículos de multas actuales. Crear reglas necesarias e implementar en el sistema actual de multas y base de datos necesarios para su correcto funcionamiento.
  • Creación y actualización de informes y/o reportes solicitados de acuerdo a las necesidades.

 

Proceso de Vehículos Demorados.

 

  • Adecuación del módulo de movimiento de vehículos entre destacamentos presente en la aplicación móvil a la aplicación web, con los requerimientos necesarios para el correcto funcionamiento.
  • Generación automática del sistema de los vehículos en declaración de abandono, una vez transcurridos los 90 días de demora, los mismos deben listarse para los trámites correspondientes al área de vehículos retenidos.

Funciones del administrador.

 

  • Interfaz para la edición de campos generales para los siguientes puntos: Actas de entrega, depósitos y/o transacciones, movimientos de vehículos, actas de constatación de infracciones, comprobantes de ingreso para el correcto registro dentro de la auditoría del sistema.

 

Plan de Entregas.

El proyecto debe realizarse en un mínimo de 2 meses contados a partir del siguiente día hábil de la recepción de la orden de servicio, en donde el proveedor debe brindar, al menos, 140 horas mensuales durante los meses mencionados.


 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  •  Dirección Nacional de la Patrulla Caminera, dependiente del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones.
  • Mediante la presente contratación, buscamos actualizar y adecuar el sistema de multas electrónicas con la que cuenta actualmente la Patrulla Caminera.
  • La presente contratación está planificada de manera a cubrir una necesidad temporal.   
  • Las especificaciones están elaboradas conforme a las necesidades de la convocante con el fin de poder cumplir con las exigencias y compatibilidad de lo requerido, garantizando que no se limita la libre competencia  

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

NO APLICA

Plan de entrega de los servicios

 

 

Lote

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

DESARROLLO E IMPLEMENTACION DE MODULOS 

 

 

 

 

 

    1

 

 

 

 

 

 

UNIDAD

 

CUARTEL

CENTRAL

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE LA PATRULLA CAMINERA, RUTA 2 KM 17 ½ - SAN LORENZO

 

LOS TRABAJOS INICIARAN A PARTIR DEL SIGUENTE DIA HABIL DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE SERVICIO, CONFORME A LOS REQUERIMIENTOS DE LA INSTITUCIÓN, HASTA LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

Al momento de la entrega del servicio, se verificarán que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del pliego de Bases y Condiciones.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Nota de Remisión / Acta de Conformidad

Nota de Remisión / Acta de Conformidad

Noviembre 2022

Nota de Remisión / Acta de Conformidad

Nota de Remisión / Acta de Conformidad

Diciembre 2022

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.